Fondo doctrinal · buscador
Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 2401 al 2420
Valoración de la prueba en general · pág. 39 · con fórmula de valoración
«Ciertamente, pueden producirse escenarios en que estos pronunciamientos opuestos encuentren un fundamento legal plenamente justificado: infracción de la protección de datos que no llegue a provocar daños y perjuicios valorables económicamente y que, por tanto, requiera de la correspondiente sanción administrativa pero no de la indemnización; perjuicios económicos constatados respecto de conductas para las que proceda la responsabilidad indemnizatoria pero que no quepa conectar con una específica infracción tipificada como tal legalmente, bien disparidad en el juego de la presunción de inocencia en clave de sanción administrativa y de responsabilidad extracontractual objetiva.»
Protección de datos personales del trabajador en el proceso de contratación: facultades y límites a la actuación del empleador · JESUS CRUZ VILLALON · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Entiendo que en estos supuestos no habría problema alguno porque se trata de garantizar el conocimiento efectivo del origen de la cantidad reclamada. Cuestión distinta será la valoración de la prueba en caso de oposición, si se considera que dicha certificación no constituye prueba suficiente para acreditar la deuda frente a los motivos de oposición. En aquellos supuestos en los que no se haya realizado dicho desglose, considero que, por analogía con la falta de claridad de la demanda, podrá ser solicitado de oficio por el juzgador si puede conocer de la solicitud del procedimiento monitorio -lo que será difícil-, o por la parte demandada, tras el requerimiento a través de la oposición.»
Reclamación de deudas a propietarios morosos. El procedimiento monitorio · INES SORIA ENCARNACION · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«A ello se une que el demandado había aportado documentación acreditativa de diversos pagos. Tanto en primera instancia como en segunda, se estima que del conjunto de la prueba no queda acreditada la deuda. 2. SAP de Granada 78/2019, de 8 de marzo de 2019. En esta sentencia la parte demandada también alega la falta de claridad en el desglose de la cantidad. Se considera que una cosa es que el acuerdo no se haya impugnado, pero otra la necesidad de probar la procedencia de la concreta cantidad reclamada y su correcto desglose para conocer con mayor precisión a qué deudas se refiere.»
Reclamación de deudas a propietarios morosos. El procedimiento monitorio · INES SORIA ENCARNACION · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 44 · con fórmula de valoración
«está determinado por los escritos iniciales del procedimiento monitorio y la oposición, sin perjuicio de la prueba que pueda plantearse por las partes para acreditar los hechos en los que fundan su pretensión u oposición. En este sentido, como se ha visto en algunas de las resoluciones trascritas, en lo que sí hay unanimidad es en la valoración probatoria y en que la capacidad de prueba de las partes se amplía en el procedimiento declarativo posterior.»
Reclamación de deudas a propietarios morosos. El procedimiento monitorio · INES SORIA ENCARNACION · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración
«Tanto el Ministerio Fiscal en fase de instrucción como el juez de menores en el acto de la audiencia o juicio tienen la obligación legal de informar o advertir en estos casos a las víctimas que les asiste este derecho a no declarar contra los menores expedientados, y la falta de advertencia de este derecho es sancionada con la nulidad de la declaración de la víctima como prueba de cargo contra el menor expedientado. Durante el período de referencia analizado se ha podido comprobar que en fase de instrucción en la fiscalía de menores han sido treinta y ocho los expedientes de reforma en los que se ha ejercido por la víctima el derecho a no declarar contra los menores expedientados.»
Revisión de la legislación en materia de violencia filioparental. Propuestas de modificación · ALEJANDRO VIAN IBAÑEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«En la sentencia Milev respondió a cuestiones prejudiciales de interpretación de la Directiva (UE) 2016/343 sobre la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio en un litigio puramente nacional. En efecto, el señor Milev estaba detenido por haber cometido supuestamente varios robos con violencia y discutía ante el tribunal búlgaro remitente de la cuestión prejudicial las condiciones en las que se había decretado su prisión provisional y su conformidad con la Directiva (UE) 2016/343. La respuesta del TJUE fue la siguiente:»
Tema 5. Cómo descubrir el vínculo con el derecho de la Unión Europea de un litigio nacional · MANUEL LOPEZ ESCUDERO · Formación a Distancia · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración
«retorno era ilegal e infundada. El TEDH considera que esos argumentos normalmente forman parte del caso y reitera que anular una decisión firme y definitiva con base en una valoración de la prueba diferente no está justificado y supone una lesión al derecho a la tutela judicial efectiva. Los tribunales ordinarios ya habían examinado las alegaciones sobre la incapacidad del demandante para cuidar de su hijo y las habían desestimado. Además, la demandada pudo haber realizado esas alegaciones en el curso del procedimiento ordinario (16). 6. El TEDH reitera que los tribunales internos están más capacitados para examinar las circunstancias del caso.»
Última jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre menores · JOSE MIGUEL DE LA ROSA CORTINA · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración
«En materia de sexismo y estereotipos, merecerá atención especial, por su actualidad y efectos cotidianos, cuanto Elena LARRAURI ha analizado (25), también porque (vid. supra V.2, en referencia a Alicia E. RUIZ) los estereotipos son, al fin y a la postre, prejuicios asentados en la mente, que no responden a máximas de experiencia (26), pero que condicionan las resoluciones judiciales porque han condicionado la mente de quien participa en la idea del estereotipo. Al hilo de esta consideración quiero poner el acento en algo que las dos profesoras citadas aquí, y otras juristas venimos clamando»
¿Importan las palabras? · MIREN NEKANE SAN MIGUEL BERGARECHE · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 31 · con fórmula de valoración
«(26) En mis resoluciones suelo consignar, en relación con las máximas de experiencia, que "se trata de definiciones o juicios hipotéticos de contenido general, desligados de los hechos concretos y que proceden de la experiencia. A partir de los casos particulares observados, San Miguel Bergareche, Miren Nekane ¿Importan las palabras?»
¿Importan las palabras? · MIREN NEKANE SAN MIGUEL BERGARECHE · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 18 · con fórmula de valoración
«Asimismo, añade la sentencia citada que "la carga de la prueba de que no se destinan a ser impuestas y de que se trata de simples propuestas a negociar, recae sobre el empresario. Máxime cuando la acción de cesación tiene por López Sánchez, Javier Autonomía de la voluntad y acciones colectivas»
Autonomía de la voluntad y acciones colectivas · JAVIER LOPEZ SANCHEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración
«De manera que, cuando no resulte acreditado claramente que un contrato se ha llevado a cabo de manera exclusiva con un propósito ya sea personal, ya sea profesional, el contratante en cuestión deberá ser considerado como consumidor si el objeto profesional no predomina en el contexto general del contrato, en atención a la globalidad de las circunstancias y a la apreciación de la prueba.»
Avances jurisprudenciales en la definición del concepto de consumidor y en la formulación del control de transparencia · PEDRO JOSE VELA TORRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración
«En cuanto a la transposición de la Directiva 2012/29/UE sobre derechos de las víctimas en el proceso penal, una simple enumeración de las cuestiones que suscita agotaría el tiempo del que ya no dispongo. Solo cabe apuntar que la estructura "codicista" y el nivel de probatorias como, a título de ejemplo, la del valor del silencio de la persona acusada ( Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio ) comportan significativas consecuencias tanto para la propia UE como para los Estados miembros.»
Breves notas sobre los nuevos retos jurisdiccionales derivados de la intervención legislativa de la Unión Europea en el proceso penal · JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 17 · con fórmula de valoración
«Disponible en: http://data.europa.eu/eli/ dir/2013/48/oj. - Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio. Diario Oficial de la Unión Europea , serie L, n.o 65, 11 de marzo de 2016. Disponible en: http://data.europa.eu/eli/dir/2016/343/oj. - Decisión Marco del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal. Diario Oficial de las Comunidades Europeas ,serie L, n.o 82, 22 de marzo de 2001.»
Breves notas sobre los nuevos retos jurisdiccionales derivados de la intervención legislativa de la Unión Europea en el proceso penal · JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 36 · con fórmula de valoración
«En 2016 se han aprobado la Directiva (UE) 2016/1919 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativa a la asistencia jurídica gratuita a los sospechosos y acusados en los procesos penales y a las personas buscadas en virtud de un procedimiento de orden europea de detención; la Directiva (UE) 2016/800 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a las garantías procesales de los menores sospechosos o acusados en los procesos penales; y la Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio.»
Capítulo I. Introducción a la cooperación judicial penal en Europa · ANDRES PALOMO DEL ARCO / IGNACIO UBALDO GONZALEZ VEGA · Formación a Distancia · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración
«2. Incluye toda medida de investigación tendente a la obtención de prueba al margen de la fase del procedimiento (por tanto, también durante el juicio oral, cuestión que se recogió en el considerando 25 de la D/OEI). 3. Incluye la adopción de medidas de aseguramiento de la prueba obtenida (art. 203 y art. 223 LRM). La OEI puede comprender todas las medidas de investigación, cualquier medida de investigación que el ordenamiento jurídico de un Estado miembro permita acordar a la autoridad que dirige la investigación o el procedimiento penal.»
Capítulo IX. Orden europea de investigación · MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ-MEDEL NIETO · Formación a Distancia · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración
«Cuando sea necesario para garantizar la validez en España de los medios de prueba, se hará constar que la ejecución de las medidas acordadas deberá realizarse observando las formalidades y los procedimientos previstos en el Derecho español que expresamente se indiquen en el certificado (por ejemplo, cadena de custodia, etc.).»
Capítulo VIII. Embargo preventivo de bienes y aseguramiento de pruebas · JOSE MANUEL SANCHEZ SISCART · Formación a Distancia · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 1 · con fórmula de valoración
«2.a La ampliación de ámbito de imputación hacia las "personas jurídicas", pese a que los Códigos de la época no había desarrollado técnicamente la figura de la personalidad jurídica. 3.a La progresiva evolución del sistema subjetivista de la responsabilidad (basado en la noción de la culpa) hacia criterios más "objetivables". En este sentido, la STS de 30 de junio de 1959 delimita esta evolución con arreglo a tres fases o hitos: a. La admisión de la "inversión de la carga de la prueba" (SSTS de 23 de diciembre de 1952 y 24 de marzo de 1953). b. La posibilidad de que también una "actuación lícita" pueda dar lugar a daños indemnizables (SSTS de 14 de febrero de 1956 y 5 de junio de 1922).»
Caracterización general de la responsabilidad civil por daños en los centros de enseñanza. El artículo 1903 del Código Civil · FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 12 · con fórmula de valoración
«Tampoco se resuelve respecto al valor a dar a la decisión que todavía no ha alcanzado firmeza o a la decisión anulada por motivos no de fondo, cuestiones que están dando lugar a variadas decisiones en primera instancia e incluso a posiciones discrepantes en el ámbito de la segunda. Estas resoluciones a nuestro juicio tendrán el valor de opinión autorizada y podrán ser tomadas en consideración por el juez en tal consideración a la hora de realizar la valoración conjunta de la prueba, pero la decisión respecto a la naturaleza y extensión de la infracción deberá ser adoptada por el juez o tribunal que entienda respecto de la reclamación de daños y perjuicios.»
Compensación por daños causados por infracción de las normas de competencia · JUAN IGNACIO RUIZ PERIS · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración
«Las conclusiones obtenidas por la Audiencia Provincial son lógicas, racionales y ajustadas a las reglas de la sana crítica a partir de las pruebas aportadas y obrantes en autos, y correcta por tanto la extensión de responsabilidad solidaria a Ferrovial Agroman SA junto a Promociones Hábitat, tal y como ha sido perfilada la doctrina del "levantamiento del velo" por la jurisprudencia de esta Sala. Ferrovial Agroman es la unidad del grupo Ferrovial que desarrolla las actividades de construcción de obra civil, edificación y obra industrial. No es una sociedad que se haya constituido con un fin defraudatorio en condiciones que autoricen la aplicación de esta doctrina. Esto no lo dice la sentencia.»
Conclusiones del Seminario La Sociedad Mercantil como Sujeto de Derecho Privado. Madrid, del 11 al 13 de abril de 2018 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2018 · PDF
Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración
«En cuanto al modo de efectuar este control empresarial y la obtención de la prueba de cargo resulta de interés, por su concreción, la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede Las Palmas, de 22/01/2016, Recurso 1167/2015, que señala: "Este tercero al que se consintió la reproducción de la imagen propia, procedió a la exposición pública de las fotos en una red social de libre entrada a todo el que quiera tomar conocimiento de lo en ella ha expuesto.»
Control empresarial y redes sociales · FABIAN VALERO MOLDES · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →
