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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 1101 al 1120

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración

    «Un aspecto relevante en materia de responsabilidad médica es la forma en que los tribunales valoran las pruebas practicadas en el procedimiento teniendo en cuenta que nuestro derecho les concede un amplio margen de libertad para valorar el acervo probatorio. La valoración se deja al prudente criterio del juzgador que debe ajustarse en definitiva a las más elementales directrices de la lógica humana o, como dice el artículo 348 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante, LEC), a las reglas de la sana crítica .»

    La responsabilidad patrimonial sanitaria y COVID.19. Vacunas, causalidad y lex artis · MARIA PRENDES VALLE · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Otros apartados del texto aluden al respeto a la orientación ideológica, pero también se apela a que "ni los editores o propietarios ni los periodistas deben considerarse dueños de la información" (apartado 15). Esto es, la información no debería considerarse como mercancía, sino que debe ser tratada como un derecho fundamental de los ciudadanos. Temas especialmente sensibles son, asimismo, los asuntos sub iudice , respecto de los que se afirma que es necesario mantener de la presunción de inocencia y evitar los juicios paralelos (apartado 22 del código). Por último, es importante destacar que, como era de esperar, en el apartado 23 se hace eco del respeto a la intimidad y vida privada.»

    La responsabilidad profesional de periodistas y medios de comunicación y su aseguramiento · ALICIA ARROYO APARICIO · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración

    «También debe recordarse que la citada sentencia derivó de una cuestión interna de constitucionalidad que el Tribunal Constitucional (en adelante, TC) se planteó sobre la base de la posible oposición de los aludidos incisos al derecho a la libertad del artículo 17 de la Constitución española (en adelante, CE), al principio de igualdad del art. 14 CE y a la presunción de inocencia del art. 24 CE. Sin embargo, la declaración de inconstitucionalidad parcial se fundamentó, únicamente, en entender que las citadas referencias eran contrarias a los arts. 14 y 24 CE, estimando el TC que no era necesario entrar a considerar su posible oposición al art. 17 CE.»

    Las indemnizaciones de daños por prisión preventiva: el estado de la cuestión · JAIME AGUILAR FERNANDEZ-HONTORIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 73 · con fórmula de valoración

    «La carga probatoria. Ahora bien y siguiendo con esa misma sentencia no basta la mera alegación o la aportación de una actuación pública, sino que se deben acreditar las concretas circunstancias que harían surgir tales condiciones [...], es a solicitud del sujeto pasivo, siendo que ni en el momento de la solicitud presentada Rivera Frade, María Dolores Medidas de fomento del patrimonio cultural. ...»

    Medidas de fomento del patrimonio cultural. Especial referencia a los beneficios fiscales · MARIA DOLORES RIVERA FRADE · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Tales cautelas no pueden ser soslayadas por razón de lugar y circunstancias de otorgamiento, pero tampoco deben ser extremadas, pues la presunción de inocencia solo quiebra respecto de quien cumple pena de privación de libertad en cuanto a la concreta conducta que motivó la condena y las conexas que pudieran derivarse de las penas accesorias, lo que a efectos de la actuación notarial ni siquiera es aplicable a los presos preventivos. No es fácil encontrar argumentos legales, ni en la normativa sectorial citada ni en la notarial ni en la penitenciaria, que permitan excepcionar el rigor de la identificación al otorgante internado en un centro penitenciario.»

    Papel y actuaciones del cuerpo notarial en centros penitenciarios: problemática y dificultades · JOSE MANUEL VARA GONZALEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Por tanto, en consonancia con la doctrina establecida en la STC 85/2019 y la STC 125/2019, superado el criterio restrictivo, estimó que las resoluciones impugnadas vulneran el derecho del recurrente a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE) y a la igualdad (art. 14 CE), porque se basaron en la falta de un requisito previsto en el art. 294.1 LOPJ, que ulteriormente fue declarado nulo e inconstitucional. - Son las razones del sobreseimiento, y no su carácter provisional, lo que, en las resoluciones cuestionadas, justificó la desestimación de la pretensión indemnizatoria. No es la denegación, sino su fundamentación, lo que vulnera los derechos fundamentales alegados.»

    Responsabilidad patrimonial por prisión preventiva no seguida de condena · MARIA ALICIA SANCHEZ CORDERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «Si no hay oposición a la solicitud de la exoneración, el art. 502.1 TRLC dispone que "el juez del concurso, previa verificación de la concurrencia de los presupuestos y requisitos establecidos en esta ley, concederá la exoneración del pasivo insatisfecho en la resolución en la que declare la conclusión del concurso". Este precepto plantea dos problemas. El primero, sustantivo, excede del objeto de esta ponencia ya que se tratará en otra, por lo que solo debe ser apuntado. Se trata del grado de análisis que debe realizar el juez y engarza con la atribución de la carga de la prueba de la buena de fe del deudor.»

    Vías para acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho · PEDRO MARQUEZ RUBIO · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración

    «Asimismo, ya en el lejano año 2019 hablamos de la necesidad de regulación de la IA y del cumplimiento del principio de accountability o rendición de cuentas. De igual manera, en "Uso policial de sistemas de inteligencia artificial en el ámbito comparado" vimos la posibilidad de sesgos discriminatorios en sistemas policiales predictivos y el principio a la presunción de inocencia o una intromisión en los derechos fundamentales de la persona con carácter general e indiscriminado.»

    Visión comparada de los principios éticos de la inteligencia artificial y su aplicación a la función jurisdiccional · LEOPOLDO SALVADOR TORRES LOPEZ / ALFONSO PERALTA GUTIERREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «El corolario de la doctrina comentada es que la persona trabajadora tiene, necesariamente y en todo caso, que aportar pruebas que acrediten la lesión del derecho fundamental y la producción de un daño moral. Sin estos elementos, previos y necesarios al proceso de cuantificación del daño, no puede proseguirse con el procedimiento indemnizatorio, porque el art. 183 LRJS solo prevé aligerar la carga probatoria en este tercer escalón del razonar resarcitorio. Porque la doctrina comentada se proyecta, desde el punto de vista adjetivo, en que la fórmula de cálculo a criterio prudencial solo opera cuando se da la premisa previa que prevé el propio precepto.»

    Criterios para cuantificar la indemnización por daño moral por transgresión de derechos fundamentales en los despidos nulos · ANGEL ARIAS DOMINGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «"Efectivamente, la Audiencia, ante todo, consideró acreditado que los compradores conocían o podían conocer, con carácter previo a la firma notarial de la escritura de compraventa la disposición estatutaria, cuya nulidad se pretende, y la apreciación de este presupuesto constituye una cuestión de hecho que incumbe resolver a los órganos de instancia, después de valorar la prueba de autos, cuyo resultado debe permanecer incólume en este sede de no haber sido oportuna y eficazmente combatido y desvirtuado por el vía del error de derecho en la valoración probatoria, siempre con la cita de la norma que contenga la regla legal de prueba que se considere vulnerada, y con la exposición de la nueva resultancia probatoria, lo que no se ha efectuado por la recurrente.»

    Esquema práctico de sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo en materia de propiedad horizontal, sistematizado de acuerdo con el articulado de la Ley 49/1960, de 21 de julio · AGUSTIN PARDILLO HERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «Debe valorarse negativamente, sin embargo, que el legislador llegó a configurar, en la reforma del artículo 623.1 del Código, el cómputo para la afirmación de reiteración con infracciones aún no juzgadas, una solución (un auténtico "atajo" inadmisible) que comportaba una patente vulneración del principio de presunción de inocencia Rodríguez Sáez, José Antonio Hurto multirreincidente: justificación de ...»

    Hurto multirreincidente: justificación de la intervención penal. La respuesta legal: suficiencia y alternativas de reforma · JOSE ANTONIO RODRIGUEZ SAEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración

    «Y en las declaraciones efectuadas con una falta de diligencia inexcusable en la contestación del cuestionario, debiéndose partir en casación de que la determinación de si un determinado supuesto es meramente culposo por parte del tomador o bien se debe a culpa grave es de libre apreciación del tribunal sentenciador, por cuanto, versando sobre la aplicación de conceptos jurídicos, estos han de resultar de los hechos, conductas y circunstancias que el órgano judicial fija y valora (SSTS, de 12 de agosto de 1993; de 24 de junio de 1999, y 589/2006, de 14 de junio).»

    Jurisprudencia reciente de la Sala Primera del Tribunal Supremo sobre contrato de seguro · PEDRO JOSE VELA TORRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «Es, por tanto, de plena aplicación el principio de inversión de la carga de la prueba que obliga al perjudicado a acreditar que existe un daño vinculado a la actuación de los agentes y que éste ha ocurrido dentro del periodo de garantía [como en la actualidad resulta del art. 17.8 LOE, en relación con el art. 217.5 LEC]".»

    Jurisprudencia sobre Ley de Ordenación de la Edificación · JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «Protección ante la detención arbitraria. Nadie puede arrestarte o detenerte arbitrariamente ni desterrarte de tu país de manera injusta. "Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado". - Artículo 10. Derecho a una audiencia pública y justa. Los juicios deben ser públicos y han de efectuarse en plena igualdad, a cargo de un tribunal imparcial e independiente. "Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal". - Artículo 11. Derecho a la presunción de inocencia.»

    Los derechos fundamentales y la declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidas · BELEN BARRANCO AREVALO · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración

    «En definitiva, el sujeto responsable de este recargo es directamente el empresario incumplidor en materia preventiva, y es precisa la existencia de una relación de causalidad entre la conducta culpable -por acción u omisión- del empresario, en relación con la adopción de medidas de seguridad en el trabajo, y el accidente o daño producido; deben valorarse a tal efecto todas las pruebas admitidas en derecho, incluso las presunciones, sin que sea de aplicación el principio de presunción de inocencia y sin que la posible culpa del empleado afecte a la conexión causal cuando está acreditada la infracción empresarial determinante del accidente (38).»

    Negativas o reticencias de los trabajadores frente a las medidas preventivas y sus consecuencias en relación con la protección y las responsabilidades empresariales · LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · pág. 35 · con fórmula de valoración

    «había declarado probado que oscilaba entre el 23 % y el 26 %), el Tribunal Supremo no puede revisar este pronunciamiento, salvo que el prestatario justifique, a través del recurso extraordinario por infracción procesal, el error patente en la valoración de la prueba. Como en este caso el prestatario no discutió este extremo, sino que se limitó a pedir que el término de comparación fuera el general de los créditos al consumo, el recurso es desestimado. Ello no implica, en modo alguno, rectificación ni matización de la doctrina jurisprudencial citada, que debe aplicarse en función de los hechos que resulten probados en cada caso.»

    Novedades jurisprudenciales en materia de reclamaciones de consumo · SONIA NUEZ RIVERA · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración

    «Como recuerda la STS 112/2018, de 6 de marzo: "El criterio de imputación [...] se funda en la culpabilidad y exige del paciente la demostración de la relación o nexo de causalidad y la de la culpa [...] (sentencias 508/2008, 10 de junio; 778/2009, de 20 de noviembre 2009; 475/2013, de 3 de julio, entre otras)". No obstante, existen paliativos a fin de aliviar al perjudicado de esa penosa carga, sin que ello implique una inversión de la carga de la prueba ni una objetivación de la responsabilidad.»

    Responsabilidades civiles médico-sanitarias · EDUARDO BAENA RUIZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «Asimismo, el TJUE declara que el artículo 40 de la Directiva 2013/32/UE, en relación con el artículo 4, apartados 1 y 2, de la Directiva 2011/95/UE -relativo a la valoración de los hechos y circunstancias examinados para la concesión de la protección internacional - debe interpretarse en el sentido de que, por un lado, la apreciación de las pruebas presentadas en apoyo de una solicitud de protección internacional no puede variar en función de que se trate de una primera solicitud o de una solicitud posterior y, por otro lado, de que un Estado miembro está obligado a cooperar con un solicitante con el fin de valorar los elementos pertinentes de su solicitud posterior, si este presenta, en apoyo de dicha solicitud, documentos cuya autenticidad no pueda comprobarse.»

    Actividad reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de asilo y extranjería · CAROLINA GARCIA RATO · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 60 · con fórmula de valoración

    «Cierto que el interés del menor es un concepto jurídico indeterminado, pero el artículo 2 de la Ley de Protección Jurídica del Menor, modificado por la Ley 26/2015, ha establecido unos criterios generales que deben tenerse en cuenta para la interpretación, en cada caso, de que sea lo más beneficioso o que represente el interés del menor, de manera que el tribunal debe resolver, con el margen de discrecionalidad necesario y con arreglo a las normas de la sana crítica, lo que sea más beneficioso para los y las menores en cada asunto que le sea sometido a decisión.»

    Custodia individual y compartida. Criterios para su determinación · MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración

    «De singular importancia se revelan las normas sobre distribución de la carga de la prueba en litigios sobre discriminación. - En el aspecto sustantivo, aparecen normas específicas como la prohibición de la discriminación directa o indirecta, medidas de acción positiva, derechos de maternidad y conciliación de la vida familiar, personal y laboral, y medidas de protección frente a la violencia de género. - El principio de transversalidad exige la integración de la dimensión de género en la aplicación de todas las normas.»

    Igualdad formal versus igualdad real: perspectiva de género · MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →