Ir al contenido principal

Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

298 pasajes en 15 páginas · mostrando del 41 al 60

  1. Prueba electrónica · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «A priori , uno de los problemas para mantener la cadena de custodia sin ningún tipo de duda es la ausencia de un procedimiento único de actuación, un procedimiento fijo, ya que la esfera de la informática es tan amplia que se necesita un procedimiento previamente establecido, con el fin de evitar errores. Cruz Yagüe, Óscar de la et al. Ficha 47. La cadena de custodia»

    Ficha 47. La cadena de custodia · OSCAR DE LA CRUZ YAGÜE / DIEGO ALEJANDRO PALOMINO · Formación a Distancia · 2024 · PDF

  2. Prueba electrónica · pág. 27 · con fórmula de valoración

    «precintado y sellado. De la misma forma, se debe vigilar la no exposición del disco duro a temperaturas extremas y condiciones adversas de humedad, evitando cualquier contacto con agua. Tras el registro de la cadena de custodia, el trato y manipulación durante los desplazamientos debe ser escrupuloso, evitando cualquier golpe. Mención especial merecen los dispositivos de almacenamiento de estado sólido (SSD) , ampliamente utilizados ya en la actualidad. Dichos dispositivos se comportan aparentemente como un disco duro, sin embargo, todo el almacenamiento y la gestión se realiza de forma electrónica.»

    Ficha 40. Registro de dispositivos · OSCAR DE LA CRUZ YAGÜE / DIEGO ALEJANDRO PALOMINO · Formación a Distancia · 2022 · PDF

  3. Prueba electrónica · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «A priori , uno de los problemas para mantener la cadena de custodia sin ningún tipo de duda es la ausencia de un procedimiento único de actuación, un procedimiento fijo, ya que la esfera de la informática es tan amplia que se necesita un procedimiento previamente establecido, con el fin de evitar errores. Cruz Yagüe, Óscar de la et al. Ficha 43. La cadena de custodia»

    Ficha 43. La cadena de custodia · OSCAR DE LA CRUZ YAGÜE / DIEGO ALEJANDRO PALOMINO · Formación a Distancia · 2022 · PDF

  4. Prueba electrónica · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «de ser considerado nulo; en otro caso, la consecuencia sería declarar la prueba ilícita y excluirla del proceso para valorar el resto de las pruebas, por lo que el despido podría ser declarado improcedente (STC 114/1984, de 29 de noviembre). 4. Se podría plantear qué ocurre cuando la parte que debe reconocerlo, en concreto la demandada, no comparece al acto del juicio, lo cual permitiría declararla como confesa del contenido de los mensajes aportados. No obstante, habrá que valorar si dicha prueba, por sí sola, resulta suficiente para acreditar los hechos que se alegan en la demanda. 5. Normalmente, el valor probatorio de dichas fuentes de prueba (correo electrónico, WhatsApp o redes sociales) debe efectuarse mediante una»

    Las fuentes de obtención de la prueba tecnológica: los correos electrónicos, el WhatsApp y las redes sociales · MARIA DEL CARMEN LOPEZ HORMEÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  5. Prueba electrónica · pág. 8 · con fórmula de valoración

    «El art. 326.2 LEC dispone: "Cuando no se pudiere deducir su autenticidad o no se hubiere propuesto prueba alguna, el tribunal lo valorará conforme a las reglas de la sana crítica". En consecuencia, si se impugna la autenticidad de un documento privado, electrónico o en soporte de papel, y no es posible acreditar su autenticidad o la parte procesal no propone prueba alguna, ello no priva totalmente de valor al documento, puesto que se valora conforme a las reglas de la sana crítica. El resto de las pruebas evacuadas pueden permitir atribuir eficacia probatoria a dicho documento. La STS 558/2011, Sala de lo Civil, de 15 de julio, explica:»

    Prueba digital y revisión de los hechos probados en suplicación · JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE · Cuadernos Digitales de Formación · 2022 · PDF

  6. Prueba electrónica · con fórmula de valoración

    «Se aplica en esos casos en toda su extensión la regla de la sana crítica (5), aunque, afortunadamente, en esa difícil tarea hermenéutica el juzgador está asistido de un conjunto de reglas que determinan el nivel de confianza jurídica que debe asignarse a cada uno de los tres pasos conceptuales en que se divide -en la mayoría de los casos - una expresión de consentimiento por medios electrónicos: la identificación electrónica (y creación de una identidad digital), la autenticación y verificación de esa identidad y la conservación de los documentos electrónicos de forma que se asegure su integridad e impida su repudio.»

    La tecnología blockchain y sus principales retos jurídicos. En particular, la identidad digital · ALVARO BOURKAIB FERNANDEZ DE CORDOBA · Cuadernos Digitales de Formación · 2018 · PDF

  7. Prueba electrónica · pág. 19 · con fórmula de valoración

    «Mayores dificultades puede plantear la discutida naturaleza de la prueba electrónica en lo que a su valoración se refiere, dado que los arts. 382.3 y 384.3 LEC disponen que los instrumentos de filmación, grabación y semejantes, así como los instrumentos que permiten archivar, conocer o reproducir datos relevantes para el proceso se valorarán con arreglo a la sana crítica, apartándose así de las reglas de valoración probatoria establecidas en los arts. 319 y 326 LEC para la prueba documental. Sin embargo, baste con apuntar el problema, que excede de la materia objeto de este trabajo.»

    Obtención y presentación de la prueba electrónica en el proceso laboral · MANUEL BELLIDO ASPAS · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  8. Prueba electrónica · pág. 22 · con fórmula de valoración

    «A este último respecto cabe señalar que conforme a la DCDSF los Estados miembros podrán disponer que la carga de la prueba del cumplimiento de las obligaciones que incumban al proveedor recaiga en éste, considerándose cláusula contractual abusiva aquella que establezca que la carga de la prueba del cumplimiento, por parte del proveedor, de la totalidad o parte de las obligaciones, recae en el consumidor. Por último, resulta especialmente interesante la regulación contenida en la LFE en relación con los certificados electrónicos de las personas jurídicas, que podrán ser solicitados por sus administradores, representantes legales y voluntarios con poder bastante al efecto.»

    Contratación bancaria e Internet · FRANCISCO JOSE SERNA GOMEZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2004 · PDF

  9. Prueba electrónica · pág. 28 · con fórmula de valoración

    «Estaríamos ante el caso, antes comentado, del servicio de consultoría previo que puede acompañar a la adquisición de un producto informático". La carga de la prueba de este contrato de consultoría correspondería al usuario, siendo difícil su acreditación por pacto verbal. También aquí podríamos añadir un aspecto fundamental, ya que diferente será el contrato que se habrá celebrado; es decir, que una parte importante de la carga probatoria relativa a los procedimientos de reclamación por responsabilidad civil que Magro Servet, Vicente La responsabilidad civil y penal en el ...»

    La responsabilidad civil y penal en el campo de la informática · VICENTE MAGRO SERVET · Cuadernos de Derecho Judicial · 2003 · PDF

  10. Prueba electrónica · pág. 14 · con fórmula de valoración

    «"La impugnación de un documento no obliga automáticamente al Juez a prescindir de su valor probatorio. En primer lugar deberá examinar las razones de la impugnación, pues limitarse a refutar su validez no deja de ser una mera alegación sin fundamentar, y en segundo lugar deberá hacer un análisis del documento dudoso poniéndolo en relación con el conjunto de la prueba practicada, los hechos admitidos y la posición asumida por las partes. Esa labor se desarrolla correctamente en la sentencia apelada, dando especial relevancia a los correos electrónicos cruzados entre las partes, cuyo valor probatorio es indudable por la facilidad que tiene el oponente a quien los presenta de desvirtuarlos presentando sus propias relaciones impresas coincidentes con los días y horas de las comunicaciones informáticas. Incluso cabría la posibilidad de recabar información del Servidor encargado de la gestión »

    Problemas procesales que plantea la incorporación de las nuevas tecnologías en la práctica de la prueba en el proceso civil · PURIFICACION MARTORELL ZULUETA · Cuadernos Digitales de Formación · 2013 · PDF

  11. Prueba electrónica · pág. 42 · con fórmula de valoración

    «help desk o atención a usuarios, mantenimiento, consultoría, outsorcing oexternalización, escrow o depósito de programas fuente, etc.). - Venta de cosa ajena vía Internet, y consentimiento contractual por medios telemáticos. - Valoración de bienes informáticos. Ya nos hemos referido a la actuación del perito informático para acreditar la autenticidad de los correos electrónicos que se utilicen como prueba en un juicio. Otra cuestión que plantea la prueba electrónica y en la que el papel del perito es fundamental es la custodia de ésta, esto es, la adecuada preservación de la cadena de custodia de las evidencias informáticas o electrónicas. Debe preservarse su contenido usando medios que no invaliden la prueba, debiendo determinar el perito el sistema que utilizará para dicha custodia (56). Igualmente puede solicitarse y acordarse de que se practique una auditoría informática, que deberá »

    La prueba electrónica en el tráfico mercantil · NURIA AUXILIADORA ORELLANA CANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  12. Prueba electrónica · pág. 60 · con fórmula de valoración

    «- Se deben preservar evidencias de redes sociales, correos, discos duros virtuales, y todos los elementos que se pueden perder antes de apagar el ordenador y precintar su disco duro. Hay que apoderarse de los almacenadores externos de memoria. Todo ello al hacer la entrada y registro. Asimismo, es necesario identificar las medidas de almacenamiento a fin de preservar la cadena de custodia. Conclusiones del Seminario Nuevas ...»

    Conclusiones del Seminario Nuevas Tecnologías y Derecho Penal. Madrid, del 30 de marzo al 1 de abril de 2011 · Sin autor · Conclusiones de Seminarios · 2011 · PDF

  13. Prueba electrónica · pág. 62 · con fórmula de valoración

    «Y en caso de litigio, para probar estos extremos le debe bastar con aportar un diskette con el mensaje cifrado y la clave pública del emisor, ya que de acuerdo con las reglas de la sana crítica dicha prueba puede valorarse positivamente" (...) "es más fácil falsificar una firma manual que romper una firma electrónica..." (ALCOVER GARAU, G., "La firma electrónica como medio de prueba (valoración jurídica de los criptosistemas de claves asimétricas)", C.D.C., núm. 13, 1994, pág. 20). (137) ALCOVER GARAU, G., "La firma electrónica...", pág. 24. (138) MARTÍNEZ NADAL, A., Comercio electrónico... , ob. cit., pág. 46. (139) "El proceso de autentificación de un documento electrónico se completa con un certificado que aporta el signatario en el que un tercero de confianza hace constar la identidad del sujeto único titular de esa firma electrónica (par de llaves: siendo el único tenedor de la clav»

    La contratación electrónica de servicios bancarios destinados a consumidores · RAFAEL MARIMON DURA · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  14. Prueba electrónica · pág. 18 · con fórmula de valoración

    «En efecto, hasta la fecha arriba indicada la valoración de las fuentes de prueba a las que me refiero, era la libre indiscutiblemente por más que ello supusiera penalizar la utilización de los avances informáticos premiando el mantenimiento de las formas tradicionales con la atribución del valor legal. No solía bastar por sí sola la mera aportación del soporte informático desprovista de cualquier otra prueba (29). Junto al criterio procesal de libre valoración coexistía el RD-Ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica.»

    La prueba por soportes informáticos (Una perspectiva civil y penal) · CAROLINA SANCHIS CRESPO · Estudios de Derecho Judicial · 2005 · PDF

  15. Prueba electrónica · pág. 13 · con fórmula de valoración

    «En el caso de solicitar esta medida, se aconseja que se indique que se interesan actividades investigadoras como las siguientes: - Identificación del número de la IP (internet protocol) con indicación de la operadora/proveedor de servicios de su país. - Entrada y registro del domicilio donde se halla ubicado el ordenador con IP. Si procede, realizar in situ un estudio del ordenador, comprobar la existencia de programas de descarga de imágenes, enlaces y almacenamiento de imágenes o archivos que resulten de interés para la investigación, incluido el correo electrónico. - Si se interesa la intervención posterior del disco duro, que los peritos que se designen por la autoridad requerida hagan un volcado del mismo y procedan a realizar el estudio al objeto de hallar todos los contenidos, carpetas, etc. También, intervención de cualquier dispositivo de almacenamiento masivo para su posterior »

    Aspectos procedimentales en la emisión de una orden europea de investigación · LIDIA MARIA PALOMA MONTAÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  16. Prueba electrónica · pág. 1 · con fórmula de valoración

    «I. Nuevas formas de prueba basadas en las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Documento electrónico y prueba digital. Proposición y práctica. Ilicitud de estas pruebas por vulneración de derechos fundamentales 1. ¿Qué se entiende por prueba electrónica? ¿Cuál es el régimen jurídico de la prueba electrónica? 2. ¿Qué naturaleza tiene el correo electrónico, el wasap o el SMS? 3. ¿Qué naturaleza tiene la grabación de voz o sonido, vídeo o fotografía? 4. ¿Qué entendemos por documento electrónico? 5. ¿Qué régimen tiene el control de los dispositivos digitales utilizados por el trabajador? ¿Qué efectos tiene la prueba ilícita en el despido? II. La Directiva Whistleblowing como manifestación del cumplimiento normativo laboral y su incidencia en los derechos fundamentales de las personas trabajadoras. 1. ¿Cómo protege la Directiva Whistleblowing? Protección frente a represalias»

    Nuevas tecnologías, prueba y protección de datos: Conclusiones · Sin autor · Cuadernos Digitales de Formación · 2021 · PDF

  17. Prueba electrónica · pág. 10 · con fórmula de valoración

    «- a veces los datos de tráfico asociados al correo-e -principalmente de sus cabeceras-, y los interlocutores o títulos de los correos, ayudan a centrar las búsquedas del investigador entre múltiples comunicaciones del investigado, sirviendo para hacerlas más rápidamente, afectando menos derechos de terceros comunicantes casuales -lo que tiene mucho interés en la investigación de foros o en el uso de correos -e multipunto, o para centrar lo investigado en los casos de "contestación a todos" o de "reenvíos", - en las ocupaciones en los registros informáticos, la apertura de los correos-e que no se guardan en el disco duro del ordenador del investigado, que es lo que se suele ocupar, por permanecer en el servidor de la empresa prestadora del correo, mediante la realización de la misma y copiado (incluso en soporte papel mediante su impresión) por y bajo la fe del Secretario judicial (art. 4»

    Correo electrónico, SMS y "virus troyanos": aspectos procesales penales · ELOY VELASCO NUÑEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  18. Prueba electrónica · pág. 39 · con fórmula de valoración

    «34. ROVIRA DEL CANTO, Enrique. Delincuencia Informática y fraudes informáticos .Editorial Comares, 2002. 35. SIMOES DIAS, Pedro. O "Hacking" enquanto crime de acesso ilegitimo. Das suas especialidades a utilizaçao das mesmas para a fundamentaçao de um novo direito. En: AJ Uría&Menéndez . 2006, n.° 14. 36. URBANO CASTRILLO, Eduardo. Infracciones patrimoniales por medios informáticos y contra la información como bien económico. En: Delitos contra y a través de las nuevas tecnologías. ¿Cómo reducir su impunidad? . CGPJ, 2006. 37. URBANO CASTRILLO y TORRES MORATO. La prueba ilícita penal. Estudio jurisprudencial . 4.a Edición. Editorial Thomson-Aranzadi, 2007. 38. VELASCO NUÑEZ, Eloy. Comentarios al anteproyecto de ley orgánica por la que se modifica la LO 10/1995, de 23 de noviembre de 2008, del Código Penal: Delitos Informáticos.... En: La Ley Penal . julio-agosto 2009, n.° 14. "Anteproyec»

    Revelación informática de secretos y daños informáticos · EDUARDO DE URBANO CASTRILLO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  19. Prueba electrónica · pág. 40 · con fórmula de valoración

    «Ediciones Destino , 1984 y en " Intimidad e informática: la protección jurisdiccional del habeas data", BIMJ, n.° 1768, de 1996. (5) ROMEO CASANOVA, Carlos María en "La protección penal de la intimidad y de los datos personales...", en Delincuencia informática, Estudios Jurídicos del Ministerio Fiscal, II-2003, Ministerio de Justicia. (6) SIMOES DIAS, Pedro en O "Hacking" enquanto crime de acesso ilegitimo. Das suas especialidades a utilizaçao das mesmas para a fundamentaçao de um novo direito. AJ Uría&Menéndez, n.° 14, 2006. (7) Sobre esta cuestión, puede verse ORTS BERENGUER E-ROIG TORRES M en Delitos informáticos y delitos comunes cometidos a través de la informática y URBANO CASTRILLO/TORRES MORATO en La prueba ilícita penal . Estudio jurisprudencial, Editorial Thomson-Aranzadi, 4.a Edición, 2007, págs . 317 a 331. Urbano Castrillo, Eduardo de Revelación informática de secretos y dañ»

    Revelación informática de secretos y daños informáticos · EDUARDO DE URBANO CASTRILLO · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  20. Prueba electrónica · pág. 2 · con fórmula de valoración

    «B) Enfoque desde la óptica del derecho de la Unión 4. La idoneidad de la conciliación 5. Conclusiones II. La prueba en la contratación electrónica 1. La entrega de la información previa, su acreditación 2. La carga de la prueba sobre la información y la contratación electrónica III. La reclamación extrajudicial como medio adecuado de solución de controversias en la contratación electrónica 1. Ámbito de aplicación 2. Forma de ejercicio de la reclamación extrajudicial previa Legislación y otras disposiciones Jurisprudencia Bibliografía»

    Tema 3. Aspectos procesales de la contratación electrónica · FERNANDO MADRID RODRIGUEZ · Formación a Distancia · 2025 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →