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Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 321 al 340
Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración
«Adviértase que la propia fijación de si un comportamiento o práctica es "inaceptable" y la susceptibilidad de que pueda causar un daño constituyen juicios de valor que deben depurarse de estereotipos para responder a la efectividad del principio de igualdad. En esta materia, además, resulta particularmente problemática la valoración probatoria en los supuestos en que concurre un marco de clandestinidad preordenado. Esto Martínez Miranda, María Macarena Valoración de la prueba con perspectiva de ...»
Valoración de la prueba con perspectiva de género en el orden jurisdiccional social · MARIA MACARENA MARTINEZ MIRANDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 38 · con fórmula de valoración
«Sentado lo anterior, debe añadirse que no cabe eludir la exclusión de las cuestiones de hecho aludiendo a la llamada integración de hechos a la que se refiere el art. 93.3 LJCA, pues esta facultad solo sirve para integrar en los hechos admitidos como probados por el tribunal de instancia otros que hubieran sido omitidos por este, pero no puede emplearse para contradecir aquellos y construir, así, un "supuesto de hecho" de signo contrario al afirmado por ese tribunal o para denunciar la errónea valoración de la prueba, donde lo realmente pretendido sea modificar la valoración probatoria alcanzada por la sentencia de instancia (ATS, de 31 de enero de 2020, RQ 36/2019).»
Cuestiones que plantea el recurso de casación. Visión desde los tribunales superiores de justicia · JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 29 · con fórmula de valoración
«Por su parte, la STJUE, de 18 de diciembre de 2014, asunto C-449/2013 precisó que, aunque la Directiva 2008/48/CE no contiene ninguna disposición sobre la carga de la prueba del cumplimiento de la obligación de información previa al contrato, el principio de efectividad del ordenamiento jurídico de la UE impide que la carga de probar el incumplimiento de estas obligaciones de información precontractual recaiga sobre el consumidor. Así pues, es el prestamista quien debe acreditar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Las cláusulas tipo por las cuales el prestatario reconoce la entrega de la documentación previa al contrato no liberan al prestamista de la carga de la prueba.»
La nueva ordenación del crédito revolving. La Orden ETD 699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente · RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 24 · con fórmula de valoración
«Las dificultades probatorias con las que puede tropezar el trabajador se pretenden equilibrar mediante un sistema especial de distribución de la carga de la prueba. Como regla general, corresponde al demandante acreditar los hechos constitutivos de su pretensión y corresponde al demandado acreditar los hechos impeditivos, extintivos y excluyentes. No obstante, cuando el trabajador alegue discriminación o vulneración de derechos fundamentales, el art. 96 LRJS establece una inversión de la carga probatoria, correspondiendo probar al demandado la justificación objetiva y razonable de las López Hormeño, María del Carmen Principio de igualdad y tutela judicial ...»
Principio de igualdad y tutela judicial efectiva sin indefensión en el proceso social, en especial en el acto del juicio: puntos críticos y propuestas de reforma · MARIA DEL CARMEN LOPEZ HORMEÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 36 · con fórmula de valoración
«Por lo que se refiere al proceso penal, aunque la sede natural de la perspectiva de género en el ámbito jurisdiccional no es el momento de valoración de la prueba practicada en el plenario, sino, a mi entender, la fase de investigación (policial y/o judicial) de los hechos denunciados, también puede ayudar al juez a detectar y neutralizar determinados estereotipos sexistas en el momento de dictar sentencia, lo que cobra especial importancia en el enjuiciamiento de los delitos sexuales, ya que debemos estar en guardia para no aceptar inconscientemente alguno de los denominados mitos de la violación .Todo ello puede y debe hacerse, a mi juicio, sin abdicar de los principios rectores del proceso penal y, en especial, del escrupuloso respeto al principio de presunción de inocencia.»
El peso de los estereotipos de género en las decisiones judiciales: una aproximación desde la psicología jurídica · ARTURO MUÑOZ ARANGUREN · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración
«Es decir, si podemos admitir que la presunción de inocencia ha de imprimir dicho ámbito extraprocesal o si los derechos de las víctimas afectadas, especialmente de las más vulnerables, no deben ser protegidos por los poderes públicos, desde la perspectiva de la tutela de su indemnidad moral y su tranquilidad. Y es aquí donde se abre una nueva vía que abarca la concepción de derechos fundamentales, tales como la presunción de inocencia o la necesaria tutela de la víctima en dicha dimensión extraprocesal.»
Juicios paralelos. Especial referencia al tratamiento de la información en asuntos penales que incorporan elementos particularmente sensibles · MARIA PILAR ASTRAY CHACON · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 31 · con fórmula de valoración
«Como conclusión, dado que el art. 226 TRLSC no contienen una previsión expresa sobre la carga de la prueba y que, en materia de responsabilidad de administradores, la regla es que es el actor el que debe acreditar la concurrencia de sus elementos, entre ellos la conducta culposa, el daño y la relación causal, debemos acudir a las reglas de la carga de la prueba del art. 217 LEC.»
La protección de la discrecionalidad empresarial como excepción de la responsabilidad de los administradores sociales en el derecho español (business judgment rule) · MONSERRAT MOLINA PLA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración
«Y son diferentes los parámetros de valoración de la razonabilidad del proceso seguido en los casos de sentencias absolutorias y en los supuestos de sentencias condenatorias, pues en los primeros, por imperativo del principio de presunción de inocencia, juega a favor de la inocencia del acusado tanto la insuficiencia probatoria en sentido objetivo como la insuficiente fuerza de convicción de la prueba practicada para el tribunal. En todo caso ha de tratarse de un error predominantemente fáctico, verificable inmediatamente y de forma incontrovertible. b. Apartamiento notorio de las máximas de experiencia.»
Nuevo recurso de apelación. Cuestiones problemáticas · JOSE LUIS LOPEZ DEL MORAL ECHEVERRIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 14 · con fórmula de valoración
«Considera, por tanto, este tribunal de segunda instancia que el conjunto de la prueba, así como el principio de inmediación, sobre los que la juzgadora elevó su decisión impiden apreciar error alguno en la valoración de la prueba que se hace en la sentencia, por lo que este primer motivo de recurso debe ser desestimado".»
Esguince cervical · MARIA JIMENEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración
«5.a La estimación de un recurso de apelación en el que se denuncia la insuficiencia o irracionalidad de la valoración probatoria -incluye apartamiento tanto de las reglas de la lógica como de las máximas de experiencia-, ¿autoriza u obliga al tribunal de segundo grado a ofrecer en los razonamientos de su resolución el alcance de lo que deba ser una fundamentación suficiente de la prueba en el caso concreto, o la indicación de que haya de resultar una valoración lógica o adecuada a las reglas de experiencia?, o ¿debe limitarse a identificar la infracción, sin ofrecer su propia valoración de las pruebas insuficiente o irracionalmente valoradas?»
La nueva regulación de los recursos de apelación, casación y revisión penal: Conclusiones (1.ª edición) · Sin autor · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración
«5.a La estimación de un recurso de apelación en que se denuncia la insuficiencia o irracionalidad de la valoración probatoria -incluye apartamiento tanto de las reglas de la lógica como de las máximas de experiencia-, ¿autoriza u obliga al tribunal de segundo grado a ofrecer en los razonamientos de su resolución el alcance de lo que deba ser una fundamentación suficiente de la prueba en el caso concreto, o la indicación de que haya de resultar una valoración lógica o adecuada a las reglas de experiencia?, o ¿debe limitarse a identificar la infracción, sin ofrecer su propia valoración de las pruebas insuficiente o irracionalmente valoradas?»
La nueva regulación de los recursos de apelación, casación y revisión penal: Conclusiones (2.ª edición) · Sin autor · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«De ahí que desde la sentencia del caso Phillips el TEDH viene considerando que en materia de decomiso cabe el establecimiento de reglas de inversión de la carga de la prueba, sin que ello suponga vulneración del principio de presunción de inocencia. Para establecer tal principio acota antes qué entiende por norma penal y afirma que los criterios para su delimitación son la calificación del derecho interno, la gravedad de la sanción que impone y la naturaleza del procedimiento en el que se declara.»
Conclusiones del Seminario La Nueva Regulación del Comiso. Madrid, del 1 al 3 de junio de 2016 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2016 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración
«Se distingue de los principios generales de interpretación de las normas (art. 3.1 Código Civil, art. 5.1 LOPJ) y contratos (arts. 1281 a 1289 Código Civil), no resulta utilizable para resolver problemas de concurrencia o sucesión normativa, ni para integrar lagunas. No puede identificarse con la aplicación de la norma más favorable, no es de aplicación al establecimiento de los hechos controvertidos ni a la valoración de la prueba, no es equivalente al principio "pro reo" ni es expresión de la presunción de inocencia que rige en el proceso penal (17).»
La vigencia del principio de estabilidad en el empleo · MARIA DEL MAR MIRON HERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 298 · con fórmula de valoración
«PICÓ I JUNOY, Joan. El principio de la buena fe procesal. Barcelona: Bosch, 2013. ISBN: 978-84-940751-1-7. Capítulo II, apartado 2: "Reglas de la buena fe procesal en los juicios declarativos", pág. 146 y ss. Examina la vinculación entre el principio de adquisición procesal y el de buena fe procesal la buena fe procesal. Como la libre valoración de la prueba no está afectada por la parte que la haya propuesto, la renuncia a las pruebas propuestas por cada parte puede generar consecuencias para la parte contraria.»
Problemas procesales que suscita el juicio ordinario y la dirección de los debates: Conclusiones · Sin autor · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 18 · con fórmula de valoración
«La doctrina ha valorado que no se trata de una inversión de la carga de la prueba: Sobre el primer aspecto [carga de la prueba] ha de destacarse la aplicación -analógica- del art. 1183 CC, del que derivar la conclusión de que el incumplimiento de la obligación ha de atribuirse al deudor y no al caso fortuito, salvo prueba en contrario; y la del art. 217 LECiv, tanto en lo relativo a la prueba de los hechos constitutivos [secuelas derivadas de AT] y de los impeditivas, extintivos u obstativos [diligencia exigible], cuanto a la disponibilidad y facilidad probatoria [es más difícil para el trabajador acreditar la falta de diligencia que para el empresario demostrar la concurrencia de ésta].»
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: principios básicos y especialidades sobre la carga de la prueba · MATILDE ARAGO GASSIOT · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Principio de facilidad probatoria. El recurso extraordinario por infracción procesal no permite una nueva valoración conjunta de la prueba. Error en la valoración de la prueba con relevancia constitucional. Responsabilidad médica. Buena praxis médica: examen de las circunstancias concretas del caso. Efecto expansivo del Baremo a otros ámbitos de la responsabilidad civil distintos de los del automóvil. No puede ser objeto de revisión en casación la ponderación y subsiguiente determinación del porcentaje de la cuantía indemnizatoria fijada por la norma para cada concepto que el tribunal de instancia haya efectuado en atención al concreto perjuicio que consideró acreditado".»
Conclusiones del Seminario Responsabilidad Civil Profesional. Madrid, del 20 al 22 de mayo de 2015 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2015 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 60 · con fórmula de valoración
«Frente a ello, el Tribunal Supremo ha terminado por rechazar tajantemente la responsabilidad objetiva en la responsabilidad civil médica, a partir de la St. de 7 de febrero de 1990, sentando las bases de una concepción culpabilista en la cual siempre ha de acreditarse la culpa del demandado, si bien en dicha acreditación, cuya carga de la prueba se deja caer sobre la víctima, conforme al artículo 217 de la LEC. Este precepto ha sido aplicado dando lugar a una distribución dinámica de la carga de la prueba, atendiendo especialmente al principio de facilidad probatoria.»
Conclusiones del Seminario Responsabilidad Civil Profesional. Madrid, del 20 al 22 de mayo de 2015 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2015 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración
«Así lo ha hecho con el derecho a la tutela judicial efectiva, los derechos de defensa y la presunción de inocencia (i.e . los derechos reconocidos por los artículos 24 y 25 de nuestra Constitución). En la jurisprudencia relativa a estos Derecho, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no habla de derechos fundamentales propiamente dichos, sino sólo de los principios del derecho defensa, el principio de la presunción de inocencia, el principio de ne bis in ídem , etc. La entrada en vigor del Tratado de Lisboa a finales de 2009, y el consiguiente valor vinculante de la Carta, produjo un cierto (e inevitable) cambio en la jurisprudencia.»
Competencia y derechos fundamentales: legitimidad y eficacia · RAFAEL ALLENDESALAZAR CORCHO · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración
«En este sentido, la STS 31/2012, de 19 de enero, decía lo siguiente: "No se debe olvidar, como se señala por la Sentencia del Tribunal Constitucional 147/2009, de 15 de junio, que no pueda prosperar la queja relativa a la falta de virtualidad probatoria de los informes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, por tanto, su validez como prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia. No se puede negar que los Informes elaborados por los funcionarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y a las declaraciones de éstos en el acto del juicio, tienen el carácter de prueba legítimamente obtenida y practicada, y que debe ser valorada".»
Cuestiones procesales relacionadas con los delitos económicos · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Interpretado de modo lógico-sistemático, el efecto del precepto legal no puede referirse al momento en que pretenden practicarse las diligencias preliminares, sino al juicio posterior en el que éstas se utilicen. En dicho juicio, la valoración de la prueba debe hacerse de acuerdo con las reglas de la sana crítica y en el conjunto de las practicadas, de modo que puede (o no) llegar a tenerse por confeso a quien se negó a la práctica de las diligencias. De tal modo, la presunción "iuris tantum" que operaba en su contra desde las diligencias, puede quedar destruida por prueba en contrario, pero incluso también podrá determinarse la absolución del sujeto en cuestión en la sentencia (82).»
Diligencias preliminares · JOSE JAVIER DIEZ NUÑEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →