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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 701 al 720

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «La cuestión tiene más importancia de la que parece, porque en ocasiones el error terminológico acaba desembocando en una desnaturalización del recurso de apelación como recurso de cognición plena o de plena jurisdicción, especialmente cuando la sentencia de segunda instancia desestima un recurso de apelación fundado en error en la valoración de la prueba con el argumento de que solo excepcionalmente cabe revisar la valoración probatoria hecha por el juez "de instancia". Marín Castán, Francisco Recurso de casación»

    Recurso de casación · FRANCISCO MARIN CASTAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «Nuestro sistema casacional no se limita al análisis de cuestiones jurídicas y formales , sino que actualmente, a través de la invocación del art. 24.2 CE, es posible que el Tribunal Supremo controle tanto la licitud de la prueba practicada, en la que se fundamente el fallo, como su suficiencia para desvirtuar la presunción de inocencia y la razonabilidad de las inferencias realizadas. Giménez García, Joaquín El recurso de casación penal. Origen y ...»

    El recurso de casación penal. Origen y caracteres. La jurisprudencia vinculante, ¿imperium o auctoritas? · JOAQUIN GIMENEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 29 · con fórmula de valoración

    «Y para redondear la doctrina, el TC invierte la carga de la prueba en el FJ 16: "Aun cuando una mimética aplicación de las reglas generales sobre distribución del onus probandi... parecería inclinar el ánimo a favor de la tesis de que el demandante del amparo, en cuanto actor, tiene que probar lo injustificado de la lesión de su derecho... un examen más atento nos debe llevar a la conclusión contraria, esto es, a la idea de que cuando se ha producido una limitación o un parcial sacrificio de derechos básicos que la Constitución reconoce a los ciudadanos... la autoridad que realiza el acto debe estar en todo momento en condiciones de ofrecer la justificación...(ya que) la limitación del derecho es una excepción puesta a su normal ejercicio, y que la prueba de las excepciones compete siempre al demandado".»

    Huelga en servicios esenciales de la comunidad · MANUEL RAMON ALARCON CARACUEL · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «El motivo se desestima porque la base fáctica en que se asienta su argumentación (autorización escrita de la actora, hoy recurrida) es contraria a la valoración de la prueba efectuada por la Audiencia, que no estimó acreditada la autenticidad (fundamento jurídico 4o). No hay ningún motivo del recurso en que se acuse de error de derecho en la valoración de la prueba, sólo una exposición de la propia y subjetiva del recurrente, que olvida que la casación no es una instancia más del pleito. La desestimación del primer motivo conlleva necesariamente la del segundo, fundamentado en que la autorización dio vida a un derecho de superficie.»

    La accesión como modo adquisitivo y su desarrollo jurisprudencial · JOSE MANUEL RUIZ-RICO RUIZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «La norma, por tanto, establece un complejo de presunciones y determinaciones de la carga de la prueba que la hacen de difícil interpretación, especialmente porque podría -pero no lo ha hecho- haber impuesto la carga a una determinada y expresada parte. De esta forma, es evidente que el vendedor habrá de probar el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos en el precepto para hacer valer su presunción. Pero, igualmente, podría renunciar a la misma sin que ello significara que el producto incurre en disconformidad, pues no hay norma de distribución de la carga de la prueba que permita afirmar que la inactividad probatoria implica sin más concluir la disconformidad.»

    Conclusiones del Seminario Procedimientos Civiles Derivados del Contrato de Compraventa. Madrid, del 6 al 8 de octubre de 2010 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2010 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 30 · con fórmula de valoración

    «Una sentencia condenatoria por el Juez ad quem, supondría una nueva valoración de la prueba practicada en el acto del juicio oral, sin haber sido solicitada prueba en la segunda instancia, considerando la vulneración de la inmediación y contradicción y, en consecuencia, el derecho a un proceso con todas las garantías, además de la vulneración del derecho a la presunción de inocencia" (sic). Esta Sala no participa del punto de vista de la parte apelada respecto a las facultades del órgano ad quem en el ámbito del recurso de apelación, de conformidad con la doctrina establecida al respecto por el Tribunal Constitucional.»

    La subjetividad de quien decide. Su reflejo en las resoluciones dictadas · MARIA ANGELES VIVAS LARRUY · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «La distinción entre el orden civil y el social alcanza a la dogmática. Doctrinalmente, la Sala Civil del TS defiende en estos supuestos la cuasi-objetivación de la responsabilidad (STS de 19 de noviembre de 2008), con inversión de la carga de la prueba. En cambio, la Sala Social del TS niega que se trate de una responsabilidad objetiva. Sostiene que se trata de una responsabilidad civil culposa contractual, sin inversión de la carga de la prueba (sentencias del TS de 2 febrero 1998, recurso 124/1997; 7 febrero 2003, recurso 1663/2002 y 17 julio 2007, recurso 513/2006).»

    Novedades jurisprudenciales 2008-2009: cuestiones procesales · JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «el derecho a ser informado de la acusación, con la ineludible consecuencia de la inalterabilidad de los hechos imputados; el derecho a la presunción de inocencia, que implica que la carga de la prueba de los hechos constitutivos de la infracción recaiga sobre la Administración, con la prohibición de la utilización de pruebas obtenidas con vulneración de derechos fundamentales; el derecho a no declarar contra sí mismo ; y, en fin, el derecho a utilizar los medios de prueba adecuados para la defensa, del que se deriva que vulnera el art. 24.2 CE la denegación inmotivada de medios de prueba (por todas, SSTC 7/1998, de 13 de enero, FJ 5, y 272/2006, de 25 de septiembre, FJ 2)" (STC 70/2008, de 23 de junio, FJ 4).»

    Aspectos problemáticos de los procedimientos tributarios en lo relativo a sanciones administrativas y delitos · JUAN MARTIN QUERALT · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 33 · con fórmula de valoración

    «Si, según todo lo precedentemente razonado, en este caso, la única prueba constitucionalmente válida con la que poder enervar la presunción de inocencia era la declaración autoinculpatoria de los demandantes de amparo, prestada, según quedó dicho, ante la policía, ratificada ante el Juzgado de Instrucción y rectificada después en el juicio oral; y si, según lo razonado en el fundamento jurídico anterior, la Audiencia Provincial, por impedírselo los principios de inmediación y contradicción, no podía por sí misma valorar dicha prueba, al no haberse producido ante ella, es visto que su Sentencia condenatoria carece del soporte probatorio preciso para enervar la presunción de inocencia de los Conclusiones del Seminario Criterios de ...»

    Conclusiones del Seminario Criterios de Interpretación de la Ley Integral en Sede de Enjuiciamiento (2.ª Edición). Madrid, del 14 al 16 de octubre de 2009 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2009 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 28 · con fórmula de valoración

    «En virtud de ello, desestiman vulnerado este derecho, argumentándose la suficiencia de la inferencia para concluir la responsabilidad penal de los recurrentes (FJ 5 en las tres Sentencias). Por su parte, la STC 147/2009, de 15 de junio, confirma la virtualidad probatoria de los informes de la Agencia Tributaria y, por tanto, su validez como prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia (FJ 3).»

    Crónica de jurisprudencia constitucional (Segundo trimestre de 2009) · MIGUEL ANGEL MONTAÑES PARDO / HERMINIO LOSADA GONZALEZ / JOSE MIGUEL SANCHEZ TOMAS · Revista del Poder Judicial · 2009 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración

    «En la praxis tienen gran relevancia los problemas de prueba derivados de que en muchos de los delitos sexuales la declaración del sujeto pasivo será frecuentemente -como es lógico teniendo en cuenta las circunstancias fácticas más frecuentes en estas infracciones- la única prueba de cargo. A este respecto existe una jurisprudencia constante conforme a la cual puede bastar el testimonio de la víctima para desvirtuar la presunción de inocencia, cuya vulneración frecuentemente se alega por las defensas en este tipo de delitos. Aunque, en suma, para ello es esencial la valoración de la credibilidad del relato del sujeto pasivo, el TS ha sintetizado tres elementos para llevar a cabo esta valoración:»

    Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: un inventario · MANUEL CANCIO MELIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En suma, no se trata de situar al empresario ante la prueba diabólica de un hecho negativo (la no discriminación o la no lesión de cualquier otro derecho fundamental), pero sí de que el mismo acredite que la medida adoptada obedece a motivos razonables, extraños a todo propósito atentatorio contra el derecho fundamental en cuestión. Por tanto, no estaríamos realmente ante una inversión de la carga de la prueba propiamente dicha, sino ante una flexibilización de la carga de la prueba.»

    El acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo · FRANCISCO JAVIER VELA TORRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «LÓPEZ JIMÉNEZ apunta que en relación con las instrucciones puede el Magistrado-presidente incluir información sobre reglas de valoración de la prueba, y que sería conveniente ilustrar a los Jurados sobre la doctrina del TC sobre presunción de inocencia, proceso debido, la vigencia del in dubio pro reo (recogido expresamente en el artículo 54.3), la valoración libre de la prueba y la diferencia entre prueba directa e indirecta (59). Soleto Muñoz, Helena Instrumentos para reducir el error en la ...»

    Instrumentos para reducir el error en la identificación · HELENA SOLETO MUÑOZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración

    «Las máximas de la experiencia humana también pueden ser objeto de la prueba, al menos en el supuesto de que las mismas puedan servir como instrumento para el conocimiento de los hechos (21), una de las tres funciones que las máximas pueden desarrollar en el proceso, junto con la de ser un instrumento de valoración de la prueba y la de servir para la subsunción de los hechos en la norma jurídica. En suma, en lo que afecta a la prueba, las máximas de la experiencia pueden ser: o bien un instrumento de valoración de la prueba o bien objeto directo de la prueba, en la medida en la que su fijación pueda contribuir a la determinación de hechos relevantes para el proceso.»

    La facultad delimitadora y la impugnación de documentos · JUAN FRANCISCO GARNICA MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «recientes para justificar esa “impropia” inversión de la carga de la prueba en materia de acción directa: así, la SAP Baleares 23 mayo 2003, SAP Valencia 5 febrero 2008, SAP Málaga 29 febrero 2008).: " Pero a éste le puede ser imposible tal prueba, pues no conoce ni puede conocer las relaciones internas entre uno y otro; por el contrario, el demandado sí tiene en sus manos la sencilla prueba de lo que ha pagado (...). En consecuencia, se invierte la carga de la prueba y es el dueño de la obra (o el contratista anterior) el que sufre las consecuencias de la falta de prueba de que ha pagado y, por tanto, de que no concurre este presupuesto ".»

    La subcontratación en la edificación. Aspectos civiles. Bolsa de investigación CGPJ/Fundación Wellington 2007. II · MIGUEL PASQUAU LIAÑO / MARIA JOSE RIVAS VELASCO / VICENTE JESUS TOVAR SABIO · Monografías · 2009 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · pág. 76 · con fórmula de valoración

    «permanentes y que por ello la inversión de la carga de la prueba no trae causa en una acción de responsabilidad extracontractual. Sobre este tipo de inmisión se ha pronunciado también la SAP de Murcia, sección 4.a, de 29 de julio de 2005, siendo en esta ocasión desestimada la acción al entender que la inmisión debía conceptuarse como no nociva. En un caso de telefonía móvil, la Audiencia Provincial de Málaga, sección 4.a, en sentencia de 27 de febrero de 2004, concluyó que no existía evidencia científica de los posibles efectos nocivos de la instalación de la antena, carga de la prueba de la parte actora.»

    Las relaciones de vecindad y las inmisiones. La inmisión acústica en particular · ASUNCION LORANCA RUILOPEZ · Manuales de Formación Continuada · 2009 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 19 · con fórmula de valoración

    «Se ocupa de ella el art. 49, de modo que, una vez concluidos los informes de la acusación, la defensa puede solicitar del Magistrado-Presidente, o éste decidir de oficio, la disolución del Jurado si estima que del juicio no resulta la existencia de prueba de cargo que pueda fundar una condena del acusado. Si la inexistencia de prueba de cargo sólo afecta a algunos hechos o acusados, el Magistrado-Presidente podrá decidir que no ha lugar a emitir veredicto en relación con los mismos. En tales supuestos se dictará, dentro de tercero día, sentencia absolutoria motivada.»

    Una visión crítica de la celebración del juicio oral en el proceso penal · JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «En efecto, si por "maximas de experiencia" entendemos -como es costumbre-aquéllas extraidas del cotidiano vivir, sin ningún soporte científico o estadístico, serían generalizaciones flageladas por no pocas excepciones, fundadas en una base empírica indeterminada, anónimas, no formuladas en ningún repertorio y, por todo ello, incontrolables (58). El panorama cambiaría si nos referimos a aquellas máximas de experiencia que son la traducción, en el lenguaje de la calle, de leyes científicas con carácter general o de generalizaciones empíricas con alto grado de probabilidad (59).»

    Cursos causales no verificables · JUAN IGARTUA SALAVERRIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «Y ello por razones variadas: que van desde que a veces también las leyes científicas son falsas (29) (lo cual se dice no sé si con el propósito de legitimar que entonces casi todo vale) hasta que no existe una correspondencia biunívoca entre causalidad y prueba científica pues también las máximas de experiencia pueden asumir la función de conectar una conducta con un evento (siendo lo importante la eliminación de toda duda razonable y, para ese objetivo, no se da una diferencia cualitativa entre leyes científicas y máximas de experiencia) (30).»

    Cursos causales no verificables · JUAN IGARTUA SALAVERRIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 30 · con fórmula de valoración

    «La STS 11 marzo 1991 reconoce que esa objetivación es "admitida por esta Sala en daños de otro origen", aunque rechaza la misma en la actividad médica. (16) Las SSTS 16 octubre 1989 y 24 mayo 1990 (comentada agudamente por CABANILLAS SÁNCHEZ, "La responsabilidad por infracción de los deberes profesionales o de lex artis yla carga de la prueba", en ADC, 1991) entre otras muchas, afirman que "en los supuestos de responsabilidad por infracción de deberes profesionales o de la lex artis, no es de general aplicación la inversión de la carga de la prueba".»

    Doctrina general de la llamada culpa médica · EUGENIO LLAMAS POMBO · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →