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Valoración de un accidente

Lo que corresponde por las lesiones, con el baremo de tráfico que aplican los juzgados. Pon lo que diga el parte médico y verás cada partida con el artículo que la sostiene, la operación exacta y lo que la ley deja abierto.

El cálculo se hace en tu navegador: la edad, las secuelas y los días de baja no salen de aquí. No hace falta registrarse.

1 · Las secuelas que quedan

Las del informe médico, con su nombre o con su código del baremo (tabla 2.A.1). Si el informe ya te da la puntuación total, salta a la casilla de abajo.

La tabla paga distinto según la edad: es el dato que elige la columna (art. 104.3).

Cargando el baremo médico…

Sirve si el informe te da el perjuicio psicofísico ya sumado.

2 · Los días de baja

Cada día lleva un solo grado: los de hospitalización no se suman además como impedidos (art. 138.6).

Los días en que la lesión existía pero pudiste hacer tu vida. Se pagan al día básico (tabla 3.A).

Ingreso hospitalario o encamamiento: la pérdida temporal más grave (art. 138.2).

No pudiste valerte para las actividades de cada día ni salir de casa (art. 138.3).

Pudiste hacer las actividades de cada día, pero con limitación (art. 138.4).

Cada una se paga entre 522,76 € y 2.091,05 €, según la técnica y la anestesia (art. 140).

3 · El perjuicio estético y la vida diaria

Cicatrices y secuelas visibles. Se valora aparte del psicofísico, con su tope de 50 (art. 104.5).

Lo que ya no puedes hacer como antes. El grado lo fija el juez (art. 109.2); aquí se pone el que hayas reclamado, y sale como horquilla.

Lo que sale del baremo

Pon la edad y alguna secuela, o los días de baja, y la valoración aparece aquí.