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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 1701 al 1720

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «Debe resaltarse que, frente al automatismo sanador de modificaciones de planeamiento ad hoc, en la última década el Tribunal Supremo se ha esforzado en poner coto a la praxis de aprobar planeamiento con finalidad de convalidación de obras ilegales declaradas por sentencia, velando por garantizar que tal modificación del ordenamiento urbanístico responda a auténticas exigencias probadas de interés general, siendo especialmente relevante la atribución de la carga de la prueba de la legitimidad de tal planeamiento a la Administración, lo que exonera al particular de la prueba diabólica de la finalidad de eludir el cumplimiento de la sentencia en liza (45).»

    Agilización de la ejecución de sentencias en el proceso contencioso · JOSE RAMON CHAVES GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 29 · con fórmula de valoración

    «Como podemos ver, se trata también de una formulación negativa. Y es que, como indica el Tribunal Constitucional español (STC 141/2006), no existe "un principio de legalidad invertido", que otorgue al acusador un derecho a la condena penal cuando concurran sus presupuestos legales (STC 41/1997, de 10 de marzo, FJ 4), del mismo modo que tampoco existe una especie de "derecho a la presunción de inocencia invertido", de titularidad del acusador, que exija la constatación de una conducta delictiva cuando la misma sea la consecuencia más razonable de las pruebas practicadas. Bloque 4. Cuestiones conflictivas relativas a los "juicios rápidos" y a la ejecución ...»

    Bloque 4. Cuestiones conflictivas relativas a los "juicios rápidos" y a la ejecución de sentencias de conformidad procedentes de los Juzgados de Instrucción · SALVADOR CAMARENA GRAU / JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración

    «Ante los Tribunales, el blanqueo perfecto no existe. Si los bienes se han distanciado lo suficiente de su origen delictivo como para borrar sus trazas, la ausencia de prueba suficiente impedirá que el lavado sea castigado, en la medida en que es preciso respetar el principio constitucional de presunción de inocencia. Naturalmente, estas consideraciones previas condicionan la interpretación de los tipos, más allá de una lectura puramente positiva de los mismos: Fabián Caparrós, Eduardo Ángel Corrupción y delincuencia socioeconómica: ...»

    Corrupción y delincuencia socioeconómica: cohecho transnacional y blanqueo de capitales · EDUARDO ANGEL FABIAN CAPARROS · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «Se caracteriza, entre otros extremos, por reconocer mucha importancia al texto de las normas y por resolver los conflictos jurídicos, incluso los casos difíciles, mediante la elaboración de deducciones lógicas de carácter formal completadas mediante reglas interpretativas de contraste entre las diversas normas, complementadas con cláusulas implícitas o explícitas de cierre, tales como la interpretación restrictiva de los preceptos imperativos o limitativos de derechos, argumentos inclusius/exclusius, a simile o a contrario, prohibición/permisión, normas sobre carga de la prueba, presunciones, etc. (b) A mi juicio constituye una expresión del pragmatismo formalista la posición doctrinal que mantiene que el lucro cesante no puede ser indemnizado en ningún caso por encima de los límites que supone la aplicación del factor de corrección por perjuicios económicos.»

    El lucro cesante en la incapacidad permanente · JUAN ANTONIO XIOL RIOS · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En este sentido, la STS 25/04/2011, en un supuesto de suspensión del régimen de visitas del padre imputado por presuntos abuso sexuales a la menor, hasta que no recaiga sentencia penal firme, declara que "aun reconociendo el principio de presunción de inocencia, existen razones suficientes para justificar "hasta tanto no recaiga sentencia firme" en el procedimiento penal, la suspensión del régimen de visitas porque puede ocasionar un potencial peligro para la menor de imposible reparación.»

    Especialidades civiles en violencia de género. Aspectos procesales y sustantivos · MARIA TERESA GONZALO RODRIGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Con alguna excepción como, por ejemplo, tratándose de una demanda interpuesta por la Autoridad Laboral por la obtención indebida de prestaciones de desempleo, el plazo debe comenzar a computarse desde que se recibió el Informe del Servicio Público de Empleo Estatal interesando la presentación de la referida demanda de oficio (20). Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 150.2.d) LRJS: "las afirmaciones de hechos que se contengan en la resolución o comunicación base del proceso harán fe salvo prueba en contrario incumbiendo toda la carga de la prueba a la parte demandada".»

    La adaptación procesal a los cambios sustantivos en las reformas del año 2012 · RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «Uno de los vicios del recurso de apelación, es encontrarnos en las Salas con escritos de apelación que se limitan a reproducir tal cual la demanda inicial en la instancia. Este defecto debería evitarse y la forma es que la norma exija de forma expresa que el escrito no se trate de un mero escrito de interposición o anuncio, sino que debe de fundamentar la apelación, deberá delimitar de manera definitiva la postura jurídica del apelante. Ha de exigirse que no sea una mera repetición de los argumentos de la instancia, es necesario destacar los eventuales errores de la sentencia, y someterlos a la sana crítica, o bien destacar defectos del procedimiento seguido en la instancia que pudieron tener relevancia para el fallo, la mera repetición no es suficiente. Luaces Díaz de Noriega, María Los recursos frente a las resoluciones ...»

    Los recursos frente a las resoluciones procesales. El recurso de apelación frente a las sentencias. Ejecución de sentencias, especialidades de la Ley reguladora de la jurisdiccion contencioso-administrativa frente a la civil. El incidente de ejecución, partes en el mismo y procedimiento · MARIA LUACES DIAZ DE NORIEGA · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 27 · con fórmula de valoración

    «La responsabilidad que debe reiterarse del Centro escolar tiene su fundamento en el artículo 1903 citado más arriba que invierte la carga de la prueba e impone al centro la obligación de acreditar que actuó con la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño, presumiéndose de lo contrario que hubo una falta de control que le es imputable (...)".»

    Menores y redes sociales: protección penal de los menores en el entorno digital · MARIA LUISA CUERDA ARNAU · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 19 · con fórmula de valoración

    «Un proceso realmente negociador exige una dinámica de propuestas y contrapropuestas, con voluntad de diálogo y de llegar a un acuerdo, lo que obliga a la empresa, como beneficiaria de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo de sus empleados e iniciadora del proceso, no sólo a exponer la características concretas de las modificaciones que pretende introducir, su necesidad y justificación, sino que también, en el marco de la obligación de negociar de buena fe, debe facilitar de manera efectiva a los representantes legales de los trabajadores la información y documentación necesaria, incumbiendo igualmente a la empresa la carga de la prueba de que -como acertadamente señala la resolución de instancia- ha mantenido tales negociaciones en forma hábil y suficiente para entender cumplimentados los requisitos expuestos, pues de no ser así, se declarará nula la decisión adop»

    Movilidad funcional. Movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo · JORDI AGUSTI JULIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Múltiples sentencias del orden contencioso administrativo revocaron la sanción de expulsión impuesta por causa de participación en actividades ilegales, en atención a la vulneración del principio de presunción de inocencia, y la imposición de una doble sanción a efectos del artículo 25.1 de la Constitución Española.»

    Penas y ejecución en los delitos contra la seguridad vial. Especial referencia a la extranjería y a la cooperación jurídica internacional · JUAN ANDRES BERMEJO ROMERO DE TERREROS · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración

    «El Tribunal ha aplicado en estos casos la regla de inversión de la carga de la prueba, afirmando que cuando una medida que distingue a los empleados en función de su tiempo de trabajo afecte desfavorablemente, de hecho, a un número muy superior de personas de un sexo que del otro, corresponde al empresario demostrar que existen razones objetivas que justifican la diferencia de trato constatada. Por el contrario, no se ha apreciado discriminación por sexo en el supuesto de reserva de ciertos puestos de trabajo, incluso a tiempo parcial, para una categoría íntegra y exclusivamente de mujeres, siempre que se trate de "favorecerlas y responder a sus necesidades específicas" ( vid.»

    Tema 13. Protección de derechos derivados del contrato de trabajo (II): derechos de información, contratos de duración determinada, empresas de trabajo temporal, trabajo a tiempo parcial, teletrabajo y permiso parental · ROSA MARIA GONZALEZ DE PATTO · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «La técnica seguida por la norma -una vez más, con el precedente de la discriminación por razón de sexo- es la descripción de una distribución de la carga de grado medio, que no excluye una inversión total de la carga de la prueba (art. 10.2), pero que tampoco la impone. De este modo, a las alegaciones y a la prueba de la parte demandante que permitan presumir que ha existido una discriminación, sucederá la necesidad de que la parte demandada demuestre "que no ha habido vulneración del principio de igualdad de trato", se entiende que evidenciando la justificación de su conducta, ajena a toda finalidad discriminatoria.»

    Tema 5. El principio de igualdad de trato (II) · MARIA FERNANDA FERNANDEZ LOPEZ / FRANCISCO JAVIER CALVO GALLEGO · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 15 · con fórmula de valoración

    «Nuevamente el Tribunal tuvo que pronunciarse doblemente en el Asunto Paletta (12) que presentaba una diferencia de matiz con respecto al Asunto Rindone. En efecto, en muchas legislaciones es el empresario el obligado al pago directamente durante los primeros días de la baja por enfermedad. Pues bien, también en estos casos, los certificados de enfermedad emitidos por las Instituciones del lugar de estancia del interesado (otra vez Italia) obligan al empresario quien no puede presuponer la existencia de fraude salvo prueba en contrario, correspondiéndole a él, en caso de duda fundada, la carga de la prueba. Tres sentencias más antes de adentrarnos en las prestaciones de dependencia.»

    Tema 9. La Seguridad Social coordinatoria: las prestaciones (I) · CARLOS GARCIA DE CORTAZAR Y NEBREDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Debe tenerse en cuenta que sobre el responsable del fichero o del tratamiento descansa la carga de la prueba de que el menor poseía la edad precisa para prestar un consentimiento válido, así como que los padres o tutores han sido los que efectivamente han autorizado o prestado la asistencia sin ser suplantados. En este sentido, el art. 13-4 RLOPD (16) insta a los responsables del tratamiento a que articulen mecanismos que permitan acreditar el cumplimiento de estas exigencias, así como a que se comporten con la diligencia del "buen padre de familia" en la comprobación de esos extremos.»

    Aspectos civiles de la protección de datos · MARIA DE LOS ANGELES EGUSQUIZA BALMASEDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «Se entiende que otros procedimientos seguidos contra el penado en los que no se haya dictado sentencia condenatoria firme (por más que se haya dictado auto de procesamiento o de acomodación a procedimiento abreviado, o incluso auto de apertura del juicio oral) no son suficientes por sí mismos para efectuar un juicio de peligrosidad que motive la denegación del beneficio, por aplicación del principio de presunción de inocencia. Sí se concluye que podrían tenerse en consideración cuando concurran con otra u otras sentencias condenatorias posteriores.»

    Conclusiones del Seminario Ejecución de Penas. Madrid, del 20 al 22 de junio de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Y, por otro lado, está esa posibilidad obvia de que todas las cuestiones que afectan al hecho delictivo y las circunstancias de su ejecución deben de ser debatidas y quedar cerradas en el debate plenario del juicio, pues será desde una valoración conjunta de tales circunstancias desde la que podrá depararse un reproche ajustado y proporcional a la responsabilidad contraída por su autor.»

    Conclusiones del Seminario Ejecución de Penas. Madrid, del 20 al 22 de junio de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «En esta materia tenemos como referente fundamental la Directiva 2006/54/CE, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (6), que es una directiva de refundición de la Directiva 76/207/CEE del Consejo, de 9 de febrero de 1976, la Directiva 86/378/ CEE del Consejo, de 24 de julio de 1986, la Directiva 75/117/CEE del Consejo, de 10 de febrero de 1975, y la Directiva 97/80/CE del Consejo, relativa a la carga de la prueba en los casos de discriminación por razón de sexo. Estos son algunos artículos destacables de la directiva para el análisis de las sentencias por comentar:»

    Conclusiones del Seminario Incidencia de la Doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Madrid, del 27 al 29 de junio de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración

    «Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con la carga de la prueba A) STJUE, de 21 de julio de 2011, caso Kelly contra National University of Ireland, asunto C-104/10 B) STJUE, de 19 de abril de 2012, caso Maister contra Speech Design Carrier Systems GmbH, asunto C-415/10 2. Sentencias en relación con la discriminación indirecta A) STJUE, de 18 de noviembre de 2010, caso Kleist, asunto C-356/09 3. Sentencias en relación con el alcance de la protección de la mujer embarazada y el principio de igualdad A) STJCE, de 26 de febrero de 2008, caso Mayr, asunto C-506/06 Conclusiones del Seminario Incidencia de la ...»

    Conclusiones del Seminario Incidencia de la Doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Madrid, del 27 al 29 de junio de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 43 · con fórmula de valoración

    «"La prueba cuya práctica se solicita en segunda instancia [...] está sujeta a las reglas generales sobre pertinencia, utilidad y licitud de la prueba [...]. Conclusiones del Seminario Nulidad de ... > [...] exige que la parte recurrente haya puesto toda la diligencia necesaria para evitar la indefensión, agotando las posibilidades procesales a su alcance [...], de manera que habrá de justificarse que la no-ejecución de la prueba admitida y declarada pertinente sea imputable al órgano jurisdiccional [...]" (STS 774/2011, de 10 de noviembre, ROJ: STS 9245/2011).»

    Conclusiones del Seminario Nulidad de Actuaciones y Amparo Judicial. Madrid, del 23 al 25 de mayo de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «"Legalmente se prevé como ha de hacerse la notificación para que surta efecto; entre los supuestos contemplados está la negativa del interesado rechazando la notificación; no contempla por contra, la negativa a firmar de alguna de las personas, que no siendo el interesado, la ley admite que pueda hacérsele la notificación para que produzca efectos, tal y como sucede en este caso. Pues bien, ante el silencio de la ley, y dado que lo que se trata de acreditar es un mero hecho, habrá de estarse a las normas generales de la carga de la prueba y del valor de las mismas.»

    Conclusiones del Seminario Problemática de las Notificaciones Administrativas. Madrid, del 1 al 3 de febrero de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →