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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

464 pasajes en 24 páginas · mostrando del 261 al 280

  1. Prueba ilícita y prohibida · pág. 5 · con fórmula de valoración

    «Incluimos, también, una selección de referencias doctrinales sobre las diferentes cuestiones que se tratan (identificación visual, inspecciones e intervenciones corporales, enfermedad mental, ADN y prueba científica, y prueba ilícita). Algunas pertenecen a los fondos de publicaciones del CGPJ y el resto son, o bien de acceso libre, o contamos con la autorización de los autores para su utilización en este curso. Hervás Ortiz, José Joaquín et al. Tema 10. Las medidas de investigación en el ...»

    Tema 10. Las medidas de investigación en el anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la práctica procesal vigente · JOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ / JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA · Formación a Distancia · 2021 · PDF

  2. Prueba ilícita y prohibida · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «C) Cuestionario orientativo 4. Prueba de ADN y prueba científica A) Comentario B) Propuesta regulativa del Anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2020 a) Investigación mediante marcadores de ADN b) Prueba científica C) Cuestionario orientativo 5. Prueba ilícita A) Comentario B) Propuesta regulativa del Anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2020 C) Cuestionario orientativo Referencias de legislación Referencias de jurisprudencia»

    Tema 10. Las medidas de investigación en el anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la práctica procesal vigente · JOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ / JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA · Formación a Distancia · 2021 · PDF

  3. Prueba ilícita y prohibida · pág. 71 · con fórmula de valoración

    «Que en el Estado donde tenía la residencia habitual inmediatamente anterior al traslado hayan dictado una resolución sobre la custodia que no ordene la restitución del menor. d. Que se haya archivado la demanda presentada en el Estado miembro donde tenía su residencia habitual el menor. La carga de la prueba de la concurrencia de alguna de las causas de excepción recae sobre la parte que hubiera realizado el traslado ilícito. Se cumple el plazo, si la demanda Astray Chacón, María Pilar Las sombras del proceso de restitución del ...»

    Las sombras del proceso de restitución del menor. El reto de la urgencia y eficacia. Buenas prácticas. Excepciones al retorno o restitución del menor. Especial referencia a supuestos de violencia de género o intrafamiliar · MARIA PILAR ASTRAY CHACON · Cuadernos Digitales de Formación · 2020 · PDF

  4. Prueba ilícita y prohibida · con fórmula de valoración

    «AA., Problemas actuales de la justicia penal, Madrid: Colex, 2013, p. 322. (42) Sentencia de 12 de abril de 2005 (2 BvR 581/01). (43) AMER MARTÍN, A., "El derecho a la intimidad y la prueba obtenida mediante drones", publicado el 22 de junio de 2016 en http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/11152-el-derecho-a-la-intimidad-y-la-prueba-obtenida-mediante-drones/. (44) En el mismo sentido, LÓPEZ YAGÜES, V., "Investigación de delitos sobre tráfico de sustancias y bienes ilícitos: circulación y entrega vigilada y dispositivos de seguimiento y localización", Diario La Ley , n.o 9095, 2017. (45) Como estudio de dicha doctrina alemana, vid. ORTIZ PRADILLO, J.»

    Dispositivos o medios técnicos de seguimiento y localización en el proceso penal · JUAN CARLOS ORTIZ PRADILLO · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  5. Prueba ilícita y prohibida · pág. 24 · con fórmula de valoración

    «La doctrina reseñada por esta última sentencia coincidiría, de hecho, con el nuevo cambio de rumbo sobre el concepto de prueba ilícita marcado por la STS 116/2017, de 23 de febrero de 2017, ponente Marchena Gómez, que, en relación con pruebas obtenidas por particulares mediante violación de derechos fundamentales, ha venido a considerar que estas son plenamente válidas y utilizables en el proceso penal siempre y cuando no fueran obtenidas con la finalidad de ser presentadas en un proceso judicial y siempre y cuando el particular no actuara bajo las órdenes, o dirección, del Estado. Así, señalaba la citada sentencia lo siguiente:»

    El agente encubierto online. Aspectos legales y jurisprudenciales y problemas procesales originados en su práctica · JAVIER IGNACIO ZARAGOZA TEJADA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  6. Prueba ilícita y prohibida · pág. 21 · con fórmula de valoración

    «Las diligencias de investigación acordadas fuera de plazo carecen de valor a efectos de fundamentar el auto del art. 779.1.4.a LECrim o el auto de apertura de juicio oral en el sumario. La motivación del acuerdo es la siguiente: "Según la Circular de la FGE, tales diligencias no son prueba ilícita al no haberse obtenido violentando DDFF. Conservarían su valor como diligencias de investigación y fuente de otras pruebas de ellas derivadas.»

    El sistema de plazos en la instrucción. Aspectos generales y tres cuestiones concretas · JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  7. Prueba ilícita y prohibida · pág. 4 · con fórmula de valoración

    «de su resultado o del elemento material que incorpore la misma, sólo cabrá recurso de reposición, que se interpondrá, se dará traslado a las demás partes y se resolverá oralmente en el mismo acto del juicio o comparecencia, quedando a salvo el derecho de las partes a reproducir la impugnación de la prueba ilícita en el recurso que, en su caso, procediera contra la sentencia".»

    Control empresarial de herramientas informáticas y sistemas de navegación · JUAN MIGUEL TORRES ANDRES · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  8. Prueba ilícita y prohibida · pág. 16 · con fórmula de valoración

    «RESOLUCIÓN DEL RECURSO: La cuestión que se discute es: - La consideración de la Policía Local como Policía Judicial. - Los límites territoriales de su actuación; eventualmente, la consideración de su incumplimiento como prueba ilícita a los efectos de lo dispuesto en el art. 11.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Respecto a la primera, la jurisprudencia de la Sala ha entendido que las Policías Locales pueden realizar este tipo de intervenciones en averiguación de los delitos y persecución de los delincuentes, como colaboradores de la función de Policía Judicial, carácter que les atribuye la Ley Orgánica 2/1986.»

    Policía Judicial · LETICIA BADIOLA PEREZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  9. Prueba ilícita y prohibida · pág. 11 · con fórmula de valoración

    «comporta la exigencia de un acervo probatorio suficiente, recayendo sobre la Administración pública actuante la carga probatoria tanto de la comisión del ilícito como de la participación del acusado, sin que a éste pueda exigírsele una probatio diabolica de los hechos negativos (por todas, SSTC 45/1997, de 11 de marzo, FJ 4, y 74/2004, de 24 de abril, FJ 4)". Información sobre el artículo»

    Asegurabilidad y exigencia de culpabilidad en el recargo de prestaciones · LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  10. Prueba ilícita y prohibida · pág. 14 · con fórmula de valoración

    «Igualmente la STS de 14 de octubre de 2015 concluye de la valoración de la prueba... la necesidad de una supervisión limitada a las tareas personales y patrimoniales, que garanticen su estado de salud, el pago de sus necesidades ordinarias, eviten el gasto excesivo, la manipulación por parte de terceras personas, y, en definitiva, seguir haciendo una vida Guilarte Martín-Calero, Cristina Capacidad jurídica y capacidad de obrar: el ...»

    Capacidad jurídica y capacidad de obrar: el sistema español a la luz de la Convención de Nueva York · CRISTINA GUILARTE MARTIN-CALERO · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  11. Prueba ilícita y prohibida · pág. 28 · con fórmula de valoración

    «En efecto, el concepto de prueba ilícita es un concepto estructural, que no tolera interpretaciones adaptadas a supuestas singularidades de una u otra jurisdicción. El consentimiento del trabajador y su conocimiento exacto de las facultades de inspección que se ha reservado el empresario, cuando se trate de información atinente al derecho a la intimidad, son fuentes de legitimación del acto de injerencia mediante el que se restringe ese espacio de intimidad. Y la información así obtenida es utilizable, tanto para Marchena Gómez, Manuel Injerencias en la intimidad en el seno de ...»

    Injerencias en la intimidad en el seno de la familia y en el marco de la relación laboral · MANUEL MARCHENA GOMEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  12. Prueba ilícita y prohibida · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «ius puniendi del Estado e, inseparablemente, una abierta contradicción con el mismo derecho a la presunción de inocencia, porque la coexistencia de procedimientos sancionadores para un determinado ilícito deja abierta la posibilidad, contraria a aquel derecho, de que unos mismos hechos, sucesiva o simultáneamente, existan y dejen de existir para los órganos del Estado".»

    La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas en materia de protección medioambiental. El principio de non bis in idem en el procedimiento administrativo y su aplicación en el orden contencioso-administrativo · MARTA ROSA LOPEZ VELASCO · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  13. Prueba ilícita y prohibida · pág. 39 · con fórmula de valoración

    «La orden de investigación europea. Actos de investigación, ilicitud de la prueba y cooperación judicial transfronteriza . Valencia: 2016. 12. MAURO, C. La Decisión Marco de 22 de julio de 2003 relativa a la ejecución en la UE de las resoluciones de embargo preventivo de bienes y aseguramiento de pruebas. En: La Prueba en el Espacio Europeo de Libertad, Seguridad y Justicia Penal . Cizur Menor: 2006. 13. MORÁN MARTÍNEZ, R. A. Embargo preventivo de bienes y aseguramiento de pruebas en el proceso penal. En: El Proceso Penal en la Unión Europea: garantías esenciales . Hoyos Sancho, M. de (coord.). Valladolid: 2008. 14. MORENO CATENA, V.»

    Principales instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales en el ámbito de la Unión Europea: buenas prácticas en materia de auxilio judicial internacional en la investigación de los delitos de corrupción · MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ-MEDEL NIETO · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  14. Prueba ilícita y prohibida · pág. 29 · con fórmula de valoración

    «El coste de los derechos fundamentales. Un comentario de la STC 49/1999, de 5 de abril. En: Teoría y Realidad Constitucional .UNED, 1999, pp. 315-340. 9. SÁNCHEZ YLLERA, Ignacio. La aparente irrelevancia de la prueba ilícita en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En: Teoría y Derecho .Valencia: Editorial Tirant lo Blanch, 2013, núm. 14/2013, pp. 231-250. 10. SÁNCHEZ YLLERA, Ignacio. Valenzuela Contreras contra España (STEDH de 30 de julio de 1998): La deficiente calidad de las normas que habilitan la intervención de las comunicaciones telefónicas. En: Conflicto y diálogo con Europa. Las condenas a España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos .»

    Tema 5. La nueva regulación de las medidas limitativas de los derechos reconocidos en el art. 18 CE (I): Detención y apertura de correspondencia escrita y telegráfica. Disposiciones comunes. Interceptación de comunicaciones telefónicas y telemáticas · IGNACIO SANCHEZ YLLERA · Formación a Distancia · 2016 · PDF

  15. Prueba ilícita y prohibida · pág. 31 · con fórmula de valoración

    «(MUÑOZ CONDE, F., 2004), a propósito de la grabación del caso Montesinos. Sobre este caso también puede consultarse: Prueba ilícita y lucha anticorrupción (El caso del allanamiento y secuestro de los Vladivideos) (ASENCIO MELLADO, J. M., 2008). Más antiguos, aunque no carentes de interés: "Autorización judicial para la instalación de aparatos de escucha, transmisión y grabación en lugar cerrado" en La prueba penal López Ortega, Juan José Tema 6. La nueva regulación de las medidas ...»

    Tema 6. La nueva regulación de las medidas limitativas de los derechos reconocidos en el art. 18 CE (II): Captación y grabación de comunicaciones orales mediante dispositivos electrónicos. Utilización de dispositivos técnicos de captación de la imagen, de seguimiento y de localización · JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA · Formación a Distancia · 2016 · PDF

  16. Prueba ilícita y prohibida · pág. 68 · con fórmula de valoración

    «Pero en este caso se trataría de perjuicios reales y probados en las actuaciones, lo que no se ha dado pues la apelante sustentaba su reclamación únicamente en los términos contractuales y en una cláusula prohibida legalmente. En consecuencia procede desestimar el recurso de apelación interpuesto y confirmar íntegramente la sentencia apelada". Esta sentencia, como se ve, no aplica una reducción de la cláusula penal, sino que, una vez declarada nula, aplica las reglas generales de la indemnización de daños y de carga de la prueba.»

    Cláusulas abusivas · JOSE MARIA MIQUEL GONZALEZ DE AUDICANA · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  17. Prueba ilícita y prohibida · pág. 53 · con fórmula de valoración

    «En el mismo sentido, la sentencia de la Audiencia Provincial de León de fecha 30 de diciembre de 2014 al sostener que en el caso que nos ocupa, como en el resuelto en dicha resolución, no existe la más mínima prueba, primero, de que Bankinter haya participado en las confabulaciones por las que fueron sancionados grandes bancos internacionales y europeos por manipular tipos de interés de referencia y menos aún de que esas posibles maniobras hayan afectado, directa o indirectamente, a los dos contratos de crédito que nos ocupan, lo que hace inviable poder concretar que de la aplicación del expresado tipo de referencia estipulado entre las partes, y que en los últimos años, dados sus bajos niveles, permite abonar intereses muy bajos, se haya derivado un efectivo perjuicio para la parte deudora, a quien incumbía la carga de la prueba y que parece pretender disponer de una muy considerable ca»

    Problemas prácticos y actuales en el despacho de ejecución hipotecaria · GONZALO FERRER AMIGO · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  18. Prueba ilícita y prohibida · pág. 28 · con fórmula de valoración

    «En la exposición de motivos de la Ley 29/2009, por la que se reforma la LCD, se indicaba como uno de los objetivos de ésta era incorporar reglas sobre la carga de prueba, pero no sólo no se contiene ninguna reforma en tal sentido, sino que además no era necesaria, ya que la encontramos en el art. 217.4 LEC, que establece que en los procesos sobre competencia desleal y sobre publicidad ilícita corresponderá al demandado la carga de la prueba de la exactitud y veracidad de las indicaciones y manifestaciones realizadas y de los datos materiales que la publicidad exprese, respectivamente. Esta norma nos remite directamente al acto de engaño, denigración y comparación.»

    Tema 10. La competencia desleal (II). Acciones y procedimiento. Falseamiento de la competencia por actos desleales · JACINTO JOSE PEREZ BENITEZ / ENRIQUE GARCIA-CHAMON CERVERA · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  19. Prueba ilícita y prohibida · pág. 65 · con fórmula de valoración

    «Invirtiéndose la carga de la prueba, el demandado podrá evitar el reproche por deslealtad y posibles indemnizaciones por daños y perjuicios, si demuestra que la violación de una concreta norma concurrencial no le ha reportado una ventaja competitiva en el mercado, por ejemplo si acredita una situación de incumplimiento generalizado de esa norma entre los operadores del sector; o que no se ha aprovechado de dicha ventaja competitiva, si demuestra que la misma no es de suficiente entidad o relevancia como para falsear la estructura competitiva del mercado, es decir, para producir una alteración significativa en la oferta de bienes y servicios que obligue a los competidores cumplidores de la norma a reaccionar frente a esa situación.»

    Tema 9. La competencia desleal (I). Cláusula general e ilícitos por competencia desleal; la publicidad comercial · FERNANDO CARBAJO CASCON · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  20. Prueba ilícita y prohibida · pág. 24 · con fórmula de valoración

    «Cabe una interpretación del art. 954.4 de la LECrim en la que se considere que la sentencia del TEDH en la que se declare la ilicitud de una prueba utilizada para dictar una sentencia condenatoria es un hecho nuevo que puede revitalizar la presunción de inocencia del condenado, a no ser que existan otras pruebas suficientes y válidas en su contra. 5.»

    Eficacia de las sentencias del TEDH. Vinculación de los tribunales españoles a los pronunciamientos del TEHD. Sentencia de 21 de octubre de 2013 de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la causa Del Río Prada contra España (doctrina Parot) · JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE · Cuadernos Digitales de Formación · 2014 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →