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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 161 al 180

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración

    «I. Introducción 1. La presunción de inocencia en los textos europeos II. El ámbito de aplicación de la Directiva 1. Procedimientos administrativos 2. Personas jurídicas 3. Cuestiones relativas al mayor nivel de protección III. Fundamento común de la presunción de inocencia en el marco europeo IV. La presunción de inocencia en la Directiva 1. Referencias públicas a la culpabilidad y presentación de los sospechosos y acusados 2. Justificación 3. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos A) Alcance externo del derecho a la presunción de inocencia B) Extensión desde una perspectiva subjetiva Camarena Grau, Salvador La Directiva 2016/343. Los retos de ...»

    La Directiva 2016/343. Los retos de trasposición. Cómo debe y puede protegerse la inocencia en el proceso penal. El derecho a asistir a juicio de la persona acusada · SALVADOR CAMARENA GRAU · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «La presunción de inocencia impone la absolución del acusado tanto en los casos de ausencia de prueba de cargo como en los casos en que la prueba de cargo no permita dar por acreditada la hipótesis fáctica de la acusación más allá de toda duda razonable. • La declaración de la afirmada víctima es en abstracto idónea para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia (por todas, STS 61/2014, de 3 de febrero). Ahora bien, para que, en concreto, sirva de soporte a una declaración condenatoria tiene que ofrecer datos informativos suficientes para eliminar toda duda fundada sobre la culpabilidad del acusado.»

    Tema 5. Las víctimas especialmente vulnerables (en especial en los delitos sexuales y de violencia de género) · IGNACIO JOSE SUBIJANA ZUNZUNEGUI · Formación a Distancia · 2017 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «"De la aplicación que hace el Tribunal Constitucional de la doctrina procesal del Caso Murray se desprende que la jurisprudencia que sienta el TEDH no permite solventar la insuficiencia de la prueba de cargo operando con el silencio del acusado la suficiencia probatoria ajena al silencio resulta imprescindible. Esto es: una vez que concurre prueba de cargo "suficiente" para enervar la presunción de inocencia es cuando puede utilizarse como un argumento a mayores la falta de explicaciones por parte del imputado.»

    Ampliación de los derechos del investigado en el proceso penal tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Así el Tribunal Supremo parte de que las declaraciones de la víctima no son asimilables totalmente a las de un tercero, por ello cuando el Tribunal Constitucional respetando, con buen criterio, el ámbito de exclusividad de la potestad jurisdiccional penal constitucionalmente atribuido a jueces y tribunales ordinarios, señala que la declaración de la víctima o denunciante puede ser prueba hábil para desvirtuar la presunción de inocencia, incumbiendo su valoración al tribunal sentenciador, ello no significa, desde luego, que con dicha declaración quede automáticamente desvirtuada la presunción de inocencia, en el sentido de que se invierta la carga de la prueba, dándose ya por probada la acusación e incumbiendo al acusado desvirtuar su presunta presunción de certeza de la acusación formulada, sino únicamente que dicha prueba no es inhábil a los efectos de su valoración como una prueba más,»

    Enjuiciar con perspectiva de género. Perspectiva de género en Derecho penal · MARIA ANGELES VIVAS LARRUY · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · pág. 63 · con fórmula de valoración

    «valoración racional de la declaración del o de la denunciante como prueba de cargo (ss. TS. 28-9-88, 5-6-92, 8-11-94, 11-10-95, 15-4-96, 30-9-98, 22-4-99, 26-4-2000, 18-7-2002). También ha declarado el Tribunal Supremo, en muchas ocasiones -por ejemplo 29-12-97-que la situación límite de riesgo para el derecho constitucional de presunción de inocencia se produce cuando la única prueba de cargo la constituye la declaración de la supuesta víctima del delito.»

    Enjuiciar con perspectiva de género. Perspectiva de género en Derecho penal · MARIA ANGELES VIVAS LARRUY · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración

    «Se dedicaba un capítulo que contenía los arts. 357 a 360 regulando las garantías de las fuentes de prueba, la cadena de custodia cuyas características quedaban perfectamente reguladas en el art. 358.1 y 2 "la cadena de custodia se inicia en el lugar y momento en que se obtiene o encuentra la fuente de prueba. Corresponde a todos cuantos tengan relación con la fuente de prueba, sean funcionarios públicos o particulares, la obligación de constituir, aplicar y mantener la cadena de custodia, garantizando la inalterabilidad de la fuente de prueba".»

    Cuestiones frecuentes sobre el delito de tráfico de drogas · LOURDES CASADO LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «5. El encubrimiento II. La cadena de custodia 1. Regulación legal 2. Notas características 3. Problemas en la cadena de custodia A) Consecuencias de la infracción de la cadena de custodia a) Supuestos de irregularidad b) Supuestos de invalidez B) Impugnación C) Análisis sobre estupefacientes III. Menor entidad. Párrafo segundo art. 368 CP 1. Antecedentes 2. Naturaleza 3. Requisitos A) La escasa entidad del hecho B) Las circunstancias personales del culpable»

    Cuestiones frecuentes sobre el delito de tráfico de drogas · LOURDES CASADO LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «En el artículo 589 del Anteproyecto se recogen los siguientes motivos de apelación en el recurso de apelación contra sentencias: "El recurso de apelación podrá interponerse: a) Por infracción de Ley procesal o material. b) Por error en la valoración de la prueba, excepto en los recursos contra sentencias dictadas por el Tribunal del Jurado". Por otra parte en el artículo 592.3 del Anteproyecto, al regular el error en la valoración de la prueba, estipula que: "En ningún caso podrán ser apeladas las sentencias del Tribunal del Jurado por omisión, insuficiencia o defecto de motivación respecto a la valoración de la prueba efectuada para la emisión del veredicto".»

    La reforma del sistema de recursos penales. Anteproyecto de Código Procesal Penal de 2013 · JAVIER MARCA MATUTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración

    «Una precisión sobre las reflexiones que siguen. Examinan las novedades que la nueva Ley reguladora de la Jurisdicción Social (LJS) ha traído sobre la carga de la prueba en materia de responsabilidad derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Estas novedades no agotan el tema más amplio de la carga de la prueba en el accidente laboral. Algunas de las normas clásicas de Seguridad Social pueden verse como disposiciones que distribuyen las cargas probatorias entre los litigantes y orientan al Juez sobre el sentido de su decisión cuando falta la certeza de hechos decisivos o González Rodríguez, Jorge Accidente de trabajo y carga de la prueba»

    Accidente de trabajo y carga de la prueba · JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «Yendo más allá en la indicada dirección, la LJS ha regulado la carga de la prueba para los casos de responsabilidad derivada de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Al lado de la norma sobre carga de la prueba en los casos de discriminación, antes recogida en el art. 96 de la derogada Ley de Procedimiento Laboral (LPL) y ahora González Rodríguez, Jorge Accidente de trabajo y carga de la prueba»

    Accidente de trabajo y carga de la prueba · JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 77 · con fórmula de valoración

    «Francia) la declaración de un coimputado es sospechosa cuando se trata de la única prueba de cargo en la medida en que el acusado, no solo no tiene obligación de decir la verdad, sino que puede callar total o parcialmente, en virtud de sus derechos a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, reconocidos en el art. 24.2 CE, que son garantías instrumentales del más amplio derecho a la defensa". Y en relación a la valoración de las declaraciones del coimputado a los efectos de desvirtuar la presunción de inocencia ha señalado el mismo Alto Tribunal que "carecen de consistencia plena como prueba de cargo, cuando siendo únicas, no resultan mínimamente corroboradas por otras pruebas.»

    Bloque I. El inculpado como fuente y medio de prueba · MARIA DEL CARMEN POZA CISNEROS / JAVIER HERNANDEZ GARCIA / JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA / SALVADOR CAMARENA GRAU / ROSER BACH FABREGO / JOSE MANUEL SANCHEZ SISCART / JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE / JAIME MORENO VERDEJO · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 75 · con fórmula de valoración

    «La presunción de inocencia rige para todos incluso para los que ofrezcan ese perfil o cualquier otro perfil criminal; y para una razonable valoración de las pruebas de cargo, lícitas y válidas, que desvirtúe la presunción de inocencia no se precisa de la averiguación del perfil psicológico del acusado denotativo de su inclinación a la comisión del tipo penal que se le imputa. Más bien el hacerlo introduce un inconveniente factor de prejuicio incompatible con una objetiva valoración razonable de las pruebas y con el correcto entendimiento de la presunción de inocencia y de la responsabilidad penal por el hecho.»

    Bloque II. Testigos · MANUEL MIRANDA ESTRAMPES / JAVIER HERNANDEZ GARCIA / ROSER BACH FABREGO / JOSE MANUEL SANCHEZ SISCART / SALVADOR CAMARENA GRAU / JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA / JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «III. Tutela procesal del derecho a la igualdad 1. La pretensión 2. La legitimación 3. La prueba y sus especialidades A) La incorporación de normas comunitarias y el referente de la LPL B) La modificación en las reglas generales de distribución de la carga de la prueba C) La carga de la prueba en la LOIMH y en la LEC, ¿inversión de la carga de la prueba; presunción o enjuiciamiento "prima facie"? D) Aplicación del desplazamiento probatorio E) Los informes o dictámenes de organismos públicos competentes y el valor de las estadísticas Referencia bibliográfica»

    La aplicación de la Ley Orgánica 3/2007 en el ámbito civil · TERESA ARMENTA DEU · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «A) La terminología jurídica suele recurrir a la expresión "máximas de experiencia" para designar a ese populoso y variopinto universo de criterios inferenciales. En el encuadre de las "máximas de experiencia" -lato sensu - descuellan dos familias: los conocimientos científicos y las generalizaciones de sentido común (a las que en sentido más restrictivo y propio se les denomina "máximas de experiencia"). Aquí sólo habrá lugar para estas últimas. Las máximas de experiencia comprenden -dejando al margen los conocimientos científicos, como he dicho- generalizaciones empíricas (o reputadas como tales) que se refieren sobre todo a la conducta humana, tanto individual como social.»

    Algunas patologías de la motivación en sentencias sobre "casos difíciles" · JUAN IGARTUA SALAVERRIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración

    «medios de prueba con el fin de testar su atendibilidad ; la "valoración conjunta" tiene por función ponderar de cuánta probabilidad proveen finalmente a la hipótesis los medios de prueba atendibles. La valoración individualizada actúa como filtro ; y la valoración conjunta como balanza para pesar lo filtrado. En más de una ocasión, el Tribunal Supremo (así como la literatura procesal-civilista) ha equivocado los términos conceptuando como valoración conjunta la resolución de las contradicciones entre los medios de prueba.»

    Algunas patologías de la motivación en sentencias sobre "casos difíciles" · JUAN IGARTUA SALAVERRIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · pág. 40 · con fórmula de valoración

    «La presunción de inocencia rige para todos incluso para los que ofrezcan ese perfil o cualquier otro perfil criminal; y para una razonable valoración de las pruebas de cargo, lícitas y válidas, que desvirtúen la presunción de inocencia no se precisa de la averiguación del perfil psicológico del acusado denotativo de su inclinación a la comisión del tipo penal que se le imputa. Más bien el hacerlo introduce un inconveniente factor de prejuicio incompatible con una objetiva valoración razonable de las pruebas y con el correcto entendimiento de la presunción de inocencia y de la responsabilidad penal por el hecho.»

    El delito de violencia habitual del artículo 173.2 del Código Penal · MARIA TARDON OLMOS · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «"Los errores en la valoración de la prueba no pueden ser canalizados por la vía del art. 469.1.2.o LEC, ya que este motivo de infracción procesal está reservado, en lo que aquí interesa, al examen del cumplimiento de "las normas procesales reguladoras de la sentencia" que comprenden el procedimiento para dictarla, forma, contenido y requisitos internos de la sentencia, pero no las reglas y principios que deben observarse en la valoración de los distintos medios de prueba, ya que la valoración probatoria solo puede excepcionalmente tener acceso a la casación al amparo del art. 469.1.4.o LEC cuando se funde en un error patente siempre que pueda demostrarse que, siendo manifiestamente arbitraria o ilógica la valoración efectuada, no supere, conforme a la doctrina constitucional, el test de la razonabilidad exigible para respetar el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el art.»

    El recurso extraordinario por infracción procesal y la revisión de la cuestión fáctica · FERNANDO ZUBIRI DE SALINAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «La presunción de inocencia rige para todos incluso para los que ofrezcan ese perfil o cualquier otro perfil criminal; y para una razonable valoración de las pruebas de cargo, lícitas y válidas, que desvirtúe la presunción de inocencia no se precisa de la averiguación del perfil psicológico del acusado denotativo de su inclinación a la comisión del tipo penal que se le imputa. Más bien el hacerlo introduce un inconveniente factor de prejuicio incompatible con una objetiva valoración razonable de las pruebas y con el correcto entendimiento de la presunción de inocencia y de la responsabilidad penal por el hecho.»

    IV. La motivación de las decisiones de consecuencias · JAVIER HERNANDEZ GARCIA / MARIA DEL PILAR LEDESMA IBAÑEZ / FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ / JOSE MANUEL SANCHEZ SISCART · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «Y la STC 120/2009, de 18 de mayo precisa, en segundo lugar, que no en todo control sobre la actividad probatoria desarrollada en la primera instancia se proyecta la garantía de inmediación. Decidir si existe prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia, si esa prueba de cargo ha sido constitucionalmente obtenida, si ha sido legalmente practicada, si ha sido racionalmente valorada y si el resultado de esa valoración está suficientemente motivado en la correspondiente sentencia, constituyen posibles pronunciamientos derivados del recurso de apelación ajenos al canon de inmediación a que nos venimos refiriendo.»

    Sentencias absolutorias: jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos · FRANCISCO MONTERDE FERRER · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 15 · con fórmula de valoración

    «El espectro de patologías es más amplio: la equivocación en las máximas de experiencia, la atribución de una probabilidad que no les corresponde, la existencia de otras máximas alternativas más adecuadas, etcétera. 3. La "motivación ilógica " se manifiesta sobremanera en el ámbito de las inferencias (particularmente de las "máximas de experiencia"). Centrémonos en ellas. A) Las "máximas de experiencia" pretenden ser generalizaciones empíricas.»

    VI. Patologías de la motivación · JUAN IGARTUA SALAVERRIA / JOSE MANUEL SANCHEZ SISCART · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →