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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 461 al 480

  1. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En aquél la asunción de la carga de la prueba que recae sobre la Administración se ve facilitada por los deberes de colaboración impuestos al sujeto pasivo y a terceros y por la existencia de presunciones, estimaciones de bases y otras previsiones tendentes a facilitar la determinación de la deuda tributaria. En el proceso penal rige el principio de presunción de inocencia y el derecho a no declararse culpable (artículo 24 de la Constitución, CE).»

    Incidencia del delito fiscal en el procedimiento inspector y en la prescripción del derecho a liquidar antes y después de la reforma de la Ley 34/2015 · RAFAEL FERNANDEZ MONTALVO · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «No obstante, el objeto de la presente ponencia no es analizar el tratamiento penal del delito, sino la posición de las víctimas del mismo dentro del proceso penal, especialmente sensibilizar sobre el tratamiento procesal que tales víctimas deben recibir dentro del sistema judicial, ponderando los intereses en juego, de modo que esta eficaz protección no implique menoscabo de la presunción de inocencia que cabe predicar de cualquier acusado en el proceso penal, ni desde luego la presunción de inocencia.»

    La posición de las víctimas en el delito de trata de seres humanos en el proceso penal · MARIA DOLORES HERNANDEZ RUEDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 33 · con fórmula de valoración

    «dictada en interpretación del art. 2 de la Directiva 98/59, y que niega la cualidad de empresario a la empresa matriz en los grupos de empresa, aún para el caso de que la decisión extintiva fuese decidida por aquélla". c) Por lo que respecta a la carga de la prueba, resulta interesante la STSJ de Galicia de 12-2-2016 (rec. 5232/15), que exige la carga de la prueba de la verdadera naturaleza de los vínculos societarios a la empresa, siempre que consten en autos "circunstancias suficientes que ponen de manifiesto la concurrencia de relaciones y coincidencias que puedan ir mucho más allá de las ordinarias y normales relaciones de mercado entre dos empresas distintas y con personalidad jurídica propia y diferenciada".»

    Los problemas de concurrencia de la responsabilidad empresarial (subcontratas, cesión, grupos, empresas multiservicios, deslocalización). Reseña de pronunciamientos judiciales · LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 34 · con fórmula de valoración

    «2. Hay que señalar que en cuanto a la presunción de inocencia, y en orden a su vulneración, la doctrina de esta Sala (por todas STS. 16.4.2003) precisa, que se debe comprobar si hay prueba en sentido material (prueba personal o real); si estas pruebas son de contenido incriminatorio; si ha sido constitucionalmente obtenida, esto es, si accedió lícitamente al juicio oral; si ha sido practicada con regularidad procesal; si es suficiente para enervar la presunción de inocencia; y finalmente si ha sido racionalmente valorada por el Tribunal sentenciador. Más allá no se extiende nuestro control cuando de vulneración de presunción se trata.»

    Últimos pronunciamientos jurisprudenciales sobre la dispensa del deber de declarar por parentesco · ANTONIO DEL MORAL GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En la STC 220/2006 (ponente Delgado Barrio) también se señala que el decomiso tiene naturaleza esencialmente económica y que en su determinación no cabe aplicar el principio de presunción de inocencia, aplicable únicamente a la declaración de culpabilidad. Los problemas que pueda plantear habrán de serlo desde la óptica del derecho a un proceso justo y el derecho a la tutela judicial efectiva. La línea roja que no debe traspasarse, a tenor de lo señalado por la STEDH de 1 de marzo de 2007, caso Geerings contra Países Bajos, se produce en supuestos de absolución. En dicho asunto se declaró contrario al principio de presunción de inocencia el decomiso ampliado acordado por los tribunales de los Países Bajos en un supuesto en el que el sujeto había sido absuelto en el correspondiente proceso penal:»

    Conclusiones del Seminario La Nueva Regulación del Comiso. Madrid, del 1 al 3 de junio de 2016 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2016 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 39 · con fórmula de valoración

    «El propio Estatuto se encarga en la segunda parte de la oración de frustrar las expectativas de parte de la doctrina de fijar con carácter imperativo y necesario la preconstitución del testimonio en caso de menores e incapaces cuando afirma "podrán ser reproducidos en el juicio en los casos y condiciones determinadas por la Ley de Enjuiciamiento Criminal". Si no son reproducidas, el testimonio en instrucción no podrá servir de medio de prueba de cargo que desvirtúe el principio de presunción de inocencia y en ese caso la grabación resultará absurda.»

    La protección de la víctima en el Estatuto aprobado por la Ley 4/2015, de 27 de abril · JOAQUIN YUST ESCOBAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 28 · con fórmula de valoración

    «Como es el caso de las numerosas personas víctimas de trata seducidas que "caen en la trampa" debido a las falsas promesas, la información errónea o incompleta sobre las regulaciones migratorias o actuaban llevados por la desesperación económica o la violencia extrema. En estos casos, la libertad de elección, decía el informe, se encontraba tan deteriorada que debía cuestionarse la voluntariedad de la "transacción". También existen dificultades para que el testimonio de estas víctimas resulte creíble y válido como prueba de cargo hábil para desvirtuar el principio de presunción de inocencia.»

    La trata de seres humanos. El derecho y la esclavitud en el siglo XXI · INMACULADA MONTALBAN HUERTAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 96 · con fórmula de valoración

    «probatoria sobre la cual el órgano competente pueda fundamentar un juicio razonable de culpabilidad. La carga de la prueba corresponde a quien acusa, a la Administración, sin que nadie esté obligado a probar su propia inocencia; y cualquier insuficiencia en el resultado de las pruebas practicadas debe traducirse en un pronunciamiento absolutorio (STC 138/1990). Tampoco en la vía de impugnación contencioso-administrativa se produce, para el sancionado recurrente, un desplazamiento de la carga de la prueba.»

    Módulo V. Potestad sancionadora de la Administración · RAFAEL FERNANDEZ MONTALVO · Formación a Distancia · 2016 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «La segunda garantía es el derecho de audiencia y de defensa (así lo establece el actual art. 135 de la Ley 30/1992). La tercera garantía es el respeto a la presunción de inocencia (así lo recoge el actual artículo 137.1 de la Ley 30/1992). La regla de la presunción de inocencia cede cuando se parte de hechos declarados probados por resoluciones judiciales penales firmes, las cuales vincularán alas Administraciones Públicas respecto de los procedimientos sancionadores que sustancien.»

    Tema 6. Parte especial del Derecho administrativo: distintos ámbitos de la actividad administrativa en relación con la competencia de los juzgados de lo C-A: potestad sancionadora de la Administración. Función pública. Urbanismo. Extranjería. Actividad administrativa de limitación: autorizaciones y licencias. Acción administrativa en medio ambiente: competencias de las CCAA y de los entes locales · MARIA YOLANDA DE LA FUENTE GUERRERO · Formación a Distancia · 2016 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «a) Inaplicación de la presunción de inocencia. También se ha mantenido por la Sala que en materia de RP es inaplicable la presunción de inocencia, porque tal principio únicamente tiene asiento en la esfera jurídico-penal, y no en la esfera civil-laboral de incumplimientos contractuales del deber de seguridad asumido por el empleador; y Castro Fernández, Luis Fernando de Tres cuestiones de interés sobre el recargo ...»

    Tres cuestiones de interés sobre el recargo de prestaciones · LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Se ha dicho por la doctrina que "las normas sobre carga de la prueba establecen reglas de juicio para el Juez y al mismo tiempo suponen reglas de conducta para las partes. Son normas procesales reguladoras de la sentencia ya que su función principal es indicar al Juez, ante una afirmación de hecho no probada, cuál de las partes debe sufrir las consecuencias de la falta de prueba, a fin de cumplir con el deber inexcusable de resolver que se le impone (prohibición del non liquet , arts. 1.7 CC y 11.3 LOPJ, en relación con art. 24.1 CE)". (Ver Jorge GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, en "Accidente de trabajo y carga de la prueba", Cuadernos Digitales de Formación , 24-2013).»

    Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: principios básicos y especialidades sobre la carga de la prueba · MATILDE ARAGO GASSIOT · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «El canon empleado por el Tribunal Constitucional para determinar cuándo un testimonio prestado sin contradicción puede ser prueba de cargo no es el de la atribución al propio imputado de la falta de contradicción, sino el de no atribución al órgano judicial , criterio más holgado y que acogerá más supuestos de prueba de cargo sin contradicción total, pero valorable; por ejemplo, cuando la declaración tiene lugar sin la presencia del acusado y su defensa por hallarse la causa bajo secreto de sumario, o cuando se efectúa en una fase procesal en la que el sujeto a quien apunta la incriminación aún no ha adquirido la condición de imputado.»

    Análisis de cuestiones que plantea la prueba en los delitos de trata de seres humanos · LOURDES GARCIA ORTIZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Como es el caso de las numerosas personas víctimas de trata seducidas que "caen en la trampa" debido a las falsas promesas, la información errónea o incompleta sobre las regulaciones migratorias o actuaban llevados por la desesperación económica o la violencia extrema. En estos casos la libertad de elección, decía el informe, se encontraba tan deteriorada que debía cuestionarse la voluntariedad de la "transacción". También existen dificultades para que el testimonio de estas víctimas resulte creíble y válido como prueba de cargo hábil para desvirtuar el principio de presunción de inocencia.»

    El derecho y la esclavitud en el siglo XXI · INMACULADA MONTALBAN HUERTAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración

    «Se debe evitar que la declaración de la víctima sea la única prueba de cargo, no sólo por lo ya tratado respecto a las dificultades de la víctima para denunciar, también por la credibilidad que se concede a su testimonio. Además, su declaración, sin más, contradictoria con la del imputado o acusado, no será suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del mismo, salvo que esté dotada de la credibilidad exigida por el TS: ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del testimonio y persistencia en la incriminación. Andreu Arnalte, Carmen Investigación y acreditación de delitos de ...»

    Investigación y acreditación de delitos de odio y discriminación · CARMEN ANDREU ARNALTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 33 · con fórmula de valoración

    «La inversión de la carga de la prueba acontece cuando se altera la distribución de la carga probatoria (art. 217.2 y 3 LEC), lo que ocurre cuando: a) El juez lo acuerda atendiendo a la disponibilidad y facilidad probatoria de las partes (LEC art. 217.6; STC 144/2006; SSTS de 2 de noviembre de 1990 y 11 de junio de 2013 [R. 1829/2012]). Concretándose, por ejemplo, en la inversión de las cargas probatorias, si la parte demandada no aportó el convenio, en que se fundamenta la demanda, no pudiendo acceder al mismo el trabajador, sin que ello quiebre el principio de igualdad de armas (STSJ Madrid de 6 de febrero de 2006).»

    La prueba en el proceso laboral y derechos fundamentales · JOSE MANUEL LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Aun no siendo abundantes, existen algunas resoluciones judiciales en torno a la responsabilidad derivada de los ensayos clínicos con medicamentos, en los que se aborda la interpretación de los preceptos indicados en el apartado anterior y se analiza la cuestión relativa a la carga de la prueba, dado el principio de inversión de la carga probatoria que se contempla en el apartado 2 del artículo 61 de la Ley 29/2006. Es el caso, en primer término de la Sentencia de la Sección 9.a de la Audiencia Provincial de Valencia de 30 de junio de 2003 (43).»

    Las responsabilidades médicas y su aseguramiento · PURIFICACION MARTORELL ZULUETA · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «Civil, se precisa por el ponente que, tratándose de daños materiales, la solución es la misma, porque no se habrá probado por ninguno que ha actuado con plena diligencia, si lo probara, con la inversión de la carga de la prueba que rige respecto de los daños materiales, se le eximiría de responsabilidad. Aunque la sentencia no trató los daños materiales, a su juicio se entiende así. La responsabilidad por daños materiales es también objetiva, en la que se introduce un criterio subjetivo de culpa por vía de la inversión de la carga de la prueba.»

    Conclusiones del Encuentro de la Sala Primera del Tribunal Supremo con Magistrados de las Audiencias Provinciales. Madrid, del 13 al 15 de marzo de 2013 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2013 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Sobre esta cuestión del onus probandi , expuso la coordinadora del curso que la mayor parte de las audiencias (a título de ejemplo, SSAP de Málaga de 28 de abril de 2011 y de Pontevedra de 6 de septiembre de 2011) siguen el criterio de entender que la carga de la prueba sobre la finalidad de la inversión sigue siendo del vendedor.»

    Conclusiones del Seminario Vivienda y Crisis Económica. Problemas Derivados de la Aplicación de la Ley 57/1968. Madrid, del 13 al 15 de febrero de 2013 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2013 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «Y dos, la relativa a los daños materiales, en cuya imputación ya no rige el principio de responsabilidad cuasiobjetiva, sino el de responsabilidad subjetiva del artículo 1902 del Código civil 116 y 117 del Código penal, sistema de imputación que resulta absolutamente incompatible con la naturaleza y con los medios de oposición que se regulan en el referido procedimiento de ejecución, ya que mientras en éste impera la inversión de la carga probatoria, siendo la ejecutada la que ha de probar la culpa exclusiva del perjudicado o víctima, la concurrencia de culpas o la fuerza mayor, en el ámbito del artículo 1902 del Código civil, aplicado a la responsabilidad civil derivada de los accidentes de tráfico, es el demandante quién ha de demostrar la concurrencia de los requisitos que dan virtualidad a dicho precepto, no produciéndose inversión alguna sobre la carga de la prueba, lo cual excede s»

    Problemática del título de cuantía máxima · MARIA JESUS ALARCON BARCOS · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 34 · con fórmula de valoración

    «En efecto, la cumplimentación del principio acusatorio requiere que las partes acusadoras describan de forma clara y precisa los hechos que se imputan al acusado. Ello impone que no se utilicen palabras vagas, ambiguas o valorativas que configuren una imputación indeterminada por un defecto patente en la denotación o delimitación fáctica de la conducta que se le atribuye al acusado. Pues, de ser así, este no conocería los hechos concretos que se le atribuyen y no podría refutarlos cuestionando la prueba de cargo ni aportar tampoco la prueba de descargo que estimara pertinente y necesaria para sus intereses de defensa.»

    Actualización y unificación de criterios en materia de violencia de género I · MANUEL CARLOS GROSSO DE LA HERRAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →