Fondo doctrinal · buscador
Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
439 pasajes en 22 páginas · mostrando del 261 al 280
Prueba testifical · con fórmula de valoración
«Omiten los recurrentes, en su cita jurisprudencial, que la inmensa mayoría de las Sentencias del Tribunal Supremo que citan, se refieren a la presencia de la víctima- testigo de los hechos en el plenario y a la valoración que cabe hacer de sus declaraciones en el mismo a efectos de desvirtuar la presunción de inocencia. No estamos en ese momento procesal.»
Tema 1. La intervención en el proceso penal. Las partes del proceso. Acusadores públicos, privados y populares. Actores civiles. Supuestos dudosos. Víctimas vulnerables · MARIA DOLORES HERNANDEZ RUEDA · Formación a Distancia · 2021 · PDF
Prueba testifical · pág. 10 · con fórmula de valoración
«Sobre la apreciación de la existencia del hecho fundante del daño moral (padecimiento psicológico, alteración anímica, etc.), normalmente recae en la sana crítica del juez al valorar la prueba testifical o las pericias médicas o psicológicas. Corresponde al juez leer entre líneas de las pericias, solicitar aclaraciones, percibir según su experiencia la realidad de la afectación..., labor nunca fácil, y que se mueve en el quebradizo terreno del afán del demandante de maximizarlo y el afán de la Administración o aseguradora de minimizarlo.»
La valoración del daño · JUAN CARLOS ZAPATA HIJAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF
Prueba testifical · pág. 9 · con fórmula de valoración
«Hace desaparecer la prueba de cargo. 2. STS 733/2017, Sala Segunda, de 15 de noviembre, rec. 10199/2017. Si se utiliza el art. 416 LECrim, no se puede hacer uso de las declaraciones sumariales. No se puede hacer uso del art. 730 LECrim ni de los testigos de referencia. Magro Servet, Vicente A vueltas con la violencia de género ...»
A vueltas con la violencia de género (versus violencia familiar). Últimos pronunciamientos del Tribunal Supremo · VICENTE MAGRO SERVET · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Prueba testifical · pág. 12 · con fórmula de valoración
«5.4. Sobre la apreciación de la existencia del hecho fundante del daño moral (padecimiento psicológico, alteración anímica, etc.) normalmente recae en la sana crítica del juez al valorar la prueba testifical o las pericias médicas o psicológicas. Corresponde al juez leer entre líneas de las pericias, solicitar aclaraciones, percibir según su experiencia la realidad de la afectación... labor nunca fácil y que se mueve en el quebradizo terreno del afán del demandante de maximizarlo y el afán de la administración o aseguradora de minimizarlo.»
El daño moral y su cuantificación en el ámbito de la responsabilidad sanitaria · JOSE RAMON CHAVES GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF
Prueba testifical · pág. 6 · con fórmula de valoración
«El precedente judicial que originó el cambio de tendencia en EE. UU. fue el denominado caso Gault, de 1967, en cuya resolución el juez Fortas pronunció la célebre frase "bajo nuestra Constitución, el hecho de ser menor de edad no implica que se le someta a un procedimiento ante un Tribunal-canguro". En este caso, la Supreme Court reconoció al menor el derecho a ser notificado por escrito de la imputación, a un plazo para preparar la defensa, al asesoramiento legal, a un letrado de oficio en caso de falta de recursos, a no confesarse culpable y a contrastar la prueba de cargo e interrogar a denunciantes y testigos.»
Protección y reforma. ¿Un mismo juez? Unas primeras reflexiones · BLANCA ISABEL SUBIÑAS CASTRO · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF
Prueba testifical · pág. 16 · con fórmula de valoración
«"Interpone también recurso de casación el condenado articulando seis motivos. El primero de ellos cuestiona la validez de la principal prueba de cargo: las declaraciones de la víctima, el menor Modesto, hijo del acusado. En el momento de los hechos contaba con cuatro años de edad. En el momento del juicio, once. Su testimonio sería invalorable según el recurrente por cuanto no fue advertido de la facultad que brinda el art. 416 LECrim a los testigos para excusarse del deber de declarar contra determinados parientes entre los que se cuentan los ascendientes, en este caso su padre.»
Incidencia de la entrada en vigor de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, para personas especialmente vulnerables: menores y personas con discapacidad necesitadas de especial protección · PEDRO DIAZ TORREJON · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Prueba testifical · pág. 3 · con fórmula de valoración
«La información suministrada por el agente encubierto debería ser más un medio de investigación que una fuente de prueba , de tal forma que tienda a evitarse su declaración como testigo; y, si comparece en esta condición, resultaría adecuado que no constituya la principal prueba de cargo. i. Cabe resaltar que el artículo 282 bis LECrim permite al agente encubierto "actuar bajo identidad supuesta [...], quedando legítimamente habilitados para actuar en todo lo relacionado con la investigación concreta y a participar en el tráfico jurídico y social bajo tal identidad".»
Conclusiones de las Jornadas sobre el Marco Jurídico de Actuación del Agente Encubierto. Madrid, 29 de mayo de 2015 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2015 · PDF
Prueba testifical · pág. 18 · con fórmula de valoración
«necesarias, no tiene obligación de declarar contra sí mismo, ni declararse culpable, tiene derecho a guardar silencio sin que ello presuponga su inocencia o culpabilidad, a interrogar a los testigos de cargo y a hacer comparecer en iguales condiciones a los de descargo, a declarar de palabra o por escrito en su defensa sin prestar juramento, y a que no se invierta la carga de la prueba ni le sea impuesta la carga de presentar contrapruebas (artículo 67).»
El Derecho internacional humanitario y la lucha contra la impunidad: el papel de los Tribunales Penales Internacionales y de la Corte Penal Internacional · ANDRES MARTINEZ ARRIETA · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF
Prueba testifical · con fórmula de valoración
«El precedente judicial que originó el cambio de tendencia en EE. UU. fue el denominado caso in re Gault , de 1967 (59), en cuya resolución el juez Fortas pronunció la célebre (y gráfica) frase "bajo nuestra Constitución, el hecho de ser menor de edad no implica que se le someta a un procedimiento ante un Tribunal-canguro" (60) . En este caso, la Supreme Court reconoció al menor el derecho a ser notificado por escrito de la imputación, a un plazo para preparar la defensa, al asesoramiento legal, a un letrado de oficio en caso de falta de recursos, a no confesarse culpable y a contrastar la prueba de cargo e interrogar a denunciantes y testigos ..»
El impacto de la Convención de los Derechos del Niño en el Derecho español. Análisis en torno al despliegue normativo del derecho al libre desarrollo de la personalidad y al modelo de Justicia Juvenil · CONSUELO MADRIGAL MARTINEZ-PEREDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF
Prueba testifical · pág. 54 · con fórmula de valoración
«La sala considera que la valoración de las pruebas documentales y testificales realizadas en la sentencia apelada es correcta, puesto que las conclusiones que extrae de las mismas se corresponden con una valoración de las pruebas practicadas realizada conforme a las reglas de la sana crítica, consistiendo en ocasiones en una simple transcripción o resumen de la declaración oral o escrita de varios de los asegurados de OCASO. Zubiri de Salinas, Mercedes Actos de comparación y actos de ...»
Actos de comparación y actos de denigración. Prácticas agresivas · MERCEDES ZUBIRI DE SALINAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Prueba testifical · pág. 18 · con fórmula de valoración
«Tesis que también es compartida por el TEDH en Sentencia de 2-7-02 (SN c Suecia) en la que se admite la declaración del menor testigo en fase anterior al juicio oral como medio probatorio hábil para desvirtuar la presunción de inocencia, toda vez que la defensa tuvo oportunidad de intervenir contradictoriamente por ofrecimiento policial a preguntar en otro momento a la primera declaración de la menor. Tratándose de niños de corta edad, las características de estos tienen especial importancia. La credibilidad y exactitud del testimonio, cuando de niños de corta edad se refiere, está vinculada a sus facultades mnémicas.»
Bloque IV. La dimensión victimológica y victimizadora del acto del juicio · JAVIER HERNANDEZ GARCIA / MIGUEL ANGEL GIMENO JUBERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Prueba testifical · pág. 5 · con fórmula de valoración
«propio del juicio. La carga probatoria incriminadora está vedada al tribunal enjuiciador, si bien la propia LECrim contempla algunas posibilidades de intervención: dirigir preguntas a los testigos que estimen conducentes para depurar hechos sobre los que declaren (art. 708.2 LECrim); o proponer pruebas dirigidas a la comprobación de los hechos que hayan sido objeto de los escritos de acusación. Ciertamente, frente a las posibilidades de aportación probatoria y también interrogadoras de otros sistemas procesales próximos, las facultades del tribunal enjuiciador en nuestro sistema procesal son muy limitadas.»
Bloque IV. La dimensión victimológica y victimizadora del acto del juicio · JAVIER HERNANDEZ GARCIA / MIGUEL ANGEL GIMENO JUBERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Prueba testifical · pág. 8 · con fórmula de valoración
«no le va bien, además quiere el piso, igual tiene rabia contra él, las víctimas son personas que lo reflejan en su mirada y en su aspecto se ve cuándo es una víctima (8). Cuando estas objeciones (principalmente formuladas a la prueba testifical), las contrastamos con los términos jurídicos, y con las exigencias jurisprudenciales, marcadas como estándares analizables, cuando la prueba de cargo disponible es fundamentalmente la declaración de la víctima, nos estamos refiriendo a persistencia en la incriminación, ausencia de incredulidad subjetiva (no móvil espurio), y verosimilitud del testimonio (9).»
La subjetividad de quien decide. Su reflejo en las resoluciones dictadas · MARIA ANGELES VIVAS LARRUY · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Prueba testifical · pág. 63 · con fórmula de valoración
«El Ministerio Fiscal admite dialécticamente que una cosa son los vicios cometidos durante la ejecución de la medida que determinan su nulidad y otra diferente es que los resultados de la intervención no haya sido procesalmente correctas y, por tanto, no puedan ser considerados como prueba, lo que afecta a las escuchas y sus grabaciones, pero no a otros medios de prueba, testificales, ocupaciones o incluso registros domiciliarios, sin conexión con la prueba ilícita. Sostiene la sentencia que no hubo control judicial y no se puede corregir esta conclusión con el hecho de que los jueces de instrucción actúan siempre conforme a la legalidad. 10.»
Las nuevas tecnologías y la interceptación de las comunicaciones en el proceso penal en la jurisprudencia del Tribunal Supremo · JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Prueba testifical · pág. 7 · con fórmula de valoración
«En realidad, no creo que esta reforma tenga como objetivo, tal y como afirma el Grupo de Expertos, una mayor protección de la víctima, sino que con la reforma se trata de reducir el alto índice de sobreseimientos debidos a la retractación o falta de colaboración de la víctima que priva a la acusación de la principal prueba de cargo. Dicho objetivo no justifica la reforma. Si lo que se necesita son pruebas, éstas tendrán que construirse a partir de otros instrumentos tales como atestados policiales más completos, informes psicológicos adecuados, informes médicos, pruebas testificales, etc., pero no privando a la víctima de un derecho reconocido.»
Elementos de los tipos penales con mayor dificultad probatoria · INES OLAIZOLA NOGALES · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Prueba testifical · pág. 8 · con fórmula de valoración
«Puesto que los dos errores que hemos señalado tienen consecuencias para el señalado (la identificación es prueba de cargo que puede llevarle a prisión) y para el verdadero autor del delito (si se señala a un sospechoso inocente o a un cebo, el verdadero autor sigue en libertad), los psicólogos han puesto a prueba la memoria de los testigos con dos clases de pruebas de reconocimiento, en este caso de ruedas de identificación: ruedas que contienen al "autor" del delito ( autor presente ) y ruedas que incluyen a un sospechoso que no es el "autor" ( autor ausente ).»
La exactitud en la identificación: factores psicológicos · MARGARITA DIGES JUNCO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Prueba testifical · con fórmula de valoración
«Recoge el Supremo en su sentencia revocatoria que la menor denunció a su padre y declaró en fase sumarial contra él (recordemos lo dicho sobre la denuncia espontánea y la iniciación del proceso). No obstante su conclusión es que no ha existido prueba de cargo al no poderse valorar la declaración sumarial. Así afirma el Tribunal que: "No haber hecho uso de la dispensa en la declaración sumarial no impide su ejercicio posterior en cuanto mecanismo de solución de un conflicto entre deberes que bien puede subsistir y plantearse de nuevo en otra declaración, ni entraña renuncia a optar por la abstención de declarar como testigo en el Juicio Oral".»
La jurisprudencia de la Sala Segunda sobre los delitos de violencia de género · SOLEDAD CAZORLA PRIETO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Prueba testifical · pág. 23 · con fórmula de valoración
«Parece haber pocas dudas de que la hipnosis es uno de los medios más potentes de provocar el efecto de información engañosa, de alterar o crear recuerdos, con el hecho adicional y no menos grave, de estar rodeada de una gran credibilidad por parte de muchos investigadores policiales, de la que puede dar muestra un caso real narrado por ORNE et al. (1988). En esta ocasión, una víctima de violación que no pudo ver a su agresor porque éste llevaba una máscara, fue instruida bajo hipnosis a quitar la máscara y mirarle a la cara. La identificación de esta "testigo" se utilizó después en el juicio como prueba de cargo (6).»
La toma de declaración: sugestión y recuerdo · MARGARITA DIGES JUNCO / NIEVES PEREZ MATA · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF
Prueba testifical · pág. 23 · con fórmula de valoración
«Del conjunto de la prueba se concluye que aquel en su condición de presidente solicitó amparo y asesoramiento exterior ante una conducta que no consideraba procedente, si bien la mayoría de los testigos han declarado que el citado compareció manifestando que era amigo del presidente, sentándose a su lado y exhibiéndose posteriormente la representación que se le había conferido. se deduce Conde Díez, Ricardo Gonzalo Artículo 13»
Artículo 13 · RICARDO GONZALO CONDE DIEZ · Manuales de Formación Continuada · 2007 · PDF
Prueba testifical · pág. 30 · con fórmula de valoración
«Si la valoración conjunta de todas estas pruebas (los escritos de demanda o de contestación, las manifestaciones de las partes vertidas en el procedimiento matrimonial -en la comparecencia o en el acto de la vista-, la conducta de los cónyuges, las manifestaciones de terceros que declaren en calidad de testigos por haber observado Saravia González, Ana María Guarda y custodia compartida. Principales ...»
Guarda y custodia compartida. Principales novedades de la Ley 15/05 (cuestiones sustantivas) · ANA MARIA SARAVIA GONZALEZ · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →