Ir al contenido principal

Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

86 pasajes en 5 páginas · mostrando del 1 al 20

  1. Interrogatorio de las partes · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «Medios de prueba en concreto A) Prueba de interrogatorio de parte a) Valoración de la prueba b) Cliente informado al reconocerlo en interrogatorio pese a no cumplir el banco su deber de información c) Valoración junto a documental del interrogatorio de la contraparte d) Índice analítico de sentencias B) Prueba documental a) Admisibilidad de la prueba b) Interpretación de los contratos c) Valoración de la prueba c.1) Valoración conjunta c.2) Necesidad de valorar la prueba c.3) Valoración de la prueba documental c.3.1) Valoración de documento impugnado c.3.2) Juicio de transparencia atendiendo no únicamente al contenido del documento que contiene la cláusula c.3.3) Confrontada con la testifical c.3.4) Informes de organismos oficiales c.3.5) Valoración de la oferta vinculante con relación a cláusula suelo Problemática de los contratos bancarios y la contratación de productos financieros ...»

    Problemática de los contratos bancarios y la contratación de productos financieros por clientes minoristas · JOSE MARIA BLANCO SARALEGUI / RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN / RAFAEL FUENTES DEVESA / MARIA ZULEMA GENTO CASTRO / RAFAEL GIMENEZ RAMON / NURIA LEFORT RUIZ DE AGUIAR / LUIS BERNARDINO SELLER ROCA DE TOGORES / LUIS SHAW MORCILLO · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  2. Interrogatorio de las partes · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «Por regla general, el valor de las pruebas no está tasado, salvo lo relativo al interrogatorio de parte (artículo 316.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil [en adelante, LEC]) y los documentos en función de su naturaleza (arts. 319.1 y 326.1 LEC), lo que permite que, bajo el principio de libre valoración de la prueba motivada, pueda fluir mejor el enjuiciamiento del juez (sobre los hechos, siempre a la vista de su calificación jurídica y de la pretensión). En cualquier caso, las reglas de la sana crítica no son reglas legales, sin perjuicio de que con frecuencia se identifican con máximas de experiencia judiciales (1).»

    Análisis del enjuiciamiento en la jurisdicción civil · IGNACIO SANCHO GARGALLO / CARMEN ISABEL ORTIZ RODRIGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

  3. Interrogatorio de las partes · pág. 44 · con fórmula de valoración

    «TC 233/2002, de 9 de diciembre, sintetiza la doctrina de este Tribunal sobre la incidencia en la presunción de inocencia de tales declaraciones, cuando son prueba única, en los siguientes términos: "a) la declaración incriminatoria de un coimputado es prueba legítima desde la perspectiva constitucional; b) la declaración incriminatoria de un coimputado es prueba insuficiente y no constituye por sí misma actividad probatoria de cargo mínima para enervar la presunción de inocencia; c) la aptitud como prueba de cargo mínima de la declaración incriminatoria de un imputado Pérez-Cruz Martín, Agustín Jesús El interrogatorio del acusado»

    El interrogatorio del acusado · AGUSTIN JESUS PEREZ-CRUZ MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  4. Interrogatorio de las partes · con fórmula de valoración

    «Si la policía no puede realizar la grabación por un problema técnico insalvable, podrá, según la Directiva, realizar el interrogatorio al menor sin grabarlo por medios audiovisuales, siempre que concurran tres circunstancias: (1) que se hayan realizado esfuerzos razonables para resolver el problema técnico; (2) que no resulte adecuado retrasar el interrogatorio; y (3) que sea compatible con el interés superior del menor. A partir de la entrada en vigor de la Directiva, ¿se podrá utilizar como prueba de cargo apta para desvirtuar la presunción de inocencia un interrogatorio policial no grabado? Depende.»

    Garantías procesales de los menores sospechosos o acusados en el proceso penal · RICARDO GALLEGO CORCOLES · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  5. Interrogatorio de las partes · pág. 61 · con fórmula de valoración

    «Por tanto, si bien, como hemos afirmado, en el interrogatorio que puede realizar el tribunal existe una limitación de carácter absoluto en la introducción en el debate de hechos que configuran la tesis de la acusación, ya que ello supondría, a la postre, la incorporación de prueba de cargo por el propio tribunal, tal limitación no se opera cuando se trata de hechos favorables del acusado, por efecto del derecho a la presunción de inocencia que despliega sus efectos, en gran medida, en el ámbito de la carga de la prueba. En tal sentido la STS de 25 de noviembre de 2009 afirma que la facultad del artículo 708.2 LECrim debe utilizarse únicamente para solicitar aclaraciones "preferentemente pro reo, y evitando con el mayor cuidado que el recurso a ese medio llegue a convertirse en una intolerable subrogación en el papel de la acusación".»

    Bloque III. El juicio como espacio de producción de medios de prueba · SALVADOR CAMARENA GRAU / JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE / ROSER BACH FABREGO / JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  6. Interrogatorio de las partes · con fórmula de valoración

    «Con relación a la confesión sumarial contradictoria, la jurisprudencia viene declarando que, cuando se advierta una contradicción entre la declaración del plenario autoexculpatoria y la confesión sumarial, cabe decidirse por esta y considerarla prueba de cargo válida para destruir la presunción de inocencia, cuando concurren en ella determinados requisitos: que se haya prestado a presencia judicial; con respeto de todas las garantías procesales y, por tanto, con previa instrucción de sus derechos y con asistencia letrada; que exista contradicción entre una y otra declaración; y que se pregunte al acusado sobre la razón de ser de la contradicción, previa lectura de su confesión sumarial, o incorporación de su contenido al plenario a través de las preguntas, a fin de que dé las explicaciones que estime oportunas.»

    El valor probatorio de las declaraciones de los imputados y coimputados practicadas con anterioridad al juicio oral, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo · ANA MARIA FERRER GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  7. Interrogatorio de las partes · pág. 1 · con fórmula de valoración

    «I. Introducción II. Presunción de inocencia y valor probatorio de las diligencias sumariales 1. Planteamiento 2. Pruebas preconstituidas y pruebas anticipadas: las diligencias objeto del testimonio para el juicio oral 3. El tratamiento de las contradicciones entre lo declarado en fase de instrucción y en el juicio oral: art. 46.5 LOTJ 4. Un supuesto especial y polémico: el silencio en juicio del acusado previamente confeso A) Planteamiento B) Discusión: la falacia de la impunidad C) Excurso necesario: jurisprudencia USA y realidad española D) Primera restricción: la confesión "in facie iudiciis" E) Segunda restricción: las manifestaciones espontáneas del acusado III. Presunción de inocencia y disolución anticipada del jurado: art. 49 LOTJ IV. Presunción de inocencia e "in dubio pro reo" en las instrucciones al jurado 1. Instrucciones sobre la presunción de inocencia 2. Instrucciones sobr»

    Presunción de inocencia e in dubio pro reo en el juicio ante el Tribunal de Jurado · JOSE MANUEL DE PAUL VELASCO · Estudios de Derecho Judicial · 2003 · PDF

  8. Interrogatorio de las partes · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «El fundamento es el interés público y el interés en la averiguación de la verdad en la medida en que la resolución afecta a menores de edad. 2) Control del juez durante la práctica de los interrogatorios de su contenido, que tienen su fundamento en el principio del superior interés del menor y en otros objetivos como el fomento del ejercicio de la coparentalidad positiva tras el procedimiento. 3) Refuerzo del principio de libre valoración de la prueba tanto de los interrogatorios como de los documentos (art. 752.2 LEC).»

    Análisis del enjuiciamiento en la jurisdicción civil · IGNACIO SANCHO GARGALLO / CARMEN ISABEL ORTIZ RODRIGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

  9. Interrogatorio de las partes · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «Garantiza el respeto a la presunción de inocencia y el derecho de defensa de la persona acusada (artículos 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Públicas, artículo 48.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, artículos 24.1 y 2 de la Constitución Española). Se trata, por lo tanto, de introducir especialidades en la forma, momento e incorporación del interrogatorio del menor que, por una parte, neutralice el riesgo de victimización secundaria vinculado a su exploración o interrogatorio para narrar lo sufrido o percibido (SERRANO MASIP, 2013: 4) y, por otra, no menoscabe el derecho a la presunción de inocencia del acusado.»

    Tema 5. Las víctimas especialmente vulnerables (en especial en los delitos sexuales y de violencia de género) · IGNACIO JOSE SUBIJANA ZUNZUNEGUI · Formación a Distancia · 2017 · PDF

  10. Interrogatorio de las partes · con fórmula de valoración

    «En la segunda de ellas, la queja del recurrente carece de virtualidad por cuanto el pronunciamiento de casación es absolutorio por falta de prueba de cargo, y en la primera, analizando la intervención del tribunal desde la incidencia del interrogatorio en la conformación de la prueba de cargo, señala que la impugnación carece de efectos prácticos por cuanto el interrogatorio no sirvió para aportar nuevos datos de cargo que no existieran ya en cuadro probatorio. Distinto es el planteamiento que se realiza en la STS de 2 de febrero de 2011.»

    Bloque III. El juicio como espacio de producción de medios de prueba · SALVADOR CAMARENA GRAU / JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE / ROSER BACH FABREGO / JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  11. Interrogatorio de las partes · pág. 26 · con fórmula de valoración

    «En igual dirección el Tribunal Supremo, en sentencia de 15 de noviembre de 2006, ha precisado que: "En consecuencia, en las condiciones antes descritas, la confesión de los hechos por parte del imputado o acusado, que puede obedecer a distintas causas, debe entenderse como la consecuencia de una decisión suficientemente informada y libre, producto de una opción entre las distintas que la situación le ofrece, y cuyas consecuencias debe asumir. Es posible, por lo tanto, valorar tal declaración como prueba de cargo válida, en tanto que desvinculada de la prueba ilícita".»

    Hallazgos casuales y medidas tecnológicas de investigación · RAQUEL CASTILLEJO MANZANARES · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  12. Interrogatorio de las partes · con fórmula de valoración

    «En efecto, porque, bien defendido, actuó en él con pleno conocimiento del marco de referencias normativas y de los posibles efectos de la actitud que, en definitiva, decidiera adoptar. Por consiguiente -como se lee en la STS 1129/2006, de 15 de noviembre- aquí "la confesión de los hechos por parte del acusado, que puede obedecer a distintas causas, debe entenderse como la consecuencia de una decisión suficientemente informada y libre, producto de una opción entre las distintas que la situación le ofrecía, y cuyas consecuencias debe asumir". Que es lo que hace posible estimar "tal declaración como prueba de cargo válida, en tanto que desvinculada de la prueba ilícita"".»

    La prueba personal del sumario y juicio oral. Su valoración. Pronunciamiento jurisprudencial · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  13. Interrogatorio de las partes · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «Entiendo que la negativa injustificada a aportar el documento requerido no puede constituir una ficta admissio , por las razones siguientes: - Difícilmente la parte solicitante del requerimiento documental dispondrá de una copia simple del documento cuya exhibición solicita o conocerá el contenido exacto del mismo (art. 329.1 LEC). - Para valorar la capacidad económica de un progenitor, en orden a cuantificar prestaciones económicas, no solo podemos atender al contenido de uno o varios documentos, sino que se debe atender a la totalidad de los ingresos y recursos económicos. - La ficta admissio no es un efecto ex lege y automático, ni siquiera en los supuestos de incomparecencia (art. 304 LEC), negativa a declarar o respuestas evasivas o inconcluyentes (art. 307 LEC) en el interrogatorio de partes, sino una facultad judicial que debe ser aplicada de forma prudente y razonable y que oblig»

    Algunas cuestiones controvertidas sobre la prueba en los procesos de familia · FRANCISCO JAVIER ABEL LLUCH · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

  14. Interrogatorio de las partes · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «Por tanto, cabe aclarar que, para desvirtuar la presunción de inocencia, es precisa una mínima actividad probatoria producida con las garantías procesales que de alguna forma pueda entenderse de cargo y de la que se pueda deducir, por tanto, la culpabilidad del procesado. Esta sentencia resuelve un supuesto en el que se había condenado por robo al procesado por su confesión ante la policía (que se había practicado antes de la entrada en vigor de la CE y, por tanto, sin las garantías que la Constitución reconoce), recordando que el atestado policial tiene el valor de denuncia y no constituye una verdadera prueba, por lo que se vulnera en consecuencia el derecho a la presunción de inocencia.»

    Tema 7. El debate sobre el debate: el juicio oral a examen · YOLANDA RUEDA SORIANO · Formación a Distancia · 2021 · PDF

  15. Interrogatorio de las partes · pág. 50 · con fórmula de valoración

    «Para concluir este punto, aunque no se trate exactamente del mismo supuesto (se denunciaba la valoración como prueba de cargo de confesiones policiales de terceras personas ante las autoridades marroquíes bajo tortura), de la STEDH dictada en El Haski contra Bélgica el 25 de septiembre de 2012, cabe extraer la conclusión de que la recepción de la prueba obtenida en el extranjero, especialmente en Estados en los que no existan garantías de investigaciones serias, independientes, imparciales sobre alegaciones de torturas o malos tratos a los detenidos y sospechosos, nunca puede ser acrítica, debiendo excluirse en todo caso cuando exista un "riesgo real" de que la prueba se haya obtenido con violación de los citados derechos, constituyendo un revelador indicio a tal efecto la ausencia de asistencia letrada.»

    La Directiva 2013/48 y su transposición. Nuevos contenidos del derecho a la asistencia letrada en la Ley Orgánica 13/2015. Especial análisis del derecho a la asistencia letrada en la fase de investigación policial · JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  16. Interrogatorio de las partes · pág. 14 · con fórmula de valoración

    «En el escrito de preparación del recurso la recurrente fundó su procedencia en la existencia de interés casacional por oponerse la sentencia recurrida a las sentencias de esta Sala que se indicaban, referidas, en primer término, a la interpretación de las normas que rigen la distribución de la carga de la prueba y la valoración de la prueba de confesión judicial, cuestiones que, como se acaba de indicar, quedan al margen del ámbito material del recurso de casación, por lo que no es dable referir a ellas el interés casacional en que se quiere fundamentar la procedencia del recurso.»

    Criterios de admisión del recurso de casación · XAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  17. Interrogatorio de las partes · con fórmula de valoración

    «¿Cómo podría reivindicarse en el tiempo el derecho a la presunción de inocencia cuando hasta la STC 31/1981, de 28 de julio, se vino admitiendo que constituía prueba de cargo válida la confesión realizada en sede policial sin asistencia letrada, luego negada a presencia judicial y en el acto del juicio oral? ¿Cómo invocar el derecho al Juez imparcial, no prevenido, cuando hasta la STC 145/1988, de 12 de julio, era el mismo Juez quien instruía y fallaba las causas por determinados delitos?»

    Revisión penal ordinaria y militar · ANGEL CALDERON CEREZO · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  18. Interrogatorio de las partes · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «En cuanto al régimen jurídico de la práctica y valoración del interrogatorio en el supuesto de que el actor o demandado sea abogado y haya asumido su autodefensa, debe declarar desde la posición correspondiente a la parte interrogada. Las preguntas pueden versar sobre cuestiones jurídicas y puede invocar el secreto profesional ante ciertas preguntas, así como el deber de confidencialidad si ha intervenido previamente en la sesión de mediación. La valoración del interrogatorio está sometida a las reglas de la sana crítica (art. 306.2 LEC).»

    Conclusiones del Seminario Cuestiones Controvertidas en los Procesos de Familia y de Menores. Madrid, del 8 al 10 de mayo de 2024 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2024 · PDF

  19. Interrogatorio de las partes · pág. 26 · con fórmula de valoración

    «Ello es consecuencia de que el material probatorio que desvirtúa la presunción de inocencia debe ser practicado en el acto del juicio, lo que nos lleva igualmente a la consideración de ineficaces de las declaraciones incriminatorias efectuadas en la sede policial sin la presencia del letrado, por lo que queda reducida su eficacia meramente a aquellas que puedan considerarse "declaraciones o confesiones espontáneas", es decir, no provocadas ni producidas directa o indirectamente en un interrogatorio; a pesar de ello, la STS 655/2014, de 7 de octubre sostiene que "el reconocimiento espontáneo extra proceso, en cuanto no ratificado por su autor, no pasa de ser un mero indicio".»

    El derecho a la asistencia letrada · MARIA DOLORES HERNANDEZ RUEDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  20. Interrogatorio de las partes · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «Arizona (1966), que han de ser observadas de un modo general para considerar que la confesión ha sido obtenida legítimamente. La STC 86/1995 constituye un buen ejemplo de esta forma de considerar la validez de las declaraciones basada en la aplicación de criterios objetivos o estándares procedimentales. En el caso, el TC otorga validez a una confesión vinculada a una prueba obtenida ilícitamente (intervención en poder del sospechoso de una partida de droga resultado de una escucha ilegal).»

    La declaración del imputado (A propósito de la "voluntariedad" de la confesión como presupuesto de validez) · JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →