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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 1581 al 1600

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración

    «Este punto de vista ha sido fuertemente criticado en la doctrina porque se lo entendió como una transposición del "willful blindness" del derecho norteamericano y porque se considera que no resulta adecuado a las exigencias del principio de culpabilidad, cuyo rango constitucional ha puesto de manifiesto el Tribunal Constitucional. Asimismo se ha llamado la atención sobre el riesgo de que la fórmula de la "ignorancia deliberada" -cuya incorrección idiomática ya fue señalada en la STS de 20-7-2006- pueda ser utilizada para eludir "la prueba del conocimiento en el que se basa la aplicación de la figura del dolo eventual", o, para invertir la carga de la prueba sobre este extremo.»

    El delito de blanqueo de capitales, un reto jurídico · MARIA DEL CARMEN GONZALEZ MIRO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 23 · con fórmula de valoración

    «De forma que han de ser los datos externos que resulten observables y verificables empíricamente los que permitan inferir, a través de máximas de experiencia y reglas de lo razonable (con una base de legitimación social), cuáles eran los niveles de conocimiento del acusado. En todo caso, evidentemente la prueba de estas circunstancias que integran el dolo eventual del caso estará a cargo de la acusación y sometida a las reglas generales que rigen sobre la prueba, como ya hemos tenido ocasión de afirmar al referirnos a la crítica de la doctrina de la ignorancia deliberada.»

    El delito de blanqueo de capitales, un reto jurídico · MARIA DEL CARMEN GONZALEZ MIRO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 28 · con fórmula de valoración

    «esta actividad mediadora o conciliatoria del juez? Dicho de otra forma: ¿qué ha de entenderse por la dicción legal de exhortar a las partes? En general, se entiende que al juez no le es dable, en el ejercicio de esta función, anticipar la sentencia, ni por supuesto anticipar la valoración de la prueba, ni tampoco llevar a cabo esa exhortación de manera que coaccione a los abogados o que comprometa su imparcialidad.»

    Extinción de las comunidades de bienes · CARMEN SAMANES ARA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «Por ello, existe una diferencia significativa cuando concurre la presunción iuris et de iure e, incluso, iuris tantum , con respecto al proceso penal, en el que, como sabemos, rige el principio de presunción de inocencia y no cabría permitir la condena por una mera presunción, debiendo, en todo caso, acreditarse los elementos del tipo y el dolo o la imprudencia. A continuación, analizaremos algunos pronunciamientos de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en los que se interpreta el juego de las presunciones de los arts. 164.2 y Orellana Cano, Nuria Auxiliadora Interferencias/relación entre el nuevo ...»

    Interferencias/relación entre el nuevo delito de insolvencia punible y la sección de calificación de concurso de acreedores. Visión mercantil · NURIA AUXILIADORA ORELLANA CANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «El documento, en el que se ha de acreditar que la mediación se ha desarrollado convenientemente, su número de sesiones, así como otros aspectos fundamentales del proceso, será firmado por las partes y por los letrados -si estuviesen asistidas de defensa técnica- y se entregará una copia a las partes, al Ministerio Fiscal y al juez de instrucción, pero, en todo caso, el documento que se remita al juzgado y a la fiscalía deberá ser conciso y respetuoso con la presunción de inocencia que ampara a todo denunciado.»

    La derivación intraprocesal al espacio de mediación · PURA CAAVEIRO AMENEIRO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración

    «"Por el cauce del art. 849.2o LECr., es denunciado, en el motivo tercero, error en la apreciación de la prueba. Se trae a colación un informe sobre edad que el recurso critica por los elementos que toma en cuenta para determinar la edad de la menor y por contradecir la declaración de la hermana. Pero baste tener en cuenta que el contenido de ese motivo ha de ser la crítica del factum y no la de un informe; salvo el caso, que no es el presente, de que hubiera varios informes contrapuestos y el recurso tratara de apoyarse en uno de ellos".»

    La determinación de la edad en el ámbito penal · LUIS LAFONT NICUESA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «que estuvieran armonizadas (derechos de presunción de inocencia, información, traducción, interpretación, asistencia letrada y protección de las víctimas), resultaría de aplicación la llamada doctrina Melloni (vid. sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de febrero de 2013). En tales casos, de conformidad con el principio de primacía del derecho de la Unión, prevalece el umbral de protección dispensado por aquel aún en el caso de que su grado de intensidad sea menor que el otorgado por la normativa nacional.»

    La orden europea de investigación penal: transposición de la Directiva 2014/41 del Parlamento Europeo y del Consejo de 3 de abril de 2014 · JOSE VILLODRE LOPEZ · Monografías · 2018 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 30 · con fórmula de valoración

    «El anexo 2 del RD 1299/2006 puede ser interpretado como otra vía de flexibilización del concepto de enfermedad profesional, estimando que toda enfermedad listada en dicho anexo se presume iuris tantum enfermedad del trabajo (art. 115.2.e LGSS), con lo que se invierte la carga de la prueba para estos supuestos en los que ha de demostrarse que la causa exclusiva de la enfermedad es el trabajo, sin la aplicación de la presunción de laboralidad (art.115.3 LGSS).»

    La Recomendación europea y las principales modificaciones que incorpora la nueva regulación de enfermedades profesionales · MARIA JOSE RENEDO JUAREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «C.- Finalmente, consideramos que la respuesta a la tercera pregunta, consistente en "determinar si puede ser considerado como precio medio de mercado del inmueble urbano transmitido, que refleja su valor real, el precio satisfecho por el adquirente en una situación puntual y excepcional en el mercado local", (la Administración Tributaria reaccionaba contra la presunción de veracidad atribuida por el TSJ, a la oferta pública de la inmobiliaria del Santander) resulta innecesaria, no sólo porque esa valoración se sitúa igualmente en el terreno de la valoración probatoria, sino porque, además, debe entenderse ya contestada en las respuestas a las preguntas anteriores.»

    La valoración de bienes inmuebles · MARIA JESUS OLIVEROS ROSSELLO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «Será necesario acreditar sin ningún género de dudas, de acuerdo con el principio de presunción de inocencia, que el autor era consciente de la falta de consentimiento en su divulgación. Por otro lado, el legislador no se ha preocupado en clarificar si solo responde quien difunda por primera vez a espaldas de la víctima o también todo aquél que contribuya a que sea divulgado".»

    La violencia de género a través de las nuevas tecnologías · MARIA TARDON OLMOS · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 23 · con fórmula de valoración

    «La carga de la prueba corresponde a la ESI, por lo que resulta conveniente que utilice términos claros e inequívocos por los que a cualquier ciudadano que lea la cláusula le quede claro que la ESI ha alertado al cliente de que el producto no resulta compatible con lo que en principio busca según su test de conveniencia (art. 214 LMV). En la realización de la evaluación de la conveniencia, el art. 74 RD 217/2008 indica que dicho test deberá al menos evaluar los antecedentes inversores del cliente (volumen y frecuencia; transacciones, servicios e instrumentos con lo que ha operado), así como su nivel de estudios y la profesión que ejerce o haya ejercido.»

    Las nuevas exigencias normativas en materia de protección del inversor y su aplicación en los contratos financieros · AITOR ZURIMENDI ISLA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Estos, llevados por la confianza, firman posteriormente el contrato desprendiéndose del mismo que ellos dan la orden de adquisición. Puede considerarse que dado que las ESI disponen de más experiencia y medios probatorios, deben soportar en mayor medida la carga de la prueba, y exigir al menos que en un documento aparte y nunca en una cláusula general inserta en el contrato, se indique que dicha orden ha sido realizada a iniciativa del cliente, de forma que este último al menos pueda así ser consciente de este punto.»

    Las nuevas exigencias normativas en materia de protección del inversor y su aplicación en los contratos financieros · AITOR ZURIMENDI ISLA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «(1) No puede dejar de señalarse que de esta idea estaban excluidas las mujeres -y, consecuentemente, de la idea misma de ciudadanía- cuya educación debía centrarse en cómo satisfacer a los hombres. (2) Este sistema jurídico termina de cerrar el despojo histórico del que fueron víctimas las mujeres, dado que las máximas de experiencia demuestran que en muy escasas ocasiones se administra riqueza ajena por un simple espíritu de filantropía y sin un rédito económico a cambio. Además, piénsese que las mujeres no tenían acceso a la educación y, por tal motivo, no se hallaban en condiciones reales de discutir las decisiones que el varón tomaba respecto de sus bienes.»

    Nada natural, todo cultural (y social) · MARIA DOLORES AGUIRRE GUARROCHENA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 28 · con fórmula de valoración

    «La carga de la prueba de que concurre el presupuesto de hecho que habilita la citada excepción incumbe a la Administración, que deberá afrontar los efectos desfavorables de su falta de prueba. Tal carga comporta obviamente la de justificar y motivar las razones por las que considera que la reducción debe excluirse.»

    Perspectivas de la jurisdicción contencioso-administrativa. Balance provisional de la nueva casación · RAFAEL FERNANDEZ MONTALVO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «- discusiones entre vecinos. Quizás pueda tacharse este criterio de excesivamente reductor. Se trata de una circunscripción a una serie de hechos (lesiones, malos tratos de obra, amenazas) con exclusión de muchos otros. Pero, en favor de esta reducción, considero que, en primer lugar, es un campo suficiente de actuación, que afecta a un elevado número de procedimientos; y, en segundo lugar, que es un ámbito de actuación que no afecta a la presunción de inocencia.»

    Prácticas de mediación penal intrajudicial en un juzgado de instrucción · JUAN JAVIER PEREZ PEREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Con respecto a la carga de la prueba cabe señalar que, en términos generales, la misma recae sobre el demandante, el cual debe aportar la prueba necesaria que acredite la existencia de las "razones sustanciales de peso" para considerar que, en caso de expulsión, la persona estaría expuesta a un trato contrario al artículo 3 del Convenio. Por otra parte, en caso de que se aporte dicha prueba, corresponde al Estado refutar dicha afirmación con la prueba oportuna (49).»

    Protección internacional de personas refugiadas e inmigrantes: una aproximación práctica desde la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos · MARTA CABRERA MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración

    «3. Carga del recurrente en el escrito de preparación sobre este supuesto: - identificar con precisión cuáles son las sentencias contradictorias (ha de permitir su identificación y localización sin mayor esfuerzo); - razonar y justificar argumentalmente la igualdad sustancial de las cuestiones en las vertientes fáctica y jurídica, como antes hemos expuesto; - justificar que el resultado contradictorio es consecuencia en exclusiva de una distinta interpretación de la norma, no por otras causas (valoración de la prueba, circunstancias fácticas...). Autos 08/03/2017 y 27/11/2017, RQ 126/2016 y 619/2017.»

    Reflexión y crítica sobre los criterios de admisión e inadmisión en el recurso de casación reformado por la LO 7/2015 · MARIA JESUS CALVO HERNAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «El artículo 36.1 LRJSP prevé en este sentido que para hacer efectiva la responsabilidad administrativa, los particulares "exigirán directamente a la Administración pública correspondiente las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio". Cuestión distinta es que, dado que la carga de la prueba corresponde al reclamante en tanto que debe acreditar los hechos en que fundamente su derecho, será el particular quien deba proporcionar los datos de identificación necesarios de las autoridades o funcionarios relacionados con Toledano Cantero, Rafael Responsabilidad patrimonial de la ...»

    Responsabilidad patrimonial de la Administración por daños en centros de enseñanza · RAFAEL TOLEDANO CANTERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «Y debe ser principalmente objeto de crítica no tanto por utilizar el sistema clásico de responsabilidad vicarial, sino porque en su punto 5.7 (páginas 55 y ss.) invierte la carga de la prueba y establece una especie de presunción iuris tantum de culpabilidad, es decir, con el delito que cometan sus empleados nace la responsabilidad penal de la persona jurídica que se presume por este delito, quedando exenta de responsabilidad penal solo Martínez Puertas, Leandro Responsabilidad penal de la persona ...»

    Responsabilidad penal de la persona jurídica tras la reforma operada por la LO 1/2015: interpretación dada por la Circular de la FGE 1/2016 y por el Tribunal Supremo. Especial referencia a los delitos contra la salud pública · LEANDRO MARTINEZ PUERTAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «marzo de 2012. La carga de la prueba de la contribución causal corresponde a quien invoca su existencia. La introducción en nuestro sistema de un régimen específico de responsabilidad civil en caso de que resulte lesionada una víctima sin capacidad de culpa, con la nueva redacción del artículo 1.2 supone una regla de inoponibilidad de la concurrencia de culpas cuando la víctima que causa o contribuye con su conducta la producción del accidente no tiene capacidad de culpa civil por razón de edad o discapacidad.»

    Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación: de la Ley 30/1995 a la Ley 35/2015. El baremo: novedades, rasgos generales y estructura · MARIA DE LOS REYES VILA PARIENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →