Fondo doctrinal · buscador
Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
810 pasajes en 41 páginas · mostrando del 181 al 200
Prueba pericial · pág. 20 · con fórmula de valoración
«En segundo lugar, habría que acudir a la pericia estrictamente científica que se limita a proporcionarnos una máxima de experiencia en la medida en que el elemento clave en la diferente valoración de la prueba pericial sea la credibilidad o no del testimonio del perito, su valoración en segunda instancia requeriría una nueva práctica de la prueba con inmediación (me remito al Voto particular a la STC 41/2003: cuando el perito se limita a proporcionar a los jueces una máxima de experiencia, ello excluye la necesidad de valoración del dictamen desde el prisma de la credibilidad -prisma que es el único que requeriría la reproducción de la prueba para su apreciación con inmediación- "pues la máxima de experiencia trataba exclusivamente de aportar al juez herramientas para apreciar un hecho científico".»
El recurso de apelación. La condena en segunda instancia y la inmediación. A propósito de la STC 167/2002 · ROBERTO GARCIA-CALVO MONTIEL · Cuadernos de Derecho Judicial · 2003 · PDF
Prueba pericial · pág. 5 · con fórmula de valoración
«De entre las posibles causas de recusación (art. 219 y 220 de la LOPJ), tres son propiamente las específicas para los peritos: - Haber dado anteriormente sobre el mismo asunto dictamen contrario a la parte recusante, ya sea dentro o fuera del proceso. - Haber prestado servicios como tal perito al litigante contrario o ser dependiente o socio del mismo. - Tener participación en sociedad, establecimiento o empresa que sea parte del proceso. La tacha pretende, en el momento de la valoración de la prueba, advertir al tribunal de la concurrencia de "circunstancias objetivas de parcialidad o falta de objetividad" del Ramis Ramos, Antonio La LEC: praxis de la prueba pericial»
La LEC: praxis de la prueba pericial · ANTONIO RAMIS RAMOS · Estudios de Derecho Judicial · 2003 · PDF
Prueba pericial · pág. 1 · con fórmula de valoración
«I. El perito II. La designación de perito III. Abstención, recusación y tacha de peritos IV. El dictamen pericial V. La comparecencia en juicio del perito Aún a riesgo de repetir algunos conceptos ya conocidos o comentados durante estas jornadas sobre la LEC, merece la pena abordar la praxis de la prueba pericial conjuntamente con el resumen de algunos aspectos esenciales, relativos a la intervención del perito y al actual valor del dictamen pericial como prueba durante el proceso. Para ello la intervención se ha dividido en cinco apartados:»
La LEC: praxis de la prueba pericial · ANTONIO RAMIS RAMOS · Estudios de Derecho Judicial · 2003 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«Por ello han de quedar excluidas del actual recurso de casación la cuestiones en las que la parte manifiesta su discrepancia con el resultado valorativo de la prueba realizado por el tribunal a quo, del que deduce unos hechos con trascendencia jurídica en cumplimiento de las previsiones legales sobre la valoración de la prueba, cuando estas, como en el caso de la prueba pericial, le permitan un margen valorativo (conforme a las reglas de la "sana critica") que la parte pretende discutir alegando que el juicio valorativo ha sido ilógico o arbitrario, pues ello revela, en definitiva, una discrepancia con el resultado de dicha valoración sin plantear, en realidad, una infracción de la norma jurídica que establece los criterios de valoración que debe utilizar un tribunal al enjuiciar este tipo de pruebas".»
Especialidades sustantivas de la responsabilidad patrimonial sanitaria · CESAR TOLOSA TRIBIÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF
Prueba pericial · pág. 37 · con fórmula de valoración
«La valoración conjunta y armónica de toda la prueba practicada en autos, con arreglo a las reglas de la sana crítica, nos conduce, en ausencia de prueba en contrario (carga de la parte demandante) que desvirtúe las conclusiones de los peritos y facultativos intervinientes, a desestimar la demanda y ello porque no se da el supuesto previsto en el art. 5.1 en relación con el art. 3 de la LORE. En atención a todo lo expuesto, estamos en condiciones de afirmar que la actora sufre una enfermedad que se puede considerar cronificada, con matices, no Molins García-Atance, Emilio Instrucciones previas y prestación de ayuda ...»
Instrucciones previas y prestación de ayuda para morir · EMILIO MOLINS GARCIA-ATANCE · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF
Prueba pericial · pág. 25 · con fórmula de valoración
«Debiéndose recordar que, en todo caso, los peritos, con independencia de la parte que los haya propuesto, no son los jueces del caso. Su aportación técnica puede resultar decisiva, desde luego, para el proceso de toma de decisión, pero no pueden sustituir al tribunal en la misma. Sobre esta relevante cuestión conviene destacar que en la valoración de la prueba pericial no pueden, ciertamente, aplicarse fórmulas minimalistas que tomen en cuenta solo las singularidades corporativas del perito y no el método o fiabilidad epistémica de las conclusiones alcanzadas.»
Recurso de casación: diálogo entre tribunales. Aspectos procesales (2023) · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF
Prueba pericial · pág. 18 · con fórmula de valoración
«Por su parte, la prueba pericial realizada por los equipos técnicos adscritos a los juzgados a través normalmente de los institutos de medicina legal se caracteriza por lo siguiente: - La intervención de los equipos psicosociales adscritos a los juzgados de familia no puede considerarse exactamente un dictamen de peritos en los términos en los que la ley procesal configura esta prueba. - La actuación de estos equipos de especialistas no ha sido contemplada de forma específica por la LEC, lo que supone un nuevo olvido de las especialidades propias de los procesos de familia, como antes he mencionado. - El art. 92.9 CC dice: "El Juez, antes de adoptar alguna de las decisiones a que se refieren los apartados anteriores, de oficio o a instancia de parte, podrá recabar dictamen de especialistas debidamente cualificados, relativo a la idoneidad del modo de ejercicio de la patria potestad y del»
Intervención en los procesos familiares. Especialidades en la prueba y necesidades en la ejecución · MARGARITA CARMEN PEREZ-SALAZAR RESANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«Por ello han de quedar excluidas del actual recurso de casación la cuestiones en las que la parte manifiesta su discrepancia con el resultado valorativo de la prueba realizado por el tribunal a quo, del que deduce unos hechos con trascendencia jurídica en cumplimiento de las previsiones legales sobre la valoración de la prueba, cuando estas, como en el caso de la prueba pericial, le permitan un margen valorativo (conforme a las reglas de la "sana critica") que la parte pretende discutir alegando que el juicio valorativo ha sido ilógico o arbitrario, pues ello revela, en definitiva, una discrepancia con el resultado de dicha valoración sin plantear, en realidad, una infracción de la norma jurídica que establece los criterios de valoración que debe utilizar un tribunal al enjuiciar este tipo de pruebas".»
La nueva casación contencioso-administrativa · CESAR TOLOSA TRIBIÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Prueba pericial · pág. 23 · con fórmula de valoración
«Pero también es reiterada la doctrina de que, salvo supuestos en que se constate irracionalidad o arbitrariedad, este cauce casacional no está destinado a suplantar la valoración por parte del Tribunal sentenciador de las pruebas apreciadas de manera directa, como las declaraciones testificales o las manifestaciones de los imputados o coimputados, así como los dictámenes periciales, ni realizar un nuevo análisis crítico del conjunto de la prueba practicada para sustituir la valoración del Tribunal sentenciador por la del recurrente o por la de esta Sala, siempre que el Tribunal de Instancia haya dispuesto de prueba de cargo suficiente y válida, y la haya valorado razonablemente.»
Igual libertad y más allá de cualquier duda razonable: ¿mito o realidad? · SALVADOR CAMARENA GRAU · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF
Prueba pericial · pág. 18 · con fórmula de valoración
«"... han de quedar excluidas del actual recurso de casación la cuestiones en las que la parte manifiesta su discrepancia con el resultado valorativo de la prueba realizado por el tribunal a quo, del que deduce unos hechos con trascendencia jurídica en cumplimiento de las previsiones legales sobre la valoración de la prueba, cuando estas, como en el caso de la prueba pericial, le permitan un margen valorativo (conforme a las reglas de la "sana critica") que la parte pretende discutir alegando que el juicio valorativo ha sido ilógico o arbitrario, pues ello revela, en definitiva, una discrepancia con el resultado de dicha valoración sin plantear, en realidad, una infracción de la norma jurídica que establece los criterios de valoración que debe utilizar un tribunal al enjuiciar este tipo de pruebas".»
La doctrina jurisprudencial en materia de admisión en el nuevo recurso de casación · INES MARIA HUERTA GARICANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Prueba pericial · pág. 17 · con fórmula de valoración
«Aun así, y aunque el informe médico de síntesis que realiza el EVI es de aportación preceptiva al proceso, el INSS en determinados procedimientos suele proponer la pericial del médico evaluador que ha realizado el informe y ha explorado al solicitante de la incapacidad. En el proceso laboral la competencia para la valoración de la prueba es competencia en exclusividad del juez de instancia conforme a los principios de oralidad e inmediación que rigen el proceso (art. 74 LRJS) y las reglas de la sana crítica, hasta tal punto que en sede de recurso de suplicación, que es un recurso extraordinario y cuasi casacional, la Perchín Benito, Nuria Revisión del actual régimen de la ...»
Revisión del actual régimen de la incapacidad permanente: Vigencia u obsolescencia de algunos criterios gradualistas. Valoración y reconocimiento de "nuevas" enfermedades. Propuestas de mejora y superación del actual régimen transitorio · NURIA PERCHIN BENITO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Prueba pericial · pág. 18 · con fórmula de valoración
«Incluso la doctrina establece que ante dictámenes contradictorios el juez es soberano para elegir aquel que estime más razonable y acomodado a su propio criterio valorativo y selectivo, criterio que solo puede ser modificado en Suplicación cuando el dictamen no aceptado esté dotado de singular relevancia o autoridad. En general resulta excepcional que se constate como hecho probado en la fijación y determinación de las secuelas únicamente el informe pericial privado, obviando totalmente el dictamen del EVI. Perchín Benito, Nuria Revisión del actual régimen de la ...»
Revisión del actual régimen de la incapacidad permanente: Vigencia u obsolescencia de algunos criterios gradualistas. Valoración y reconocimiento de "nuevas" enfermedades. Propuestas de mejora y superación del actual régimen transitorio · NURIA PERCHIN BENITO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Prueba pericial · pág. 40 · con fórmula de valoración
«En el proceso laboral, la competencia para la valoración de la prueba es competencia en exclusividad del juez de instancia conforme a los principios de oralidad e inmediación que rigen el proceso (art. 74 LRJS) y las reglas de la sana crítica, hasta tal punto que en sede de recurso de suplicación, que es un recurso extraordinario y cuasi casacional, la revisión de los hechos probados solo es posible cuando a través de la prueba documental o pericial, en ningún caso testifical, se constata un error evidente del juzgador. Conclusiones del Seminario El Control de ...»
Conclusiones del Seminario El Control de los Actos de la Administración de la Seguridad Social. Madrid, del 10 al 12 de mayo de 2017 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2017 · PDF
Prueba pericial · pág. 41 · con fórmula de valoración
«Incluso la doctrina establece que ante dictámenes contradictorios el juez es soberano para elegir aquel que estime más razonable y acomodado a su propio criterio valorativo y selectivo, criterio que solo puede ser modificado en suplicación cuando el dictamen no aceptado esté dotado de singular relevancia o autoridad. En general resulta excepcional que se constate como hecho probado en la fijación y determinación de las secuelas únicamente el informe pericial privado, obviando totalmente el dictamen del EVI.»
Conclusiones del Seminario El Control de los Actos de la Administración de la Seguridad Social. Madrid, del 10 al 12 de mayo de 2017 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2017 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«Sin perjuicio de que la persona jurídica que esté siendo investigada se valga de los medios probatorios que estime oportunos -pericial, documental, testifical- para demostrar su correcto funcionamiento desde la perspectiva del cumplimiento de la legalidad. C) En el presente caso, la parte recurrente sitúa la quiebra del derecho a la presunción de inocencia en la falta de acreditación de que el acusado Blas era en el momento del enjuiciamiento, no en el de la comisión del hecho por el que él ha sido acusado, representante o administrador de la persona jurídica condenada. Es discutible que esa objeción esté relacionada con el ámbito material del derecho a la presunción de inocencia.»
Pronunciamientos del Tribunal Supremo sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas · MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF
Prueba pericial · pág. 25 · con fórmula de valoración
«Una prueba de estas características no vulnera la presunción de inocencia y así lo ha puesto de relieve la Comisión Europea de Derechos Humanos en su Dictamen 8239/74 de 4.12, al declarar que la posibilidad ofrecida al inculpado de probar un elemento del que se discrepe no equivale a establecer una presunción de culpabilidad contraria a la presunción de inocencia, puesto que, si puede parecer evidente que, siendo positivo el resultado de la prueba, puede derivarse una sentencia condenatoria, tampoco lo es menos que este mismo examen, si fuera negativo, puede exculpar al imputado (SSTS. 259/2006 de 6.3, 1232/97 de 3.11)".»
Ampliación de los derechos del investigado en el proceso penal tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal · MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS GARCIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Prueba pericial · pág. 3 · con fórmula de valoración
«articular un argumento absoluto sobre la fotocopia en sentido negativo pues el uso de las copias por fotocopia es tan habitual en el comercio jurídico como tantos otros medios de documentación -emails- que no tienen condición "original" ni "huella" de titularidad, situación que incluso diríase que parece haber influido en la propia legislación al punto que no puede obviarse el hecho de que la propia Ley de Enjuiciamiento Civil -arts. 267, 268-2, 326, 328 y 334- sí otorga valor a las fotocopias a los que somete sólo a un específico procedimiento probatorio para el caso de impugnación. En efecto, exige la Ley de Enjuiciamiento Civil presentación del original -art. 267-, cotejo con el original -334- e incluso en la práctica de una prueba pericial -326- sólo cuando tales copias se impugnan pues, de no ser así, les reconoce pleno valor probatorio -art. 268-2-y más aún, incluso no obstante la »
Criterios unificados de las Secciones Civiles de la Audiencia Provincial de Alicante, adoptados en la reunión celebrada el día 17 de junio de 2016 · VICENTE MAGRO SERVET / LUIS ANTONIO SOLER PASCUAL · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Prueba pericial · pág. 61 · con fórmula de valoración
«Esta libre valoración de la prueba pericial se mantiene, como no podía ser de otra forma en el artículo 348 de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero. c) "Circunstancias urbanísticas que aconsejaren la demolición del inmueble", la llamada ruina urbanística. Supuesto prácticamente reservado para los edificios "fuera de ordenación" (se entiende por tal la edificación preexistente que no es conforme con el nuevo planeamiento).»
Módulo VII. Urbanismo y licencias de apertura · MARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZ · Formación a Distancia · 2016 · PDF
Prueba pericial · pág. 10 · con fórmula de valoración
«Al rechazar el motivo casacional por vulneración del derecho a la presunción de inocencia, la Sala estableció la existencia de determinada prueba de cargo de carácter documental, pericial y testifical corroboradas por el testimonio de uno de los policías que instruyó el atestado y que realizó determinadas comprobaciones sobre lo que declaró el imputando en sede policial.»
Jurisprudencia penal de la Sala 5.ª 2013-2015 · ANGEL CALDERON CEREZO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF
Prueba pericial · con fórmula de valoración
«7) ¿Es admisible la citación a juicio de lo peritos autores de esos dictámenes o informes cuando no hubieran resultado impugnados durante la audiencia previa? El art. 347 LEC contempla la libre apreciación del juez sobre su oportunidad a la vista de lo expuesto por las partes. Esto conecta con la posible subsanación de la falta de juramento o promesa -vid. artículo 335- y la carga que sobre la necesidad del informe se impone en los artículos 336, 337 y 339. Puede ocurrir que la única pregunta sea la de jurar o prometer. Conectar con el artículo 348 y las reglas de valoración de la prueba del 349. Atención especial del artículo 339 y articulación del juramento.»
Conclusiones del Seminario Cuestiones Procesales que Suscita el Juicio Ordinario. Madrid, del 3 al 5 de abril de 2013 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2013 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
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Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →