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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 1961 al 1980

  1. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Ahora bien, lo que sí va a plantear mayores problemas va a ser la prueba del día del conocimiento por parte de la aseguradora de esa reserva o inexactitud. Día inicial del cómputo del mes que a la aseguradora le corresponderá acreditar, según la distribución del onus probandi recogido en el artículo 217 LEC. En cuanto a la forma del ejercicio del derecho de rescisión, la LCS no dice nada. No hay, pues, una forma ad solemnitatem, a pesar del principio general de la "escritura" recogido en el artículo 5 LCS Se tratará, nuevamente, de una cuestión de prueba que recaerá sobre las espaldas de la aseguradora.»

    La declaración del cuestionario de salud y sus incidencias en los seguros de personas · ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER · Revista del Poder Judicial · 2006 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «sobreseimiento provisional pues los hechos afectados por el mismo pueden ser probados posteriormente. El problema surge respecto de los autos de sobreseimiento libre y sentencias de absolución porque chocan dos principios. Por un lado en el ámbito de la jurisdicción penal no se produce el efecto de la cosa juzgada material prejudicial o positiva (sí la negativa), pero por otro el hecho declarado no probado en sentencia, que conduce a la libre absolución del acusado, no podrá ser revisado en otro proceso porque lo impide el principio de presunción de inocencia.»

    La instrucción en los delitos de violencia de género · EDUARDO LUIS GONZALEZ DEL CAMPILLO CRUZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «Si el autor de diferentes delitos es juzgado en diferentes procesos, las penas que en cada uno de ellos se impongan irán acumulándose una tras otra, sin que sea posible determinar una pena única "a priori" y con ella una ejecución penitenciaria unitaria . La posibilidad de que recaigan penas procedentes de diferentes procesos en un mismo sujeto -lo que obligaría a una valoración conjunta de la reacción penal que debe soportar-sólo está legalmente limitada con miras al tiempo máximo de cumplimiento de penas,»

    La pena única y las penas unificadas · GONZALO QUINTERO OLIVARES · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «En este caso, el Tribunal rechazó por infundada una imputación porque la Comisión no satisfizo la carga de la prueba, ya que no es admisible la presunción de que los proyectos de gran tamaño tienen de oficio repercusiones importantes sobre el medioambiente, sin demostrar, mediante un mínimo de pruebas concretas, que las autoridades competentes cometieron un error manifiesto de apreciación. c) El papel del juez nacional y los derechos de los particulares Se trata en realidad de una ilustración, en la materia que nos ocupa, del principio de primacía, quedando asegurada la prevalencia del Derecho comunitario, especialmente por los tribunales nacionales encargados de expulsar del régimen jurídico interno las disposiciones incompatibles con el Derecho comunitario.»

    La protección del medioambiente en el Derecho comunitario: evaluación de las repercusiones de algunos proyectos sobre el medioambiente y participación del público · JERZY MAKARCZYK · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «Configura, pues, la ley los dos supuestos de responsabilidad, tradicionales en el derecho laboral de prevención, pero renovadas y sistematizadas por la legislación sobre prevención de riesgos laborales; se trata de la posibilidad de imponer a los empresarios incumplidores sanciones administrativas, y también sanciones penales. Ambas se hallan dentro de lo que se conoce como derecho sancionador, del ius punendi estatal, y por lo tanto presididas por las consecuencias derivadas del principio de legalidad estricto que refleja el art. 25 de la Constitución (exigencia de tipicidad, non bis in idem, presunción de inocencia, etc.).»

    La responsabilidad empresarial por ilícito administrativo en el accidente de trabajo · EMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 18 · con fórmula de valoración

    «de flexibilización de la carga de la prueba porque "un principio de justicia, que opera en el tratamiento de las reglas de la prueba, apoya la conclusión de que asuma el empresario la carga de probar los hechos generados de la extinción de la relación laboral, bien constituyan causa legítima subsumible en alguna de las de ruptura unilateral de aquélla, a impulso del empresario, bien sin legitimar el despido por causas excluyentes de su procedencia o por incurrir en nulidad, se presenten razonablemente como ajenos a todo propósito discriminatorio atentatorio a un derecho constitucional" .»

    Las garantías sustantivas de ejercicio de los derechos de maternidad y de conciliación · JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 48 · con fórmula de valoración

    «En el caso ahora enjuiciado, y sin necesidad de examinar la concurrencia de los demás requisitos exigidos para la relevancia constitucional de la falta de emplazamiento personal en un proceso, se hallan presentes una serie de datos y circunstancias que permiten afirmar, con un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano Menéndez Pérez, Segundo Legitimación, seguridad jurídica y proceso de ...»

    Legitimación, seguridad jurídica y proceso de ejecución · SEGUNDO MENENDEZ PEREZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 15 · con fórmula de valoración

    «influencia del recurso francés originario y para entonces ya superado en la jurisprudencia de la Cour de Cassation, de la siguiente manera: "El Tribunal Supremo al conocer de estos recursos no es llamado a juzgar el hecho, respecto al cual la ejecutoria es un veredicto inalterable, su misión está reducida a examinar y decidir, si al hecho que como viene por ella establecido, está o no bien aplicado el derecho, y no deben admitirse, cuando conocidamente tengan por objeto atacar la apreciación de las pruebas o la fijación de los hechos consignados en la ejecutoria".»

    Los modelos jurídicos de la casación penal · ENRIQUE BACIGALUPO ZAPATER · Revista del Poder Judicial · 2006 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «la difícil cuestión de la prueba de la simulación. La Instrucción comienza por reconocer que la normativa española guarda silencio sobre esta cuestión; por lo que, se dice, al no existir normalmente pruebas directas de la voluntad simulada de los contrayentes procede acudir al sistema de las presunciones judiciales. Lo que se enuncia o define, a partir del contenido del artículo 386 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en los siguientes términos: "a partir de un hecho admitido o probado se puede presumir la certeza de otro hecho, si entre el admitido o demostrado y el presunto existe un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano".»

    Matrimonio civil. Problemática actual sobre su autorización o denegación · JOSE MARIA FERRER DE LA PUENTE · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración

    «Ya hemos dicho en la primera parte de este estudio que se comienza por aceptar que con relación a la prueba de la simulación la normativa española guarda un silencio total, por lo que, se sostiene, procede acudir al sistema de las presunciones judiciales al amparo de lo dispuesto en el artículo 386 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: "a partir de un hecho admitido o probado se puede presumir la certeza de otro hecho, si entre el admitido o demostrado y el presunto existe un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano".»

    Matrimonio civil. Problemática actual sobre su autorización o denegación · JOSE MARIA FERRER DE LA PUENTE · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «Asumida entonces la necesaria superación de la idea de que no es suficiente con la prevención y represión a través de la prisión provisional y la libertad bajo fianza y teniendo en cuenta el grave problema social que la violencia doméstica representa, se ha ido buscando una mayor protección de la víctima sin olvidar las garantías del inculpado. El "equilibrio", como tantas veces, es la palabra mágica y clave que se nos plantea. Por un lado tenemos la presunción de inocencia y demás derechos fundamentales que García Ortiz, Lourdes Medidas judiciales de protección y ...»

    Medidas judiciales de protección y seguridad de las víctimas en la Ley Integral. Cuestiones derivadas de su aplicación e integración con el resto de medidas cautelares previstas en el ordenamiento · LOURDES GARCIA ORTIZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 23 · con fórmula de valoración

    «Por el contrario, se trata tan sólo de inclinaciones sexuales que debido a su menor incidencia sobre los impulsos resultan por regla general exigible al sujeto que las controle, a menos que en ellas interfieran otras patologías o anomalías cuya valoración conjunta determine un trato penal diferente. A ello se suma además el dato de que precisamente los actos en los que se manifiestan esas patologías son los que el legislador conmina con una pena, por lo que difícilmente podría explicarse que el comportamiento desviado típico se atenuase o incluso llegara a eximirse de pena justamente por el hecho de realizarse por parte de quien experimenta placer y atracción hacia el mismo (48).»

    Nuevas tendencias doctrinales y jurisprudenciales en el tratamiento del enfermo mental · MARIA DEL CARMEN GOMEZ RIVERO · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 18 · con fórmula de valoración

    «Es propósito del Proyecto generalizar -dice la Exposición de Motivos- la segunda instancia penal (atendido el art. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) a cuyo fin se crea -se sigue diciendo- una apelación limitada (con motivos entre los que no se incluye alguno referido al error en la valoración de la prueba), si bien debe precisarse que se trata de: 1) Apelación contra autos dictados por la Audiencia Provincial.»

    Origen y porvenir de las Salas de lo Civil y Penal · JUAN MONTERO AROCA · Revista del Poder Judicial · 2006 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «Este criterio, adoptado por los Tribunales, de considerar tales resoluciones como regladas, ha perseguido el objetivo de reducir los márgenes de libertad de la Administración, impidiendo la adopción de otorgamientos o denegaciones arbitrarios. Sobre quién deba probar la existencia o no de caudales o la afección o no aaprovechamientos de aguas preexistentes, pudiera pensarse que la carga probatoria debería caer sobre la Administración ya que ésta vendría supuestamente obligada por la Ley a cerciorarse de que dispone de los caudales que otorga, so riesgo de dictar actos de contenido imposible.»

    Problemática jurídica del régimen de la concesión de aguas · FRANCISCO LOPEZ MENUDO · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «Una gran parte de los estudios confirman que los jurados se dejan influir por informaciones que carecen de valor legal, pero que les sirven para conformar una opinión sobre el caso. La mayoría de este tipo de información es adquirida como consecuencia de la repercusión que han tenido los hechos en los medios de comunicación. Revisiones del tema indican que generalmente esa repercusión implica un sesgo en contra del acusado, dada la tendencia de los periodistas a vulnerar el principio de presunción de inocencia. Cuanto mayor haya sido la presencia del caso en diferentes medios, mayor cabe esperar que sea la influencia. El análisis de varios estudios realizado por STEBLAY, BESIREVIC, FULERO y JIMÉNEZ-LORENTE (1999) revela que la Paúl Velasco, Pilar de Psicología del jurado»

    Psicología del jurado · PILAR DE PAUL VELASCO · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración

    «Si además sabemos que ese candidato con experiencia en reuniones de grupo y acostumbrado a defender su opinión tiene, por ejemplo, dificultad en aceptar el principio de presunción de inocencia y considera que las personas se comportan de determinada manera porque son así y no por las circunstancias en las que se pueden ver inmersos, podemos estar seguros de que ese ciudadano tiene un sesgo pro-acusación que podrá mantener a lo largo de la deliberación y que intentará transmitir a los demás miembros. Muchas de las recomendaciones anteriores parecen querer evitar la falta de capacidad de expresión de sesgos por la motivación de no ser rechazado.»

    Psicología del jurado · PILAR DE PAUL VELASCO · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración

    «Se basa en medir las creencias hacia la probabilidad de que un procesado, básicamente por el hecho de serlo, haya cometido el delito. También valora cuáles son los criterios de duda que maneja para mantener el principio de presunción de inocencia. Una forma de poder utilizar esta escala (tiene un total de 22 ítems) sería adjuntarla al cuestionario inicial que reciben los candidatos o poder aplicarla a los que acuden a la primera sesión del juicio.»

    Psicología del jurado · PILAR DE PAUL VELASCO · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración

    «En el primer caso, la demanda ejecutiva se podrá dirigir sólo contra el deudor, pero el embargo de los bienes gananciales se comunicará al otro cónyuge, que podrá oponerse a la ejecución, fundándose en las mismas causas que correspondan al ejecutado. Por lo tanto, se equipara a éste, de forma tal, que puede entenderse que le está vedada la acción de tercería de dominio, puesto que para lo que se le faculta es para que ejercite una oposición a la ejecución. Además, si considera el cónyuge no deudor que los bienes gananciales no han de responder de la deuda, se invierte la carga de la prueba, que incumbirá, respecto de esta concreta circunstancia, al acreedor.»

    Puntos críticos de la ejecución definitiva laboral: situación actual y alternativas · ANA MARIA ORELLANA CANO · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 25 · con fórmula de valoración

    «Estas grandes ventajas no se deben ensombrecer por algunos inconvenientes como son los siguientes: - Afección sobre las garantías del Derecho penal: Una de las críticas más firmes provenientes de la doctrina penal hacia la mediación en la justicia penal se apoya precisamente en el riesgo que conlleva para la pérdida de las garantías individuales derivadas de los principios de legalidad, culpabilidad, igualdad, proporcionalidad o presunción de inocencia, ya que no hay que olvidar que muchas de las propuestas de justicia informal o medidas extrajudiciales pueden llevar un incremento de control social pero desprovisto de los límites propios del Derecho penal.»

    Responsabilidad civil y tratamiento penitenciario · VICENTA CERVELLO DONDERIS · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «Desde esta perspectiva, una interpretación del artículo 954.4 LECRIM que excluya la subsunción de una Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de este tipo en el concepto de "hecho nuevo" se opone al principio de interpretación pro actione tal como lo hemos definido anteriormente, ya que se trata de una decisión de inadmisión que por su rigorismo y por su formalismo excesivo revela una clara desproporción entre los fines que las causas de inadmisión preservan -especialmente la seguridad jurídica que deriva de la intangibilidad de las Sentencias firmes- y los intereses que sacrifican, que en este caso es, ni más ni menos, que un derecho fundamental como el derecho a la presunción de inocencia proclamado en el artículo 24.2 CE.»

    Revisión de sentencias firmes tras condena del TEDH · ANDRES PALOMO DEL ARCO · Revista del Poder Judicial · 2006 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →