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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 2481 al 2500

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 32 · con fórmula de valoración

    «García Jaramillo (eds.), El canon neoconstitucional , Universidad Externado de Colombia, 2010, pp. 367-406. (4) GARCÍA AMADO y BONORINO RAMÍREZ (coords.), Prueba y razonamiento probatorio en Derecho , Comares, 2014. (5) GARCÍA AMADO (coord.), Razonar sobre derechos , Tirant lo Blanch, 2016. (6) DE ASÍS, Sobre discapacidad y derechos , Dykinson, 2013, págs. 35-92. (7) PALACIOS, El modelo social de discapacidad: orígenes, caracterización y plasmación en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad , Cinca, colección CERMI n.o 36, 2008. GARCÍA ALONSO, J. V. (coord.), El movimiento de vida independiente.»

    La jurisprudencia basada en valores y la calidad de vida. El nuevo paradigma al que responde la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de discapacidad · JOSE JOAQUIN PEREZ-BENEYTO ABAD · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «La Sentencia del Tribunal Supremo, de la Sala de lo Penal, núm. 338 de 2 de junio de 2015, establece que no es exigible, el mismo canon de certeza, cuando se trata de verificar el respeto al derecho a la presunción de inocencia, que cuando se trata de determinar el presupuesto fáctico que permite la imposición del decomiso. El derecho citado supone el derecho a no ser condenado sin pruebas de cargo válidas, lo que implica que exista una mínima actividad probatoria, realizada con las garantías necesarias, referida a todos los elementos esenciales del delito y que de la misma quepa inferir razonablemente los hechos y la participación del acusado en ellos.»

    La relación de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos con los órganos judiciales y funcionamiento operativo · CRISTINA MARTINEZ-ARRIETA MARQUEZ DE PRADO · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «Los derechos y garantías constitucionales como la tutela judicial efectiva, la presunción de inocencia, al juez legalmente predeterminado, a un proceso con garantías, etc., ampararían también a la persona jurídica de igual forma que lo hacen en el caso de las personas físicas cuyas conductas son objeto del procedimiento penal y, en consecuencia, podrían ser alegados por aquella como tales y denunciadas sus posibles vulneraciones en lo que a ella respecta. ii) Modelo de responsabilidad penal de las personas jurídicas.»

    La responsabilidad penal de las personas jurídicas en la lucha global contra la corrupción · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración

    «Según la Sala de lo Penal, en la medida en que el defecto estructural en los modelos de gestión, vigilancia y supervisión constituye el fundamento de la responsabilidad del delito corporativo, la vigencia del derecho a la presunción de inocencia impone que el fiscal no se considere exento de la necesidad de acreditar la concurrencia de un incumplimiento grave de los deberes de supervisión.»

    La responsabilidad penal de las personas jurídicas en la lucha global contra la corrupción · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración

    «La Directiva regula el derecho a garantías en el contexto de los servicios de justicia reparadora en su art. 12 y ha sido traspuesta en el art. 15 como "Servicios de justicia restaurativa". Tanto una como otro regulan la posibilidad de mediación siempre y cuando se haga en interés de la víctima, por lo que ponen el énfasis en la naturaleza "reparadora o restaurativa" de la mediación con evitación de toda posibilidad de victimización secundaria o reiterada. A tal fin, se exige que la víctima esté debidamente informada sobre el proceso y sobre los resultados. El EV exige que ese consentimiento informado se otorgue no solo por la víctima sino también por el "infractor" (sería preciso mejorar la terminología empleada en el EV para respetar la presunción de inocencia y utilizar "presunto responsable") y que pueda ser retirado en cualquier momento. Guil Román, Carmen Las Directivas 2011/92, 20»

    Las Directivas 2011/92, 2011/36 y 2012/29 y su transposición. El Estatuto de la Víctima · CARMEN GUIL ROMAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración

    «Cuando se invoca la lesión al derecho fundamental a la presunción de inocencia, cumplida la doble instancia, la función revisora de la casación en este ámbito se contrae al examen de la racionalidad de la resolución realizada a partir de la motivación de la sentencia de apelación, comprensiva de la licitud, regularidad y suficiencia de la prueba; ii. Respecto al error de Derecho, función primordial de la nueva casación, deberá actuarse conforme a la consolidada jurisprudencia de la Sala de lo Penal en torno a los dos apartados del art. 885 de la ley procesal penal; Villegas García, María de los Ángeles Las reformas procesales y sustantivas del ...»

    Las reformas procesales y sustantivas del año 2015. Su interpretación jurisprudencial · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · pág. 27 · con fórmula de valoración

    «(8) VILLACAMPA ESTIARTE, C., "El delito de stalking", en Comentario a la reforma penal de 2015 . Director G. Quintero Olivares. Thompson Reuters. Aranzadi, 2015, p. 387. (9) IGUAL GARRIDO, Carlos. "Violencia contra las mujeres en las nuevas tecnologías: valoración de la prueba". Ponencia impartida en el Seminario de Fiscales especialistas de Violencia de Género.»

    Los nuevos tipos penales de violencia de género · TERESA PERAMATO MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración

    «Autor siempre albergado bajo el paraguas de derechos tan nucleares como los de presunción de inocencia, culpabilidad, responsabilidad por el hecho propio y proporcionalidad, humanidad y orientación a la resocialización de las penas, entre otros; y cuya tutela en absoluto desmerece por el hecho de que coetáneamente al amparo, la preservación e, incluso, la potenciación de esas garantías hacia el delincuente, se aspire a minimizar las consecuencias, siempre perniciosas, del injusto introducido por el mismo en la esfera social, de manera reforzada, respecto a la persona que más directamente lo ha sufrido, como es la víctima.»

    Medidas de protección en dependencias judiciales de la víctima, instrucción, juicio oral y sentencia · RAFAEL ESTEVEZ BENITO · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 21 · con fórmula de valoración

    «de redes sociales-. Lógicamente, dependiendo del alcance de la difusión, revelación o cesión, la reprochabilidad de la conducta será diferente". Como señala Vicente Magro, la carga de la prueba de la existencia del consentimiento de la afectada en difundir las imágenes correspondería, obviamente, al acusado al efectuar el descargo de que la víctima fue la que prestó su consentimiento a que el video o las imágenes se trasladaran a terceros y/o difundieran, ya que de lo contrario se trataría de una prueba diabólica al no poder obligarse a la víctima a que ella probara que "no prestó el consentimiento a que el video se difundiera".»

    Novedades en materia de violencia de género: delito de hostigamiento, delito contra la intimidad del art. 197.7 CP, la agravante de género del art. 22.4 CP y otras cuestiones · IVANA MARIA REDONDO FUENTES · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 24 · con fórmula de valoración

    «4.4. No se rompe la relación de causalidad por una supuesta omisión de datos sobre el accidente; la relación de causalidad puede acreditarse mediante prueba plena o a través de presunciones, sin que se aplique la presunción de inocencia en materia de recargo de prestaciones: TS 30-6-2008, R. 4162/06, que en gran medida reitera las de 30-6-2003, R. 2403, y 16-1-2006, R. 3970/04.»

    Novedades jurisprudenciales en materia de accidentes de trabajo · JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «la propia naturaleza de la enfermedad excluya el trabajo como factor determinante o desencadenante de aquella, bien porque "se aduzcan" (¿bastaría la simple alegación, no su "demostración", para producir el efecto de la inversión de la carga probatoria?) hechos que desvirtúen ese nexo causal (FJ 3.o 2 TS 27-9-2007, R. 853/06).»

    Novedades jurisprudenciales en materia de accidentes de trabajo · JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «Se establecen una serie de causas de exoneración, diferenciándose entre causas privilegiadas y ordinarias de exoneración según la facilidad de prueba, que, evidencian esta proximidad de la Ley del Contrato Terrestre de Transporte de Mercancías al CMR al respetarse tal régimen en la nueva Ley. El sistema de responsabilidad parte de una idea central: la responsabilidad por culpa con inversión de la carga de la prueba. Como consecuencia de ello, ante un perjuicio, el porteador es responsable, a no ser que demuestre la concurrencia de una causa exoneratoria. Además, responderá por sus auxiliares, sean dependientes o independientes de él (artículo 47.3 LCTTM).»

    Novedades jurisprudenciales en materia de transporte de mercancías por carretera · PEDRO JOSE VELA TORRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «El conjunto de Directivas aprobadas desde el año 2009 en esta materia, que afectan al proceso penal, se encuadran en el Plan de trabajo para reforzar los derechos procesales de sospechosos o acusados en los procesos penales aprobado por Resolución del Consejo de 30 de noviembre de 2009 (19), que el Consejo Europeo acogió favorablemente el 11 de diciembre de 2009 y lo incorporó al Programa de Estocolmo, cuyo objetivo es fomentar la mejor cooperación en el ámbito del proceso penal, para lo que se estima imprescindible establecer unos derechos procesales mínimos de sospechosos y acusados así como abordar otras cuestiones, como la presunción de inocencia, entre otras cuestiones que permitan homologar los distintos procedimientos de forma que se refuerce la confianza en el reconocimiento mutuo.»

    Nuevos espacios de intervención del legislador de la Unión en el proceso penal: Directiva 2016/1919, sobre derecho a la asistencia jurídica gratuita en el proceso penal. La Directiva 2016/800 sobre garantías procesales de los menores sospechosos y acusados. ¿Cabe identificar nuevos estándares de vocación sistemática para todo el proceso penal? · MARIA DOLORES HERNANDEZ RUEDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración

    «Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y Consejo de 20 de octubre de 2010 sobre el derecho a la interpretación y traducción en los procesos penales. 2. Directiva 2012/13 UE del Parlamento Europeo y Consejo de 22 de mayo de 2012 sobre el derecho a la información en los procesos penales. 3. Directiva 2013/48 UE del Parlamento Europeo y Consejo de 22 de octubre de 2013, sobre el derecho de asistencia de letrado en procesos penales y en procesos de orden de detención europea. 4. Directiva 2016/343 UE del Parlamento Europeo y Consejo de 9 de marzo de 2016, sobre presunción de inocencia y derecho a estar presente en el juicio.»

    Nuevos espacios de intervención del legislador de la Unión en el proceso penal: Directiva 2016/1919, sobre derecho a la asistencia jurídica gratuita en el proceso penal. La Directiva 2016/800 sobre garantías procesales de los menores sospechosos y acusados. ¿Cabe identificar nuevos estándares de vocación sistemática para todo el proceso penal? · MARIA DOLORES HERNANDEZ RUEDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 9 · con fórmula de valoración

    «- Calidad. Bajo la coordinación de la Letrada de la Administración de Justicia jefa de la unidad, se practica auditoría de calidad y formación continua. - Excelencia. Cada área cuenta con un coordinador técnico y un tutor, ambos mediadores profesionales con años de experiencia que se encargan de la supervisión y acompañamiento a los mediadores y también con un coordinador judicial, persona del engranaje judicial que cuenta con formación en mediación, preferentemente Letrado de la Administración de Justicia, como enlace directo con los órganos jurisdiccionales del ámbito, que se encarga de depurar y potenciar el proceso de derivación y devolución al juzgado. Este equipo garantiza la entrada gradual y formación progresiva de los mediadores adscritos a cada área.»

    Resultados de la experiencia de mediación intraprocesal en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia · JAVIER LUIS PARRA GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · pág. 64 · con fórmula de valoración

    «Sobre la no acreditación de la autoría y su efecto sobre el proceso civil, se cita la STS 1099/1992, de 28 de noviembre (ROJ: STS 8748/1992) según la cual la cosa juzgada "no es aplicable cuando la sentencia penal, admitiendo la existencia del hecho y sin excluir categóricamente la posibilidad de que una persona haya podido ser la autora del mismo, declara que no existen en el proceso las pruebas concluyentes, categóricas e inequívocas de la referida autoría, que permitan pronunciar una condena penal contra ella, por lo que, en aplicación del principio indubio pro reo, hoy constitucionalizado por el de presunción de inocencia (art. 24 nuestra Carta Magna), ha de inclinarse por la absolución del mismo, en cuyo supuesto queda abierta, sin efecto vinculante alguno, la posibilidad de que ante esta jurisdicción pueda ejercitarse, exclusivamente como es obvio, la acción civil correspondiente c»

    Soluciones jurisprudenciales en materia procesal civil: Competencia objetiva y territorial. Alegaciones aclaratorias y complementarias en la audiencia previa. Cosa juzgada. Otros pronunciamientos de la Sala · RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 31 · con fórmula de valoración

    «El procesador de textos es la herramienta principal de los jueces y magistrados en el día a día, y la filosofía que se encuentra detrás de todos estos "tips" o "consejos" de nivel básico parte de que el procesador trabaje por nosotros, nos ahorre tiempo de escritura, automatice tareas repetitivas, monótonas y mecánicas, de tal manera que la labor del juzgador se limite a centrarse en la valoración de la prueba y la fundamentación jurídica, dejando a los estilos, las plantillas, las macros, las abreviaturas, las correcciones automáticas, la labor de aligerar la carga que implica la mecanografía de elementos redundantes. Información sobre el artículo»

    Tema 1. Introducción a LibreOffice · JAVIER ERCILLA GARCIA · Formación a Distancia · 2017 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 29 · con fórmula de valoración

    «Así pues, en una sentencia, en el ejercicio de una acción declarativa de dominio, podemos poner un enlace a los antecedentes de hecho, otro a los fundamentos de derecho y, dentro de estos, al fundamento de la jurisprudencia sobre la acción, al fundamento del cumplimiento de los requisitos por el actor, a los distintos fundamentos de valoración de la prueba y al fallo. En una sentencia penal con múltiples acusados, Ercilla García, Javier Tema 1. Introducción a LibreOffice»

    Tema 1. Introducción a LibreOffice · JAVIER ERCILLA GARCIA · Formación a Distancia · 2017 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 18 · con fórmula de valoración

    «A medida que se vayan insertando diversas abreviaturas, el flujo de tecleo y la productividad en los mismos irá aumentando. Esta herramienta guarda íntima relación con los programas de "Texto automático" a los que haremos referencia en el tema 3, a través de los cuales puede vincularse una abreviatura como "_carga" con varios párrafos formateados de un fundamento de derecho sobre la "Carga de la prueba".»

    Tema 1. Introducción a LibreOffice · JAVIER ERCILLA GARCIA · Formación a Distancia · 2017 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Presunción necesaria pues acaso las reglas generales distributivas de la carga de la prueba serían insuficientes para resolver las situaciones de incertidumbre que la confusión patrimonial puede generar. Como toda presunción admite prueba en contrario y su alcance lo es respecto a los que "con arreglo a los artículos anteriores" no pueda justificarse su carácter privativo.»

    Tema 10. Activo y pasivo del consorcio conyugal legal. Gestión · JUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ · Formación a Distancia · 2017 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →