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Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 481 al 500
Valoración de la prueba en general · pág. 27 · con fórmula de valoración
«- Exigencia de valoración expresa de la prueba. Corroboración de medios con fiabilidad débil: testimonios de referencia, identificación visual, declaración de coacusados. - Principio de libre valoración de la prueba en su conjunto. Rechazo a la prueba tasada. - Congruencia fáctica. Exclusión de censuras morales o afirmaciones de culpabilidad en casos de absolución por retirada de acusación o prescripción. - Congruencia jurídica. Posibilidad de modificación jurídica de la acusación, con suspensión de vista. Homogeneidad del tipo. Planteamiento de tesis con nueva vista. - Notificación de la sentencia in voce en los casos de conformidad, pudiendo resolver en ese momento sobre suspensiones de condena siempre que se tengan elementos suficientes.»
Conclusiones del Seminario Ideas para un Futuro Proceso Penal. Madrid, del 15 al 17 de febrero de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración
«La regla de la carga de la prueba y su inversión en caso de discriminación se amplía a supuestos expresamente admitidos por normas o doctrina, internas o de derecho comunitario, como el acoso en sus diversas formas y la identidad sexual. Pero la principal novedad es la inversión expresa de la carga de la prueba en procesos sobre responsabilidades derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de modo que corresponderá a los deudores de seguridad y a los concurrentes en la producción del resultado lesivo probar la adopción de las medidas necesarias para prevenir o evitar el riesgo, así como cualquier factor excluyente o minorador de su responsabilidad.»
El proceso ordinario en la ley de la jurisdiccion social · JOSE ANGEL FOLGUERA CRESPO · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración
«- Decide conforme a las pretensiones promovidas por las partes procesales -valor del debate -. Conforme a estas premisas el juez tiene que ser neutral -es decir, un tercero-, sus resoluciones tienen que contener una motivación racional -es decir, no arbitraria-, y desenvolverse dentro de los términos de lo planteado por las partes -es decir, de forma congruente-. En la vertiente garantista el juicio es justo cuando al acusado: - Se le presume inocente hasta que un tribunal, tras un juicio público, no declare su culpabilidad fundándose en prueba de cargo suficiente para justificar su convicción -valor de la presunción de inocencia como regla de juicio-.»
El significado innovador y la viabilidad de la justicia terapéutica, restaurativa y procedimental en nuestro ordenamiento jurídico · IGNACIO JOSE SUBIJANA ZUNZUNEGUI · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«reconocer los hechos por alguno de ellos está afectando o puede afectar tanto a la presunción de inocencia de los demás como a su propio derecho de defensa, aun cuando no siempre es así Estos son obstáculos que deben valorarse a la hora de admitir y considerar para unos hechos la mediación solo parcialmente subjetiva o no recomendarse en ningún caso Ello no es óbice a la viabilidad de la mediación en aquellos supuestos de po-sibles acuerdos parciales que no devengan en prueba de cargo para los restantes coimputados, manteniéndose la máxima de que las soluciones de reparación no pue-den hacerse extensivas a quienes no intervinieron»
Mediación penal: un instrumento para la tutela penal · SILVIA BARONA VILAR · Revista del Poder Judicial · 2012 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración
«"Practicadas las pruebas, las partes formularán oralmente sus conclusiones sobre los hechos controvertidos, exponiendo de forma ordenada, clara y concisa, si, a su juicio, los hechos relevantes han sido o deben considerarse admitidos y, en su caso, probados o inciertos. A tal fin, harán un breve resumen de cada una de las pruebas practicadas sobre aquellos hechos, con remisión pormenorizada, en su caso, a los autos del juicio. Si entendieran que algún hecho debe tenerse por cierto en virtud de presunción, lo manifestarán así, fundamentando su criterio. Podrán, asimismo, alegar lo que resulte de la carga de la prueba sobre los hechos que reputen dudosos. Bodas Martín, Ricardo Procesos de conflicto colectivo. Novedades en ... > En relación con el resultado de las pruebas y la aplicación de las normas sobre presunciones y carga de la prueba, cada parte principiará refiriéndose a los hechos »
Procesos de conflicto colectivo. Novedades en el proceso de conflicto colectivo en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y en el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero. Reglas de adecuación del procedimiento en las modalidades procesales en general · RICARDO BODAS MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 29 · con fórmula de valoración
«Abogado del Estado, hubiera permitido a la recurrente discutir la correcta tipificación de la infracción, mas sin que exista vulneración del principio de presunción de inocencia puesto que los hechos que motivaron la sanción quedaron identificados y demostrados y ni siquiera se cuestionan". Esta sentencia considera, por lo tanto, frente a la doctrina general que ha sido expuesta en los apartados precedentes, que la propia manera de obtener los datos hace deducir, sin que con ello se vulnere la presunción de inocencia, que ha existido el fraude o engaño que constituye el elemento subjetivo requerido para entender producido el tipo.»
Régimen sancionador y protección de datos · FELIPE FRESNEDA PLAZA · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 50 · con fórmula de valoración
«Sobre la carga de la prueba y qué se debe demostrar podemos citar la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (s 28a) 160/2012 de 25 de Mayo : "Aduce el apelante que la carga de la prueba en materia de calificación incumbiría a la administración concursal y al Ministerio Fiscal, por lo que deberían ser éstos los que acreditasen que las referidas cantidades se correspondían con disposiciones indebidas del administrador social y no con gastos de empresa como él sostiene.»
Tema 3. Los métodos del tosco: salidas de bienes y derechos, falta de reflejo o reflejo de elementos no existentes en partidas del activo, pasivo y neto · PEDRO JUEZ MARTEL · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración
«En efecto, de acuerdo con cuanto dispone el artículo 217.4 LEC, "corresponderá al demandado la carga de la prueba de la exactitud y veracidad de las indicaciones y manifestaciones realizadas y de los datos materiales que la publicidad exprese, respectivamente". De este modo, quien realice la alegación, que pretende calificarse como falsa, debe pechar con la carga de la prueba de la exactitud y veracidad de lo afirmado, so pena de no evitar el resultado pretendido de contrario.»
Actos de engaño y omisiones engañosas · JOSE ANTONIO GARCIA-CRUCES GONZALEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 33 · con fórmula de valoración
«El artículo 347 de la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla la libre apreciación del juez sobre su oportunidad a la vista de lo expuesto por las partes. Esto conecta con la posible subsanación de la falta de juramento o promesa -vid. artículo 335- y la carga que sobre la necesidad del informe se impone en el artículo 336, 337 y 339. Puede ocurrir que la única pregunta sea la de jurar o prometer. Conectar con el artículo 348 y las reglas de valoración de la prueba del 349. Atención especial del artículo 339 y articulación del juramento. Las consideraciones del apartado 7 deben darse aquí por reproducidas.»
Conclusiones del Seminario Cuestiones Procesales que Suscita el Juicio Ordinario. Madrid, del 19 al 21 de enero de 2011 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración
«I. Introducción II. Delito de conducción a velocidad excesiva (art. 379.1 CP) 1. Problemática concursal 2. Las carreras ilegales 3. Error de tipo o de prohibición 4. Vehículos particulares en caso de emergencia: estado de necesidad y legítima defensa 5. Principio de libre valoración de la prueba. Medición del cinemómetro III. Delito de conducción temeraria 1. Resultado: causación de peligro 2. Elemento subjetivo 3. Relaciones concursales con otros delitos Roldán García, María Luisa Delitos de conducción a velocidad excesiva ...»
Delitos de conducción a velocidad excesiva (art. 379.1 CP), de conducción temeraria y suicida (arts. 380 y 381 CP) y conducción sin carnet (art. 384 CP). Problemas concursales (art. 382 CP). Su incidencia y aplicación en diligencias urgentes · MARIA LUISA ROLDAN GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Aún sufre esta doctrina de la Sala Tercera, sobre el ámbito del control judicial de la efectiva concurrencia de una causa de despido, una restricción adicional por vía de entender que la conexión funcional crisis/reordenación empresarial/amortización de puestos de trabajo encierra una valoración de la prueba por parte del órgano judicial de instancia que no puede ser revisada por el órgano superior, salvo que, como dice la sentencia de 4/5/04 (casación 1777/02), "se alegue y acredite en forma, que en la valoración de los hechos, la sentencia ha infringido las normas que sobre la valoración de la prueba existen en nuestro ordenamiento, o que la valoración es arbitraria o manifiestamente errónea, sentencias de 23 de julio de 2002 ( RJ 2002\8815) y 18 de diciembre de 2003 ( RJ 2003\9430)".»
La prueba en los despidos por crisis y mejora de la empresa y su control judicial. Una perspectiva jurídica · MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 46 · con fórmula de valoración
«tampoco, avalada por los principios de presunción de inocencia e in dubio pro reo .5. La reforma no significa, necesariamente, una refutación definitiva de las tesis que invocaban, como fundamento de la absolución, principios como los de intervención mínima o de insignificancia, ni, desde luego, de las que mantenían determinadas interpretaciones minoritarias de los requisitos de ánimo de lucro o perjuicio de tercero. Tampoco, obviamente, debe afectar a las exigencias en materia de prueba de los distintos elementos de los tipos: la respuesta punitiva más benigna no autoriza, en modo alguno, la relajación del rigor en la valoración de la prueba. 6.»
Novedades en la regulación de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial · MARIA DEL CARMEN POZA CISNEROS · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 50 · con fórmula de valoración
«El TS declara haber lugar al recurso de casación interpuesto por uno de los condenados como autor de un delito de estafa en grado de tentativa, rechazando el formulado por la acusación particular, casa y anula la resolución impugnada, y dicta segunda sentencia en la que absuelve al recurrente, al concluir que la prueba de cargo se encuentra tan gravemente viciada que no puede considerarse apta para destruir su presunción de inocencia.»
Aspectos procesales singulares de la instrucción de los delitos contra la propiedad intelectual y contra la propiedad industrial. Derechos fundamentales que pueden verse afectados. Las partes en el proceso. Medidas cautelares. Destrucción anticipada de los efectos incautados (II) · MARIA DE LA ALMUDENA ALVAREZ TEJERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración
«Aun cuando la enumeración de causas de discriminación y otras que determinan la inversión de la carga de la prueba (art. 96 LPL) parece conveniente añadir que en todo caso de vulneración de derechos fundamentales se desencadenaría tal inversión de la carga probatoria. Por otra parte, en procesos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional habría de establecerse una regla general, a inducir de la doctrina jurisprudencial y de la Ley de prevención de riesgos laborales, según la cual le corresponde al empresario probar la adopción de las medidas de seguridad y prevención necesarias presumiéndose en caso contrario de su responsabilidad las secuelas que se deriven.»
Aspectos susceptibles de reforma del proceso laboral: acto de juicio y modalidades procesales · JOSE ANGEL FOLGUERA CRESPO · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 23 · con fórmula de valoración
«Correspondiendo la carga de la prueba de tal elemento o situación, en cuanto el mismo determina que la amenaza o maltrato sean constitutivos de delito corresponde a la acusación, conforme a las reglas básicas de distribución de la carga probatoria. b. El art. 87 ter de la L.O.P.J. exige que "cuando el Juez apreciara que en los actos puestos en su conocimiento de forma notoria no constituyen expresión de violencia de género, podrá inadmitir la pretensión, remitiéndola al órgano judicial competente " Hernando García, Rosa María Henar El polémico bien jurídico protegido en los ...»
bien jurídico protegido en los delitos de violencia de género · ROSA MARIA HENAR HERNANDO GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración
«Se ha venido sosteniendo que cabe invertir la carga de la prueba para mantener que es el dueño de la obra quien debe demostrar que no es deudor. Lo que ocurre más bien es que, en vez de una inversión de la carga de la prueba, no hay sino una aplicación normal de las reglas sobre la misma: es el subcontratista quien tiene que demostrar el hecho constitutivo (existencia del crédito) y el dueño el extintivo (el pago u otra causa que se oponga a la subsistencia del crédito).»
Conclusiones del Seminario Aspectos Civiles de la Subcontratación en la Edificación. Madrid, del 31 de mayo al 2 de junio de 2010 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración
«- STS de 13 de mayo de 2003: admisión en sede contencioso-administrativa de "todos" los medios de prueba (no es sentencia en materia tributaria, pero es doctrina igualmente aplicable). - STS de 3 de julio de 2002: principio de libre valoración de la prueba (sin distinción de instrumentos). - STS de 22 de abril de 2002: se genera vulneración del derecho a la defensa cuando no se motiva la denegación y cuando se trata de medios útiles y pertinentes. - ATS de 8 de octubre de 2002: vinculación de la prueba a la actividad impugnada (se añadiría al objeto de la pretensión).»
Conclusiones del Seminario Singularidades del Procedimiento Tributario Respecto del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, del 14 al 16 de abril de 2010 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 65 · con fórmula de valoración
«de inocencia. Finalmente, el interés de la víctima que, en muchos casos, constituye la principal -y a veces única- prueba de cargo para esclarecer el hecho delictivo y destruir la presunción de inocencia del imputado, pero que sufre los temores e incomodidades derivadas de su participación en el procedimiento. La posición de la víctima no debe verse más maltratada de lo que ya lo ha sido en cuanto sujeto pasivo del hecho delictivo.»
Documento ideológico sobre mediación penal · CRISTOBAL FRANCISCO FABREGA RUIZ / JULIAN CARLOS RIOS MARTIN / CONCEPCION SAEZ RODRIGUEZ / JUAN RAMON SAEZ VALCARCEL · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración
«El que el Ministerio Fiscal tenga la obligación de acreditar, mediante el correspondiente certificado de las Brigadas de Documentación y Extranjería respectiva, la situación administrativa del extranjero en virtud "del principio de presunción de inocencia y la teoría de la carga de la prueba" resulta complicado, máxime en aquellos supuestos en que la detención y el consiguiente señalamiento de juicio rápido no lo lleva a cabo la Policía Nacional, lo cual es lo habitual por la tipología delictiva, sino la Guardia Civil o la Policía Municipal, los cuales, al carecer de competencias administrativas en materia de extranjería, citan o ponen a disposición a los detenidos sin haber acreditado su situación administrativa y sin pasar previamente por los Grupos de Extranjería y Documentación de las Brigadas Provinciales.»
Expulsiones judiciales: problemática de su ejecución · JUAN ANDRES BERMEJO ROMERO DE TERREROS · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración
«La mencionada sentencia del Tribunal Constitucional 127/90 de 5 de julio, estableció lo siguiente: "En primer lugar, es cierto que, conforme a reiterada doctrina de este Tribunal elaborada a partir de su STC 31/1981, la prueba de cargo susceptible de desvirtuar la presunción de inocencia ha de desarrollarse normalmente en el juicio oral ( art. 741 LECr.), como premisa básica para la legitimidad del proceso con las garantías de publicidad, oralidad, inmediación y contradicción.»
La práctica de la prueba en el juicio oral del análisis de las lesiones psíquicas, con especial atención en la violencia de género · ARANZAZU JUAN-ARACIL ELEJABEITIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →