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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

3.524 pasajes en 177 páginas · mostrando del 2081 al 2100

  1. Valoración de la prueba en general · pág. 37 · con fórmula de valoración

    «Es necesario que la actuación del auditor sea realizada con dolo o culpa, siendo de aplicación lo que al respecto exponíamos para la responsabilidad contractual frente a la sociedad. La vulneración de estas obligaciones por parte del auditor al realizar los trabajos de auditoría, debe haberse producido intencionadamente o, cuando menos, por negligencia. Aunque analicemos la culpa dentro de la responsabilidad civil extracontractual, en este caso de culpa profesional, como en tantos otros, no cabe invocar la teoría del riesgo ni la inversión de la carga probatoria.»

    Responsabilidad civil de los auditores de cuentas · IGNACIO SANCHO GARGALLO · Cuadernos de Derecho Judicial · 2003 · PDF

  2. Valoración de la prueba en general · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «La normativa establece en este punto una presunción "iuris tantum" que admite prueba en contrario, de que todo lo que recibe el trabajador de la empresa es debido, en principio, al concepto de salario, desplazándose la carga de la prueba hacia aquél que afirme que un concepto retributivo es extrasalarial". García Ninet, José Ignacio Un análisis jurídico del salario a la luz ... Revista del Poder Judicial n.o 69 - 2003 4»

    Un análisis jurídico del salario a la luz de la doctrina de los tribunales. Algunos aspectos sustantivos · JOSE IGNACIO GARCIA NINET · Revista del Poder Judicial · 2003 · PDF

  3. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Por tanto, mientras que la reducción de la prestación del asegurador no exige que concurran circunstancias de dolo o culpa grave del tomador del seguro, sino sólo la existencia de reticencias o inexactitudes en la declaración, y, en virtud del principio de rogación procesal, que el asegurador ejercite la pretensión en el momento procesal oportuno, por el contrario la facultad del asegurador de rechazar el siniestro y de liberarse de la obligación de indemnizar solamente puede ejercitarse en caso de que en la declaración previa de riesgos haya mediado dolo o culpa grave por parte del tomador del seguro, concurriendo dolo o culpa grave en las declaraciones que tienen como finalidad el engaño del asegurador, aunque no se tenga la voluntad de dañar a la otra parte (arts. 1260 y 1261 CC), y en las declaraciones efectuadas con una falta de diligencia inexcusable en la contestación del cuestion»

    Jurisprudencia sobre contrato de seguro · PEDRO JOSE VELA TORRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  4. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «"a) la referencia a la "causa" como exigencia formal de la comunicación escrita en el despido objetivo (art. 53.1.a ET) es equivalente a la de los "hechos que lo motivan" en la carta de despido disciplinario (art. 55.1 ET); b) tanto en uno como en otro caso, para que pudiera llegar a declararse la procedencia del despido tales datos fácticos que han de tener reflejo, como regla básica, en la comunicación escrita, integrada, en su caso, con la documentación acompañatoria y deben consistir en los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a la pretensión extintiva empresarial, y, en el supuesto de despido objetivo, los datos fácticos suficientes que configuran el concepto de causas "económicas, técnicas, organizativas o de producción" establecido en el art. 51.1.II y III ET al que también se remite el art»

    El despido individual derivado del despido colectivo · FERNANDO SALINAS MOLINA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  5. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «Por ello una modificación esencial de los hechos y de la calificación jurídica del escrito de calificaciones provisionales, al fijar las definitivas puede lesionar el derecho de defensa cuando el acusado haya ejercido las facultades en orden a la suspensión de la vista y proponiendo nuevas pruebas y le haya sido denegada, por cuanto la aplicación de la doctrina general sobre la necesidad de que la práctica de prueba inadmitida fuese relevante para la modificación del fallo, no es aplicable en los casos de inadmisión o falta de práctica de toda prueba de descargo propuesta imputable al órgano judicial (STC. 13.2.2003).»

    Derecho a la información. Cambio de calificación · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  6. Valoración de la prueba en general · pág. 35 · con fórmula de valoración

    «(4) El apartado 3 del artículo 3 de la Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa, declara que: "3. En las causas penales, el derecho de defensa integra, además, el derecho a ser informado de la acusación, a no declarar contra uno mismo, a no confesarse culpable, a la presunción de inocencia y a la doble instancia, de conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar, y la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.»

    Derecho a la información. Cambio de calificación · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  7. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «En este caso formularán por escrito las nuevas conclusiones y las entregarán al Presidente del Tribunal. Las conclusiones podrán formularse en forma alternativa [...]". Arts. 788.4 y 788.5 LECrim: "4. Terminada la práctica de la prueba, el Juez o Presidente del Tribunal requerirá a la acusación y a la defensa para que manifiesten si ratifican o modifican las conclusiones de los escritos inicialmente presentados y para que expongan oralmente cuanto estimen procedente sobre la valoración de la prueba y la calificación jurídica de los hechos.»

    Derecho a la información. Cambio de calificación · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  8. Valoración de la prueba en general · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «Cuando tratamos las situaciones de sobreendeudamiento, ya sea en el terreno estrictamente jurídico, incluyendo el tratamiento jurisdiccional de la materia, ya sea en contextos más informales de valoración de la opinión pública o de ponderación de los pareceres de las personas con las que nos relacionamos o de las conversaciones que escuchamos en los más diversos ámbitos de nuestra vida, somos más o menos conscientes de la subyacencia de una amalgama conformada por valoraciones éticas y morales, máximas de experiencia o, directamente, prejuicios acerca de las causas por las que una persona llega a estar en esa situación desesperada del sobre endeudamiento.»

    El sobreendeudamiento inconsciente por prestación de sobregarantías · RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  9. Valoración de la prueba en general · pág. 7 · con fórmula de valoración

    «A ello se añaden otras razones, como la dependencia funcional del contrato accesorio de garantía respecto del contrato principal -la independencia negocial de ambos contratos no impide que se integren en una relación negocial compleja y unitaria por la interdependencia causal existente entre la obligación principal y la garantía de cumplimiento que se le añade-, la formalización conjunta de ambos en un mismo documento y la común figura, en uno y otro, del oferente profesional "que impone y predispone la redacción de los términos del afianzamiento, según resulta notoriamente de la observación del tráfico jurídico y de las máximas de experiencia".»

    El sobreendeudamiento inconsciente por prestación de sobregarantías · RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  10. Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración

    «Y, en segundo lugar, porque, afortunadamente, somos personas altamente entrenadas en neutralizar el efecto de nuestros propios prejuicios y sesgos, incluso en las situaciones en las que más benévolamente nos tratamos como si fueran máximas de experiencia. Blázquez Martín, Raquel El sobreendeudamiento inconsciente por ...»

    El sobreendeudamiento inconsciente por prestación de sobregarantías · RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  11. Valoración de la prueba en general · pág. 3 · con fórmula de valoración

    «VIII. La construcción jurisprudencial de la justicia universal en España: casos emblemáticos 1. El caso Pinochet y su proyección internacional: la decisiva intervención de los tribunales británicos 2. El caso Scilingo: de la afirmación jurisdiccional a la construcción dogmática de los crímenes internacionales 3. El caso Guatemala: la intervención del Tribunal Constitucional y la reafirmación de la justicia universal 4. Valoración conjunta de estos tres casos paradigmáticos, saltando de la mera afirmación a la consolidación del modelo español de justicia universal CUARTO BLOQUE: RESTRICCIÓN DEL MODELO ESPAÑOL IX.»

    La jurisdicción extraterritorial y los crímenes internacionales · JOSE RICARDO JUAN DE PRADA SOLAESA · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  12. Valoración de la prueba en general · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «Esta novedosa incorporación, destinada a recoger criterios judiciales previos (23) en virtud de los cuales la concurrencia de uno (convivencia) activa el presupuesto del otro (dependencia económica), está llamada a producir efectos procesales de interés, pues, en cuantos litigios verse la discusión sobre este aspecto clave, habrá de ser la Administración de la Seguridad Social la que, de negarlo, asuma el onus probandi ,siempre y cuando el interesado hubiera acreditado previamente la convivencia simple (24).»

    Las prestaciones familiares no contributivas · JUAN JOSE FERNANDEZ DOMINGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  13. Valoración de la prueba en general · con fórmula de valoración

    «¿Qué es lo que ocurre si no se presenta el contrato con la demanda? La carga de la prueba de la superación del control de transparencia al momento de la contratación recae sobre la entidad bancaria o financiera (SAP de Madrid, Sección 28.a, de 28 de enero de 2023, entre muchas otras).»

    Microcréditos. Problemas y soluciones jurisprudenciales · ALICIA VISITACION MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  14. Valoración de la prueba en general · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «"Esa referencia [biodegradable] se ha demostrado abiertamente falsa con la prueba practicada, que demuestra que el certificado que se aportó por el comercial de la demandada a una tercera empresa no certificaba ese extremo y que con los análisis encargados -con el adecuado cuidado del mantenimiento de una cadena de custodia- por la partes actoras se ha alcanzado el resultado de que es sólo biodegradable en tales condiciones en un 1% en 64 días (documento no 22 de la demanda informe del Instituto Tecnológico del Plástico AIMPLAS).»

    Notas preliminares para el estudio del régimen jurídico de las alegaciones publicitarias relacionadas con el medioambiente · JOSE MASSAGUER FUENTES · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  15. Valoración de la prueba en general · pág. 20 · con fórmula de valoración

    «(en cumplimiento de la carga de la prueba que le incumbe) está obligado a acreditar el carácter 100 % renovable de sus combustibles, no existe norma alguna que le obligue a incluir en la publicidad las razones de esta calificación, salvo que su omisión pueda generar en el público destinatario alguna falsa expectativa o falsa impresión, circunstancia que no concurre en el presente caso, pues nada ha alegado Iberdrola al respecto.»

    Notas preliminares para el estudio del régimen jurídico de las alegaciones publicitarias relacionadas con el medioambiente · JOSE MASSAGUER FUENTES · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  16. Valoración de la prueba en general · pág. 11 · con fórmula de valoración

    «2025, no siendo causa de denegación la alegada falta de obligación de conservación de la documentación respecto de la que el TJUE y nuestro Tribunal Supremo vienen resolviendo en el sentido de la obligación de la exhibición de la documentación bancaria a los consumidores y de las consecuencias que podrían derivarse en relación con la carga de la prueba".»

    Sobreendeudamiento. Litigiosidad bancaria aspectos civiles y procesales · ANA GARCIA ORRUÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2026 · PDF

  17. Valoración de la prueba en general · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «El art. 76.1 LDC establece que la carga de acreditar el daño le corresponde al demandante. Pero, para facilitar la acreditación del perjuicio, el artículo 17.3 de la directiva reconoce el carácter in re ipsa del daño en los casos de cártel, correspondiendo al infractor la carga de la prueba de rebatir tal presunción, lo que se recoge en el art. 76.3 LDC.»

    Acciones de responsabilidad civil derivada de ilícitos contra la libre competencia · PEDRO JOSE VELA TORRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

  18. Valoración de la prueba en general · pág. 22 · con fórmula de valoración

    «Y en ese caso quedó acreditado en primera instancia, y la recurrida no lo ha negado ni fue contradicho por la sentencia recurrida, que la vivienda familiar adquirida sin cargas en 2003, vigente el régimen de separación de bienes tras la reconciliación de los esposos, fue adquirida en régimen de copropiedad por ambos a partes iguales, y para pagarla se empleó parte del dinero común procedente de la vivienda anterior pero también dinero privativo del marido que, si dispone de algún dinero depositado en el banco solo puede proceder de las herencias percibidas, pues es fácilmente asumible por máximas de experiencia que, por su cuantía, los ingresos percibidos por el trabajo por cuenta ajena se han venido destinando íntegramente a la atención de las necesidades de la familia.»

    Actualidad jurisprudencial en materia de familia · MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

  19. Valoración de la prueba en general · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «La sala, en aplicación de la inversión de la carga probatoria del artículo 96.1 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, va a acoger los argumentos de la parte actora, que entendía que la causa real del cese del demandante era el propio temor de la empresa a que su situación de incapacidad temporal se alargase en el tiempo, siendo por tanto tal decisión transgresora de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) (Ring y Daouidi). 2. STSJ de Madrid 227/2024, de 6 de marzo, rec. 1019/2023.»

    Actualización de la doctrina jurisprudencial en materia de discapacidad · RAQUEL VICENTE ANDRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

  20. Valoración de la prueba en general · pág. 23 · con fórmula de valoración

    «Antes aludíamos al carácter autosuficiente del sistema de garantías y al reconocimiento judicial de todo un conjunto de manifestaciones del derecho de defensa, entre las que se incluyen las del art. 24.2 CE: el derecho a ser informado de la acusación, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías (del que forma parte el derecho a un juez imparcial), a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa, a no declarar contra uno mismo, a no confesarse culpable y a la presunción de inocencia. Rivera Frade, María Dolores Análisis de la Ley Orgánica 5/2024, del ...»

    Análisis de la Ley Orgánica 5/2024, del derecho de defensa y de la Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del servicio público de justicia (nueva organización de los tribunales de instancia) · MARIA DOLORES RIVERA FRADE · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →