Fondo doctrinal · buscador
Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 2841 al 2860
Valoración de la prueba en general · pág. 68 · con fórmula de valoración
«En consecuencia, para la determinación de la parte a quien corresponde la carga de probar los hechos en que funda su pretensión, habrá que estar a la norma general de distribución de la carga de la prueba del artículo 217 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil". Menéndez Estébanez, Francisco Javier Disposiciones generales del despacho de ...»
Disposiciones generales del despacho de ejecución civil · FRANCISCO JAVIER MENENDEZ ESTEBANEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración
«En todo caso, más de dos docenas de personas, teniendo en cuenta que la jurisprudencia, en líneas generales, no considera adecuado al delito-masa la especificación del número de afectados (p. ej., SSTS 25-10-1985, 27-5-1987, 1-6-1990, 27-9-1991, 19-9-1994); de esta suerte, el delito-masa se convierte en un instrumento de índole procesal que evita al órgano sentenciador una serie de engorrosas pruebas, como fijar el monto total del perjuicio o la individualización de cada uno de los perjudicados. Sin embargo, estas aparentes ventajas procesales topan con la presunción de inocencia, lo que permite poner en duda su legitimidad.»
El delito de información privilegiada como delito societario · JOAN JOSEP QUERALT JIMENEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 65 · con fórmula de valoración
«Cañizares Laso, Madrid, 2006, pág. 61, al referirse al valor integrador de la publicidad distingue entre edificios en construcción y ya construidos: "Opinamos que en los casos de laguna del contrato el valor integrativo de la publicidad opera, en todo caso, en los supuestos de compras de pisos en construcción pues el consumidor ha formado su consentimiento con base en esa publicidad que luego se ha incumplido. Sin embargo, en los casos de compras de viviendas en edificios ya construidos, el valor integrativo de la publicidad deberá ser valorado en atención a las circunstancias pero siempre bajo una carga de la prueba para Picatoste Bobillo, Julio César El derecho de información en la ...»
El derecho de información en la contratación con consumidores · JULIO CESAR PICATOSTE BOBILLO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 19 · con fórmula de valoración
«Resulta llamativo, con todo, que lo haga sin aludir siquiera a la necesidad de una coetánea reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que determine cuál será el status procesal de aquéllas: si, como parece razonable, tendrán derecho a la presunción de inocencia, a no declarar contra sí mismas y, en general, a todas las demás garantías del debido proceso. Sin esa reforma paralela resulta sumamente dudoso que el modelo del Anteproyecto pueda cumplir sus pretendidos objetivos.»
Empresario social como deudor en materia de seguridad. Persona jurídica y responsabilidad penal · JESUS MARIA SILVA SANCHEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 36 · con fórmula de valoración
«En el supuesto del ejercicio de actividades potencialmente peligrosas, contaminantes, se emplea la teoría del riesgo creado (48), según la cual la diligencia exigida en el art. 1902 CC se extiende a todas las actuaciones que la prudencia imponga para prevenir el daño no tolerable, de acuerdo no sólo con las circunstancias de la persona, el tiempo y el lugar (art. 1.104 CC), sino también el sector del tráfico o vida social donde despliega sus efectos, con una inversión de la carga de la prueba sobre el agente de la actividad.»
Energía y medio ambiente · ALICIA ESTHER ORTUÑO RODRIGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Sin embargo, la realidad es que el de culpabilidad es el único de los principios básicos del Derecho tributario sancionador que no es mencionado en el artículo 178 de la Ley General Tributaria". (8) STSJ Islas Baleares, contencioso-administrativo, 144/2009, de 26 de febrero. (9) Desde STC 124/1983, de 21 de diciembre: "1. La presunción de inocencia es un derecho fundamental en virtud del cual incumbe a quien acuse aportar las pruebas destructoras de aquella presunción "iuris tantum".»
Garantías y principios generales del Derecho administrativo sancionador · NURIA PUEBLA AGRAMUNT · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Esta reside en que la declaración de responsabilidad penal se efectúa en un proceso en el que rigen garantías específicas integradas en el derecho a un proceso con todas las garantías (art. 24.2 CE) que repercuten en el contenido del derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE), mientras que la declaración de responsabilidad por infracción administrativa se realiza en un procedimiento en el que tal derecho se aplica de forma modalizada, lo que implica un menor contenido garantista del mismo (por todas SSTC 18/1981, de 8 de junio, F. 2; 7/1998, de 13 de enero, F. 5 y 14/1999, de 22 de febrero, F. 3)". Información sobre el artículo»
Incidencia de la legislación estatal en la disciplina urbanística: referencia a cuestiones ambientales · JESUS MARIA CHAMORRO GONZALEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«La función jurisdiccional consiste en comprobar, en el contexto de un juicio contradictorio en el que las partes concurran en condiciones de igualdad, si la hipótesis de la acusación se encuentra avalada por pruebas bastantes para desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al acusado y, por tanto, este es merecedor de la pena que para la conducta declarada probada establece la ley. La actividad jurisdiccional, como ha dicho FERRAJOLI (3), no está dirigida a la satisfacción de intereses preconstituidos.»
Jueces y policías. Algunas razones de una relación disfuncional · JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ · Revista del Poder Judicial · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 27 · con fórmula de valoración
«Legitimación de los consumidores para interponer la acción de cesación. g. Derecho a la elección y modificación de las técnicas de comunicación a distancia aplicables a la ejecución del contrato. h. Derecho de retrocesión del cargo de la tarjeta de pago. i. Inversión de la carga de la prueba o atribución de la misma al proveedor respecto del cumplimiento de las obligaciones del proveedor en materia de información al consumidor. j. Irrenunciabilidad de los derechos del consumidor. k. Derecho de desistimiento. l. Derecho de resolución. m. Garantías del consumidor en relación con la disponibilidad de los bienes objeto del pedido.»
La contratación por el consumidor a través de internet · MARIA MATEOS FERRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 28 · con fórmula de valoración
«Ya hemos visto los derechos que el Convenio reconoce al detenido o preso. Cabe considerar que el conjunto de ellos supone un nivel mínimo de legalidad en el tratamiento de las personas privadas de libertad, así como su cumplimiento determinará la validez de las diligencias practicadas en relación con dicha persona. Ello supondrá que tales diligencias podrán ser consideradas, en su caso, como prueba de cargo contra ella o contra terceros.»
La doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a la libertad · MIGUEL ANGEL ENCINAR DEL POZO · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 49 · con fórmula de valoración
«De la doctrina del TC y de los diversos órganos jurisdiccionales, se puede derivar que el concepto de orden público está referido a las condiciones en que el árbitro desarrolla su función: competencia, dirección del procedimiento, distribución de la carga de la prueba entre las partes, acatamiento de los principios procesales dimanantes de la CE, objeto del laudo -materias disponibles y susceptibles de arbitraje- y motivación del laudo; sin que se puede fundar en el concepto de orden público una pretensión de revisión de la aplicación que el árbitro ha hecho del Ordenamiento jurídico material (68).»
La ejecución del laudo arbitral de consumo · JOSE MANUEL BUSTO LAGO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración
«de Sydney Lumet (1957) donde se confirma la tesis de que el cine de juicios suele tratar siempre el mismo tema: la dificultad de alcanzar la Justicia. La trama puede considerarse un curso sobre las Enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos que garantizan un juicio justo, establecen la presunción de inocencia y en su Sexta Enmienda asegura a todo acusado criminalmente el derecho a tener un "Jurado imparcial". Vicente Martínez, Rosario de La ética del juez en la película Tres ...»
La ética del juez en la película Tres colores: Rojo de Krzysztof Kieslowski · ROSARIO DE VICENTE MARTINEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«En estos casos, el deudor dispone de un plazo de dos meses más para instar el concurso. No obstante si en dicho plazo de dos meses es presentada la solicitud de declaración de concurso por otro legitimado, se entenderá que ha incumplido con el deber que le impone el artículo 5 de la Ley Concursal. La carga de la prueba de acreditar que el deudor, a pesar de haber acontecido alguno de los hechos anteriores, no tuvo conocimiento de su insolvencia, corresponde al propio deudor, quien conforme al artículo 18.2 de la Ley Concursal, también podrá probar que no se encuentra en estado de insolvencia a pesar de que hayan ocurrido dichos indicadores de insolvencia.»
La extensión de la jurisdicción concursal en el ámbito laboral. Bolsa de investigación CGPJ/Fundación Wellington 2007. III · ANA MARIA ORELLANA CANO / NURIA AUXILIADORA ORELLANA CANO · Monografías · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 8 · con fórmula de valoración
«Este diferente tratamiento deriva de la naturaleza misma del auto de cantidad máxima, dictado al finalizar un proceso penal sin sentencia condenatoria, y en el ámbito del seguro obligatorio de vehículos de motor, donde ya de forma tradicional, jurisprudencial y legalmente, se ha venido sancionando una responsabilidad objetiva y por el riesgo creado, con inversión de la carga de la prueba, de forma que habrá de ser el conductor (o su compañía aseguradora) el que alegue y acredite la concurrencia de las causas de oposición que invoque.»
La oposición a la ejecución · LUIS PEREZ MERINO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración
«emplear, seguramente, aparato de grabación en video, del que -insistimos- no se suele disponer y cuya manera de utilización concreta no está reglada, ni nos consta que haya específica formación al respecto de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia -quizás haría falta revisar el reglamento orgánico de los Cuerpos funcionariales, para adaptar las funciones de dicho personal a las necesidades surgidas de la actual LEC-). Como se ha dicho, tradicionalmente, la prueba de reconocimiento judicial ha sido considerada por la doctrina y la jurisprudencia como de libre valoración.»
La práctica en la primera o única instancia y en apelación de los principios de inmediación y oralidad: comparecencias, pruebas y vistas. Singular referencia al reconocimiento judicial · ANTONIO JESUS PEREZ JIMENEZ · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración
«mucho más adecuados para solventar las posibles deficiencias probatorias, como la presunción de inocencia, y que operan, lógicamente, al margen del tiempo transcurrido. Como acertadamente señala Álvarez García, "si el paso del tiempo ha debilitado la prueba hasta tal punto que es imposible dictar sentencia condenatoria, para nada hace falta acudir a la prescripción, ya que los mismos principios procesales propugnan para el caso otra solución" (12). Tampoco la teoría que fundamenta esta institución en el "derecho a un proceso sin dilaciones indebidas", consigue ofrecer una respuesta razonable.»
La prescripción de las infracciones penales. Problemas que plantea la regulación vigente y su respuesta en el Anteproyecto de Ley Orgánica de 23 de julio de 2009 por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal · FELIX MARIA PEDREIRA GONZALEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración
«del sistema punitivo y más concretamente la reinserción y rehabilitación social son ya inaccesibles, aspiración de rango constitucional, predicada en el artículo 25 de la CE. Por ello, una regulación que determine la imprescriptibilidad de delitos o de penas puede resultar contradictoria con principios básicos esenciales de la Justicia Penal, como el de seguridad jurídica o la función rehabilitadora de la pena, e incluso el de presunción de inocencia, dadas las notorias dificultades que se determinan al acusado inocente para ejercitar su defensa, aportando pruebas de descargo de hechos ocurridos mucho tiempo atrás.»
La prescripción de los delitos en España y en el Derecho comparado · FERNANDO MALDONADO CLAVERO · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 18 · con fórmula de valoración
«Entre ellas, el apartado 1, letra q), de dicho anexo, incluye las cláusulas que tengan por objeto o por efecto: "suprimir u obstaculizar el ejercicio de acciones judiciales o de recursos por parte del consumidor, en particular obligándole a dirigirse exclusivamente a una jurisdicción de arbitraje no cubierta por las disposiciones jurídicas, limitándole indebidamente los medios de prueba a su disposición o imponiéndole una carga de la prueba que, conforme a la legislación aplicable, debería corresponder a otra parte contratante".»
La protección del consumidor en el ámbito de la Unión Europea. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia · JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 56 · con fórmula de valoración
«de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. La Ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos. (7) Art. 19 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Derecho de disposición de los litigantes. Transación y suspensión. 1.»
La protección del consumidor en el ámbito de la Unión Europea. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia · JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo". (16) RODRÍGUEZ ACHÚTEGUI, Edmundo, op.cit. (17) BECH SERRAT, Joseph María (op.cit.) considera que estamos en presencia de una cláusula penal de origen legal, dado que se establecen unas cuantías mínimas para reforzar el cumplimiento de las obligaciones del organizador y detallista: si no cumplen, el consumidor no deberá probar el daño para obtener esos importes, quedando el organizador y detallista obligados a soportar tal prestación pecuniaria mínima, aun cuando no haya prueba del daño o la cuantía probada sea inferior.»
La regulación de los viajes combinados en el texto refundido de la L.C.U. · MARIA ANGELES GONZALEZ DE LOS SANTOS · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →
