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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 1021 al 1040

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración

    «Por ello, entiendo que la intervención debe ser escueta y limitarse a autorizar la intervención correspondiente, si hay elementos bastantes que la justifiquen desde un punto de vista procesal, y que la correspondiente ejecución y desarrollo de la diligencia debe correr a cargo del Ministerio Fiscal y de la Policía, sin intervención del juez, que de lo contrario, de nuevo, verá formada opinión de cara a la valoración de la prueba en el juicio oral. 2. Artículo 24, debe concluirse en el mismo sentido que el anterior y la sola autorización al secreto del expediente, si está justificada, no tiene por qué afectar a la imparcialidad del juez de menores. 3.»

    Las medidas cautelares del artículo 28 de la Ley Orgánica reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores y la intervención del juez de menores en las diligencias de instrucción durante el desarrollo del procedimiento (artículos 23, 24 y 26) · MARIA DEL PILAR SERRANO CORDON · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 63 · con fórmula de valoración

    «hay antecedentes de hecho claros y descriptivos y ni siquiera la debida motivación. No es suficiente la mera sospecha o hipótesis subjetiva y, por tanto, compartimos el criterio de la Sala de instancia en el sentido de que, el Auto de 4 de Diciembre de 2000, sólo contaba con meras sospechas ofrecidas por el Servicio de Vigilancia Aduanera. 11. En realidad, correspondía la carga de la prueba a la acusación. Este principio rige tanto para las escuchas telefónicas como para cualquier otro medio de prueba.»

    Las nuevas tecnologías y la interceptación de las comunicaciones en el proceso penal en la jurisprudencia del Tribunal Supremo · JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Las medidas han de adoptarse en el marco de la negociación colectiva e incorporarse al propio convenio colectivo que apruebe la jubilación forzosa, lo que supone un enlace directo entre ambas; enlace que normalmente no puede producirse en el ámbito de las Administraciones Públicas, sometidas al principio de legalidad y de jerarquía, por lo que, al estar vinculadas por las normas presupuestarias y por la oferta pública de empleo, difícilmente pueden negociar en un convenio colectivo las medidas previstas en el apartado a) de la Disposición Adicional 10a del Estatuto de los Trabajadores.»

    Novedades jurisprudenciales sobre Seguridad Social · ANA MARIA ORELLANA CANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Por lo demás, dado que se trata de una excepción a las normas generales del Derecho comunitario, ambos requisitos deben ser objeto de una interpretación estricta, y la carga de la prueba de que existen realmente las circunstancias excepcionales que justifican la excepción a dichas normas incumbe a quien quiera beneficiarse de ella (apartado 63). Examinando el requisito del control que ejerce la autoridad pública concedente sobre la entidad concesionaria recuerda el Tribunal que ha de ser un control análogo al que ejerce sobre sus propios servicios.»

    Problemática del régimen jurídico de los contratos de los entes instrumentales: los contratos domésticos o "in house" y la jurisdicción competente · ENCARNACION MONTOYA MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «El Tribunal Supremo lo califica de "requisito subjetivo de difícil prueba", y, por ello, en la mayor parte de los casos, se desprenderá a modo de presunción iuris tantum del requisito objetivo, con lo que se produce una inversión de la carga probatoria, siendo la Administración la que debe probar que no realizó la actuación con la finalidad de eludir el cumplimiento de la sentencia.»

    Propuestas de modificación de la ejecución de sentencias · PALOMA SANTIAGO ANTUÑA · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En mi opinión, siempre que se respete el esencial principio de contradicción en el momento de producción de la prueba, nada habría de obstar a su eficacia por vía del artículo 730, aunque la eventualidad impeditiva hubiere podido y debido advertirse, toda vez que, en principio, el régimen de obtención de esa información con trascendencia procesal es el mismo en uno u otro caso y se reduce a la salvaguarda del referido principio, si bien en la actualidad, con las normas hoy vigentes al respecto, hay que admitir que también podría tener relevancia el hecho de la grabación videográfica o no de la diligencia, especialmente a propósito de la ulterior valoración probatoria de ese material.»

    El principio de unidad de acto y la característica presencial del juicio oral · JOSE MANUEL MAZA MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración

    «La clave estará en que para aceptar la habitualidad en estos casos serán necesarios más número de actos que en otros casos. La segunda cuestión es cómo probar esta violencia. De acuerdo con el principio de presunción de inocencia, la comisión de unos hechos delictivos debe ser probada positivamente por quien acusa y en el caso de que subsistan dudas en el ánimo del juzgador, éste debe absolver. Resulta evidente el testimonio de la víctima en estos casos, pero ya hemos visto cómo en ocasiones dicho testimonio es difícil de conseguir. Una adecuada protección, información, asistencia social y letrada a las víctimas, incluso antes de la interposición de la denuncia será fundamental.»

    Elementos de los tipos penales con mayor dificultad probatoria · INES OLAIZOLA NOGALES · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración

    «En el plano fáctico, la motivación ha de contener las pruebas de la imputación del resultado al hecho de favorecimiento producido en la estructura de la persona jurídica; ello, en términos suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia. Además, ha de contener los datos relativos a la probabilidad de que se sigan favoreciendo conductas delictivas individuales. En cuanto al plano jurídico, la motivación debe justificar por qué se estima procedente imponer consecuencias accesorias; por qué imponer una en concreto; y por qué imponerla con la duración que se establece.»

    Empresario social como deudor en materia de seguridad. Persona jurídica y responsabilidad penal · JESUS MARIA SILVA SANCHEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Como bien advierte SÁEZ VALCÁR-CEL (287), «por ello ha de cuestionarse, en el momento de selec-cionar los casos que pueden derivarse hacia esa vía alternativa, cómo respetar la presunción de inocencia, no sólo en su versión de regla de tratamiento del imputado sino también como regla de juicio, es decir sobre cómo adquirir el convencimiento suficiente para afirmar la hipótesis acusatoria». Ésta es una de las razones más poderosas, junto a otras ya expuestas y algunas pendientes de las que iremos dando cumpli-da cuenta, por las cuales nos decantamos por un modelo de mediación penal exclusivamente prejudicial (que no perjudicial).»

    La mediación: sistema complementario de Administración de Justicia · FERNANDO MARTIN DIZ · Premio Rafael Martínez Emperador · 2009 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «Nos referimos al principio de presunción de inocencia, al principio de "in dubio pro reo" , al principio acusatorio, al de legalidad, jurisdiccionalidad en todas sus fases, non bis in idem , culpabilidad (con los límites de la culpabilidad restringida derivada del inimputabilidad de los menores), tipicidad, etc.»

    Los menores inmigrantes y la justicia de reforma. Apuntes · LUIS RABASA AGUILAR-TABLADA · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 28 · con fórmula de valoración

    «Tal afirmación encierra en sí misma todo un programa de actuación: la prueba ha de haber sido obtenida con pleno respecto a las reglas de producción y en particular a los límites que imponen los derechos fundamentales sustantivos, debe garantizarse en algún estadio del proceso la intervención contradictoria y defensiva de la parte acusada y ha tenido que ser valorada de forma racional. Por otro lado, y de conformidad a la jurisprudencia del TEDH, la protección de la presunción de inocencia como regla de enjuiciamiento resulta incompatible con fórmulas de presunción iuris et de iure de responsabilidad penal (38).»

    Problemas alrededor del estatuto procesal de las personas jurídicas penalmente responsables · JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «disponible, por lo que en este punto no se produce nunca inversión de la carga de la prueba (STS 1.a 21 febrero 2003), lo que permite, sin embargo, la aplicación del principio de facilidad probatoria (STS 1.a 2 diciembre 1996, seguida por otras). Actualmente, el artículo 217.6 LECiv 2000 admite dicho principio. Debe indemnizarse el daño emergente y el lucro cesante. El propio concepto de daño es una de las cuestiones más complejas en los sistemas de Derecho comparado, dada la dualidad entre los que establecen una tipificación, los que contienen una cláusula general y los que se estructuran de forma mixta, con una lista de daños per se indemnizables y la cláusula general de cierre.»

    Derecho de daños y relaciones laborales · MARIA ENCARNACION ROCA TRIAS · Estudios de Derecho Judicial · 2008 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «Las circunstancias de sequía, sobreexplotación, urgente necesidad y otras limitaciones del uso del agua no pueden alterar el derecho objeto de inscripción 5. El aprovechamiento ha de ser inscrito con un volumen de agua acorde con el contenido efectivo o utilidad real del derecho, por lo que ha de ser suficiente para cubrir las necesidades del cultivo IV. La anotación en el catálogo de aprovechamientos de aguas privadas 1. La Administración hidráulica es la primera interesada en la inscripción de los derechos sobre aguas privadas 2. El objeto y la carga de la prueba 3. Los medios de prueba y su valoración 4. El plazo de inscripción: el llamado cierre del Catálogo y sus consecuencias 5.»

    El conflictivo reconocimiento de los aprovechamientos de aguas subterráneas privadas · FRANCISCO DELGADO PIQUERAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 52 · con fórmula de valoración

    «Otro tanto ocurre con la verificación de la primariedad delictiva conforme al art. 81.1 CP a pesar de que se dice que la susceptibilidad de cancelación debe ser absoluta y objetivamente acreditadas, no suele verificarse el requisito ex art. 136 de tener satisfecha la responsabilidad civil. Posiblemente se relaje la conciencia pro víctima, pesando en tal tratamiento la doctrina jurisprudencial (ej. SSTS de 2 de abril de 1.998 y 16 de junio de 2000) de que la carga de la prueba de las circunstancias que impidan la cancelación, corresponde a la acusación, de tal modo que si no existe en la causa todos los datos relevantes para decidir, debe hacerse una interpretación favorable al reo.»

    Incidencia del cumplimiento de la responsabilidad civil en la responsabilidad penal · JOSE LUIS ANTON BLANCO · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «carga de la prueba no debe tenerse por satisfecha con la simple acreditación de infracciones extrapenales. Aunque no se exija la prueba de implicación de bienes individuales, ni, debe advertirse, de la potencialidad de generar riesgo que haya derivado de la conducta acreditada, ésta conducta debe constar en toda la medida reclamada por el tipo penal, porque solamente entonces podrá tenerse por admisible la proclamación de la peligrosidad hipotética considerada por el legislador al conformar el tipo penal. (c) Y, por Varela Castro, Luciano Los delitos contra la vida y la integridad ...»

    Los delitos contra la vida y la integridad física de los trabajadores · LUCIANO VARELA CASTRO · Cuadernos de Derecho Judicial · 2008 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «junio 1994, p. 4867. (18) La presunción iuris et de iure del peligro fue inicialmente defendida por destacados penalistas como RODRÍGUEZ MOURULLO, Derecho Penal. Parte General, 1978, p. 279 y ss., y RODRÍGUEZ RAMOS, Compendio de Derecho Penal, 1986, p. 176. Es incompatible con la presunción de inocencia, como viene señalando el TC (entre otras, SS 111/99 y 87/2001). FEIJÓO SÁNCHEZ, cit., p. 317 y ss., recuerda que la doctrina alemana es contraria a esta presunción y la doctrina de nuestro país ha evolucionado en el mismo sentido. En estrecha conexión con ella está el principio de precaución como criterio de imputación en casos de inseguridad científica sobre relaciones de causalidad o sobre el riesgo. Lo admite ROMEO CASABONA, Principio de precaución, biotecnología y derecho,»

    Los excesos punibles de velocidad (art. 379.1 CP) · BARTOLOME VARGAS CABRERA · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Por consiguiente, si la demolición no tiene naturaleza sancionadora, no sería preciso para adoptarla, la observancia de las específicas garantías de un procedimiento sancionador, como son, el principio ne bis in idem y -lo que es más discutible- la presunción de inocencia (169). Conviene reparar, brevemente, en el estudio de la operatividad del principio ne bis in idem respecto a esta medida, pues ya en el orden administrativo se entiende que la imposición de la demolición así como de sanciones administrativas, por la misma infracción, por parte de la autoridad administrativa, no vulnera aquél principio.»

    Los pronunciamientos de demolición de obra o restitución del bien dañado en el ámbito de los delitos contra la ordenación del territorio · ELENA MARIA GORRIZ ROYO · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 76 · con fórmula de valoración

    «En el ámbito de la responsabilidad médica debe descartarse la responsabilidad objetiva y una aplicación sistemática de la técnica de la inversión de la carga de la prueba. El criterio de imputación del artículo 1902 CC se funda en la culpabilidad y exige del paciente la demostración del nexo de causalidad, que el acto médico enjuiciado fue realizado con Roca Trías, Encarnación Crónica de jurisprudencia civil. Año 2008 Revista del Poder Judicial n.o 87 - 2007/2008 76»

    Crónica de jurisprudencia civil. Año 2008 · MARIA ENCARNACION ROCA TRIAS · Revista del Poder Judicial · 2007 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración

    «Una lectura no contenida de la sentencia casacional puede sugerir consecuencias inasumibles desde el plano axiológico, desde el que debe interpretarse y aplicarse el instituto prescriptivo (SSTC 62/2005 y 29/2008), y desde el plano de los principios estructurales del proceso penal, sobre todo el de presunción de inocencia como regla de tratamiento que obliga a la desinculpación de una persona sometida al proceso desde el momento en que desaparecen las razones que justificaron su llamada como imputado.»

    Crónica de jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (Cuarto trimestre de 2008) · ROSER BACH FABREGO / JOSE GRAU GASSO / JAVIER HERNANDEZ GARCIA / JUAN PEDRO YLLANES SUAREZ · Revista del Poder Judicial · 2007 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En la STS de 28 de febrero de 2007 (25) se insiste sobre el principio de la carga de la prueba y prudencia en la aplicación de la institución "Sin que...consten datos acerca de identidad de directivos, confusión de patrimonios etc... que en otras ocasiones han servido a la jurisprudencia para aplicar la doctrina del levantamiento del velo que, por exigencias del principio de seguridad jurídica, ha de hacerse con exquisita prudencia y en presencia de datos que resulten relevantes que, aquí no han sido ofrecidos". La STS de 31 de enero de 2001 (26) pone de relevancia los puntos a tener en consideración por el Tribunal para aplicar la doctrina del levantamiento del velo.»

    Las modificaciones introducidas por la Ley 36/2006 de Prevención del Fraude Fiscal en la Ley General Tributaria 58/2003 · MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →