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Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 361 al 380
Valoración de la prueba en general · pág. 19 · con fórmula de valoración
«Las exigencias de racionalidad en la valoración de la prueba no pueden ceder porque el objeto de la valoración sea el testimonio de una persona producido en condiciones de inmediación. Debo reiterar que la inmediación no puede confundirse con la valoración de la prueba ni menos aún con la justificación de la misma.»
Exigencias éticas y motivación · JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Por el contrario, la Sección 2. a de la Sala Tercera ha admitido la posibilidad de revisar en casación los hechos ya probados, y, por tanto, de discutir la valoración de la prueba realizada por el órgano judicial que dictó la resolución impugnada ya que el objeto de la casación en estos casos es revisar si el Tribunal a quo efectuó el debido control sobre la concurrencia de los requisitos establecidos, entre ellos el requisito de identidad de situaciones jurídicas, lo que exige que la Sala Tercera pueda examinar los hechos que se deducen de las actuaciones, sin que, por tanto, quede vinculada a la valoración de la prueba realizada en la instancia (43).»
La extensión de efectos en el proceso contencioso-administrativo: una institución en crisis · RAMON CASTILLO BADAL · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Y otro segundo es la existencia de una justificación en el Considerando (30) del Preámbulo donde se afirma, en apretada esencia, que "la adopción de normas sobre la carga de la prueba tiene una gran importancia para garantizar el respeto efectivo del principio de igualdad de trato" , que "deben adoptarse disposiciones para garantizar que la carga de la prueba recaiga en la parte demandada cuando a primera vista haya un caso de discriminación" , que "la apreciación de los hechos de los que pueda resultar la presunción de haberse producido una discriminación directa o indirecta sigue correspondiendo al órgano nacional competente" , y que "(es admisible) un régimen probatorio que resulte más favorable".»
La legislación comunitaria sobre la carga de la prueba y el acceso a la justicia en los casos de discriminación por razón de sexo · JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA · Revista del Poder Judicial · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«La Ley 38/1999, de 5 noviembre (BOE 6 noviembre 1999, núm. 266/1999), como ya se ha adelantado, modificando el principio general sobre carga de la prueba establecido en el artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece legalmente el principio de inversión de la carga de la prueba en las reclamaciones que se formulen al amparo de dicha normativa (así lo refiere SEIJAS QUINTANA, J.»
La subcontratación en la edificación. Aspectos civiles. Bolsa de investigación CGPJ/Fundación Wellington 2007. II · MIGUEL PASQUAU LIAÑO / MARIA JOSE RIVAS VELASCO / VICENTE JESUS TOVAR SABIO · Monografías · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración
«Al examinar la estructura formal de la sentencia aludí a la exigencia ineludible de formular declaración de hechos probados cuando hubiese contradicción respecto de ellos, y ahora me voy a referir, al hilo de la motivación fáctica, a la valoración de la prueba, que no sólo ha de efectuar el juzgador sino que, como exige el artículo 218.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debe dejar constancia de ella a fin de conocer si se ha ajustado a las reglas del criterio humano o de la sana crítica, como señalaban, respectivamente, el Código Civil y la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil, o de la lógica y la razón, según dispone el precepto que comentamos, y, en todo caso, para saber si efectivamente de las pruebas cabe deducir el hecho que se estima probado.»
La terminación del proceso por sentencia y su unívoco significado · JESUS ERNESTO PECES MORATE · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 43 · con fórmula de valoración
«a juicio del TEDH ha de concluirse que el que la carga de la prueba resida en el acusado, no excede de los límites razonables. La segunda etapa del procedimiento supone el cálculo del valor de las ganancias conseguidas disponibles en la actualidad por el demandante. La legislación en esta etapa no exige al Tribunal que realice ninguna presunción respecto a la anterior actividad criminal. La carga de la prueba en esta etapa reside en el acusado para establecer conforme al standard civil que la cantidad que pudo ser conseguida era menor que la cantidad valorada como beneficio. Al respecto, los demandantes eligieron pruebas orales relatando sus ganancias.»
Límites en la investigación de los delitos conforme a la doctrina del TEDH · JACOBO BARJA DE QUIROGA LOPEZ · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 26 · con fórmula de valoración
«En consecuencia, en la línea de la citada doctrina de la DGRN, tendrá una gran relevancia la aplicación del principio inquisitivo, de modo que en materia de carga de la prueba el encargado puede contar con un amplio campo de actuación. Ello se fundamenta en el artículo 351 del Reglamento del Registro Civil, en el que se indica que "la certeza de los hechos será investigada de oficio", sin perjuicio de la carga de la prueba que incumba a los particulares, como tributo del principio de concordancia del Registro con la realidad extrarregistral.»
Matrimonio civil: la tramitación del expediente y la problemática de los enlaces de conveniencia · JOAQUIM BOSCH GRAU · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 19 · con fórmula de valoración
«Como complemento de la presunción de inocencia, el principio in dubio pro reo, impide que el tribunal, al valorar las pruebas, resuelva las dudas, cuando realmente puede tenerlas, eligiendo el supuesto más perjudicial para el acusado. El sistema penal propio de un Estado Democrático de Derecho, basado en principios que reconocen derechos individuales, y entre ellos el derecho a la presunción de inocencia no puede asumir la condena de los inocentes, aun cuando ella sea a costa, de confirmar en ocasiones la absolución de algunos que pudieran ser culpables.»
Seguridad vial y Derecho penal: los nuevos pronunciamientos jurisprudenciales sobre los viejos delitos contra la seguridad vial y los primeros pronunciamientos jurisprudenciales sobre los últimos delitos contra la seguridad vial · ROSARIO DE VICENTE MARTINEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración
«Aunque la STS 2 febrero 1993 rechazaba la aplicación de dicha regla (que confundía explícitamente con la inversión de la carga de la prueba), lo cierto es que la aplicado sin problemas en las SSTS 12 julio 1988 (34) y 9 diciembre 1998 (35). 2.o No existen grandes diferencias entre el criterio que acabo de exponer y la clásica prueba de presunciones que contemplaba el lamentablemente derogado artículo 1253 del CC (de un hecho cierto y probado, se deduce otro, con el que existe un enlace preciso y directo), como vehementemente ha demostrado DIAZ REGAÑON (36).»
Doctrina general de la llamada culpa médica · EUGENIO LLAMAS POMBO · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración
«En fin, es bien sabido que la valoración probatoria no admite pautas legales de decisión sobre el fondo, que es por lo que las leyes procesales establecen sólo reglas que disciplinan en exclusiva el uso de los medios probatorios; y por lo que en aquella materia rige el principio de libre convicción, durante largo tiempo entendido de manera aberrante por los jueces y tribunales, como consagador, no sólo de la inexistencia de reglas jurídicas de valoración probatoria, sino de la inexistencia de cualquier clase de reglas en este campo. La consideración rigurosa de este principio lleva necesariamente a la dimensión epistémica del enjuiciamiento.»
Imparcialidad judicial e independencia judicial · PERFECTO AGUSTIN ANDRES IBAÑEZ · Estudios de Derecho Judicial · 2008 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 26 · con fórmula de valoración
«El Tribunal recuerda a este respecto que en el campo penal, el problema de la aportación de pruebas debe estar enfocado de manera especial desde la perspectiva del art. 6.2 que exige, entre otras cosas, que la carga de la prueba corresponda a la acusación (Barberá, Messegué y Jabardo c. España, sentencia de 6 de diciembre de 1988, serie A n.° 146, párrafos 76-77). En consecuencia el razonamiento de la Comisión de apelación en materia de detención preventiva se demuestra incompatible con el respeto a la presunción de inocencia".»
Incidencia de la reforma penal de 2003 en la jurisdicción de vigilancia penitenciaria (abono de prisión preventiva; trastorno mental sobrevenido) · ANTONIO DEL MORAL GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 29 · con fórmula de valoración
«En la Sentencia 53/2006, de 30 enero, se declara que para considerar enervada la presunción de inocencia es preciso que exista prueba de cargo que, como primer requisito, ha de ser una prueba válida. El art. 11.1 de la LOPJ establece una prohibición de valoración de aquellas pruebas que se hayan obtenido, directa o indirectamente, violentando derechos fundamentales. Prohibición que además tiene su origen en los mismos derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.»
Análisis de cuestiones de interés abordadas por la jurisprudencia penal en relación al delito contra la salud pública en la modalidad de tráfico de drogas · CARLOS GRANADOS PEREZ · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración
«Un método que se vio favorecido con la doctrina del control de los hechos determinantes frente a la discrecionalidad, y que obliga a la disciplinada aplicación de la sana crítica en la valoración de la prueba para no incurrir en la contradicción al principio de "interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos", también del judicial (art. 9.3 de la Constitución Española).»
El control judicial de la actuación administrativa en materia ambiental · ALFONSO PEREZ MORENO · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración
«Pese a las críticas y recelos por parte de quienes veían en la reforma una desnaturalización de la casación, convertida en una suerte de segunda instancia, el legislador trataba sólo de remediar la arbitrariedad en la apreciación de la prueba, propiciada por una interpretación abusiva del principio de libre valoración, erróneamente identificado con la liberación de toda traba para valorar la prueba. El recurso, limitado por el principio de inmediación, dejaba fuera la revisión de valoración de pruebas que supusieran la percepción sensorial inmediata del Tribunal que sin embargo subsiste cuando se trata de documentos incorporados a la causa que el Tribunal superior puede examinar directamente.»
El recurso de casación en el futuro sistema general de doble instancia · CONSUELO MADRIGAL MARTINEZ-PEREDA · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración
«Según el Principio 2.o de la Recomendación (2003)13, de 10 de julio de 2003, del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre la difusión de informaciones por los medios de comunicación en relación con los procedimientos penales, "el respeto del principio de la presunción de inocencia forma parte integrante del derecho a un proceso justo. En consecuencia, las opiniones y las informaciones relativas a los procesos penales en curso solamente deberían ser comunicadas o difundidas a través de los medios de comunicación cuando no atente a la presunción de inocencia del sospechoso o del acusado".»
Instrucción y medios de comunicación · JOAQUIN DELGADO MARTIN · Manuales de Formación Continuada · 2007 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Ello supone que la apelación del condenado -además de a la aplicación del Derecho sustantivo y procesal- alcanzará a los hechos fijados por el tribunal de primer grado a fin de verificar que no se ha lesionado su derecho a la presunción de inocencia, lo que implica comprobar que la condena se ha basado en verdaderas pruebas de cargo, lícitamente obtenidas y practicadas regularmente, y a la regla de juicio derivada del principio de certeza moral, esto es, a la correcta aplicación del principio "in dubio pro reo", lo que se contrae al control del juicio lógico llevado a cabo por el iudex a quo .Sin embargo, cuando los apelantes son los acusadores se podrá discutir en el recurso con toda extensión la aplicación del Derecho sustantivo y procesal, pero en principio los hechos no podrán ser sometidos a la consideración del tribunal de apelación, cuya decisión se contrae a comprobar el cumplimi»
La apelación contra sentencias absolutorias · EMILIO DE LLERA SUAREZ-BARCENA · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«En suma, es cierto que cada día la aplicación de este principio general es menor, pero también lo es que el contrato de trabajo continúa evidenciando la existencia de una relación de desequilibrio entre empresarios y trabajadores, por mucho que la representación y negociación colectivas, al igual que la actividad sindical, hayan contribuido a paliar en buena medida dicha situación, por lo que si bien no cabe cuestionar que se trate, hoy en día, de un principio de naturaleza más procesal que sustantiva (Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 1984), y que el mismo va dirigido básicamente a la interpretación de las normas, con todo, también debe aplicarse en supuestos específicos que afecten a la valoración de la prueba, sobre todo, en materia disciplinaria, donde la doctrina constitucional se ha decantado, con razón, por la inaplicación del principio de garant»
Pasado, presente y futuro del Derecho laboral sustantivo. Instituciones en desuso y nuevas tendencias. Especial consideración de su tratamiento por la doctrina jurisprudencial · JUAN MIGUEL TORRES ANDRES · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«La falta de tales documentos debe valorarse en sede de disponibilidad y facilidad probatoria, y no en sede de las reglas generales sobre el «onus probandi». También desde este punto de vista, y no tanto desde la perspec-tiva del sistema objetivo de responsabilidad y del principio de inversión de la carga de la prueba, entendemos que es la Adminis-tración sanitaria quien únicamente tiene la disponibilidad y facili-dad de probar que la asistencia prestada fue la correcta o, dicho en otras palabras, que el funcionamiento del servicio es el normal.»
Fundamentos dogmáticos de la responsabilidad patrimonial de la Administración en la jurisprudencia. Bolsa de investigación CGPJ/Fundación Wellington 2005. Vol. II · DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA / FRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS · Monografías · 2006 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración
«alguno de hepatitis, afirmaciones todas ellas de circunstancias fácticas realizadas por el Tribunal de instancia y que no pueden eficazmente combatirse por el motivo casacional invocado por la recurrente, sin que concurra la identidad de supuestos de hecho con los contemplados en las sentencias que la recurrente aduce, aparte de que tampoco el citado motivo es el instrumento adecuado para invocar una indebida aplicación de las reglas de la carga de la prueba, basada en que, conforme al criterio de la recurrente, era la Administración demandada la que debería probar la supuesta causa de fuerza mayor, siendo así que la existencia del nexo causal como elemento determinante de la responsabilidad constituye carga probatoria de quien reclama el reconocimiento de la responsabilidad administrativa".»
Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas (Segundo trimestre de 2006) · RAFAEL FERNANDEZ MONTALVO · Revista del Poder Judicial · 2006 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«La presunción de inocencia, además de una regla de juicio, que impone a los jueces determinadas cargas formales y materiales de validación/valoración de la prueba, es un derecho fundamental del ciudadano, que como todos los derechos en caso de lesión, activa garantías omecanismos reaccionales de protección. El juez de instancia, al prescindir de la motivación o justificación de sus conclusiones fácticas en la sentencia condenatoria no sólo incumple la regla de juicio, el estándar que determina el modo de enjuiciamiento sino que, además, lesiona el derecho fundamental del ciudadano a la inocencia.»
Crónica de jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (Segundo trimestre 2005) · ROSER BACH FABREGO / JAVIER HERNANDEZ GARCIA / JUAN PEDRO YLLANES SUAREZ · Revista del Poder Judicial · 2005 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →