Ir al contenido principal

Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

86 pasajes en 5 páginas · mostrando del 41 al 60

  1. Interrogatorio de las partes · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «Existe un elevado consenso en la conveniencia de que, en los supuestos de menores víctimas de delitos, no es aconsejable practicar su interrogatorio en el acto del juicio oral, cuando la víctima haya sido previamente interrogada en algún momento procesal previo, otorgando validez como prueba de cargo preconstituida a la exploración practicada durante la fase de instrucción. A este efecto, la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, con el fin de conciliar los derechos del menor a Hoyos Moreno, Jorge Juan La prueba preconstituida»

    La prueba preconstituida · JORGE JUAN HOYOS MORENO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  2. Interrogatorio de las partes · pág. 6 · con fórmula de valoración

    «"... este precepto -art. 383 de la Lecrim- ya en su redacción originaria, entronca con una exigencia elemental, a saber, la necesidad de que el marco procesal que delimite el ejercicio del ius puniendi por el Estado, defina un escenario que haga posible la vigencia del derecho de defensa. El acusado que carece de las facultades mentales precisas para tomar conciencia por ejemplo, del alcance de sus respuestas al interrogatorio de la acusación, o con carácter general, del valor constitucional de los derechos a no confesarse culpable y a la presunción de inocencia, es un acusado inerme frente al poder sancionador del Estado...". Moreno Cuesta, Joaquina Tratamiento de la enfermedad mental en el ...»

    Tratamiento de la enfermedad mental en el juzgado de guardia · JOAQUINA MORENO CUESTA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  3. Interrogatorio de las partes · con fórmula de valoración

    «Mientras la derivada de los derechos a la no declaración y a la no confesión es, desde cierto punto de vista, más restringida, pues puede considerarse que comprende únicamente la interdicción de la compulsión del testimonio contra uno mismo, mayor amplitud tiene la prohibición de compulsión a la aportación de elementos de prueba que tengan o puedan tener en el futuro valor incriminatorio contra él así compelido, derivada del derecho de defensa y del derecho a la presunción de inocencia.»

    Delitos relacionados con la corrupción: últimas aportaciones jurisprudenciales · CANDIDO CONDE-PUMPIDO TOURON · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  4. Interrogatorio de las partes · pág. 42 · con fórmula de valoración

    «un deber positivo de información, podría vulnerarse la presunción de inocencia al utilizar en el proceso penal posterior, sus manifestaciones de confesión prestadas ante las autoridades administrativas y al igual también podría vulnerar el derecho a la no autoincriminación, la utilización en el proceso penal de las pruebas incriminatorias aportadas en el expediente administrativo previo.»

    Cuestiones procesales en la exigencia de responsabilidad penal a las personas jurídicas · JUAN JACINTO GARCIA PEREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF

  5. Interrogatorio de las partes · con fórmula de valoración

    «Seguidamente, se practicarían las pruebas de la defensa, y entre ellas, si lo propusiera, el interrogatorio del acusado. En cualquier caso, la participación del acusado una vez que se ha practicado la prueba de cargo, contribuye más directamente a su defensa que si se practica como la primera de las pruebas, que es como ordinariamente ocurre, entre otras razones porque así lo proponen acusación y defensa. De todos modos, aun cuando no esté claro si es una omisión de la ley, lo cierto es que no ha sido rectificada en las numerosas modificaciones legales, ni siquiera en leyes modernas como la LOTJ o las modificaciones operadas en 2002 (Ley 38/2002, de 24 de octubre y LO 8/2002).»

    Conclusiones e informes orales de las partes: proceso ordinario y proceso por jurado: propuesta crítica · MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  6. Interrogatorio de las partes · pág. 17 · con fórmula de valoración

    «En segundo lugar, el interrogatorio del acusado. La LECrim no lo regula expresamente en los artículos dedicados al juicio oral. Sí lo menciona, aunque tampoco lo regula, la LOTJ, artículo 46. Ya al inicio se venía a decir que el juicio oral se debía considerar como el momento en el que se verifica la consistencia de la acusación, y tras ello, se permite la defensa del acusado. El primer juicio, pues, es sobre la acusación. Si esta no es consistente para enervar la presunción de inocencia, el acusado no precisaría siquiera hacer uso de la palabra, bastándole con acogerse a su derecho a no declarar y con que su defensa solicitara la absolución.»

    Conclusiones e informes orales de las partes: proceso ordinario y proceso por jurado: propuesta crítica · MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  7. Interrogatorio de las partes · pág. 12 · con fórmula de valoración

    «Se afirma que de la culpa, como momento absolutamente interno de toda actuación humana, salvo la confesión, no puede haber prueba directa alguna. • La prueba ha de ser indiciaria y apoyada en presunciones (como la presunción de voluntariedad de todo actuar humano) y en la valoración conjunta de la prueba (58). • Es entonces al actor al que incumbe probar que su incorrecta actuación venía marcada por una circunstancia que eliminaría la idea de culpa (...) La idea de rechazo de un sistema de responsabilidad objetiva que omite toda consideración a la intención o voluntad del agente infractor, no significa que por ello la autoridad administrativa sancionadora venga obligada a probar la realidad de un elemento no tangible como es la culpa, siempre encerrada en zonas profundas de la voluntad" (59).»

    Garantías y principios generales del Derecho administrativo sancionador · NURIA PUEBLA AGRAMUNT · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF

  8. Interrogatorio de las partes · con fórmula de valoración

    «Por lo demás, si el acuerdo se traslada al juicio en forma de conformidad ahorra esfuerzos relativos a la prueba y a la ejecución de la sentencia, ya que se habrá logrado anticipadamente y de manera voluntaria la reparación del daño. Entre otras cosas permitirá a la víctima comparecer y presentarse de otra manera, no ser sometido a interrogatorio cruzado, poder expresarse libremente, sin la presión de que rinda para la suficiencia de la prueba de cargo. Hemos percibido en el desarrollo de la experiencia cómo el acusado y la víctima entraban a la sala de justicia juntos, demostrando que daban por superado el conflicto, que no militaban en bandos enfrentados.»

    La mediación reparadora en el proceso penal. Reflexión a partir de una experiencia · JUAN RAMON SAEZ VALCARCEL · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  9. Interrogatorio de las partes · sin fórmula

    «Quede ahí como testimonio, quizás poco ortodoxo, pero a mi juicio plenamente congruente con la interpretación más favorable a la tutela judicial efectiva en su vertiente de igualdad de armas de las partes, así como juicio sin dilaciones indebidas. La tercera práctica forense sucede cuando la Administración en la fase oral presenta a un funcionario como "testigo". A nuestro juicio no cabe tal prueba en esos términos ya que el art. 301 de la LEC prohíbe la confesión de la propia parte, y por ello, la Administración como persona jurídica no puede bajo el disfraz de una "testifical" realizar el interrogatorio de un "órgano" de la misma, lo que sería una confesión de sí misma.»

    Visión práctica del principio de inmediación en los procedimientos abreviados con especial referencia a los procedimientos en materia de personal · JOSE RAMON CHAVES GARCIA · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF

  10. Interrogatorio de las partes · pág. 26 · sin fórmula

    «No obstante, tal y como recogen los propios preceptos que regulan la remisión, la misma ser en los aspectos no previstos en la propia Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y ciertamente el art. 78 regula en algunos de sus apartados diversas cuestiones referidas a las especialidades que determinados medios de prueba han de presentar en el Procedimiento Abreviado. En concreto se refiere a la prueba pericial, testifical y de confesión judicial o interrogatorio de partes. Nos detendremos en la prueba de peritos y en el interrogatorio de partes.»

    Evaluación y perpectivas del procedimiento abreviado · JESUS MARIA CHAMORRO GONZALEZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2005 · PDF

  11. Interrogatorio de las partes · pág. 20 · sin fórmula

    «Tampoco parece haber obstáculos para apreciar la atenuante de confesión del art. 21.4.a CP (en el CP 1944/73, arrepentimiento espontáneo, interpretado sin tintes moralistas en una última fase): "Son circunstancias atenuantes... La de haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades". Efectivamente, la jurisprudencia la ha admitido sin problemas (128). Cabe reseñar aquí que una reciente sentencia recaída en un caso con trascendecia pública, ha apreciado la atenuante análogica a la de confesión en virtud de que, aunque el descubrimiento del delito comienza por las grabaciones obtenidas en una intervención telefónica destinada al descubrimiento de otro delito, esta prueba fue por ello declarada nula, de modo que la confesión del autor del delito pasa a ser fundamental, si bien no se aprecia la atenuan»

    Omisión de socorro a la propia víctima · MIGUEL DIAZ Y GARCIA CONLLEDO · Estudios de Derecho Judicial · 2007 · PDF

  12. Interrogatorio de las partes · pág. 9 · con fórmula de valoración

    «En este supuesto incluso el Consejo Constitucional tuvo ocasión de pronunciarse (Decisión 2018-696 QPC, de 30 de marzo de 2018) ante las alegaciones de la inconstitucionalidad de la ley francesa que permite sancionar la negativa a entregar a las autoridades contraseñas de acceso a dispositivos . La demanda se centró en la vulneración, entre otros, de los derechos a guardar silencio y a no autoincriminarse. El consejo termina desestimando la pretensión tras un análisis de las modalidades de ejercicio y de los casos en los que sería aplicable, y concluye que estas disposiciones no tienen como objetivo el conseguir una confesión o autoincriminación de la persona afectada ni afectan a su presunción de inocencia, sino que tan solo se dirigen a obtener una serie de datos hasta entonces encriptados o inaccesibles, y siempre que la Espina Ramos, Jorge Ángel Ficha 29. Casos concretos: soluciones »

    Ficha 29. Casos concretos: soluciones prácticas en las jurisdicciones de diversos Estados miembros · JORGE ANGEL ESPINA RAMOS · Formación a Distancia · 2022 · PDF

  13. Interrogatorio de las partes · sin fórmula

    «En este sentido cabe citar el caso planteado en un Auto de la Audiencia Provincial de Baleares (Sección 4.a) de 14.04.1999 en el que el órgano que ejecutó la comisión rogatoria, de doce preguntas llegó a hacer más de cien, diciendo al respecto la resolución que se comenta que: "... el abuso alcanzado en el interrogatorio, pues de las doce preguntas enviadas se ha pasado a un interrogatorio de más de cien preguntas, hallándonos por lo tanto en un supuesto no susceptible de ser considerado como meras aclaraciones o puntualizaciones, sino como un interrogatorio absolutamente distinto al acordado por el Juzgado remitente, competente para decidir sobre el alcance de las preguntas y la pertinencia de éstas, desvirtuando la prueba y haciendo que la misma devenga ineficaz...".»

    El auxilio judicial civil: notificaciones y obtención de pruebas. El régimen de la Ley de cooperación jurídica internacional · FRANCISCO DE PAULA PUIG BLANES · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  14. Interrogatorio de las partes · pág. 21 · sin fórmula

    «Pero debe recordarse que la confesión del acusado ya no es, como en el proceso inquisitorial, la reina de las pruebas, por lo que no exime al Juzgador de practicar las diligencias necesarias para adquirir el convencimiento de su realidad y de la existencia del delito (art. 406 Lecrim), y que no puede confundirse una declaración detallada y minuciosa sobre los hechos, propia de la prueba de interrogatorio del Vicente Casillas, Cristina de Determinación del objeto del proceso. Notas ...»

    Determinación del objeto del proceso. Notas para la discusión · CRISTINA DE VICENTE CASILLAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  15. Interrogatorio de las partes · pág. 6 · sin fórmula

    «Sin embargo, en un elevado número de casos, el resultado de la prueba aporta confusión y pocas certezas. Como ya sabemos, de conformidad con el art. 316 LEC, el valor probatorio del interrogatorio de las partes se encuentra limitado a los hechos perjudiciales para el interrogado, sin que en modo alguno quepa atribuirle eficacia para probar los hechos que le favorecen. Junto a esto, un consolidado cuerpo jurisprudencial (como la STS, de 18 de octubre de 2002, y la STS, de 17 de abril de 2007) sostiene que el interrogatorio no es una prueba con especial prevalencia o supremacía, sino que debe ponerse en relación con las demás y valorarse en conjunto.»

    Los acuerdos transaccionales sobre cláusulas suelo y su problemática en primera instancia · ANTONIO LUIS LATORRE MERCADO · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  16. Interrogatorio de las partes · pág. 11 · sin fórmula

    «- El artículo 78 sí contiene reglas especiales sobre este particular: • Para empezar, el apartado 12 dice que esta cuestión se regulará del modo previsto para el ordinario, en cuanto no sea incompatible con sus trámites. Curiosa mención, teniendo en cuenta que nada se regula en el procedimiento ordinario sobre este tema, salvo la remisión genérica a la LECiv que con buen criterio contiene el artículo 60.4. - Acto seguido, contiene una retahíla de normas especiales que de hecho alteran las reglas generales sobre la práctica de prueba, a saber: • Las posiciones para la confesión (interrogatorio de partes) se propondrán verbalmente, sin admisión de pliegos.»

    El procedimiento abreviado · JOSE MANUEL RUIZ FERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  17. Interrogatorio de las partes · pág. 1 · sin fórmula

    «Naturalmente, y tratándose de las del apartado 1.o, habrá que extremar el celo tanto en la motivación de las resolución que las acuerde -con plena observancia del principio de proporcionalidad y ponderación de los intereses en juego- como en el modo de practicarlas; no realizar el interrogatorio en el juicio oral ante el órgano jurisdiccional decisor, no lo olvidemos, limita un principio fundamental del proceso penal cuales el de que las pruebas se practicarán con contradicción, inmediación y publicidad, como regla general en las sesiones del juicio oral.»

    El estatuto de la víctima · CORAL ARANGÜENA FANEGO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  18. Interrogatorio de las partes · sin fórmula

    «La idéntica redacción prácticamente del art. 21.4 y del art. 31.bis 4.o a) parece dar razones suficientes para aceptar la validez de una confesión tardía, sin perjuicio de que la confesión, con carácter efectivo de aportación a la prueba podría tener su acomodo en la siguiente atenuante de colaboración con la investigación, que se extiende como posibilidad a "cualquier momento del proceso ". Y es que, efectivamente, como reconoce la sentencia citada, la confesión sin más, no tiene relevancia si no aporta efectivamente un verdadero contenido probatorio como igualmente parece exigir la siguiente atenuante al hablar de la aportación de pruebas "nuevas y decisivas ". Así lo establece también, aunque referida a lógicamente a la atenuante analógica del art. 21.6 en relación con el art. 21.4 la STS de 28 enero de 2010:»

    Penas. Atenuantes. Ejecución de penas. Referencia a la responsabilidad civil · MIGUEL ANGEL CARBALLO CUERVO · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  19. Interrogatorio de las partes · pág. 8 · sin fórmula

    «interrogatorios, que estos tengan lugar en locales adaptados a tal efecto; estén dirigidos, por profesionales con formación adecuada; que se realicen en la medida de lo posible por las mismas personas; que su número sea el menor posible; que el/la menor víctima esté acompañado/a por su representante; que los interrogatorios puedan ser grabados en vídeo y que estas grabaciones puedan ser admitidas como pruebas en el proceso penal; y que las audiencias puedan celebrarse a puerta cerrada. También se reiteran las medidas de prevención previstas en el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños y además se insta a los Estados a estudiar la posibilidad de tipificar el uso de servicios sexuales a sabiendas de que la persona es víctima de trata.»

    La trata de personas · CARMEN MIGUEL JUAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  20. Interrogatorio de las partes · pág. 1 · sin fórmula

    «Curso de Derecho Mercantil, 1984, t. I, 7.a ed., p. 646., ya que se admite que la confesión puede derivarse de una obligación o deber legal, como es el caso del asiento, y que para ser catalogado como confesión no sea necesario que esté específicamente dirigido a un destinatario. Por su parte la doctrina procesalita los remite al campo de los documentos privados, si bien dotados de una cierta especialidad, lo cual se manifiesta en que si son llevados con arreglo a la ley, están dotados de una presunción de veracidad que puede ser destruida con los medios permitidos por la ley. (13) Vid. MAGRANER MORENO, F., "La contabilidad como medio de prueba", Tribuna Fiscal ,1991, n.o 10/11, p. 99 y ss.»

    El Impuesto sobre Sociedades: las relaciones entre el Derecho tributario y el Derecho contable · AMPARO NAVARRO FAURE · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →