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Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 401 al 420
Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración
«Como ha señalado el profesor Díez-Picazo (2011: 2901-2903), lo que debe determinar la inversión de la carga de la prueba es, más bien, la complejidad técnica, o tecnológica, si se prefiere hablar así, del proceso factual que ha conducido a un daño, cuando es complejo y resulta inasequible o muy difícilmente accesible para el perjudicado, así cabe invertir la carga de la prueba sobre la causa (debiendo probar que fue otra la causa para exonerarse) o sobre la culpabilidad (el causante habría actuado diligentemente).»
El sistema de responsabilidad civil ante la inteligencia artificial · FRANCISCO JAVIER MENENDEZ ESTEBANEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración
«Finalmente, se establece en el artículo 18 del Reglamento Roma I una regla en materia de carga de la prueba y presunciones legales, señalando que la ley que rija la obligación contractual se aplicará asimismo a las normas que establezcan presunciones legales o determinen la carga de la prueba respecto de tal contrato. Puig Blanes, Francisco de Paula Empresas trasnacionales desde la ...»
Empresas trasnacionales desde la perspectiva del derecho civil · FRANCISCO DE PAULA PUIG BLANES · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 35 · con fórmula de valoración
«"En el presente caso, la parte recurrente sitúa la quiebra del derecho a la presunción de inocencia en la falta de acreditación de que el acusado [...] era en el momento del enjuiciamiento, no en el de la comisión del hecho por el que él ha sido acusado, representante o administrador de la persona jurídica condenada. Es discutible que esa objeción esté relacionada con el ámbito material del derecho a la presunción de inocencia. Es quizás el contenido del tercero de los motivos -bajo el epígrafe de una hipotética vulneración del principio de proscripción de toda indefensión- el que más conexión presenta con el derecho que ahora se estima vulnerado.»
Fundamentos de la responsabilidad penal de las personas jurídicas · ANDRES MARTINEZ ARRIETA · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración
«Es necesario precisar las premisas externas e internas sobre las que se funda la declaración de hechos probados. 7. Para destruir la presunción de inocencia debe valorarse de forma motivada la información probatoria de forma completa, relevante no solo para medir el cumplimiento del deber de motivación que impone el art. 120 CE, sino también para constatar la adecuada protección objetiva del derecho a la presunción de inocencia y, en íntima conexión con este, del derecho a la libertad de la persona acusada ( vid. STS 804/2012, de 17 de octubre). González Clavijo, José Ramón Motivación y daño moral en la ...»
Motivación y daño moral en la responsabilidad civil derivada del delito · JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 26 · con fórmula de valoración
«Implica términos de razonabilidad o probabilidad que conectan con la causalidad natural y jurídica y los criterios denominados de imputación objetiva, el criterio de la adecuación o causa adecuada (la conducta en términos de probabilidad es apta para producir el daño) y del fin de protección de la norma (la norma infringida evitaría el daño producido). Se matiza, pues, solo levemente la carga de la prueba en el nexo de causalidad. En palabras de la catedrática de derecho civil Navas, cuya opinión suscribo, "se aligera para la víctima la carga de la prueba, pero un poquito".»
Tema 7. Responsabilidad civil e inteligencia artificial · MARIA PILAR ASTRAY CHACON · Formación a Distancia · 2025 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Sobre la carga de la prueba: se aplica la inversión de la carga de la prueba porque el mero hecho del registro por el proveedor de la utilización del instrumento de pago no es suficiente para demostrar que la operación de pago fue autorizada por el ordenante ni que este ha actuado de manera fraudulenta o incumplido deliberadamente o por negligencia grave una o varias de sus obligaciones, correspondiendo al proveedor la prueba de que el usuario del servicio de pago cometió fraude o negligencia grave.»
Tema 8. Responsabilidad en supuestos de suplantación de identidad digital: Phishing · ANA DEL SER LOPEZ · Formación a Distancia · 2025 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración
«Por consiguiente, si a raíz de la prueba de cargo y de descargo se suscita una duda razonable en el tribunal acerca de si la víctima del hecho consintió o no realizar actos de naturaleza sexual, la aplicación del principio in dubio pro reo impondrá el dictado de una sentencia absolutoria o, en caso de no superar el juicio de acusación, el sobreseimiento de las actuaciones. No es ocioso apuntar aquí que, en los casos en que las denuncias por agresión sexual pasan los filtros del juicio de acusación, el porcentaje de sentencias condenatorias por apreciarse prueba de cargo suficiente en la declaración de la víctima es abrumadoramente superior al de las absolutorias.»
El delito de agresión sexual. Elementos que integran su vigente configuración normativa · IGNACIO JOSE FERNANDEZ SOTO · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Como es evidente, la presunción de inocencia obliga a que la acusación -que no la víctima, que solo tiene las obligaciones que le impone la ley de comparecer y declarar- tenga la carga de acreditar los hechos constitutivos de delito y ello incluye la ausencia de consentimiento. La prueba de tal hecho girará en torno a la declaración de la víctima que, aunque sea testimonio único, no por ello carece de virtualidad como prueba de cargo.»
El delito de agresión sexual. Elementos que integran su vigente configuración normativa · IGNACIO JOSE FERNANDEZ SOTO · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración
«Si, como decía el profesor Diez-Picazo (2011: 2900), no hay dos reglas o dos variantes en la imputación subjetiva de responsabilidad culpa/riesgo, sino tres (la tradicional, que es la antigua responsabilidad por culpa; la regla de la presunción de culpa y la atribución de la carga de la prueba de la diligencia al demandado, y la genuina responsabilidad por riesgo, en la actualidad, cuando se produzcan daños por sistemas de inteligencia artificial), con carácter general habría que acudir a la responsabilidad por culpa, con presunción de esta e inversión de la carga de la prueba.»
El sistema de responsabilidad civil ante la inteligencia artificial · FRANCISCO JAVIER MENENDEZ ESTEBANEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración
«Como ha señalado el profesor Diez-Picazo (2011: 2901-2903), lo que debe determinar la inversión de la carga de la prueba es, más bien, la complejidad técnica o tecnológica, si se prefiere hablar así, del proceso factual que ha conducido a un daño cuando es complejo y resulta inasequible o muy difícilmente accesible para el perjudicado. Así, cabe invertir la carga de la prueba sobre la causa (debiendo probar que fue otra la causa para exonerarse) o sobre la culpabilidad (el causante habría actuado diligentemente).»
El sistema de responsabilidad civil ante la inteligencia artificial · FRANCISCO JAVIER MENENDEZ ESTEBANEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Consecuencia: se deniega a la trabajadora la prestación reclamada. La STJUE de 19 de octubre de 2017 concluyó que resultan aplicables a la evaluación de riesgos las reglas sobre distribución de la carga de la prueba contempladas en el artículo 19 de la Directiva 2006/54/CE. En aplicación de las razones expuestas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la STJUE de 19 de octubre de 2017, esta obligación empresarial y el poder discrecional de la empresa quedan condicionados, ya que la medida adoptada no puede suponer la traslación a la trabajadora de la carga de la prueba sobre la situación de riesgo.»
La aplicación de la perspectiva de infancia y adolescencia en las prestaciones de la Seguridad Social · LOURDES SANCHEZ PUJALTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración
«8. La STJUE de 19 de octubre de 2017, caso Otero Ramos, asunto C-531/15, concluyó que resultan aplicables a la evaluación de riesgos las reglas sobre distribución de la carga de la prueba contempladas en el artículo 19 de la Directiva 2006/54/CE. En aplicación de las razones expuestas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la sentencia, esta obligación empresarial y el poder discrecional de la empresa quedan condicionados, ya que la medida adoptada no puede suponer la traslación a la trabajadora de la carga de la prueba sobre la situación de riesgo.»
Perspectiva de género, de la infancia y el interés superior del menor: ¿por qué es necesaria su aplicación? · LOURDES SANCHEZ PUJALTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 26 · con fórmula de valoración
«Implica términos de razonabilidad o probabilidad que conectan con la causalidad natural y jurídica y los criterios denominados de imputación objetiva, el criterio de la adecuación o causa adecuada (la conducta en términos de probabilidad es apta para producir el daño) y del fin de protección de la norma (la norma infringida evitaría el daño producido). Se matiza, pues, solo levemente la carga de la prueba en el nexo de causalidad. En palabras de la catedrática de derecho civil Navas, cuya opinión suscribo, "se aligera para la víctima la carga de la prueba, pero un poquito".»
Tema 7. Responsabilidad civil e inteligencia artificial · MARIA PILAR ASTRAY CHACON · Formación a Distancia · 2024 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 18 · con fórmula de valoración
«En tales casos, si a mayor abundamiento se certifica, insistentemente, por aquella empresa que la carta litigiosa no aparece como "devuelta", lo racional y razonable, con arreglo a las normas de la sana crítica y a las máximas de experiencia, es concluir que llegó a poder de su destinatario y que este conoció su contenido, por lo que no puede ahora excusarse en un presunto incumplimiento por la demandada de uno de los presupuestos legales que hacen viable la acción que ejercita; incumplimiento que, para la sala, como para la juez de instancia, no se evidencia.»
Intromisión ilegítima en el derecho al honor por inclusión en ficheros de solvencia patrimonial. Evolución de criterios jurisprudenciales · PABLO RODRIGUEZ GONZALEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«bis CP). Además, en este marco de compliance hay que destacar que la adhesión a códigos de conducta permite efectuar una ponderación, en cuanto a la carga probatoria del incumplimiento. Según el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sus conclusiones de la STJUE, de 27 de abril de 2023, caso VB contra Natsionalna agentsia za prihodite, asunto C-340/21 (en adelante, sentencia del caso VB): en cuanto a los parámetros para ponderar la responsabilidad del responsable en el tratamiento de datos, se valorará la adopción de códigos de conducta o mecanismos de certificación a efectos de la satisfacción de la carga de la prueba y del consiguiente control judicial. Sin embargo, ha de precisarse que:»
La protección del informante y los canales de denuncia en la Ley 2/2023, de 23 de febrero · RAQUEL VICENTE ANDRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 18 · con fórmula de valoración
«En el escrito de recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el magistrado presidente del tribunal del jurado, la defensa del condenado en instancia, como apelante, plantea dos motivos: el primero, por quebrantamiento de normas y garantías procesales, por el que en la parte final del motivo interesa el sobreseimiento provisional y el cese de la prisión provisional del condenado en instancia, y en el final del recurso la nulidad de la entrada en el piso y diligencias derivadas de esta por supuesta quiebra de cadena de custodia; y, el segundo, por vulneración del principio de presunción de inocencia, habida cuenta de que de la prueba practicada no existe base razonable para la condena, e interesa así la absolución.»
Las cuestiones previas y la conformidad en el procedimiento de jurado · ELENA CONTRERAS GALINDO · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración
«En el art. 8.1 ET se preceptúa que el contrato de trabajo "[s]e presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquel". Lo esencial debe ser que las partes contratantes y, en especial, los órganos jurisdiccionales tengan claro que es a la persona que suministra trabajo a otra a cambio de una remuneración a la que incumbe la carga de la prueba de que la relación no es laboral o que, en la disyuntiva, entre relación laboral u otra de pretendida distinta naturaleza, el que suministra el trabajo asume también la referida carga de la prueba.»
Rasgos definitorios del contrato de trabajo: ajenidad y dependencia. Presunción de laboralidad · FERNANDO SALINAS MOLINA · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«A este respecto, no resulta ocioso reiterar los criterios contenidos en la STS de 3 de mayo de 2.006, según la cual la sentencia debe expresar un estudio <<lo suficientemente preciso del catálogo probatorio, de su valoración respectiva y de su decisión, de suerte que una sentencia cuya decisión sólo esté fundada en el análisis parcial de sólo la prueba de cargo, o sólo la prueba de descargo, no daría satisfacción a las exigencias constitucionales del derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el art. 24 de la C.E.»
Recurso de casación: diálogo entre tribunales. Aspectos procesales (2023) · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración
«Tema aparte es el de la carga de la prueba. Sobre este tema se ha de tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 60.7 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (4), que en su momento traspuso la Directiva 97/80/CE del Consejo de 15 de diciembre de 1997 relativa a la carga de la prueba en los casos de discriminación por razón de sexo (artículo 4), luego sustituida por la Directiva 2006/54/CE (actual artículo 19). El mencionado artículo 60.7 dice:»
Aplicación y tratamiento del derecho a la igualdad de hombres y mujeres en materia de empleo público en el ámbito contencioso-administrativo · ANA MARIA PEREZ TORTOLA · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración
«En estos casos operan las reglas generales de la carga de la prueba, que incumbe a quien pretende la nulidad de la cláusula. En definitiva, la cuestión debe zanjarse considerando que el control de cognoscibilidad de los arts. 5 y 7 LCGC queda superado (salvo prueba en contrario) por la habitual redacción clara y comprensible de la cláusula. Se descarta la introducción sorpresiva y contraria a la buena a la fe, hecho cuya acreditación incumbiría a la parte que lo alega, de acuerdo con las normas más esenciales de carga de la prueba (artículo 217 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil).»
Cuestiones prácticas habituales en los juzgados especializados en nulidad de condiciones generales de la contratación en préstamos hipotecarios · AMAIA DEL CID MADARIAGA · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →