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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 1621 al 1640

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «En la regulación de las parejas estables no casadas, el art. 305.2 establece una regla especial sobre la valoración de la prueba de la existencia de la relación estable, aunque realmente se limita a sugerir formas de acreditación, pero sin introducir normas que impongan una prueba tasada. En materia de régimen económico matrimonial y de la viudedad se hacen referencias a las medidas provisionales y a las consecuencias del proceso en los artículos 246 y 276.2, pero no se establece cual sea éste, ni se fijan especialidades procesales. Zubiri de Salinas, Fernando Tema 24. Cuestiones procesales. La casación ...»

    Tema 24. Cuestiones procesales. La casación foral aragonesa · FERNANDO ZUBIRI DE SALINAS · Formación a Distancia · 2017 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 50 · con fórmula de valoración

    «Esto implica que si además las salidas de bienes y derechos se hacen con el ánimo de evitar embargos perjudicando acreedores estaríamos además en un supuesto agravado, que tendría su impacto en el orden penal a través del delito de alzamiento de bienes (art. 257 CP) del que se hablará posteriormente. Sobre la carga de la prueba y qué se debe demostrar, podemos citar la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Secc. 28.a) 160/2012, de 25 de mayo: Juez Martel, Pedro Tema 3. Los métodos del tosco: salidas de ...»

    Tema 3. Los métodos del tosco: salidas de bienes y derechos, falta de reflejo o reflejo de elementos no existentes en partidas del activo, pasivo y neto · PEDRO JUEZ MARTEL · Formación a Distancia · 2017 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 31 · con fórmula de valoración

    «Aunque la preocupación de la Guía del CGPJ se refiere a cuestiones relacionadas con las garantías relativas al principio de presunción de inocencia, lo cierto es que las víctimas y autores que expresaron reservas, ante la exposición grupal en conferencias y círculos, pensaron más bien en su imagen pública ante los demás, según se desprende de las entrevistas de evaluación realizadas. B) El valor de la autonomía relacional (intersubjetividad y asimetrías de poder).»

    Valores añadidos de las conferencias y círculos restaurativos en entornos normativos: claves para el entendimiento de sus dinámicas en el sistema de justicia penal español · GEMA VARONA MARTINEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «Con reiteración ha mantenido la Sala que en materia de RP es inaplicable la presunción de inocencia, porque tal principio únicamente tiene asiento en la esfera jurídico-penal y en nuestro ordenamiento el RP no tiene cualidad de sanción tipificada por la ley como tal, por lo que la referida presunción no es aplicable en la esfera civil-laboral de incumplimientos contractuales del deber de seguridad que corresponde Castro Fernández, Luis Fernando de Asegurabilidad y exigencia de culpabilidad ...»

    Asegurabilidad y exigencia de culpabilidad en el recargo de prestaciones · LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «Deberá indicarse si resulta necesario que se adopte por la Autoridad de ejecución "las formalidades y procedimientos previstos en Derecho español", con la finalidad de garantizar la validez de la prueba. Veamos dos casos de tipo práctico. Un primer supuesto bastante frecuente es que se solicite el embargo de un bien inmueble sometido al régimen económico matrimonial de gananciales, en cuyo caso, habrá de concretarse en el auto que ha de notificarse la medida al cónyuge. Un segundo supuesto, en caso de asegurar una prueba de ADN, que se guarden y concreten la correspondiente cadena de custodia a los efectos de que pueda tener validez en Plenario. Navas Blánquez, Juan José Aspectos prácticos derivados del embargo ...»

    Aspectos prácticos derivados del embargo preventivo y el aseguramiento de prueba bajo la perspectiva de la Ley 23/2014 · JUAN JOSE NAVAS BLANQUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «Antes de dar una solución a dicha cuestión, conviene recordar que la confiscación en España tiene un marcado carácter penal, y por ende, personal, al estar está vinculado a la persona condenada o, como acertadamente indica Jiménez Villarejo en su artículo "Propuestas para mejorar la eficacia de la recuperación de activos criminales en un contexto de crisis económica" (7), "a un procedimiento in personam aunque no esté ligada necesariamente a la presunción de inocencia y al principio de culpabilidad, al ser considerada una consecuencia accesoria del delito". Por otro lado, la confiscación civil»

    Aspectos prácticos derivados del embargo preventivo y el aseguramiento de prueba bajo la perspectiva de la Ley 23/2014 · JUAN JOSE NAVAS BLANQUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «No se trata de facultades que el tribunal pueda ejercitar arbitrariamente: Se vulneraría el derecho a la prueba cuando sea razonable estimar que la práctica de la prueba omitida sería adecuada para acreditar determinados hechos controvertidos, cuya ausencia de acreditación perjudicaría a la parte que solicita la práctica de la prueba, por aplicación de las reglas de la carga de la prueba. La Sentencia del Tribunal Constitucional 60/2007, de 26 de marzo, declara que quien alega vulneración del derecho a la prueba, recogido en el art. 24 de la Constitución, porque se le ha denegado la práctica de una prueba debe argumentar de modo convincente. 6.»

    Buenas prácticas aplicables al juicio ordinario (ámbito de la gestión, perspectiva procesal y dirección de los debates). Experiencias en la tramitación de litigios-masa · JUAN CARLOS MOMPO CASTAÑEDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Se exige también aquí la necesaria correlación entre la valoración de la prueba y la convicción del juzgador en este ámbito concreto. Puede concluirse que se aprecia hoy una tendencia jurisprudencial a la conservación del derecho de voto en la persona protegida que puede apreciarse, por ejemplo, en las Sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en el año 2015 en las que, o bien, la sentencia del juzgado así lo establece (SSTS 14 de octubre y 18 de diciembre de 2015) o bien la Audiencia Provincial así lo determina (SSTS 20 de octubre y 4 de noviembre de 2015).»

    Capacidad jurídica y capacidad de obrar: el sistema español a la luz de la Convención de Nueva York · CRISTINA GUILARTE MARTIN-CALERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «Tal como prevé el artículo 40.1 del ET, cuando, con objeto de eludir las previsiones contenidas en el apartado siguiente de este artículo (40.2 ET), la empresa realice traslados en períodos sucesivos de noventa días en número inferior a los umbrales allí señalados, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichos nuevos traslados se considerarán efectuados en fraude de ley y serán declarados nulos y sin efecto. En relación a dicha previsión se puede observar que si bien la ley exige una intencionalidad fraudulenta, luego no parece exigirse jurisprudencialmente una especial carga probatoria de dicho extremo.»

    Cuestiones actuales en torno a la movilidad geográfica. La problemática de los trabajadores desplazados en el marco de una prestación trasnacional de servicios · MAITE KIZKITZA ALDABE ROMERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «No obstante, se añade una regla de carga de la prueba conforme a la cual "si el licitador excluido presenta elementos objetivos que ponen en entredicho la imparcialidad de un experto del poder adjudicador, incumbe al propio poder adjudicador examinar todas las circunstancias pertinentes que han conducido a la adopción de la decisión relativa a la adjudicación del contrato con el fin de prevenir, detectar y poner remedio a los conflictos de intereses, incluso recurriendo a las partes para que presenten, en caso necesario, información y elementos de prueba".»

    Cuestiones controvertidas en la jurisprudencia sobre la contratación pública: desde la preparación hasta la adjudicación y la formalización de los contratos. Especial referencia a los criterios sociales · MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 23 · con fórmula de valoración

    «Interne Untersuchungen , 2012, pp. 1 a 6), en ARROYO ZAPATERO, L. y NIETO MARTÍN, A. (Directores), El Derecho Penal económico en la era compliance , Tirant Lo Blanch, Valencia, 2013, pp. 137 a 144, passim .(16) MONTIEL, J. P., "Sentido y alcance de las investigaciones...", cit. (17) Precisamente, una de las cuestiones aún no cerradas es si y en qué medida las garantías penales clásicas (como el principio de culpabilidad, la presunción de inocencia o no autoinculpación) pueden transferirse a estos sistemas privados de investigación y sanción; SIEBER, U., "Los programas de compliance en el derecho penal de la empresa.»

    Delitos de corrupción en los negocios: programas de compliance e investigaciones internas · MIGUEL ANGEL ENCINAR DEL POZO · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 24 · con fórmula de valoración

    «Hay que resolver sobre los hechos fundamentales de la pretensión (al margen quedan esos hechos irrelevantes, que las partes a veces alegan para intentar obtener el ánimo favorable del juez a sus peticiones, pero que no forman parte de la causa de pedir. Además ha de examinarse detenidamente qué hechos niega la parte demandada para discernir con arreglo a la carga de la prueba y elementos de prueba que haya en el proceso. La motivación adquiere una extraordinaria relevancia, puesto que para poder recurrir la sentencia es necesario conocer la razón del fallo. 6.»

    Encuentro de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo con miembros de la carrera judicial con destino en órganos de primera instancia: Conclusiones · Sin autor · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 45 · con fórmula de valoración

    «La deficiencia de datos para valorar si hubo o no la eximente o atenuante pretendida no determina su apreciación". (5) La ya mencionada Sentencia del Tribunal 467/2015 afirma expresamente que "las causas de inimputabilidad como excluyentes de la culpabilidad (realmente actúan como presupuestos o elementos de esta última) en cuanto causas que enervan la existencia del delito (por falta del elemento culpabilístico) deben estar tan probadas como el hecho mismo y la carga de la prueba, como circunstancias obstativas u obstaculizadoras de la pretensión penal acusatoria que son, corresponde al acusado en quien presumiblemente concurren...»

    Enfermedad mental y jurisprudencia · CARLOS LUIS LLEDO GONZALEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 15 · con fórmula de valoración

    «Nuevamente el carácter colectivo de los despidos objetivos, sean colectivos oindividuales, obliga a acomodar las reglas generales sobre carga de la prueba de la parte demandante en juicios sobre discriminación -artículo 96.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en concordancia con reiterada jurisprudencia constitucional, así como de la jurisdicción ordinaria-.»

    Factores de discriminación en los despidos objetivos: algunas reflexiones al hilo de pronunciamientos judiciales recientes · JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «especificados como tales criterios por el empresario. Por ello, se obliga a quien alega la existencia de una discriminación oculta a desplegar una determinada actividad probatoria de afloramiento de ese factor oculto que actúe como palanca para trasladar la carga de la prueba a la parte demandada.»

    Factores de discriminación en los despidos objetivos: algunas reflexiones al hilo de pronunciamientos judiciales recientes · JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Konrad y otros contra Alemania) (90) y expresó que "la decisión del legislador de imponer a los niños de entre seis y dieciséis años el deber de escolarización en centros docentes homologados -y a sus padres el correlativo de garantizar su satisfacción-, lejos de ser una operación de pura ejecución constitucional, es una de las posibles configuraciones del sistema entre las que aquél puede optar en ejercicio del margen de libre apreciación política que le corresponde en virtud del principio de pluralismo político". Siguiendo la doctrina del TC, la Fiscalía suele judicializar estos casos dentro del amplio marco que ofrece el art. 158 CC (91).»

    La Agenda universal 2030 para la infancia. Protección jurídica. La perspectiva del Ministerio Fiscal · CARLOS ELOY FERREIROS MARCOS · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Faltan ajustes procesales que lo hagan posible y tampoco parece que la sentencia -salvo caso de conformidad- sea el mejor momento para ello, cuando el foco de atención son las pruebas y la presunción de inocencia. Ello al margen de los casos de acreditación de circunstancias atenuantes relacionadas con las drogadicciones o con la aportación de actos reparadores con efecto en la pena. Por otro lado, es de reseñar que se ha perdido la ocasión de aportar de forma preceptiva informes psicosociales y criminológicos que ayuden a la realización del pronóstico de futuro y que aporten información sobre las circunstancias -numerosas- que se han de tomar en consideración al acordar la suspensión.»

    La ejecución de condenas. Hacia un cambio de paradigma · JUAN MATEO AYALA GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 25 · con fórmula de valoración

    «De acuerdo con la doctrina mayoritaria de la Corte de casación en estos casos el empresario tiene derecho a rechazar el trabajo residual de los huelguistas, en especial cuando con ello el empresario tiene que hacer frente a mayores gastos en relación con las condiciones de producción normales por aceptar esta oferta de trabajo. La negativa a la prestación por parte del empresario tiene que ser notificada de modo apropiado pues, en otro caso, se presume que acepta dicho trabajo residual y debe retribuirlo. Es en todo caso al empresario a quien corresponde la carga de la prueba de la no empleabilidad de los huelguistas en otros sectores de la producción.»

    La huelga en el Derecho comparado · MARIA MAGDALENA NOGUEIRA GUASTAVINO · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración

    «Por tanto, y en aplicación del principio jurídico procesal según el cual los órganos jurisdiccionales gozan de competencia para valorar y apreciar el supuesto de hecho en el que se asienta la consecuencia jurídica de la norma a aplicar, el examen de la pertenencia o no a banda armada de la persona en cuestión "no requiere una prueba de cargo que fundamente una sentencia condenatoria, sino que se sitúa en el ámbito de la determinación del presupuesto fáctico necesario para apreciar la concurrencia de la posibilidad de minorar o de excluir una indemnización" (FD2). Así las cosas, ¿qué se requiere para acreditar esa participación o pertenencia a organización armada?»

    La justicia de transición en España · RAFAEL ESCUDERO ALDAY · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 19 · con fórmula de valoración

    «d) En la valoración de la prueba también se ha de tener en consideración la doctrina jurisprudencial sobre la prohibición de regreso lógico desde acontecimientos posteriores desconocidos en el momento del diagnóstico o de la conducta desencadenante del daño, declarada en las Sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 14 y 15 de Díaz Casales, Julio César La mediación en el ámbito de la ...»

    La mediación en el ámbito de la responsabilidad sanitaria, una posibilidad por explorar · JULIO CESAR DIAZ CASALES · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →