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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 3341 al 3360

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «ordinario configuran la usura en el tráfico jurídico, el legislador responderá con la atribución a los órganos jurisdiccionales de unas potestades de valoración de la prueba extraordinarias, única forma posible, según se considera, para poder luchar contra la usura.»

    Los tipos de usura y sus requisitos · JUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «En esa misma línea, Javier Marías escribió su artículo "Ojo con la barra libre", donde señalaba que el caso Weinstein no era un ejemplo de acoso sexual, sino más bien "una forma de prostitución menor y pasajera, si aceptaban". Formaba parte de una transacción que sucede a menudo para conseguir beneficios mutuos a los que "siempre cabe responder "No"". Según el prestigioso escritor, el movimiento #MeToo había conseguido establecer estas dos pseudoverdades: 1. Que las mujeres son siempre víctimas. 2. Que las mujeres nunca mienten. Según esta afirmación, cualquier varón acusado es considerado automáticamente culpable (9). No obstante, algunas voces feministas hablaron en defensa de la presunción de inocencia y de la importancia de garantizar juicios justos para los acusados de las agresiones sexuales. Sería el caso de Margaret Atwood, por ejemplo, a pesar de que ciertos sectores del feminis»

    Radiografía de la cultura de la cancelación · MARIAM MARTINEZ-BASCUÑAN RAMIREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración

    «que son castigadas y no pasan por los tribunales, ni por los jurados ni por los jueces. Gracias al Estado de derecho, contamos con garantías como la presunción de inocencia o el derecho a la legítima defensa. Lo que está sucediendo, pues, es que la esfera pública propia de la cultura online está colonizando al resto del espacio público. Todas las especificidades que encontramos en esa cultura online -como las conclusiones rápidas, la polarización, los filtros ideológicos rígidos o los juicios de doscientos ochenta caracteres- han pasado a formar parte de la cultura propia de la opinión pública general, y por ende, de sus instituciones culturales, como las universidades, los periódicos, los museos, etc. Más que de violencia o de coerción estatal directa, hablamos de una inmensa presión de algo que, por otra parte, recuerda bastante a lo que explicaba Alexis de Tocqueville en La democracia»

    Radiografía de la cultura de la cancelación · MARIAM MARTINEZ-BASCUÑAN RAMIREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Autor: Lucía Martínez Garay Incluido en el número monográfico sobre Lógica científica y valoración probatoria. Especial referencia a las pruebas biológicas de Cuadernos Digitales de Formación 3 - 2020 (Directores: Salvador Camarena Grau y José Luis Ramírez Ortiz)»

    Derecho penal y riesgo: la prueba del riesgo de reincidencia · LUCIA MARTINEZ GARAY · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · pág. 26 · con fórmula de valoración

    «transformarse en un título omnicomprensivo del conjunto de daños reclamados a consecuencia del lapso de tiempo transcurrido ya expuesto. En conclusión, el único concepto indemnizable es la pérdida de unas expectativas reducidas y dada la falta de parámetros objetivos es por lo que procede fijar al respecto una cantidad a tanto alzado, acudiendo a un juicio ponderado y prudente de la Sala, en el que considerando las circunstancias concurrentes expuestas y a falta de otros datos objetivos y valorando, como se dijo, las pruebas practicadas de acuerdo con las reglas de la sana crítica, procede fijar una indemnización de 12.000 euros, cantidad que se califica como deuda de valor y se estima actualizada incluidos los intereses a la fecha de la presente sentencia, rechazando, en consecuencia, cualquier otro concepto indemnizatorio, por lo que de acuerdo con los razonamientos anteriormente expue»

    La valoración del daño · JUAN CARLOS ZAPATA HIJAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración

    «La propia ley contempla la sanción para los supuestos de fraude por parte del deudor (artículo 26) y se remite a la normativa para préstamos hipotecarios (art. 16 RDL 8/2020), lo que le permite al prestamista exigir responsabilidad civil por daños y perjuicios, sin perjuicio de otras, que, al menos, equivaldrá al beneficio obtenido, si bien habrá de articularse mediante el procedimiento declarativo por la cuantía que corresponda. Bastará acompañar a la demanda la solicitud y la falta de cumplimiento de los requisitos legales subjetivos antes examinados, si bien será más difícil acreditar el mantenimiento en situación de vulnerabilidad por propia voluntad, a la que se refiere el ordinal 3.o. Asimismo, le incumbe la carga de la prueba al banco, ya que es el que reclama los daños y perjuicios (art. 217 LEC).»

    Las moratorias en préstamos no hipotecarios · MARIA DE LOS REYES VILA PARIENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 53 · con fórmula de valoración

    «Igualmente, dicho proyecto reitera dos consideraciones que, por su relevancia, merecen una breve mención: - La primera referida a la prueba, señalando "los efectos de, entre otras cosas, compensar la carga de la prueba que recae sobre el padre sustractor u otra persona u organismo que se opone a la restitución, el artículo 13(3) establece que el tribunal ante el que tramita el procedimiento de restitución deberá tener en cuenta la información que sobre la situación social del menor proporcione la Autoridad Central u otra autoridad competente del lugar de residencia habitual del menor, que es la que está en mejores condiciones de aportar esa información". - La segunda referida al carácter discrecional de la denegación de restitución, dentro del ámbito del convenio, pues su apreciación no siempre deriva de forma automática en la no restitución del menor, por ejemplo, cuando existen garantí»

    Las sombras del proceso de restitución del menor. El reto de la urgencia y eficacia. Buenas prácticas. Excepciones al retorno o restitución del menor. Especial referencia a supuestos de violencia de género o intrafamiliar · MARIA PILAR ASTRAY CHACON · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Autor: Javier Hernández García Incluido en el número monográfico sobre Lógica científica y valoración probatoria. Especial referencia a las pruebas biológicas de Cuadernos Digitales de Formación 3 - 2020 (Directores: Salvador Camarena Grau y José Luis Ramírez Ortiz)»

    Límites iusfundamentales a la prueba científica · JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Pese a la indiscutible gravedad de la pandemia y a los extraordinarios efectos sanitarios, económicos y sociales que ha tenido y sigue teniendo, no procede invocar de forma genérica la existencia de fuerza mayor (art. 106.2 CE y art. 32.1 LRJSP) para excluir ab initio toda responsabilidad patrimonial de la Administración en su gestión, sin examinar el caso concreto. Considerado en sí mismo, el contagio de la enfermedad de la COVID-19 no es un fenómeno imprevisible e inevitable, dado que la Administración dispone de amplios instrumentos para reducir su propagación y letalidad. Incluso en el caso de eventos calificables indudablemente como de fuerza mayor (terremotos, huracanes, inundaciones extraordinarias, etc.), puede surgir responsabilidad administrativa como consecuencia de una mala gestión previa o posterior a su acaecimiento. La carga de la prueba de una posible fuerza mayor en el c»

    Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas y COVID-19: Conclusiones · Sin autor · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Autor: José Luis González Cussac Incluido en el número monográfico sobre Lógica científica y valoración probatoria. Especial referencia a las pruebas biológicas de Cuadernos Digitales de Formación 3 - 2020 (Directores: Salvador Camarena Grau y José Luis Ramírez Ortiz)»

    Un derecho penal híbrido en el paradigma de la seguridad · JOSE LUIS GONZALEZ CUSSAC · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «El capítulo V recoge los derechos de ciudadanía, tales como el derecho a ser elector y elegible en las elecciones al Parlamento Europeo; derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales; derecho a una buena administración; derecho de acceso a los documentos; defensor del pueblo; derecho de petición; libertad de circulación y de residencia; y protección diplomática y consular. El capítulo VI compendia los derechos vinculados con la justicia, como el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial; presunción de inocencia y derechos de la defensa; principios de legalidad y de proporcionalidad de los delitos y las penas; el derecho a no ser acusado o condenado penalmente dos veces por el mismo delito. El título VII, por último, contiene las disposiciones generales que rigen la interpretación y la aplicación de la Carta, entre las que destacan los artículos 51 y 52.»

    Jueces nacionales y protección de los derechos humanos en la Unión Europea · MANUEL LOPEZ ESCUDERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 35 · con fórmula de valoración

    «proceden a integrar tales conceptos jurídicos indeterminados y fijar los hechos con relevancia tributaria controvertidos atendiendo a reglas sobre carga de la prueba y valorando la eficacia probatoria de documentos u otros medios de prueba con evidente margen de apreciación también.»

    La mediación judicial contencioso-administrativa: entre la realidad y el deseo · JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración

    «La mejora para los procedimientos penales y para el otorgamiento de períodos de restablecimiento y reflexión (PRR) se demuestra en el número de PRR concedidos y la colaboración activa de las víctimas hasta consolidar prueba de cargo (11).»

    Trata de seres humanos: la perspectiva policial · ANTONI RODRIGUEZ HERRERA · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración

    «Constituye elemento común de las resoluciones dictadas que la carga de la prueba incumbe a la comunidad actora, en orden a demostrar que dicha actividad constituye Rivas Velasco, María José Viviendas turísticas y comunidad de ...»

    Viviendas turísticas y comunidad de propietarios · MARIA JOSE RIVAS VELASCO · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «que impide identificar una imagen nítida y completa de la intervención en materia de garantías procesales. No obstante, el nuevo marco normativo propició, ya en el año 2009, un plan de trabajo, el conocido como Plan de Estocolmo, que identificó los primeros objetivos regulativos tales como los derechos de traducción e interpretación, a la información de las personas investigadas en el proceso penal, a la asistencia letrada y de comunicación de las personas detenidas, y derechos de las víctimas en el proceso penal. Este ha tenido su continuación en el plan de trabajo de 2013 que incluye la regulación del derecho a la prestación gratuita de asistencia, a la presunción de inocencia, a estar presente en el juicio y derechos de los menores acusados en el proceso penal. Se trata de objetivos programáticos que ya se han plasmado, todos ellos, en las correspondientes directivas, la mayoría ya tr»

    Breves notas sobre los nuevos retos jurisdiccionales derivados de la intervención legislativa de la Unión Europea en el proceso penal · JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · pág. 76 · con fórmula de valoración

    «Ello es así por la valoración conjunta de las razones siguientes: A) La actividad sectorial relativa a productos alimentarios a que se dedica la empresa demandada comprende dos grandes ámbitos.: el industrial y el comercial.»

    Conclusiones del Seminario La Sociedad Mercantil como Sujeto de Derecho Privado. Madrid, del 11 al 13 de abril de 2018 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2018 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Consecuentemente, y como desarrollaremos más tarde, si en el curso de una actuación realizada por un agente encubierto -ya fuera online o convencional- se grabaran una serie de declaraciones en las que uno de los investigados realizara declaraciones autoincriminatorias, la validez de la prueba obtenida orbitaría en la diferenciación de si dichas declaraciones fueron espontáneas (supuesto en el que no se produciría una vulneración del derecho a no declarar contra sí mismo, pues no existiría ninguna actividad coactiva por parte del Estado para obtener dicha declaración) o conducidas e inducidas por el agente infiltrado (en cuyo caso sí estaríamos ante una vulneración del derecho a no declarar contra sí mismo, lo que supondría la nulidad de la prueba aun cuando se contara con la preceptiva resolución judicial autorizante), por lo tanto, es indiferente el dictado, o no, de una resolución jud»

    El agente encubierto online. Aspectos legales y jurisprudenciales y problemas procesales originados en su práctica · JAVIER IGNACIO ZARAGOZA TEJADA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 24 · con fórmula de valoración

    «- Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y del derecho a estar presente en el juicio. Diario Oficial de la Unión Europea , serie L, n.o 65, 11 de marzo de 2016. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2016/343/oj. - Recomendación de la Comisión, de 27 de noviembre de 2013, relativa a las garantías procesales para las personas vulnerables sospechosas o acusadas en procesos penales. Diario Oficial de la Unión Europea , serie C, n.o 378, 24 de diciembre de 2013. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/ legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.C_.2013.378.01.0008.01.SPA. - Resolución del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre un plan de trabajo para reforzar los derechos procesales de sospechosos o acusados en los procesos penales. Diario Ofi»

    Enfermedad mental y repercusiones en el proceso penal · VERONICA PONTE GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Creo que vale la pena comenzar recordando que nuestro Tribunal Supremo concede plena validez a las pruebas obtenidas en el extranjero siempre que el Estado de ejecución comparta nuestros mismos valores constitucionales (vid. sentencias del Tribunal Supremo 456/2013, de 9 de junio, 259/2005, de 4 de marzo, 480/2009, de 22 de mayo o 4777/2013, de 8 de octubre). Esta coincidencia es la que sustenta el Derecho de la Unión tal y como se indica en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (vid. también la sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de marzo de 2018, Achmea, C284/16). No se trata de otorgar carta de naturaleza pues el propio Tribunal añade limitaciones más concretas que invalidan la prueba obtenida en otro país. Entre las mismas destaca la conculcación de nuestro propio nivel de protección de derechos fundamentales sobre materias no armonizadas en la Unión Europea. En el supues»

    La orden europea de investigación penal: transposición de la Directiva 2014/41 del Parlamento Europeo y del Consejo de 3 de abril de 2014 · JOSE VILLODRE LOPEZ · Monografías · 2018 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración

    «El derecho a la protección de datos de carácter personal es un derecho fundamental de nueva generación, reconocido en el artículo 18.4 de la Constitución y regulado en diversas normas internas e internacionales. Actualmente, el reglamento general de protección de datos de la Unión Europea regula de manera directa este derecho, si bien existe un proyecto de nueva ley orgánica de protección de datos de carácter personal para complementarlo. Varias sentencias dictadas por la Sala Primera del Tribunal Supremo en los años recientes han resuelto conflictos en los que se hallaba involucrado este derecho. En ellas ha abordado tres cuestiones fundamentales: la inclusión de datos personales en los registros de morosos, el llamado derecho al olvido y la carga de la prueba en los procesos en los que se alega la vulneración de este derecho.»

    La protección de datos personales en la reciente jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo · RAFAEL SARAZA JIMENA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →