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Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
464 pasajes en 24 páginas · mostrando del 301 al 320
Prueba ilícita y prohibida · pág. 21 · con fórmula de valoración
«dogmática frente a la eximente de alteraciones en la percepción a efectos de concretar en la medida de lo posible el contenido y alcance de una y otra. En este orden de cosas, quizás puedan resumirse en tres tales criterios diferenciadores. El primero, de índole eminentemente procesal, se materializa en la descarga de la prueba a favor de la persona amparada en la causa de inimputabilidad del art. 20.3.o en cuanto al desconocimiento del injusto, al contrario que ocurre en el ámbito del error de prohibición.»
Causas de inimputabilidad: alteración de la percepción · CONCEPCION CARMONA SALGADO · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · con fórmula de valoración
«Contra dicha sentencia por el trabajador se interpuso recurso de suplicación que fue estimado, revocando la sentencia de instancia, considerando el despido improcedente, después de relacionar doctrina del Tribunal Constitucional sobre el derecho a la intimidad, cuya vulneración fue denunciada en el recurso, llegando a la conclusión de que si el trabajador tiene posibilidades de mantener un ámbito privado y particular, autorizado por la empresa, lo que deducía de la falta de prohibición específica, así como de los medios entregados al trabajador, y la investigación practicada incide sobre dicho derecho fundamental, ilícita la prueba obtenida, para alcanzar la gravedad de los hechos procedía revocar la sentencia de instancia, por inmiscuirse la actuación empresarial en el derecho a la intimidad del artículo 18 CE.»
Crónica de jurisprudencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (Segundo trimestre de 2006) · JESUS RAFAEL MERCADER UGUINA / ANA DE LA PUEBLA PINILLA · Revista del Poder Judicial · 2006 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 12 · con fórmula de valoración
«El interés de esta previsión, que se añade a la genérica declaración de nulidad de los despidos que tengan por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución, reside en que el legislador elimina cualquier carga probatoria para la trabajadora despedida en estas condiciones bastando la mera situación de embarazo Mercader Uguina, Jesús Rafael et al. Crónica de jurisprudencia de la Sala Cuarta ... Revista del Poder Judicial n.o 84 - 2006 12»
Crónica de jurisprudencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (Tercer trimestre de 2006) · JESUS RAFAEL MERCADER UGUINA / ANA DE LA PUEBLA PINILLA · Revista del Poder Judicial · 2006 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 26 · con fórmula de valoración
«De lo contrario, en los seguimientos policiales en que se revela con quién se comunica oralmente una persona vigilada, cuando lo hace en lugares públicos, constituiría la prueba prohibida que no compartimos concurra en los casos de observación de la identidad subjetiva de los comunicantes, cuando las comunicaciones ocurren en espacios no privados .Velasco Núñez, Eloy Cuestiones procesales relativas a la ...»
Cuestiones procesales relativas a la investigación de los delitos telemáticos · ELOY VELASCO NUÑEZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 27 · con fórmula de valoración
«3. CATALÁ I BAS, Alexandre H.: "La problemática adecuación de la legislación española sobre escuchas telefónicas a las exigencias del Convenio Europeo de Derechos Humanos y sus consecuencias", Revista del Poder Judicial , n.° 66, segundo trimestre 2002. 4. DE VEGA RUIZ, José Augusto: Derecho Penal y Derechos Fundamentales desde la perspectiva jurisprudencial , Colex. 5. DE VEGA RUIZ, José Augusto: Delitos Contra La Salud Pública II , Bosch. 6. ECHARRI CASI, Fermín Javier: "Prueba ilícita: conexión de antijuridicidad yhallazgos casuales", Revista del Poder Judicial , n.° 69, primer trimestre 2003. 7. ECHARRI CASI, Fermín Javier: El Servicio de Guardia y las actuaciones del Juez de Instrucción.»
Delitos contra la salud pública. Algunas cuestiones de la fase de instrucción · CESAR GIL MARGARETO · Manuales de Formación Continuada · 2006 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 24 · con fórmula de valoración
«En igual sentido se pronunció más adelante la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de abril de 2005. (8) Fundamento Jurídico 7.° del Auto citado en la nota 4. En su Auto de 29 de julio de 1999, la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15.a) señaló que " la alteración de la carga de la prueba prevista en el art. 61.2 de la Ley de Patentes, exime de demostrar el procedimiento por el que se obtiene el producto nuevo, pero no releva de acreditar la conexión entre el producto nuevo y aquél a quien se imputa una conducta con el mismo relacionada.»
Las medidas cautelares en los procedimientos judiciales en materia de patentes · MIQUEL MONTAÑA MORA · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 32 · con fórmula de valoración
«Entre los problemas que en la práctica suscita dicho precepto, téngase en cuenta que en algunos de estos procedimientos no se contempla, por ejemplo, la intervención del M. Fiscal, la especial preferencia, suspensión cautelar del acto impugnado, alteración de la carga de la prueba o contenido y efectos de la sentencia, justificándose sin embargo, por el hecho de que así se podrán debatir en tales procesos conjuntamente la vulneración o no del derecho fundamental invocado con otras cuestiones de legalidad ordinaria propias de su naturaleza.»
Proceso sobre conflicto colectivo · JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 23 · con fórmula de valoración
«Además, el fortalecimiento de las garantías del derecho a la no autoincriminación constituye un factor esencial para la operatividad de la doctrina constitucional sobre las consecuencias indirectas de la prueba ilícita que arranca con la STC 81/98 -vid. en el mismo sentido, SSTC 161/99, 239/99, 8/200-. En efecto, la ruptura del nexo de antijuricidad de la prueba refleja que posibilite su eventual aprovechamiento probatorio plenario reclama, en el caso de declaraciones autoincriminatorias, un escrupuloso respeto de las garantías de producción y entre ellas las de una efectiva y material asistencia letrada, incluyendo el previo consejo técnico al inculpado.»
El estatuto del imputado en el proceso penal · JAVIER HERNANDEZ GARCIA · Manuales de Formación Continuada · 2005 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · con fórmula de valoración
«En cuanto al abuso del derecho, esa misma doctrina civilista considera que concurre en los actos de emulación, esto es, en aquellos actos que, siendo formalmente ajustados a la legalidad, no reportan beneficio alguno a quien los realiza y, por ello, no tienen más finalidad que la de dañar a otro". En el apartado primero de los dos artículos antes citados, parece que se la relaciona con la obtención de prueba ilícita por vulneración de derechos fundamentales, pero esta forma de proceder no solo es posible en ausencia de buena fe, sino que también puede producirse aun cuando ésta concurra.»
La buena fe y el abuso del proceso en el ámbito penal · MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA · Cuadernos de Derecho Judicial · 2005 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 16 · con fórmula de valoración
«Se concede legitimidad a una simple providencia en cuanto la misma solo acordaba la citación de los imputados para recabar su consentimiento pero no establecía la obligatoriedad de la prueba. Los imputados estuvieron asesorados de letrado. ¿Sería posible semejante conclusión vigente la reforma? Parece que no a la vista de la exigencia expresa de auto. Ahora bien, creo que tratándose de una mera diligencia para constatar la existencia o no de consentimiento -que idealmente es diferenciable del mandato expreso estableciendo la obligatoriedad de la intervención-cabría argumentar que en ese caso no habría estrictamente ilicitud de la prueba, sino una mera irregularidad.»
Intervenciones corporales: reflexiones ante la inminente enésima reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal · ANTONIO DEL MORAL GARCIA · Cuadernos de Derecho Judicial · 2003 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 16 · con fórmula de valoración
«toda regulación jurídica, de ahí que un principio básico en nuestro ordenamiento es la interpretación de las normas conforme a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas -art. 3.1 C.C. - es incuestionable que el Juzgador, ante el dato objetivo del perjuicio sufrido, tenga que admitir la intercambiabilidad de los principios que inspiran la culpa y sin llegar a una objetivación de la responsabilidad en el orden civil, los conceptos de solidaridad, inversión de la carga de la prueba, adopción de las más mínimas precauciones, riesgo creado, etc., sean comunes a la culpa contractual y extracontractual, al igual que la regulación derivada de los artículos 1103, 1104, 1106 y 1107 del Código no sea de exclusiva aplicabilidad a la culpa convencional, sino que abarca a las obligaciones que nacen en acto ilícito, pues la parca regulación del Código civil impone integrar las lagunas e»
Responsabilidad civil e inteligencia artificial · GUILLERMO OROZCO PARDO · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 18 · sin fórmula
«instalación de las cámaras de vídeo. Desde luego, es obvio que como regla general debe cumplirse con tal requisito de transparencia informativa (art. 5 LOPD), pero no parece que tenga mucho sentido cuando tiene por objeto, como ocurre en el caso enjuiciado en la sentencia, acreditar un ilícito laboral por determinada persona de la que se tienen sospechas, y no exista otro medio alternativo de obtención de una prueba de tales ilícitos. El previo aviso haría prácticamente inútil la medida de control audiovisual, y "dejaría -como ha señalado FALGUERA (14)- en la práctica indefensa" a la empresa. En consecuencia, no se debe descartar por completo la posibilidad de instalación de cámaras ocultas.»
El control tecnológico empresarial y el respeto de la privacidad del trabajador a la luz de la doctrina del Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal Europeo de Derechos Humanos · JOSE LUIS GOÑI SEIN · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 18 · con fórmula de valoración
«El Real Decreto Ley 6/2023 contiene en su libro primero una regulación compleja sobre materias que permiten aprovechar las ventajas que las nuevas tecnologías pueden aportar para avanzar hacia una Administración de Justicia más eficiente, accesible, transparente y rápida. La generalización del uso de la videoconferencia y de la emisión de los juicios a través de internet se vincula con la satisfacción de tales objetivos. Dicha afirmación hipotética es cuestionable. Los beneficios asociables a su realización efectiva pueden exigir el sacrificio desproporcionado de valores y de bienes jurídicos constitucionalmente protegidos (derecho a la intimidad, al honor, a la propia imagen de los intervinientes, a la presunción de inocencia como regla de tratamiento, la manipulación de imágenes o usos para fines espurios...). Además, puede complicar la gestión de las vistas orales innecesariamente, al»
Incidencia del Real Decreto Ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la publicidad de los juicios por delito y en la intervención de acusados, testigos y peritos en las vistas orales penales · JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 8 · con fórmula de valoración
«Varios fueron los problemas suscitados en el foro de debate sobre esta cuestión del enriquecimiento injusto. Se insistió en la necesidad de hacer recaer, en todo caso, la carga de la prueba de la efectiva prestación de los servicios en el contratista. En cuanto a la aplicación de esta figura, en general todas las participaciones recogidas en el foro se mostraron en principio favorables a ser restrictivos en su admisión. Se señaló para ello, en primer lugar, que de por sí las situaciones de las que partimos suponen vulnerar los principios básicos de la contratación, como la publicad, concurrencia y buena administración. Diversos participantes pusieron de manifiesto asimismo la alteración que conlleva además a la libre competencia y que implica una contravención a la necesaria eficiencia y control del gasto público. El control judicial de la contratación ...»
El control judicial de la contratación pública: Conclusiones · Sin autor · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · con fórmula de valoración
«No obstante, la inclusión de dicho apartado 7 a la redacción del artículo 282 bis podría ser calificada, en algunos casos, de superflua. Así, el citado precepto está exigiendo la necesidad de autorización judicial para que el agente encubierto pueda proceder a la grabación de las conversaciones mantenidas entre el investigado y el propio agente infiltrado cuando, de hecho, dicha actuación no supondría, a mi juicio, la vulneración de derecho fundamental alguno. Constituye una ya reiterada doctrina jurisprudencial aquella que ha venido entendiendo que la grabación de las conversaciones por quien es parte en el proceso comunicativo no supone, en modo alguno, vulneración del derecho al secreto de comunicaciones del artículo 18 de nuestra carta magna. Al respecto, conviene recordar que la STC 114/1984, de 29 de noviembre -sentencia que ha sido punto de partida para el desarrollo jurisprudenci»
El agente encubierto online. Aspectos legales y jurisprudenciales y problemas procesales originados en su práctica · JAVIER IGNACIO ZARAGOZA TEJADA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 29 · con fórmula de valoración
«Entre las actuaciones prohibidas se incluye realizar o anunciar subrogación comercial, explotar madres subrogadas, vender o importar embriones humanos o gametos para la subrogación, las penas pueden llegar a 10 años y multas de un millón de rupias (unos 13.000 euros). La definición de infertilidad se limita a la imposibilidad de concebir, después de cinco años de realizar el coito sin protección o sin ningún método anticonceptivo. Por tanto, no cubre el caso de una mujer que puede concebir pero no llevar a término el embarazo. La ley señala que si alguna madre subrogada actúa fuera de la ley se presume que lo ha hecho obligada por su marido, por la pareja de destino o por cualquier otro familiar. Además, la ley invierte la carga de la prueba, son ellos los que deben probar su inocencia. La ley también prohíbe conservar embriones o gametos con el propósito de subrogación.»
Gestación subrogada. Una visión actual sobre su regulación a nivel internacional · MARIA TERESA REAL CLEMENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · con fórmula de valoración
«Como ya decidió la Sala en supuesto extrapolable al presente, en sentencia de 24 de junio de 2013, Rc. 1220/2012, los hechos que en síntesis se han expuesto, fruto de la valoración de la prueba practicada, conducen a estimar la necesidad de una supervisión tanto en los aspectos patrimoniales como en aquellos que afectan a la persona, que garanticen su estado de salud, el pago de sus necesidades ordinarias, eviten el gasto excesivo y la manipulación por parte de terceras personas, y para ello resulta determinante que se aplique la curatela y no la tutela, reinterpretada a la luz de la citada Convención, desde un modelo de apoyo y de asistencia y el principio del superior interés de la persona con discapacidad, que, manteniendo la personalidad, requiere un complemento de su capacidad (SSTS 29 de abril y 11 de octubre de 2009). 9.»
Novedades sustantivas en materia de estado civil · SUSANA JIMENEZ BAUTISTA · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 11 · con fórmula de valoración
«No puede caber duda alguna, de acuerdo con las máximas de experiencia más elementales, de que creaba ese riesgo concreto de la suficiente gravedad para la salud, exigido, como elemento esencial, para la existencia del ilícito penal.»
La contaminación acústica y el Derecho penal · CARLOS GRANADOS PEREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2012 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 54 · con fórmula de valoración
«En la exposición de motivos de la Ley 29/2009 por la que se reforma la LCD se indicaba como uno de los objetivos de ésta era incorporar reglas sobre la carga de prueba, pero no sólo no se contiene ninguna reforma en tal sentido sino que además no era necesaria ya que en norma la encontramos en el art. 217.4 LEC que establece que en los procesos sobre competencia desleal y sobre publicidad ilícita corresponderá al demandado la carga de la prueba de la exactitud y veracidad de las indicaciones y manifestaciones realizadas y de los datos materiales que la publicidad exprese, respectivamente Esta prevención nos lleva directamente al acto de engaño, denigración y comparación. En estos casos, será el demandado quien debe probar la exactitud y veracidad de las manifestaciones realizadas. En los demás actos de competencia desleal, el actor deberá probar los hechos en que fundamente su demanda as»
Acciones y legitimación ante un acto de competencia desleal. Prescripción · MARTA CERVERA MARTINEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Prueba ilícita y prohibida · pág. 21 · con fórmula de valoración
«La doctrina es pacifica en este punto, en sentencias como las de la Audiencia Provincial de Pontevedra sec. 6a de 19/2/09 y AP Navarra, sec. 1a, de 5-12-2005, se considera que acreditada la inmisión en una propiedad, deberá demostrar quién ejercita la acción de cesación, la concurrencia efectiva de ese peligro, incomodidad, ilicitud o contravención de norma estatutaria. Y una vez cumplida tal carga adveraticia, corresponderá a quien realiza la actividad generadora de esa inmisión, acreditar que son inocuas o que no infringen disposición estatutaria alguna. Ello porque en todo caso es presupuesto de la acción de cesación la infracción normativa o la generación de un peligro, incomodidad, o insalubridad, antes de trasladar la carga de la prueba sobre la ausencia del mismo a la parte que incurre en ese inmisión; máxime cuando la acreditación de la inocuidad, con una importante carga de nega»
La acción de cesación frente a las inmisiones en las comunidades de propietarios · ANA MARIA OLALLA CAMARERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →