Fondo doctrinal · buscador
Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
810 pasajes en 41 páginas · mostrando del 121 al 140
Prueba pericial · pág. 5 · con fórmula de valoración
«En el mismo sentido la Sentencia "Kujal", STS de 23 de febrero de 2007, reitera que los informes periciales de la Administración tributaria y de los profesionales propuestos por la defensa son pruebas válidas, "no resultando, por otra parte, abiertamente irracional el criterio de la Audiencia cuando opta por apoyarse esencialmente en el contenido de la pericia realizada por los Inspectores de tributos". También el Auto de Tribunal Constitucional 7/2007, de 15 de enero, ha denegado un recurso de amparo, al entender que el informe pericial de una Inspectora de Hacienda, ratificado en el acto del juicio oral, es prueba de cargo susceptible de enervar la presunción de inocencia.»
Procedimientos de colaboración interna entre las distintas instituciones involucradas en la lucha contra la delincuencia económica. La AEAT · ROSA MARIA SEOANE LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF
Prueba pericial · pág. 12 · con fórmula de valoración
«Ello no obstante, algunos pronunciamientos, en virtud de una valoración de conjunto del material probatorio aportado por las partes y del principio de la libre valoración de la prueba pericial recogido en el art. 632 de la LEC, rechazan la excepción de la falsedad de la firma, aun existiendo un informe pericial que niega la autoría de la firma de quien aparecía como firmante (30). En estos casos, la argumentación se basa en que el fundamento de la oponibilidad de esta excepción no reside tanto en que la autoría de la firma pertenezca a un sujeto distinto al firmante, sino en el hecho de que dicha firma no se corresponda con la voluntad del sujeto, cuya firma ha sido falseada, de obligarse al pago del crédito cambiario (31).»
Motivos de oposición cambiaria. Las excepciones cambiarias · PILAR MARTIN ARESTI · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Prueba pericial · pág. 17 · con fórmula de valoración
«Para terminar con el estudio de las pruebas periciales en particular, voy a hacer una breve referencia a la prueba pericial dactiloscópica y su relación con la inspección ocular y quién ha de practicar esta para que tenga validez en el plenario como prueba de cargo apta para enervar la presunción de inocencia que ampara al acusado.»
Problemas prácticos de la prueba pericial en el juicio oral. Impugnación de la pericia en casos de narcotráfico, la comparación de pericias judicial y de parte y su valoración judicial, el testigo-perito en el proceso penal, la sustitución de peritos en el juicio oral, la prueba pericial psicológica y su valoración · PILAR ALHAMBRA PEREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«La Jurisprudencia (12) ha declarado que la sentencia que no expone el razonamiento sobre la valoración de la prueba pericial incurre en un claro defecto de motivación, porque es evidente que, si el Tribunal debe apreciar los informes periciales según las reglas de la sana crítica, es imprescindible que comente las razones que le llevan a rechazar o aceptar las conclusiones de la misma, ya que, de lo contrario, impide revisar el juicio efectuado para estimar si su discurso ha sido lógico.»
La terminación del proceso por sentencia y su unívoco significado · JESUS ERNESTO PECES MORATE · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF
Prueba pericial · pág. 13 · con fórmula de valoración
«Bien podría el Tribunal ad quem otorgar desde su sana crítica una regla genérica de prioridad que primara a las pruebas audiovisuales frente a las personales. Tampoco resulta absurdo que el recurso de suplicación permita a la Sala dotar de mayor relevancia al dictamen emitido por un perito más cualificado en detrimento del que prefirió la instancia. En efecto, hay que insistir en que estos factores que decantan la preferencia no dependen de antecedentes condicionados por la inmediación, sino de argumentos estáticos, cuya consideración por la Sala ad quem puede llevar a remover, en ejercicio de la sana crítica, la preferencia manifestada por el juzgador en el momento de forjar su sentencia.»
Consideraciones críticas al actual modelo de enjuiciamiento · JAIME SEGALES FIDALGO · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«Cabe concluir, pues, en línea con la tesis sino unánime, si mayoritaria de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que los informes rendidos por los Inspectores de Hacienda que han participado en las investigaciones previas llevadas a cabo por la Fiscalía, constituyen prueba válida, y, por ende, apta como material probatorio incriminatorio para enervar el derecho constitucional a la presunción de inocencia, conforme a las SSTS 6.11.2000 y 8.5.2001, entre otras, y todo ello obviamente sin perjuicio de la necesidad de que sus dictámenes, como ha sido el caso, hayan sido sometidos al procedente debate contradictorio en el plenario, mediante pericial conjunta interactuada por todos los peritos informantes, tanto los propuestos por las acusaciones, como los aportados por las Defensas de los acusados y sin perjuicio, claro está, de la valoración judicial conforme a los postulados de las reglas d»
Conclusiones del Seminario Incidencia de las Nuevas Tecnologías en la Obtención y Valoración de la Prueba. Madrid, del 18 al 20 de abril de 2012 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2012 · PDF
Prueba pericial · pág. 11 · con fórmula de valoración
«Sin necesidad de comentar la dificultad que comporta el que el tribunal deba valorar según las reglas de la sana crítica dictámenes periciales que versan sobre materias que requieren conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos (art. 348 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en conexión con el art. 335 del mismo cuerpo legal), por cuanto ello no implica un cambio con respecto a la normativa anterior y esa dificultad ha sido puesta de relieve tradicionalmente, sí cabe mencionar que para esa valoración según las reglas de sana crítica es mucho más adecuado el modo en que actualmente se emiten los dictámenes periciales, puesto que si las partes lo interesan o el tribunal lo entiende necesario, el perito comparecerá al acto del juicio, en orden a ser preguntado en los amplios términos expuestos en el art. 347 de la Ley de Enjuiciamiento Civil tanto por el tribunal como por los let»
La Ley de Enjuiciamiento Civil: praxis de la prueba pericial · MARIANO ZAFORTEZA FORTUNY · Estudios de Derecho Judicial · 2003 · PDF
Prueba pericial · pág. 26 · con fórmula de valoración
«Analizada la jurisprudencia mencionada, los asistentes ponen de manifiesto que la calificación de la prueba como documental o pericial carece realmente de relevancia práctica, más allá de un debate doctrinal, pues lo determinante es efectuar una valoración en conjunto de conformidad con las reglas de la sana crítica. Por tanto, no existiendo un sistema de prueba tasada, la calificación de la prueba puede tener incidencia en el orden de las pruebas, pero no incide en la valoración, dado que se debe valorar en conjunto. Estamos de acuerdo en que en ningún caso se puede motivar el juicio valorativo exclusivamente en la mayor objetividad e imparcialidad de la Administración. CONCLUSIÓN: La valoración de la prueba debe efectuarse en su conjunto, de modo que la calificación concreta de la prueba como documental o pericial no tiene mayor relevancia práctica en dicha valoración.»
Conclusiones del Seminario Balance de Diez Años de Aplicación de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Madrid, del 19 al 21 de mayo de 2025 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2025 · PDF
Prueba pericial · pág. 26 · con fórmula de valoración
«Conclusiones del Seminario Valoración de la Prueba: Prueba Testifical, Pericial y Exploración de Menores. Madrid, del 26 al 28 de enero de 2011. En: Valoración de la prueba: prueba testifical, pericial y exploración de menores . Madrid: CGPJ, 2011. (Conclusiones de Seminarios; 2/2011). Disponible en: https://www.poderjudicial.es/search/ publicaciones/ponencia/5887280. 4. CUETO MORENO, Cristina. Cuestiones prácticas sustantivas y procesales que se suscitan en los juzgados de violencia sobre la mujer; criterios jurisprudenciales y referencia a conclusiones alcanzadas en anteriores encuentros. En: Encuentro entre jueces de violencia sobre la mujer para unificación de criterios .»
La exploración de menores como prueba preconstituida · BEGOÑA LOPEZ ANGUITA · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF
Prueba pericial · pág. 1 · con fórmula de valoración
«4. Valoración de la prueba digital El juez o tribunal dará o no credibilidad a esta prueba según se hayan podido acreditar su autenticidad e integridad, siempre en el conjunto de la prueba practicada, pues, como se señalaba en la STS 873/2023, de 24 de noviembre, el origen de la información de la prueba digital puede obtenerse mediante un dictamen pericial de autenticidad, pero también por otros elementos de prueba "que pongan de manifiesto, más allá de cualquier duda razonable, el origen y la autoría de esos contenidos".»
La prueba documental en el proceso penal, con especial referencia a la prueba digital (a propósito del Real Decreto Ley 6/2023, de medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia) · MANUEL MARIA JAEN VALLEJO · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Prueba pericial · pág. 36 · con fórmula de valoración
«Insistiendo en un momento posterior que, lo anteriormente significado sobre los alegatos de error en la apreciación de la prueba: (...), no supone que pueda afirmarse que la prueba pericial pueda ser nuevamente valorada en todo caso y en su integridad, por el Tribunal de casación. Las pruebas periciales no son auténticos documentos, sino pruebas personales consistentes en la emisión de informes sobre cuestiones técnicas, de mayor o menor complejidad, emitidos por personas con especiales conocimientos en la materia, sean o no titulados oficiales. Como tales pruebas quedan sujetas a la valoración conjunta de todo el material probatorio conforme a lo previsto en el artículo 741 de la LECrim.»
Imprudencia médica y responsabilidad penal: análisis jurisprudencial · JESUS MANUEL VILLEGAS FERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF
Prueba pericial · pág. 62 · con fórmula de valoración
«"La determinación de la procedencia de la declaración de ruina está lógicamente en función de la prueba practicada, ya sea en el expediente o en el recurso [...]. El informe de los peritos ha de ser valorado conforme a las reglas de la sana crítica, según establece el artículo 632 de la LEC (art. 348 actual LEC), si bien ha de tenerse en cuenta que esta Sala viene reconociendo que al dictamen de los técnicos municipales ha de conferírsele un valor superior de convicción, respecto de los emitidos a instancia de las partes [...] y esta mayor fuerza de asesoramiento de los técnicos municipales persiste en el recurso contencioso, en razón de que cabe presumir en ellos mayor objetividad, y que debe ser conjugada con el dictamen emitido en virtud de la prueba pericial practicada en los autos con las garantías de objetividad e imparcialidad emanadas del cumplimiento de lo dispuesto en los artíc»
Módulo VII. Urbanismo y licencias de apertura · MARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZ · Formación a Distancia · 2016 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«Es innecesario, desde el punto de vista probatorio porque ninguna norma legal lo dice, que una prueba documental, como son las cuentas anuales y declaraciones de impuestos que habitualmente se aportan por las empresas, haya de ser avalada por una prueba pericial, y mucho menos que unos hechos probados hayan de quedar necesariamente asentados por una prueba pericial, puesto que en la labor decisoria de los tribunales la valoración de la prueba es esencialmente libre, sometida a las reglas de la sana crítica y a la lógica de las cosas, siendo el resultado declarativo de hechos probados resultado del conjunto probatorio (STS 23-1-1981, n.o 435/1981; STSJ Madrid 22-1-2014, n.o 64/2014, recurso 1576/2013).»
Medidas de flexibilidad: despido colectivo, descuelgue y doble escala salarial · JOSE MANUEL YUSTE MORENO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF
Prueba pericial · pág. 26 · con fórmula de valoración
«De todo lo anterior, concluye la jurisprudencia que pueden llegar a vulnerarse las reglas de la sana crítica cuando la sentencia dictada no contenga referencia alguna a la prueba pericial, en este caso, al sondeo de opinión o a los estudios de mercado aportados por las partes o practicados en la fase probatoria (STS de 17 de junio de 1996 (47), cuando se prescinda del contenido del dictamen, omitiendo datos, alterando las conclusiones de este o valorándolo de manera incoherente (STS de 20 de mayo de 1996 (48), cuando, sin existir en el proceso dictámenes contradictorios, el Tribunal con base en ellos, llegue a conclusiones distintas de aquellos (STS de 7 de enero de 1991) (49).»
Consecuencias de la notoriedad y del renombre de las marcas: estado de la cuestión en la jurisprudencia comunitaria y nacional · JOSE LUIS CONCEPCION RODRIGUEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF
Prueba pericial · pág. 3 · con fórmula de valoración
«Así, esa virtualidad alcanzada, suficiente y bastante, sostendría el reconocimiento del error y la nueva apreciación de la prueba. En este caso concreto, la Sala sostiene que el documento referenciado carece de esas características y que, conforme a consolidada jurisprudencia, sólo "se permite acreditar el error en la apreciación de la prueba fundándolo en la pericial, que se equipara a tales efectos a la documental, cuando habiendo un solo informe pericial o varios coincidentes y no existiendo otras pruebas sobre el mismo hecho, la Sala ha tomado dicha prueba Martín Delpón, José Luis Crónica de jurisprudencia de la Sala de lo ... Revista del Poder Judicial n.o 87 - 2007/2008 3»
Crónica de jurisprudencia de la Sala de lo Militar (Penal) del Tribunal Supremo (Segundo semestre 2007) · JOSE LUIS MARTIN DELPON · Revista del Poder Judicial · 2007 · PDF
Prueba pericial · pág. 6 · con fórmula de valoración
«En el ámbito de la propiedad intelectual no cobra tanta trascendencia como en patentes la prueba pericial . Sin embargo, siempre es relevante la prueba pericial a efectos de determinación de daños y perjuicios, salvo en lo relativo al daño moral en el que los Tribunales siguen un criterio bastante laxo en materia probatoria. Conforme a los principios generales de distribución de la carga de la prueba, corresponde probar los hechos eximentes al que los alega (ant. art. 1.214 Cc, derogado por la LEC; cfr. 217 LEC). Se ha admitido jurisprudencialmente una innversión de la carga de la prueba por el principio de facilidad probatoria (así se señala que el demandado es el que tiene que probar que no está usando el repertorio de las entidades de gestión y que usa los diferentes derechos de licencia gratuita, como copyleft, anticommons, etc., SJMerc. Alicante 10-VII-2006). La SAP Segovia 7-XII-20»
La protección de los derechos de propiedad intelectual en la jurisdicción civil · MANUEL LOBATO GARCIA-MIJAN · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF
Prueba pericial · pág. 18 · con fórmula de valoración
«En relación con la prueba pericial, en términos generales, y a primera vista, rige el principio de la libre apreciación, pues, no se trata de intercambiar las funciones entre el perito y el juez. No hay duda que el perito debe realizar su dictamen y el juez será el que valore el informe, así como las demás pruebas y tome la decisión correspondiente.»
La prueba en el proceso penal obtenida mediante el análisis del ADN · JACOBO BARJA DE QUIROGA LOPEZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2004 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«De todo lo anterior, concluye la Jurisprudencia que pueden llegar a vulnerarse las reglas de la sana crítica cuando la sentencia dictada no contenga referencia alguna a la prueba pericial, en este caso, al sondeo de opinión o a los estudios de mercado aportados por las partes o practicados en la fase probatoria (STS de 17 de junio de 1996 (39), cuando se prescinda del contenido del dictamen, omitiendo datos, alterando las conclusiones del mismo o valorándolo de manera incoherente (STS de 20 de mayo de 1996 (40), cuando sin existir en el proceso dictámenes contradictorios, el Tribunal con base en los mismos, llegue a conclusiones distintas de aquéllos (STS de 7 de enero de 1991 (41).»
La protección de la marca renombrada · JOSE LUIS CONCEPCION RODRIGUEZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2003 · PDF
Prueba pericial · pág. 10 · con fórmula de valoración
«Esta exige, en puridad, la reiteración de la prueba y la valoración de la prueba personal en su integridad. La jurisprudencia de la sala de lo penal, tras diversas vacilaciones, afirmando que la convicción y el principio in dubio pro reo no son revisables en casación, ahora, a pesar del estrecho margen permitido por el recurso de casación, afirma la posibilidad de impugnación sobre este extremo. Desde la STS de 15 de abril de 1989 se ha venido distinguiendo dos niveles en la valoración de la prueba. El primero, lo que el testigo dice y lo que el perito expresa en el juicio, que está sujeto directamente a la inmediación y, por lo tanto, de imposible revisión en el recurso de casación.»
La casación penal: evolución histórica · ANDRES MARTINEZ ARRIETA · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«El juez que toma la decisión en los procesos de familia lo debe hacer según su propio criterio, siempre que este responda a las reglas de la lógica. De hecho, según las normas de libre apreciación de la prueba que rigen en la LEC, el juez puede tomar decisiones contrarias a lo recomendado en la prueba pericial. En cuanto al ámbito y los límites de los dictámenes de estos especialistas, hay que señalar que el patrón de idoneidad parental, salvo en los casos de patologías evidentes y severas, es inexistente, ya que habrá tantos patrones como padres y madres existen.»
La primera instancia en los juzgados mixtos. Problemas y soluciones · ANA PEREZ BENITO · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →