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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 341 al 360

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 27 · con fórmula de valoración

    «El daño desproporcionado opera como técnica de facilitación probatoria, a fin de mitigar la carga de ésta acudiendo al juego presuntivo. Es lo que se denomina res ipsa loquitur en la doctrina angloamericana, culpa virtual en la doctrina francesa; regla del Anscheinsbewefs de la doctrina alemana. Esta regla significa que los hechos hablan por sí mismo -res ipsa loquitur -, o lo que es lo mismo, que cuando concurren determinados hechos, suficientemente acreditados, las máximas de experiencia y el normal acaecer de los actos humanos conducen, de un modo lógico y racional, a colegir, con enlace preciso, otros, presumiéndose, pues, la culpa.»

    Introducción a la responsabilidad médico-sanitaria · EDUARDO BAENA RUIZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 30 · con fórmula de valoración

    «onus probandi de la relación de causalidad y la presunción de culpa, pero no comporta, al menos en sentido propio, la de un criterio de imputación de responsabilidad objetiva por una mala praxis médica fuera de los casos previstos en la ley sustantiva ni la aplicación de una regla procesal de inversión de la carga de la prueba en supuestos no previstos en la ley procesal. Por tanto, y como colofón, por desproporcionado que sea el daño ninguna responsabilidad podrá imputarse al facultativo si éste facilita una explicación suficiente y convincente del origen de él, acreditando que no fue debido a su negligencia (26).»

    Introducción a la responsabilidad médico-sanitaria · EDUARDO BAENA RUIZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «Aunque el prestatario haya manifestado expresamente que ha sido informado de los riesgos de la operación, se ha de mantener sobre el profesional la carga de la prueba de la adecuada información si el cliente niega que se haya cumplido con esta obligación. Pero aun negando la aplicación de la LMV cabe exigir el deber de información y la carga de la prueba a la entidad de crédito en estos supuestos de préstamo hipotecario ya que la normativa sobre transparencia bancaria así lo exige. La OM 2899/2011 de 28 de octubre establece en su artículo 6 que unos deberes de información general (2) Gutiérrez Alonso, Diego La reforma del procedimiento de ejecución ...»

    La reforma del procedimiento de ejecución tras la Ley 1/2013 de 14 de mayo · DIEGO GUTIERREZ ALONSO · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 33 · con fórmula de valoración

    «El pariente del acusado que esté incluido en el art. 261 ó 416 LECrim no tiene obligación de conocer que está eximido de denunciar o declarar. Para renunciar a un derecho debe informarse que de dispone del mismo, nadie puede renunciar a algo que desconozca. En todo caso, el hecho de hacerlo no supone una renuncia tácita a este derecho para declaraciones posteriores; 2) La ausencia de advertencia a la víctima de su derecho a no declarar conlleva la nulidad de la declaración que haya realizado, no del juicio en sí. Así en tales casos el Tribunal debe verificarse con la prueba subsistente existe prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia.»

    A vueltas con el articulo 416 LECrim. Doctrina jurisprudencial · MARIA LUISA SILVA CASTAÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · pág. 153 · con fórmula de valoración

    «Este criterio de decisión es el seguido decididamente en las más recientes sentencias del Tribunal Supremo, las cuales parten de la aplicación del principio de la responsabilidad subjetiva consagrada como fundamento de la responsabilidad civil extracontractual en los arts. 1902 y siguientes del Código Civil, el cual no admite otras excepciones que aquellas que se hallan previstas en la ley, con las cuales no deben confundirse los supuestos en que la jurisprudencia atribuye la carga probatoria en mayor o menor medida al causante del evento dañoso por razones derivadas básicamente, más que de una verdadera inversión de la carga probatoria, del principio de facilidad o proximidad probatoria relacionado con circunstancias tales como los especiales deberes de diligencia que impone la creación de riesgos extraordinarios, la producción de daños desproporcionados o inexplicables a la producción »

    Conclusiones del Seminario Propiedad Horizontal. Cuestiones Prácticas y Novedades Jurisprudenciales. Madrid, del 7 al 9 de marzo de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «La regla de distribución de la carga de la prueba supone la acomodación al despido de las reglas generales sobre onus probandii teniendo en cuenta que en el mismo ha existido un acto previo de la empresa que es impugnado por el trabajador en su demanda. Es la empresa la que primeramente ha alegado un motivo para la extinción contractual sobre el que se ha de desarrollar la actividad probatoria.»

    Despido objetivo por causas económicas: procedimiento (Análisis tras las reformas de 2012) · MARIA LOURDES ARASTEY SAHUN · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «La normativa de consumidores y usuarios es aplicable de oficio iura novit curia si no afecta a las reglas sobre la carga de la prueba. Así, si la parte demandante va por el art. 1902 CC y el juez decide aplicar las normas de consumo, debe avisar en la audiencia previa sobre las consecuencias en el plano probatorio (carga de la prueba) para que no se cause indefensión. Los daños en el propio producto están excluidos (art. 142 RDLeg 1/2007), ya que con arreglo a la ley de productos solo se pueden indemnizar los daños derivados del producto. En cuanto a las partes, se debe reclamar contra el fabricante, no contra el suministrador salvo que aquel no sea conocido y este no le identifique.»

    Resumen de las ponencias del XIII Congreso Nacional de Responsabilidad Civil. Gijón, del 7 al 9 de junio de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «Hasta 1985 era cuestión pacífica que las sentencias civiles, a diferencia de las penales, no tenían que dedicar un apartado específico a los hechos probados. Esto resultaba de una lectura del art. 372 LEC de 1881 comparada con la del art. 142.2a LECrim., y se justificaba porque mientras en el proceso penal regía en toda su amplitud el principio de libre valoración de la prueba (art. 741 LECrim.), en el proceso civil, en cambio, había pruebas sometidas a regla legal de valoración (p. ej. art. 1232 CC), lo que determinaba su examen en los Considerandos , en cuanto dedicados a expresar "las razones y fundamentos legales que se estimen procedentes para el fallo" (art. 372.3o LEC de 1881).»

    Aspectos de las sentencias de primera instancia que más interesan al Tribunal Supremo · FRANCISCO MARIN CASTAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 76 · con fórmula de valoración

    «Este criterio de decisión es el seguido decididamente en las más recientes sentencias del Tribunal Supremo, las cuales parten de la aplicación del principio de la responsabilidad subjetiva consagrada como fundamento de la responsabilidad civil extracontractual en los arts. 1902 y siguientes del Código Civil, el cual no admite otras excepciones que aquellas que se hallan previstas en la ley, con las cuales no deben confundirse los supuestos en que la jurisprudencia atribuye la carga probatoria en mayor o menor medida al causante del evento dañoso por razones derivadas básicamente, más que de una verdadera inversión de la carga probatoria, del principio de facilidad o proximidad probatoria relacionado con circunstancias tales como los especiales deberes de diligencia que impone la creación de riesgos extraordinarios, la producción de daños desproporcionados o inexplicables a la producción »

    Conclusiones del Seminario Propiedad Horizontal. Cuestiones Prácticas y Novedades Jurisprudenciales. Madrid, del 23 al 25 de marzo de 2011 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2011 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «mantenga la identidad sustancial de clientes, proveedores y empelados o una parte relevante de ellos. No cabe duda, que tal presunción constituye una clara inversión de la carga de la prueba lesiva del principio de presunción de inocencia, derecho fundamental, del que como todos los que por su esencia sean aplicables a las personas jurídicas, son titulares y han de ser escrupulosamente respetados (47).»

    La responsabilidad penal de los entes colectivos: el modelo de imputación del Código penal (arts. 31 bis y 129 CP) · SILVINA BACIGALUPO SAGGESE · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «demandante, de otro modo, se corre un serio peligro de imponer a la parte protegida por estas reglas la prueba plena de la discriminación, desnaturalizándolas. Lo anterior, además, debe sostenerse porque, pese a lo que explicita alguna resolución (14), la inversión de la carga de la prueba no es en sí misma un castigo para el demandado, ni un injustificado privilegio del demandante que distorsiona el principio de igualdad de armas -como parece temer alguna STSJ (15)--. Ya se ha dicho antes, pero es preciso reiterarlo, que en términos generales no es tan fácil que llegue a producirse una verdadera y propia inversión de la carga de la prueba.»

    Los derechos constitucionales de carácter individual del trabajador y del empresario y su reflejo en la relación de trabajo (en especial dignidad, acoso sexual y acoso por razón de sexo, igualdad y no discriminación, intimidad, libertad de expresión) · MARIA FERNANDA FERNANDEZ LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración

    «El Tribunal Supremo ya ha dado similar paso. En una sentencia dictada en recargo de prestaciones de Seguridad Social, derivado de muerte por enfermedad producida en el trabajo expuesto a la inhalación de amianto, el Tribunal Supremo en su reciente sentencia de fecha 18 de mayo de 2011, recurso 2621/2010, se apoya en la de 30 de junio de 2010 para considerar que se aplica la regla que impone el onus probandi al empresario en estos pleitos. Esta sentencia es muy trascendente y no solo porque asume tal regla de la carga de la prueba también en casos de reclamaciones como la mencionada.»

    Responsabilidad empresarial derivada del amianto · JUAN CARLOS ITURRI GARATE · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 47 · con fórmula de valoración

    «La carga de la prueba (doctrina constitucional): De la misma manera que en el proceso laboral ordinario, en la modalidad procesal contencioso-administrativa respecto de los funcionarios públicos que pretenden la declaración de incapacidad parcial o total, el demandante debe probar aquellos hechos que constituyen el supuesto de la norma jurídica cuya aplicación solicita. Si bien, en principio, en el proceso laboral la distribución de la carga de la prueba se lleva a cabo conforme a las reglas comunes, es decir, que la prueba de los hechos constitutivos de la acción incumbe al demandante y la de los hechos impeditivos, Conclusiones del V Encuentro de Jueces ...»

    Conclusiones del V Encuentro de Jueces Canarios. Fuerteventura, del 6 al 8 de octubre de 2010 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2010 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «Así resulta de lo que dispone el art. 120, en relación al 105.2, ambos de la Ley de Procedimiento Laboral, pues "para justificar el despido, al demandado no se le admitirán en el juicio otros motivos de oposición a la demanda que los contenidos en la comunicación escrita de dicho despido". La regla de distribución de la carga de la prueba supone la acomodación al despido de las reglas generales sobre onus probandii teniendo en cuenta que en éste ha existido un acto previo de la empresa que es impugnado por el trabajador en su demanda. Es la empresa la que primeramente ha alegado un motivo para la extinción contractual sobre el que se ha de desarrollar la actividad probatoria.»

    Despido objetivo por causas económicas: procedimiento · MARIA LOURDES ARASTEY SAHUN · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «La teoría de la carga de la prueba y el principio de presunción de inocencia operan en cuanto a la valoración de unos hechos de relevancia penal para condenar o absolver a cualquier ciudadano, pero no deben operar para acreditar cuál es su identidad y su situación administrativa.»

    Expulsiones judiciales: problemática de su ejecución · JUAN ANDRES BERMEJO ROMERO DE TERREROS · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «El pariente del acusado que esté incluido en el art. 261 ó 416 LECrim. no tiene obligación de conocer que está eximido de denunciar o declarar. Para renunciar a un derecho debe informarse que de [ sic ] dispone del mismo, nadie puede renunciar a algo que desconozca. En todo caso, el hecho de hacerlo no supone una renuncia tácita a este derecho para declaraciones posteriores; 2) La ausencia de advertencia a la víctima de su derecho a no declarar conlleva la nulidad de la declaración que haya realizado, no del juicio en sí. Así en tales casos el Tribunal debe verificarse con la prueba subsistente existe prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia".»

    La negativa a declarar de la víctima ex artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los supuestos de violencia de género. Posibilidades de amparo de este derecho y supuestos de no permisividad en atención a la reciente doctrina del Tribunal Supremo · MARIA JESUS MILLAN DE LAS HERAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «No se trata realmente de una inversión de la carga de la prueba, sino más bien de la aplicación del principio de disponibilidad y facilidad probatoria, bastando al empresario probar, no que la medida no es discriminatoria, sino que la misma obedece a una causa objetiva y razonable. La regla especial sobre carga de la prueba no se aplica en los procedimientos penales, ni aquellos en los que la instrucción de los hechos corresponda a los órganos jurisdiccionales o a otro órgano competente.»

    Orientación sexual y trabajo · MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «Como nos movemos en cuestiones atinentes a criterios de valoración de la prueba, hay que precisar que debe ser su valoración conjunta la que determine la convicción del tribunal acerca de la culpabilidad o inocencia de los acusados respecto a la acusación de la Fiscalía. En alguna ocasión, el Tribunal Supremo ha considerado que la tajante actitud de silencio del acusado en el juicio oral negándose a contestar a las preguntas que se le formulen debe conectarse con el resto de las pruebas practicadas y ser tenido en cuenta por el tribunal, ya que señala (entre otras, STS de 29 de noviembre de 1997) que:»

    Una solución ante el problema del uso del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por la víctima de violencia contra la mujer en el juicio oral: la práctica de la prueba preconstituida con víctimas de violencia de género en el juzgado de violencia contra la mujer · VICENTE MAGRO SERVET / JUAN CARLOS CERON HERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración

    «Pues bien de entre los distintos sistemas que la doctrina propone en torno a la prueba de los hechos constitutivos del derecho alegado por las partes contendientes en un proceso, deben destacarse el de la prueba legal o tasada, que imponen al Juzgador un determinado criterio de valoración, aun en contra de su convicción, y el de la libre apreciación de la prueba a tenor del cual el Juez pondera el conjunto de las pruebas practicadas por los litigantes sobre los hechos objeto del debate extrayendo aquellos que le merezcan la calificación de ciertos a los efectos de dictar sentencia.»

    Breve referencia a la calificación legal de la sociedad de gananciales: presunción de ganancialidad, calificación legal de los bienes privativos y gananciales y prueba de ellos · VIRGINIA VILLANUEVA CABRER · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En efecto, modernamente, se acude a la teoría de la disponibilidad y facilidad probatoria, conforme a la cual la carga de la prueba no vendrá determinada de antemano de forma rígida sino flexible, teniendo en cuenta la disponibilidad, material o intelectual, de los sujetos procesales con respecto a las fuentes de prueba y su consiguiente mayor o menor facilidad para acreditar el hecho con relevancia procesal a los efectos decisorios del litigio. La mejor situación de la parte en relación con el hecho que debe ser probado y elementales principios de lealtad procesal son los condicionantes de esta regla delimitadora del onus probandi reiteradamente reconocida por doctrina y jurisprudencia.»

    Ejecución sobre bienes gananciales · JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →