Fondo doctrinal · buscador
Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 3401 al 3420
Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración
«Las diferencias, en tanto que pudieran afectar, incluso, a la valoración de la prueba practicada, a la aptitud para generar convicción incriminatoria, o la estimación de la incidencia de las irregularidades sobre derechos fundamentales Bloque VI. El juicio oral como espacio de confrontación dialéctica»
Bloque VI. El juicio oral como espacio de confrontación dialéctica · ROSER BACH FABREGO / JAVIER HERNANDEZ GARCIA / JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 27 · con fórmula de valoración
«Vogler, A World View of Criminal Justice , cit., pp. 64-78, 87-89 y 177-190). (10) Respecto de España una muestra muy clara es la sentencia dictada el 6 de diciembre de 1988 en el asunto Barberá, Messegué y Jabardo en relación sobre todo con la prueba penal, la presunción de inocencia y la eficacia probatoria de las diligencias sumariales; y también lo son las sentencias dictadas el 30 de julio de 1998 en el asunto Valenzuela Contreras y el 18 de febrero de 2003 en el asunto Prado Bugallo , así como la decisión de 26 de septiembre de 2006 en el asunto Abdulkadir Coban , todas ellas en relación con las intervenciones telefónicas. (11) De nuevo tenemos en España buenos ejemplos con las SSTC 49/1999, de 5 de abril, y 184/2003, de 23 de octubre, respecto de las intervenciones telefónicas.»
Características de los grandes sistemas de investigación penal del Derecho comparado · FERNANDO GASCON INCHAUSTI · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«"a) Cuando quienes formen parte de órganos colegiados de administración no hubieran asistido por causa justificada a las reuniones correspondientes o hubiesen votado en contra o salvado su voto en relación con las decisiones o acuerdos que hubiesen dado lugar a las infracciones." En este supuesto la exención de responsabilidad va ligada, a una circunstancia concreta, como es la no asistencia "por causa justificada" a las reuniones correspondientes que guarden relación con los hechos constitutivos de la infracción, debiendo quedar dicha causa de exención, para que pueda surtir plenos efectos, conveniente y debidamente acreditada. Del mismo modo, la segunda circunstancia eximente de responsabilidad, esto es, el haber salvado el voto o votado en contra en relación con el acuerdo o decisión que hubiese dado lugar a las infracciones, también requiere similar carga probatoria y acreditativa.»
Intervención administrativa en el ámbito económico y conexión con el ámbito penal · JAIME HERRERO GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Esto sentado, habremos de llegar a la conclusión de que, en supuestos como el presente, el "onus probandi" en la materia que nos ocupa viene legalmente atribuido a los trabajadores demandantes; y es así, tanto por aplicación de lo dispuesto en el número 2 del art. 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , al haber sido ellos quienes ejercitaron la acción de reclamación salarial, como a tenor de lo prevenido en el apartado 6 del propio precepto, porque también son ellos los que tienen mayor disponibilidad y facilidad probatoria al respecto: sin ninguna duda, son ellos los que mejor conocen cuál ha sido el importe de los salarios percibidos durante el período al que corresponde la detracción, y también quienes no tienen ninguna dificultad para acreditarlo, de tal manera que, si no lo han hecho, será, bien por negligencia, o bien porque la demostración les perjudica.»
Jurisprudencia relevante en torno al despido · MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración
«El planteamiento, en este punto, es si las agencias privadas de colocación, con su posibilidad de intervenir en este tipo de cuestiones, no ponen en entredicho principios básicos del ordenamiento sancionador administrativo. Singularmente, la indefensión que puede crear en el administrado hace que podamos plantearnos la inconstitucionalidad de la nueva regulación. ¿Cuándo se va a dar al desempleado la posibilidad de presentar alegaciones? ¿Se tiene en cuenta, sin más, las razones alegadas por la agencia de colocación? ¿Cómo contrasta el servicio público de empleo el rechazo, por ejemplo, por parte del desempleado de una oferta de empleo adecuada? ¿Existen los adecuados mecanismos de fiscalización públicos sobre estas actuaciones de lo privado que tienen repercusión en materia de prestaciones? Sobre esta cuestión, recordemos que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en el sentido de»
La intermediación laboral · CONSUELO CHACARTEGUI JAVEGA · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«"Cuando el trabajador alegue que la utilización del procedimiento de despido objetivo no se ajusta a derecho porque la causa real del despido es disciplinaria, corresponderá al mismo la carga de la prueba sobre esta cuestión".»
La nueva situación jurídica en materia de extinción del contrato de trabajo · SARA MARIA POSE VIDAL · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Se añade, además, que cuando el trabajador alegue que la utilización del procedimiento de despido objetivo no se ajusta a derecho porque la causa real del despido es disciplinaria, corresponderá a este la carga de la prueba .»
La reforma laboral: medidas de fomento del empleo para jóvenes y desempleados · JUAN IGNACIO MARIN ARCE · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración
«En la apreciación de la readmisión irregular, al ser este un concepto jurídico indeterminado, es difícil establecer criterios uniformes dado que la decisión judicial dependerá de las circunstancias del caso concreto y de la valoración de la prueba practicada a este respecto. Esta afirmación viene refrendada por dos datos: de un lado, el ingente número de pronunciamientos en sede de suplicación sobre la concurrencia o no de readmisión irregular; y, de otro, que en sede de unificación de doctrina el único tema que ha dado lugar al pronunciamiento sobre el fondo por parte del Tribunal Supremo es el relativo a si la falta de abono de los salarios de tramitación es causa para declarar la existencia de readmisión irregular, interrogante que fue resuelto por el Tribunal Supremo Martínez Moya, Juan Análisis de las incidencias de la ejecución ...»
Análisis de las incidencias de la ejecución provisional y definitiva de sentencias en el procedimiento de despido · JUAN MARTINEZ MOYA · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 34 · con fórmula de valoración
«judicial de efectos en supuestos de este tipo ha motivado que, en la práctica, bajo la dirección del correspondiente juzgado, se hayan puesto en marcha diferentes alternativas para tratar de solventar esta dificultad: en ocasiones el material intervenido ha quedado bajo la custodia de las unidades policiales autoras de la investigación, en otras, en poder de las entidades de gestión, representantes de los titulares de derechos, e incluso, en ocasiones, dicho material ha quedado en poder de los propios denunciados por el delito. Todas estas soluciones constituyen prácticas con importantes inconvenientes, puesto que en ellas se traslada a otros sujetos (fuerzas y cuerpos de seguridad, o los propios perjudicados por el delito) la carga del depósito, e incluso pueden generar dificultades para la preservación de la cadena de custodia, por lo que se desaconseja su uso. En los casos en que el v»
Aspectos procesales singulares de la instrucción de los delitos contra la propiedad intelectual y contra la propiedad industrial. Derechos fundamentales que pueden verse afectados. Las partes en el proceso. Medidas cautelares. Destrucción anticipada de los efectos incautados (I) · EMILIO MANUEL FERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración
«Alega también el demandante error en valoración de la prueba practicada, por lo que resulta necesario una revisión de las actuaciones por la Sala y examinada la prueba practicada, el demandado no ha acreditado la resolución del contrato de Conclusiones del Seminario Proceso ...»
Conclusiones del Seminario Proceso Monitorio con Especial Referencia al Proceso Monitorio Europeo y Reclamaciones de Escasa Cuantía. Madrid, del 28 al 30 de abril de 2010 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 59 · con fórmula de valoración
«Añadiendo que "en efecto, ante un concreto accidente de trabajo resulta que, conforme a nuestra actual legislación orgánica y procesal (y a la espera de deseable una futura racionalización), es habitual que los jueces y tribunales integrados en distintos órdenes jurisdiccionales tengan que intervenir simultánea o sucesivamente, para valorar unos mismos esenciales hechos en aplicación de su diversa normativa sustantiva y con diversas normas procedimentales, para determinar, con distintos sistemas en orden a la practica y la valoración de la prueba, los diversos supuestos de hecho de aplicación de sus diversas normas sustantivas, aunque todas ellas inciden en datos fácticos comunes como los afectantes a la posible existencia del concreto accidente, su calificación como laboral o no laboral, y la participación de los diversos intervinientes o de los afectados por diversos títulos, así como »
Jurisprudencia social 2007-2008: análisis crítico · FERNANDO SALINAS MOLINA · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración
«La Sección 3.a está dedicada a establecer medidas en materia de igualdad de trato y no discriminación en el trabajo, regulando entre ellas la inversión de la carga de la prueba en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social (artículo 36).»
La Convención y el derecho de defensa · JOSEFA GARCIA LORENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración
«La existencia de daños materiales a personas o cosas en orden a los perjuicios ocasionados, tanto en el aspecto de posibles lesiones, secuelas, tratamientos, gastos determinados, en lo que afecta a personas, como los ocasionados a los bienes y derechos de personas físicas y jurídicas, depreciación de viviendas, pérdida de clientela etc., es necesario probar la existencia o cuantía de éstos, y que son ciertos, no dudosos, contingentes, hipotéticos o meramente posibles, estando sujetos a las reglas generales de la carga de la prueba y su pertinente valoración jurisdiccional; nada obsta en cuanto a lesiones y secuelas, la aplicación del Baremo anexo de la Ley de Responsabilidad Civil derivada del uso y circulación de vehículos de motor, como referencia objetiva de cuantificación de lesiones y secuelas, que aún destinada a esa materia especializada, encuentra su proyección y aplicación en ot»
Protección preventiva y resarcitoria frente a las inmisiones de las relaciones de vecindad a través de los artículos 590 y ss., y artículo 1908 del Código Civil · JESUS GAVILAN LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración
«Por último, en el numeral 3o se especifica su inaplicación a las cuestiones probatorias, ni a las procesales (a excepción de las cuestiones relativas a la carga de la prueba, que regula en el art. 18).»
Reglamento (CE) n.º 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I) · GUILLERMO PALAO MORENO · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración
«La Secc. 3a está dedicada a establecer Medidas en materia de igualdad de trato y no discriminación en el trabajo, regulando entre ellas la inversión de la carga de la prueba en los órdenes Civil, Contencioso-Administrativo y Social.»
Aplicabilidad práctica de la Convención por la Administración de Justicia española · JOSEFA GARCIA LORENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración
«Finalmente la propia resolución parece que efectivamente reconduce la cuestión cuando admite que no es necesaria la materialización de ese resultado lesivo y que basta con el potencial peligro, que dicho sea de paso despacha con exiguo razonamiento basándolo en máximas de experiencia; por ello, la propia sentencia concluye poco después, de forma tajante, que "en cuanto a la prueba del riesgo para la salud de las personas,... es sabido y por lo tanto público y notorio que una larga exposición a ruidos perturbadores del sueño entraña un riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas". Pero esas viejas inercias, poniendo el acento en un resultado que no integra el delito y que incluso puede ser objeto de separada punición, se siguen deslizando de forma a Lledó González, Carlos Luis Contaminación acústica»
Contaminación acústica · CARLOS LUIS LLEDO GONZALEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«En esta segunda condición -como medio de prueba específico- su validez probatoria, ex art. 24.2 C.E., en relación con los derechos a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia, está sometida, como el resto de actuaciones sumariales, a requisitos y condiciones procesales que garantizan su autenticidad y fiabilidad así como la participación de la defensa que sea exigible a fin de garantizar la debida contradicción (STC 121/1998, FJ5)" y en aplicación de dicha doctrina la Sala entiende que "se considera que la única forma de que operaran en el juicio oral las escuchas telefónicas como auténticas pruebas autónomas y no como meros medios de investigación o fuentes de prueba era sometiendo a contradicción de los acusados las escuchas practicadas, de forma que éstos pudieran responder al contenido de las grabaciones y dar las explicaciones pertinentes.»
El delito de asociación ilícita. Problemas en la investigación y enjuiciamiento del mismo. Reformas necesarias y reformas previstas · ANGELA ASCENSION ACEVEDO FRIAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Autor: Carlos Alconchel Pedrós, Choumicha Badi, Reina Castellanos, Roxana Sarión Incluido en el número monográfico sobre Práctica y valoración de la prueba en violencia de género de Cuadernos Digitales de Formación 9 - 2009 (Directora: María Esther Erice Martínez)»
Factores culturales y violencia de género en mujeres de origen extranjero. Conclusiones finales · CARLOS ALCONCHEL PEDROS / CHOUMICHA BADI / REINA CASTELLANOS / ROXANA SARION · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración
«Para ello, la Ley de Condiciones Generales de la Contratación declara la nulidad de pleno derecho de aquellas condiciones que puedan considerarse como abusivas, consideración que podremos alcanzar sobre la base de lo dispuesto en el artículo 85 a 90 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que contienen una lista enunciativa y no cerrada de cláusulas abusivas, partiendo de una clasificación básica: • aquellas que vinculen el contrato a la voluntad del empresario (9) • aquéllas que limiten los derechos del consumidor o usuario (10) • aquéllas que determinen la falta de reciprocidad en el contrato (11) • aquéllas que impongan al consumidor y usuario garantías desproporcionadas o le impongan indebidamente la carga de la prueba (12) • aquéllas que resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato»
La contratación por el consumidor a través de internet · MARIA MATEOS FERRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 19 · con fórmula de valoración
«Pero no cabe duda que en los supuestos en que tuviera que pagar las costas de la defensa quien hubiera ejercido la acusación particular, las posibilidades de cobro serían más difíciles que en el caso contrario. No obstante todo lo anterior, y aún en el caso de que se acertara la imposición de las costas de la acusación estas, como ya hemos señalado no procederían en todo caso, aun aceptando un concepto diferente como hemos señalado de la temeridad y mala fe. Como ya hemos señalado, sería precisa una declaración judicial negando que los hechos hubieran ocurrido como se señala en el escrito de la acusación, sin que por tanto procedieran en los supuestos de desestimación de la misma por aplicación de la presunción de inocencia o al in dubio pro reo. Egido Trillo-Figueroa, Benito José Acusación particular. Gratuidad de la ...»
Acusación particular. Gratuidad de la justicia militar. Costas procesales · BENITO JOSE EGIDO TRILLO-FIGUEROA · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →
