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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 3481 al 3500

  1. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «También hemos señalado con reiteración que la finalidad institucional del recurso de casación para la unificación de doctrina determina que no sea posible en este excepcional recurso, no sólo la revisión de los hechos declarados probados por la sentencia recurrida, sino ni tan siquiera abordar cuestiones relativas a la valoración de la prueba (por todas, SSTS 27-1-2005, R. 939/04, o 28-2-2005, R. 1591/04), pues, "es claro que el error de hecho no puede fundar un recurso de casación para la unificación de doctrina..., y ello tanto si la revisión se intenta por la vía directa de la denuncia de un error de hecho como si, de forma indirecta, se plantea como una denuncia de infracción de las reglas sobre valoración legal de la prueba o sobre los límites de las facultades de revisión fáctica de la Sala de suplicación" (SSTS 9-2-1993, R. 1496/92, 19-4-2004, R. 4053/02, o 3-6-2004, R. 2106/03)".»

    Los persistentes y enrevesados obstáculos existentes en la incapacidad permanente contributiva · INMACULADA BALLESTER PASTOR · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Además, en el apartado 4 de dicho artículo se definen expresamente como abusivas las cláusulas que: vinculen el contrato a la voluntad del empresario; limiten los derechos del consumidor y usuario; determinen la falta de reciprocidad en el contrato; impongan al consumidor y usuario garantías desproporcionadas o le impongan indebidamente la carga de la prueba; resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y la ejecución del contrato; o contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicables. (10) La exigencia de que las cláusulas contractuales hayan sido fundamento de la ejecución o hayan determinado la cantidad exigible es un requisito de carácter tan genérico que hace imprescindible que cada tribunal, en cada caso concreto, entre a valorar cuándo se está ante una cláusula en la que se den o no. (11) La previsión actual del recurso de apelación frente al auto por»

    Cosa juzgada, ámbito de oposición y el juicio declarativo posterior al procedimiento de ejecución hipotecaria. Reciente doctrina del Tribunal Supremo · RAQUEL CASTILLEJO MANZANARES · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración

    «Sin embargo, la Sala de lo Social del TSJ Sevilla, en Sentencia 27-04-2017, rec. 2823/16, ha negado la obligación de llevar registro de jornada, aunque la trabajadora prestaba servicios a tiempo parcial. - La Sala de lo Social de Extremadura, en Sentencia de 16-05-2017, rec. 231/17, inaplica lo dispuesto en el art. 217.6 LEC, por cuanto "... la empresa ha acreditado con diversos medios de prueba que las horas extras que pudo realizar la demandante fueron compensadas con descanso; que la empresa pueda tener más fácil probar no quiere decir que se le deba exigir una prueba especial de lo que alega, sino que puede hacerlo por todos los medios que legalmente se admiten". -Consiguientemente, aunque la empresa no llevaba registro de jornada y se acredita que se realizaron horas extraordinarias, se desestima la demanda. - En la misma línea, STSJ Galicia 22-02-2017, rec. 3363/2016; 12-05-2017, r»

    El control de la jornada de trabajo a la vista de la legislación internacional. Elementos para acotar la reciente doctrina del Tribunal Supremo sobre registro de jornada · RICARDO BODAS MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 24 · con fórmula de valoración

    «No estamos ante un problema de valoración de la prueba, sino ante una absoluta falta de prueba sobre las deficiencias y vicios que puedan ser imputados a cada uno de estos agentes -arquitecto; constructora-, como ya se hizo patente en la demanda, y ello supone infringir el artículo 217 de la LEC puesto que se hace recaer sobre una parte las consecuencias de la falta de prueba de un hecho que correspondía acreditar a la otra, con evidente vulneración, además, del principio de igualdad de armas, que se integra en el derecho a la tutela judicial efectiva y en el derecho a un proceso con todas las garantías y que "es el corolario de los principios de contradicción y bilateralidad (STC 11 de marzo 2008, y las que se citan en ella), pues se hace mediante el traslado de los efectos de la cosa juzgada material de otro procedimiento en el que no intervinieron los ahora recurrentes, que también so»

    Experiencia de trece años de aplicación de la Ley de Ordenacion de la Edificación · JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En este sentido, se pueden citar ejemplos de igualdad de doctrinas y ejemplos de desigualdad, pues mientras una sentencia del TC podrá aceptarse como contradictoria cuando se pronuncia sobre un tema relacionado con la falta de motivación o de congruencia, podrá aceptarse la similitud aunque la doctrina se refiera a una sentencia penal con las mismas exigencias y se aporte en una laboral, pero no podrá aportarse como válida una doctrina que desarrolle el principio de "presunción de inocencia" o el ne bis in idem con la misma amplitud por cuanto este problema no tiene el mismo sentido en el proceso penal que en el proceso laboral; por lo mismo que sí que se podrá invocar una sentencia comunitaria que interprete de una determinada manera las exigencias en la sucesión empresarial derivados de la normativa comunitaria en un pleito de sucesión empresarial en el que se discuta sobre una misma p»

    La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y el recurso de casación para la unificación de doctrina · GONZALO MOLINER TAMBORERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Jorge RODRÍGUEZ-ZAPATA PÉREZ, quien señala: "... en lo que ahora interesa la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, señala en su art. 1.1 su objeto y sin embargo en el art. 153.1 del CP ese elemento finalista no se ha incorporado al texto finalmente aprobado por el legislador, y los trabajos parlamentarios permiten entender que tal omisión ha sido deliberada, por lo que el precepto aplicado en su propios términos solo atiende al hecho objetivo de que se cause un menoscabo psíquico o una lesión de carácter leve, o se golpee o se maltrate de obra sin causar lesión, cualquiera que sea la causa y el contexto de dicha agresión (...) lo que a mi juicio resulta incompatible con el derecho a la presunción de inocencia (art. 24 CE) es la presunción adversa de que todo maltrato ocasional cometido por un varón contra su pareja o expareja sea una manifestación de sexismo que deba poner en actuació»

    El elemento finalístico en los delitos de violencia de género. Alcance del artículo 1 de la LO 1/2004, de 28 de diciembre · MARIA ESTHER ERICE MARTINEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 36 · con fórmula de valoración

    «Se ha efectuado un análisis detallado del consentimiento informado, con referencia a su imprescindible marco normativo, al concepto legal del mismo, a la información adecuada como antecedente necesario del consentimiento informado, a las restricciones del derecho a la información (al estado de necesidad o privilegio terapéutico y a la renuncia a la información) y a la dispensa del deber de recabar el consentimiento del paciente, efectuando un análisis comparativo de la jurisprudencia de las Salas de lo Civil y de lo Contencioso-Administrativo, especialmente en lo que se refiere a la carga de la prueba del consentimiento, al modo en que debe prestarse la información y constar el consentimiento y al contenido o alcance de la información en función de que se trate de actos de medicina voluntaria o satisfactiva, concluyendo con un caso práctico en que se ha sometido a la consideración y valo»

    Conclusiones del Seminario Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas. Madrid, del 10 al 12 de marzo de 2010 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2010 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «En igual sentido se pronuncia la Sentencia del TS de 24 de mayo de 1993 en un supuesto de daños ocasionados a fincas por emanaciones de flúor y otros gases tóxicos provenientes de una factoría de aluminio, en el que se condena con base en el articulo 1908 del Código Civil indicando se configura un supuesto de responsabilidad, de claro matiz objetivo, por razón del riesgo creado; así la STS señala que la doctrina del TS se orienta hacia un sistema que, sin hacer abstracción total del factor lógico o moral y del juicio de valor sobre la conducta del agente, acepta soluciones cuasiobjetivas demandadas por el incremento de las actividades peligrosas consiguientes al desarrollo de la técnica y el principio de ponerse a cargo de quién obtiene el provecho de la indemnización del quebranto sufrido por tercero, a modo de contrapartida del lucro obtenido con la actividad (..) ora por el acogimient»

    Las inmisiones dañosas de tipo ambiental. Doctrina y jurisprudencia · ROCIO NIETO CENTENO · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración

    «En este sentido, la SAP Baleares, Sec. 3.a, 20-6-2006 dice: " La expresión podrá acordarse, cuando se refiere al no titular, indica bien a las claras que no es obligatorio y sólo es una facultad que tiene el juez cuando, atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección Ahora bien, si se deja el uso de la vivienda familiar al no titular, lo es temporalmente, única y exclusivamente por el tiempo que prudencialmente se fije, supuesto que concurre en el caso de autos, en el que el inmueble controvertido aparece inscrito a nombre del esposo, no existen hijos y el interés más necesitado de protección es el de la esposa, razón por la cual le atribuye el uso del domicilio conyugal por el plazo de ocho meses, aplicando con toda corrección dicha norma, por lo que mal cabe atribuirle, como pretende la recurrente, error en la valoración de la p»

    Efectos de la crisis matrimonial en relación a la atribución y el uso de la vivienda familiar. Especial referencia a las viviendas en arrendamiento. Régimen de las parejas de hecho en relación con la vivienda · JUAN MIGUEL CARRERAS MARAÑA · Manuales de Formación Continuada · 2009 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Indudablemente, la más representativa en cuanto a su razonamiento es la STS de 31 de mayo de 2000 (RJ 2000, 5089) dictada por el Tribunal Supremo en la que, tras analizar con extensión la doctrina sobre la carga de la prueba del daño y específicamente la relativa al daño moral, se plantea el problema de si ésta es de aplicación a la aflicción provocada por un retraso en un transporte aéreo pues en aquel la base de la reclamación indemnizatoria de los daños materiales y morales producidos era el retraso en mas de 8 horas padecido por un vuelo internacional que trasladaba al actor de Nueva York a Barcelona previa escala en Lisboa, concluye que además de los daños materiales concretados en gastos que derivados del retraso se pudieran ocasionar, procede indemnizar el daño moral e indica que: "no pueden derivarse los daños morales de las situaciones de mera molestia, aburrimiento, enojo o enf»

    Los viajes combinados en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias) · MARIA DEL CARMEN PASTOR SEMPERE · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En relación con la exigencia de legitimación plena o suficiente para alcanzar un Convenio, caracterizada por alcanzar una representatividad equivalente a la mayoría absoluta de los representantes laborales electos o de las empresas y trabajadores del sector -art. 89.2 ET-, la falta de la misma en cualquier Comisión Negociadora ha sido también objeto de pronunciamientos anulatorios de Convenios Colectivos cual puede apreciarse en STS 19-9-2001 (Rec. 4826/00); pero en relación con tal exigencia las SSTS 4-10-2001 (Rec. 4477/2000) o 5-11-2002 (Rec. 11/2002), entre otras, han desestimado la impugnación de un Convenio hecha por sindicatos que denunciaban la falta de este requisito sobre la base de apreciar que quienes firmaron sí que reunían esta exigencia legal concreta; aceptando por otra parte, que una asociación o sindicato la reúnan por sí solos -TS 14-2-1996 (Rec. 3173/94)-; si bien la »

    Doctrina del Tribunal Supremo en temas de Derecho colectivo y sindical (años 2005-2006) · GONZALO MOLINER TAMBORERO · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «Ahora bien, como se ha encargado de precisar la jurisprudencia el precepto no establece una responsabilidad de tipo objetivo "que debiera actuar indiscriminada y automáticamente, siempre que probada la existencia de una conducta delictiva, cometida al amparo de una persona jurídica, no resulte posible averiguar quiénes, de entre sus miembros, han sido los auténticos responsables de la misma, pues ello sería contrario al derecho a la presunción de inocencia y al propio tenor del precepto" y "debe acreditarse -para responsabilizar de un delito a una persona- tanto la real y efectiva participación en los hechos, como la culpabilidad en relación a los mismos" (STS 9 de octubre de 2003), y por las mismas razones tampoco se trata de una presunción de autoría, "que prescinda del art. 28 CP, sino de un complemento al mismo, de modo que es preciso que el sujeto al que se le quiera aplicar haya ac»

    La instrucción de las insolvencias punibles · JOSE LUIS CUESTA MERINO · Estudios de Derecho Judicial · 2004 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Y a este respecto, teniendo en cuenta que los documentos aportados por la recurrente ponen de manifiesto no sólo la existencia "prima facie" de la deuda reclamada, sino también, el pleno conocimiento que de la misma tenían los demandados antes de la presente reclamación judicial; que éstos han mantenido una injustificada actitud de total incumplimiento, haciendo caso omiso a los previos requerimientos de pago que les fueron efectuados a pesar de continuar en la posesión y disfrute del vehículo financiado; que este tipo de bienes experimentan un evidente deterioro o desvalor por el uso y el trascurso del tiempo; y en fin, que en el acto de la vista de medidas cautelares, no formularon ninguna propuesta de solución ni designaron ningún bien distinto del vehículo con el que hacer frente a la deuda contraída, todos estos datos -ponderados en sana crítica- justifican de forma suficiente, la c»

    La tutela cautelar y su práctica en los dos primeros años de vigencia de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000 · MANUEL ORTELLS RAMOS · Estudios de Derecho Judicial · 2003 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración

    «Los antecedentes policiales no pueden ser tenidos en cuenta, dado que con ello se afectaría al principio de presunción de inocencia, al tener mero valor de denuncia.»

    Conclusiones del Seminario La Ejecución Penal: Disfunciones y Criterios en el Plano Sustantivo y Procesal. Madrid, del 13 al 15 de marzo de 2013 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2013 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «El Reglamento de Inteligencia Artificial (en adelante, AI Act, por su nombre en inglés), clasifica como sistemas de alto riesgo aquellos que se pretendan implementar en el espacio europeo, habida cuenta de la magnitud de las consecuencias potencialmente adversas para los derechos fundamentales protegidos por la Carta Europea, de los que enumera los siguientes: el derecho a la dignidad humana, el respeto a la vida privada y familiar, la protección de datos de carácter personal, la libertad de expresión y de información, la libertad de reunión y de asociación, la no discriminación, el derecho a la educación, la protección de los consumidores, los derechos de los trabajadores, los derechos de las personas discapacitadas, la igualdad entre hombres y mujeres, los derechos de propiedad intelectual, el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, los derechos de la defensa y la »

    Tema 2. Principios éticos de las inteligencias artificiales e impacto en los derechos fundamentales · MARIA JOSE RIVAS VELASCO · Formación a Distancia · 2025 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «El Reglamento de Inteligencia Artificial (en adelante, AI Act, por su nombre en inglés), clasifica como sistemas de alto riesgo aquellos que se pretendan implementar en el espacio europeo, habida cuenta de la magnitud de las consecuencias potencialmente adversas para los derechos fundamentales protegidos por la Carta Europea, de los que enumera los siguientes: el derecho a la dignidad humana, el respeto a la vida privada y familiar, la protección de datos de carácter personal, la libertad de expresión y de información, la libertad de reunión y de asociación, la no discriminación, el derecho a la educación, la protección de los consumidores, los derechos de los trabajadores, los derechos de las personas discapacitadas, la igualdad entre hombres y mujeres, los derechos de propiedad intelectual, el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, los derechos de la defensa y la »

    Tema 2. Principios éticos de las inteligencias artificiales e impacto en los derechos fundamentales · MARIA JOSE RIVAS VELASCO · Formación a Distancia · 2024 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «Interesa destacar que la Sala Tercera del Tribunal Supremo, pese a advertir últimamente una suerte de inversión en la carga probatoria en lo que atañe a la declaración pretendida del abuso de la temporalidad, cuando nos encontremos ante períodos extremada e injustificadamente prolongados, debiendo ser en tal caso la administración empleadora la que acredite que la provisión no responde a necesidades estructurales (11), ha rechazado en todo momento el alumbramiento jurisprudencial de un posible funcionario o estatutario indefinido no fijo , como figura vinculada a la constatación y sanción de tal abuso, derivando en consecuencia como inconcebible la indemnización que en el orden jurisdiccional social se viene asumiendo en cuanto ligada al cese del judicialmente declarado laboral indefinido no fijo .Es relevante asimismo dejar expuesto que la jurisprudencia contencioso-administrativa resul»

    La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, como posible respuesta a la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999 · RICARDO FERNANDEZ CARBALLO-CALERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «STS 2411/2001, 1 abril, donde se fundamenta la calificación de los hechos como imprudencia grave en base a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas; en el mismo sentido, STS 270/2005, 22 febrero, en relación con la influencia de alcohol y pastillas antidepresivas. (27) En otro sentido, la STS 2411/2001, 1 abril, afirma que: "...incurre en imprudencia temeraria, toda vez que la conducción de automóviles requiere inexcusablemente unas condiciones psicosomáticas de concentración, atención destreza y pericia que aseguren el más perfecto dominio del mentado vehículo y de sus mandos, dominio que en mayor o menor medida no es posible cuando el conductor se halla influido por la ingestión de bebidas espirituosas, las cuales dificultan, cuando no imposibilitan el manejo del automóvil en condiciones de seguridad, privándole de la lucidez necesaria, de la atención y de la concentraci»

    Homicidio y lesiones imprudentes cometidos con vehículos a motor o ciclomotor · MIRENTXU CORCOY BIDASOLO · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 56 · con fórmula de valoración

    «Así las cosas se dictó la Directiva 93/13/CE, de 5 de abril, que, por exigencias de potenciar el mercado interior único, y en atención de que corresponde a los Estados miembros velar por que no se incluyan cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, se normó, en su art. 3, que: "Las cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente se considerarán abusivas si, pese a las exigencias de la buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato", reputándose como tales las que figuran en el anexo de la misma, entre las que se encuentran en el apartado q), sin ánimo exhaustivo, las que consistan en "suprimir u obstaculizar el ejercicio de acciones judiciales o de recursos por parte del consumidor, en particular obligándole a dirigirse exclusivamente a una jurisd»

    La tutela procesal de consumidores y usuarios · JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG · Manuales de Formación Continuada · 2005 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En el art. 541.2. de la LEC se establece en relación a la ejecución a causa de deudas contraídas por un cónyuge de las que deba responder la sociedad de gananciales que la demanda ejecutiva podrá dirigirse únicamente contra el cónyuge deudor, pero, ello no obstante, el embargo de bienes gananciales deberá notificarse al otro cónyuge, dándole traslado de la demanda y del auto que despache la ejecución, para que pueda usar de la facultad que se le reconoce de oponerse con fundamento en las mismas causas que correspondan al ejecutado y, además, en la invocación de que los bienes gananciales no deban responder de la deuda por la que se haya despachado la ejecución por no concurrir los presupuestos de su responsabilidad directa; en este último caso corresponde al acreedor la carga de la prueba de la responsabilidad directa de los bienes gananciales y si no se acreditase esta responsabilidad s»

    Efectos del concurso sobre los derechos de la persona del deudor, familia y sucesiones · ROBERTO BLANQUER UBEROS · Estudios de Derecho Judicial · 2004 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →