Fondo doctrinal · buscador
Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
464 pasajes en 24 páginas · mostrando del 401 al 420
Prueba ilícita y prohibida · pág. 30 · sin fórmula
«"Se acompañarán a la solicitud los documentos que la apoyen o se ofrecerá la práctica de otros medios para el acreditamiento de los presupuestos que autorizan la adopción de medidas cautelares. Cuando las medidas cautelares se soliciten en relación con procesos incoados por demandas en que se pretenda la prohibición o cesación de actividades ilícitas, también podrá proponerse al tribunal que, con carácter urgente y sin dar traslado del escrito de solicitud, requiera los informes u ordene las investigaciones que el solicitante no pueda aportar o llevar a cabo y que resulten necesarias para resolver sobre la solicitud. Para el actor precluirá la posibilidad de proponer prueba con la solicitud de las medidas cautelares".»
Aspectos problemáticos de las medidas cautelares en la jurisdicción contencioso-administrativa · MARIA DOLORES RIVERA FRADE · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 25 · sin fórmula
«Tras la Instrucción de 18 de febrero de 2019, la filiación paterna de un niño nacido mediante técnicas de gestación por sustitución, que se podía venir confirmando mediante la prueba de ADN y que daba lugar a la práctica de la inscripción de nacimiento en algunos consulados españoles, haciendo constar la filiación materna resultante del parto y la filiación paterna resultante del reconocimiento, se ha prohibido tajantemente. El cónsul suspenderá la inscripción, no pudiendo aceptar las pruebas de ADN y pondrá los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal del Registro Civil Central, dado que el canciller no es un funcionario independiente, como se desprende del art. 51 RRC.»
El acceso al Registro Civil español de los niños nacidos fuera de España mediante gestación por sustitución · ALICIA SANCHEZ SANCHEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 18 · sin fórmula
«Y en relación a la falta de prueba de que la victima haya quedado afectada psicológicamente, hay que insistir en que los daños morales no es preciso tengan que concretarse en relación con alteraciones patológicas o psicológicas sufridas por las víctimas, bastando que sean fruto de una evaluación global de la reparación debida a las mismas, de lo que normalmente no podrán los Juzgadores contar con pruebas que faciliten la cuantificación económica para fijarla más allá de la expresión de la gravedad del hecho, su entidad real o potencial relevancia repulsa social, así como las circunstancias personales de los ofendidos".»
La desviación motivada del baremo en la estimación de los daños: soluciones dadas por los distintos órdenes jurisdiccionales · EMILIO PALOMO BALDA · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 3 · sin fórmula
«Si se busca resarcimiento por prácticas ilícitas según las normas de defensa de la competencia, es preciso constituirse en un actor realmente perseverante, pues no será fácil preconstituir prueba, mantener la vigencia de la acción por lo limitado de los plazos de prescripción, obtener algún resultado útil mediante diligencias preliminares, acertar con la jurisdicción y competencia objetiva, evitar la incompetencia territorial, acumular correctamente acciones objetiva y subjetivamente, demostrar el daño y conseguir resarcimiento.»
La reclamación privada del daño en infracciones del derecho de la competencia. Criterios de competencia y notificación en supuestos nacionales y transfronterizos · EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · sin fórmula
«Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el tercero ha conocido o ha tenido motivos para sospechar que se trataba de bienes procedentes de una actividad ilícita o que eran transferidos para evitar su decomiso, cuando los bienes o efectos le hubieran sido transferidos a título gratuito o por un precio inferior al real de mercado".»
Tema 8. El decomiso · JOSE MANUEL SANCHEZ SISCART · Formación a Distancia · 2021 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 37 · sin fórmula
«Pero la circunstancia de que sea compatible con la agravante de parentesco en las situaciones de pareja con convivencia no excluye que la agravante de género del art. 22.4 CP pueda aplicarse también aisladamente si el ataque se hace a una mujer con la que el sujeto activo no tiene ninguna relación de pareja o ex pareja, pero se pueda desprender de la prueba practicada que se ha realizado el ilícito penal con actos que implican dominación del hombre hacia una mujer por el hecho de ser mujer.»
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal · MIGUEL ANGEL ENCINAR DEL POZO · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 4 · sin fórmula
«Se concluía allí que era factible una interpretación del art. 954.4 LECrim que considere que "la supresión, por haberse declarado validante su ilicitud, de una prueba que ha sido utilizada en la sentencia condenatoria [...] es un hecho nuevo que puede suponer la inocencia" (2). En suma, para la Sala Segunda del TS, la sentencia del TEDH podía fundamenta la revisión al ser tenida "como un hecho nuevo que evidencia la inocencia del condenado".»
El Tribunal Supremo de España, los tribunales internacionales y los derechos humanos · MARIA LOURDES ARASTEY SAHUN · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · sin fórmula
«Partiendo de esa posición maximalista, deviene inútil todo intento de explicación acerca de la concurrencia de los motivos económicos válidos presentes en la operación y que la Administración desecha de plano, al no encajar en su preconcebida teoría sui generis acerca del fraude, en la que encuentra acomodo añadido en el hecho de que no precisa de prueba alguna acerca de la ilicitud o fraude de la operación llevada a cabo, pues cualquier motivo económico será inválido, necesariamente, a los efectos del art. 110.2 LIS, cuando se encuentre una opción que determine un gravamen superior".»
Las cláusulas generales antiabuso: conflicto, simulación... un reto para el Tribunal Supremo · JOSE ANTONIO MONTERO FERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 16 · sin fórmula
«Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el tercero ha conocido o ha tenido motivos para sospechar que se trataba de bienes procedentes de una actividad ilícita o que eran transferidos para evitar su decomiso, cuando los bienes o efectos le hubieran sido transferidos a título gratuito o por un precio inferior al real de mercado".»
Anulación y decomiso de los contratos afectados por actos de corrupción · CARLOS AYMERICH CANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 1 · sin fórmula
«En la Sentencia 9/2013 de la Secc. 4.a de la Sala Penal de la AN (ROJ: SAN 1323/2013) -condena que después fue revocada por falta de pruebas por la STS 939/2013, de 16 de diciembre (ROJ. STS 5908/2013)-, la Audiencia dio por acreditado que "la... lesión fue causada directamente por la acusada o por otra persona con su consentimiento... como consecuencia de motivos religiosos y culturales imperantes en las zonas rurales de Senegal", y en los fundamentos razona que la madre "ignoraba que la mutilación genital de su hija constituía un delito no sólo dentro de España, sino incluso fuera de ella", pese a que en Senegal la mutilación genital femenina está prohibida desde el año 1999.»
La mutilación genital femenina. Regulación y aplicación a la luz del Convenio de Estambul · TERESA PERAMATO MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · sin fórmula
«En sentido contrario, y con una mayor sensibilidad por el respeto a los derechos fundamentales se muestra el TS, que en la Sentencia de 17-2-1999 ha establecido que una prueba (pequeña cantidad de droga) obtenida mediante el procedimiento de ordenar a la acusada, detenida en una dependencia judicial, que se desnudara y efectuase flexiones, abriendo y cerrando las piernas, hasta que cayó al suelo un pequeño envoltorio conteniendo dos gramos de heroína que guardaba en su vagina, es nula de pleno derecho porque dicho procedimiento constituye un trato degradante constitucionalmente prohibido (art. 15.1 CE) -SSTS de 11-5-1996 y 26-6-1998-.»
Tratos inhumanos y degradantes en los centros penitenciarios · JULIAN CARLOS RIOS MARTIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 2 · sin fórmula
«"El legislador del 2001 viene arecoger sustancialmente la postura de la jurisprudencia con el matiz consistente en presumir "en todo caso" la existencia de una daño aunque limitado a un porcentaje que se fija en relación con la cifra de negocios realizada por el infractor con los productos ilícitamente marcados (art. 43.5 LM). Se trata de un canon mínimo que rige "ope legis", y se impone al infractor "en todo caso y sin necesidad de prueba alguna". La inclusión en la nueva normativa de 2001 consolida la idea de que la violación de la marca conlleva siempre algún daño, obviando la dificultad que acarrea la exigencia de prueba y la incertidumbre que supone supeditar totalmente la indemnización a la aplicación de la doctrina "in re ipsa"".»
Conclusiones del Seminario Aspectos Económicos de los Litigios en Materia de Propiedad Industrial. Madrid, del 13 al 15 de abril de 2016 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2016 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 24 · sin fórmula
«El ingente volumen de pronunciamientos de instancia en acciones seguidas tras la celebración de contratos bancarios más o menos complejos pone a prueba la asimilación de la última doctrina del Tribunal Supremo en la materia (49), para distinguir si en casos de acreditada infracción de deberes en la comercialización de determinados productos cabe alcanzar una presunción directa de error en la formación del consentimiento del consumidor o una alteración de las reglas de prueba sobre el contenido y alcance de la información suministrada al cliente minorista.»
Conclusiones del Seminario Condiciones Generales de la Contratación y Protección de los Consumidores. Madrid, del 20 al 22 de abril de 2016 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2016 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · sin fórmula
«En el mismo sentido, la ya citada STS 971/2004, de 23 de julio: "siempre habrá de considerarse como más respetuoso con los derechos del inimputable, la aplicación de la medida, que se hace imprescindible por razones obvias, tras la celebración de un Juicio en el que el Tribunal pueda apreciar, con la intervención del Letrado defensor, las pruebas existentes sobre la comisión de los hechos, autoría, etc. y el dictado de una Resolución que motive las conclusiones alcanzadas por el Juzgador, que omitir ese trámite esencial y pasar, directamente, a imponer una consecuencia tan aflictiva como el internamiento con pérdida de libertad, sin más constatación que la de que el sospechoso de haber cometido los hechos sufre una grave alteración psíquica".»
De las medidas de seguridad · ANGEL JOSE SANZ MORAN · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 2 · sin fórmula
«La conducta típica es la del artículo 286 bis CP (corrupción en los negocios), siendo el beneficio o la ventaja injustificada, la predeterminación o la alteración del resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva. Se trata de un delito especial .»
Delitos de corrupción en los deportes. Sección 4.ª del Capítulo XI del Título XIII del Libro II del Código Penal. Artículos 286 bis.4 y 286 quater · MARIA DEL PILAR RASILLO LOPEZ · Formación a Distancia · 2016 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 17 · sin fórmula
«El artículo 286 bis CP, apartado 4, tipifica una manifestación de la corrupción en el ámbito privado: la corrupción en el mundo del deporte. El bien jurídico protegido no es la protección de la pureza de la competición deportiva, sino la protección de ello cuando están en juego intereses económicos, tal como lo pone de manifestó su ubicación sistemática. La conducta típica es la del artículo 286 bis CP (corrupción en los negocios), siendo el beneficio o la ventaja injustificada, la predeterminación o la alteración del resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva. Se trata de un delito especial.»
Nuevos delitos de corrupción en el ámbito político y deportivo · MARIA DEL PILAR RASILLO LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 15 · sin fórmula
«De otro lado, es admisible cualquier medio de prueba salvo los que estén prohibidos por la Ley y será la Administración la que deba de abrir ese período probatorio, cuando, como decimos, no tenga por cierto los hechos alegados o la naturaleza del procedimiento así lo exija. Igualmente, se establece que los interesados puedan proponer la práctica de prueba sobre los hechos alegados, que solo podrá ser rechazada mediante resolución motivada, cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, es decir, aquellas que nada tienen que ver con el objeto del procedimiento o versen sobre extremos que no tengan trascendencia o sean innecesarias por no ser cuestionados por la Administración.»
Tema 5. El procedimiento administrativo. Referencia a los procedimientos sancionador y de responsabilidad patrimonial. Actos administrativos. Nulidad y anulabilidad. Revisión. Recursos administrativos · MARIA MERCEDES DELGADO LOPEZ · Formación a Distancia · 2016 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · sin fórmula
«"... la recurrente... invoca infracción de los arts. 15 LOLS y 183.1 y 2 LRJS e impugna la concesión de una indemnización de 6.000 € al sindicato actor por daños morales. El art. 15 LOLS... establece, en términos imperativos, que "Si el órgano judicial entendiese probada la violación del derecho de libertad sindical, decretará... la reparación consiguiente de sus consecuencias ilícitas" y la LRJS, en desarrollo y concreción de tal norma, tratándose especialmente de daños morales, de difícil determinación y prueba por su propia naturaleza, y acorde con la jurisprudencia constitucional, ha flexibilizado la interpretación que de tales extremos se venía efectuando por un sector de la jurisprudencia ordinaria. En este sentido, en la LRJS se preceptúa que:»
La reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de derecho de huelga · FERNANDO SALINAS MOLINA · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 21 · sin fórmula
«misma producen una alteración de la par conditio concurrentium (artículo 15.1 LCD), sea porque la violación de normas que se ocupan de regular la estructura y funcionamiento del mercado (normas concurrenciales) implican de por sí (salvo prueba en contrario) una distorsión o falseamiento de la igualdad en el mercado (artículo 15.2 LCD), o sea porque con la tipificación de un comportamiento concreto (la contratación de extranjeros sin permiso de trabajo) se quiere prevenir y reprimir un comportamiento especialmente perjudicial para los competidores, el mercado e incluso para la dignidad humana. Como apunta la SAP Barcelona, Secc. 15.a, de 26 de enero de 2000 (ROJ: SAP B 793/2000), el art. 15 LCD trata:»
Tema 1. Introducción al Derecho de la competencia (principios, funciones y alcance) · FERNANDO CARBAJO CASCON · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 27 · sin fórmula
«puede prohibir conductas unilaterales con base en el art. 2 LDC que, de acuerdo con el art. 102 TFUE, no estén prohibidas (art. 3.2 Reglamento 1/2003). Parece, por ello, que, en un supuesto de aplicación paralela del Derecho nacional y del Derecho de la UE, la autoridad nacional no podrá basar la declaración de infracción del art. 2 LDC en pruebas que tengan origen en informaciones proporcionadas por otras autoridades de competencia europeas si, al mismo tiempo, los hechos enjuiciados no son declarados como una infracción del art. 102 TFUE.»
Tema 2. Relaciones entre el Derecho de la competencia de la Unión Europea y el Derecho nacional español de la libre competencia · PILAR MARTIN ARESTI · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
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Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →