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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 1181 al 1200

  1. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Este deber se refuerza ahora mediante la comisión del delito que comentamos. El Informe del CGPJ señala que, a su juicio, el art. 258.1 no se compadecería con los principios del Derecho Penal, particularmente con el principio de presunción de inocencia, en tanto que se obliga al deudor a destruir una presunción establecida en su contra, sobre la base de la siguiente conjetura: la no acreditación del derecho que ampara el disfrute de un bien ajeno da lugar a que, a efectos penales, se considere que pertenece realmente al deudor ejecutado (58).»

    La Ley 1/2015, de 30 de marzo, de modificación del Código Penal. Novedades e incidencia en materia de delitos patrimoniales · JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 19 · con fórmula de valoración

    «Fase anterior al juicio oral . Hay que tener en cuenta que hasta el momento en que se declare la culpabilidad por sentencia sobre la base de las pruebas practicadas en el acto del juicio oral, rige el principio constitucional de presunción de inocencia. Con el fin de impedir cualquier actuación mediadora que pueda vulnerar el citado principio, es necesario que antes de iniciar un programa de reparación en esta fase, se cumplan los siguientes requisitos: Freire Pérez, Rosa María La mediación penal. Contextos normativos e ...»

    La mediación penal. Contextos normativos e institucionales · ROSA MARIA FREIRE PEREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Un sector judicial entiende que en el plenario lo que se debate es la inocencia o culpabilidad del acusado y por tanto no debe introducirse ningún debate acerca de la prueba relativa a las circunstancias a las que se refiere el art. 80.1 CP para decidir si corresponde adoptar la suspensión en caso de condena. De esta forma, la invitación a las partes, al finalizar el juicio, a posicionarse acerca de la suspensión, para el caso de que la sentencia sea condenatoria, afectaría al principio de presunción de inocencia.»

    La suspensión de condena. Incidencia práctica de la reforma tras casi un año de vigencia · MONTSERRAT COMAS DE ARGEMIR CENDRA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Difícilmente, en otro caso, puede garantizarse su estatus de ciudadanos libres e iguales (35). La presunción de inocencia como regla de tratamiento exige que el acusado sea tratado como "inocente", y ello puede ocasionar serios problemas con el hecho de que el juez o tribunal en la fase de juicio oral remita al acusado a los servicios de mediación.»

    Tema 3. La nueva regulación del art. 284 LECrim sobre el tratamiento procesal de los atestados por delitos con autor desconocido. Novedades en materia de personación. La mediación en el procedimiento penal y el principio de oportunidad reglado. El nuevo proceso de aceptación de decreto · SALVADOR CAMARENA GRAU · Formación a Distancia · 2016 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «La Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades, igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, reúne en un contexto las directivas y la jurisprudencia consolidada en la materia, recapitulando de este modo todo el acervo comunitario sobre igualdad de trato en relación con la retribución, el acceso al empleo, la formación profesional, las condiciones de trabajo, el régimen profesional de seguridad social, así como el principio de la carga de la prueba en los casos de discriminación por razón de sexo.»

    Conciliación de la vida personal, laboral y familiar · EMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Es cierto que la sentencia recurrida afirma que su criterio "admitirá excepciones en el caso de desempeño ocasional de trabajos de poca duración o a tiempo parcial con escasa dedicación horaria, pero en tal caso la carga de la prueba de que tal trabajo o dedicación tiene esa naturaleza marginal corresponde al trabajador que lo alegue". Pues bien, esta Sala Cuarta del TS rechaza esas referencias a lo "ocasional" o a lo "marginal" por considerarlo -de acuerdo también con el Informe del Ministerio Fiscal-"un criterio que se antoja rígido y estricto".»

    Conciliación de la vida personal, laboral y familiar · EMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 107 · con fórmula de valoración

    «"... La sentencia recurrida sienta como hecho probado que el título constitutivo de la comunidad, instrumentado en la escritura de 18 de octubre de 1982, no contiene previsión alguna al respecto sobre la forma en que el gasto de agua debe repercutirse a los propietarios a tenor del coeficiente de cada uno de los pisos, y por tanto el acuerdo requería simple mayoría en la Junta de propietarios, y esta conclusión de carácter fáctico, en la medida en que resulta de la valoración de la prueba practicada, y que constituye la premisa para la adecuada aplicación del ordenamiento jurídico invocado, deviene incólume en esta sede al no haber sido combatido acudiendo a la vía adecuada. En cualquier caso, la regla 5.a del artículo Conclusiones del Seminario La Propiedad ...»

    Conclusiones del Seminario La Propiedad Horizontal tras la Nueva Reforma Operada por la Ley 8/2013, de 26 de Junio. Madrid, del 15 al 17 de junio de 2015 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2015 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «La existencia de causas pendientes, es otro de los factores que deben ser objeto de análisis a efectos de evaluar, principalmente, la conveniencia de aplicar los mecanismos que permiten reducir el tiempo de cumplimiento de condena en prisión, incluidos los permisos de salida. Se ha alegado que utilizar como argumento contra el condenado (ya sea para denegar la suspensión de la ejecución de la pena o la clasificación penitenciaria en tercer grado) el que este se encuentre imputado por otro u otros delitos atenta contra el principio de presunción de inocencia (62).»

    Derechos del condenado y limitaciones derivadas de la necesidad de pena. Especial referencia a los delincuentes de cuello blanco · MARIA CARMEN MARINA JUANATEY DORADO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «El derecho de defensa ha de entenderse en un sentido amplio, comprensivo tanto de aquellos que amparan al presunto responsable de una infracción por el mero hecho de tener esta condición, como de otros cuyo ejercicio exige un comportamiento activo del interesado. - Existe un primer derecho de carácter imperativo que ampara, incluso contra su voluntad, al posible responsable de una infracción penal o disciplinaria: la presunción de inocencia.»

    El derecho de defensa en el nuevo régimen disciplinario · RAFAEL SALVADOR VALDERRABANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «Las partes se verán obligadas a efectuar alegaciones situándose en un escenario hipotético de condena, que quizá nunca se produzca, en un momento procesal que todavía aparece regido por la regla de presunción de inocencia como regla de tratamiento, incompatible con la exigencia al Sánchez Siscart, José Manuel El nuevo régimen de suspensión de la pena»

    El nuevo régimen de suspensión de la pena · JOSE MANUEL SANCHEZ SISCART · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «Este deber se refuerza ahora mediante la comisión del delito que comentamos. El tipo previsto en el párrafo segundo del artículo. El Informe del CGPJ señala que, a su juicio el art. 258.1 no se compadecería con los principios del Derecho penal, particularmente con el principio de presunción de inocencia, en tanto que se obliga al deudor a destruir una presunción establecida en su contra, sobre la base de la siguiente conjetura: la no acreditación del derecho que ampara el disfrute de un bien ajeno, da lugar a que, a efectos penales, se considere que pertenece realmente al deudor ejecutado (34).»

    Frustración de la ejecución e insolvencias punibles · JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «En su sentencia eVigilo (C-538/13) el Tribunal de Justicia ha recordado: "el poder adjudicador está obligado, en cualquier caso, a comprobar la existencia de eventuales conflictos de intereses y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir, detectar y poner remedio a los conflictos de intereses"; esto supone que el papel activo del poder adjudicador invierte la carga de la prueba de la parcialidad concreta de los expertos nombrados por el poder adjudicador; y, a juicio del Tribunal de Justicia, esta interpretación deriva del principio de efectividad de los recursos dado que un licitador no está, por regla general, en condiciones de tener acceso a información y a elementos de prueba que le permitan demostrar la invocada parcialidad (apartado 43) (18).»

    La interconexión entre el Derecho europeo y el Derecho nacional en materia de contratación pública. Guía práctica para jueces españoles · DAVID ORDOÑEZ SOLIS · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «Por ejemplo, que no se puede decidir la conformidad a derecho de un acto administrativo, en un proceso, en función de la presunción de legalidad de ese acto, pues si ello es así la quiebra del principio de igualdad de las partes procesales es manifiesta. Del mismo modo, a pesar de ser un lugar común, arrastrado desde antes de la Constitución, no se puede seguir sosteniendo que determinados actos administrativos gozan de la presunción de acierto. Su acierto o desacierto debe decidirse en función de las reglas probatorias y carga de la prueba, no en base a apotegmas que consagran la desigualdad de las partes. Descendiendo un poco más, ¿qué significa todo lo dicho en materia probatoria?»

    La prueba en los procedimientos administrativos y judiciales de contenido tributario: la aportación de documentos probatorios en las distintas fases de los procedimientos y la carga probatoria en la deducibilidad de las facturas · MANUEL VICENTE GARZON HERRERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Lógicamente, la carga de la prueba de la existencia de los supuestos determinantes de la responsabilidad corresponde a quien pretende hacer valer los mismos -aunque esta carga no ha de llegar necesariamente a la demostración de todas las interioridades negociables o mercantiles del grupo, sí ha de alcanzar a las citadas características especiales que tienen relevancia para las relaciones de trabajo-. (...) En el caso de que tratamos no concurre componente "adicional" alguno que pueda llevar a la consecuencia que se pretende en la demanda.»

    Los grupos de empresas. Introducción a la contabilidad empresarial aplicada al Derecho laboral · ENRIQUE DIAZ REVORIO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 161 · con fórmula de valoración

    «En este sentido, cabe recordar que la mera existencia de antecedentes policiales que no determinan una posterior condena penal, no pueden alegarse para fundamentar una mayor sanción, ni en este caso ni en otros, por cuanto tal afirmación conllevaría la vulneración del principio de presunción de inocencia, garantizado en el artículo 24.2 de la Constitución. El artículo 131.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone lo siguiente: Relaño Pastor, Eugenia Preocupaciones del Defensor del Pueblo en ...»

    Preocupaciones del Defensor del Pueblo en relación con la detención, internamiento y expulsión de ciudadanos extranjeros · EUGENIA RELAÑO PASTOR · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Sin embargo resulta probado que el señor (...) fue detenido a las 20,30 horas del día 19 de los corriente (octubre de 1996) cuando fueron detectados varios inmigrantes por funcionarios de vigilancia aduanera, a once millas frente al puerto de Málaga a borde de una patera, careciendo de documentación regular que le permita residir en España. En materia de sanciones administrativas se han de entender aplicables en cuanto ello sea posible los postulados o principios básicos del Derecho penal entre ellos, lógicamente, el principio de legalidad, el de tipicidad y el de presunción de inocencia.»

    Preocupaciones del Defensor del Pueblo en relación con la detención, internamiento y expulsión de ciudadanos extranjeros · EUGENIA RELAÑO PASTOR · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «5. "... resulta rechazable la técnica de la valoración conjunta de los daños al ser la misma claramente contradictoria con las exigencias del derecho a la tutela judicial efectiva. Ello obliga al reclamante -el perjudicado o sus causahabientes- a identificar e indicar qué daños y perjuicios se han seguido del accidente de trabajo y, por tanto, cuál es la cuantía indemnizatoria que se asigna y reclama por cada uno de ellos; en consonancia con lo que indicaba la STC 78/1996, en la que se recordaba que el derecho a la tutela judicial efectiva exige que en la sentencia se fijen de forma pormenorizada los daños causados, los fundamentos legales que permiten establecerlos y los criterios empleados para fijar el "quantum" indemnizatorio del hecho juzgado".»

    Resumen jurisprudencial sobre la indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo, tras la STS 23/06/14 (RCUD 1257/13) · LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración

    «"Sobre el primer aspecto [carga de la prueba] ha de destacarse la aplicación -analógica-del art. 1183CCiv, del que derivar la conclusión de que el incumplimiento de la obligación ha de atribuirse al deudor y no al caso fortuito, salvo prueba en contrario; y la del art. 217 LECiv, tanto en lo relativo a la prueba de los hechos constitutivos [secuelas derivadas de AT] y de los impeditivas, extintivos u obstativos [diligencia exigible], cuanto a la disponibilidad y facilidad probatoria [es más difícil para el trabajador acreditar la falta de diligencia que para el empresario demostrar la concurrencia de ésta]". 5.o) La deuda de seguridad como elemento decisorio.»

    Resumen jurisprudencial sobre la indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo, tras la STS 23/06/14 (RCUD 1257/13) · LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «Plazos de prescripción A) "Dies a quo" B) Actos de interrupción de la prescripción C) Regla especial en el caso de las acciones en defensa de los intereses generales de consumidores y usuarios V. Diligencias preliminares VI. Cuestiones de procedimiento ante los juzgados de lo mercantil 1. Tipo de procedimiento 2. Competencia objetiva y territorial 3. Carga de la prueba 4. El principio de complementariedad relativa de la LCD con las leyes especiales VII. El falseamiento de la libre competencia por actos desleales (art. 3 LDC) 1. Introducción 2. Elementos del tipo 3. Aplicación pública y aplicación privada Anexo: Resoluciones citadas Pérez Benítez, Jacinto José et al. Tema 10.»

    Tema 10. La competencia desleal (II). Acciones y procedimiento. Falseamiento de la competencia por actos desleales · JACINTO JOSE PEREZ BENITEZ / ENRIQUE GARCIA-CHAMON CERVERA · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 31 · con fórmula de valoración

    «Además, y en relación con estas reclamaciones -salvo, claro está, para los procedimientos penales (30)- se establece la necesidad de una "dulcificación" de la carga de la prueba -art. 8 Directiva 2000/43; art. 10 Directiva 2000/78; art. 19 Directiva 2006/54- de tal modo que cuando una persona que se considere perjudicada por la no aplicación, en lo que a ella se refiere, de dicho principio alegue ante un tribunal u otro órgano competente hechos que permitan presumir la existencia de discriminación directa o indirecta, corresponda a la parte demandada demostrar que no ha habido vulneración del principio de igualdad de trato.»

    Unidad Didáctica 2. Igualdad y ciudadanía de la Unión · FRANCISCO JAVIER CALVO GALLEGO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →