Fondo doctrinal · buscador
Los 8.590 documentos, buscables
Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.
Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.
652 pasajes en 33 páginas · mostrando del 641 al 652
Prueba documental · pág. 23 · sin fórmula
«(1) Carmen Muñoz de Bustillo es autora de los epígrafes I, II y IV. Fernando Martínez Pérez es autor del epígrafe III, donde se extracta y actualiza (Martínez 1999: 581-591). (2) La discusión está lejos de haber sido clausurada, como prueba el que aparezcan aún obras que la recuperan, como la de (BETANCOR 1992: 39-118), o (FERNÁNDEZ TORRES, 1998: 89-184). En el modelo que viene siendo de referencia se ha producido una revitalización de la cuestión sobre los orígenes del contencioso-administrativo, en parte por una efeméride, pero sobre todo por una decisión del Conseil constitutionnel francés de 23 de enero de 1987, en que se venía a establecer la "naturalidad" de una justicia administrativa basada sobre la interpretación de la ley revolucionaria de 16-24 de octubre de 1790, y sobre Muñoz de Bustillo Romero, Carmen et al. Capítulo 5. Justicia y administración en el ...»
Capítulo 5. Justicia y administración en el primer experimento constitucional · CARMEN MUÑOZ DE BUSTILLO ROMERO / FERNANDO MARTINEZ PEREZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2008 · PDF
Prueba documental · pág. 21 · sin fórmula
«El procedimiento abreviado (PA) constituyó, sin lugar a dudas, la principal novedad de la LJCA. Y sería injusto no hacer de esa novedad una valoración altamente positiva. Altamente positiva -eso sí- hasta que los efectos derivados de la ampliación (en 2003) de las competencias de los juzgados provinciales, acabaron traduciéndose en una dilatación en el tiempo, cada vez mayor, de los señalamientos. No obstante el acierto que supuso la creación del PA, la experiencia ha venido a demostrar la conveniencia de sopesar la oportunidad de introducir ciertos retoques en el mismo. En no pocas ocasiones la vista oral se ha demostrado un trámite prescindible. Sobre todo cuando las únicas pruebas son las documentales adjuntadas a la demanda o las incorporadas al expediente. García Morago, Héctor La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora ...»
La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa a los diez años de su promulgación. Disfunciones del proceso contencioso-administrativo desde la perspectiva de un juzgado provincial · HECTOR GARCIA MORAGO · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF
Prueba documental · sin fórmula
«Esta distinción entre pensamientos, ideas y opiniones, de un lado, y comunicación informativa de hechos, de otro, tiene decisiva importancia a la hora de determinar la legitimidad del ejercicio de esas libertades, pues mientras los hechos que se pretenden ciertos o los datos objetivos que se afirman son susceptibles de prueba, las opiniones, creencias personales o juicios de valor, por su naturaleza abstracta y subjetiva, no se prestan a una demostración de exactitud, y ello hace que al que ejercita la libertad de expresión no le sea exigible la prueba de la verdad o diligencia en su averiguación -disponiendo de un campo de acción que viene sólo delimitado por la ausencia de expresiones indudablemente injuriosas sin relación con las ideas u opiniones que se expongan, y que resulten innecesarias para la exposición de las mismas-, prueba que condiciona, en cambio, la legitimidad del derech»
El derecho de rectificación como garantía frente a extralimitaciones en el derecho de información · FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2006 · PDF
Prueba documental · pág. 9 · sin fórmula
«- Cuando se utilizan medios técnicos audiovisuales se consignará, al menos y se dará fe de: • Número y clase de procedimiento. • Lugar y fecha de su celebración. • Tiempo de curación. • La declaración de pertinencia de las pruebas y orden en su practica. • Las resoluciones que adopte el Juez o Tribunal. • Cualquier otra circunstancia o incidencias que no pudieran constar en dicho soporte. - Cuando no se utilizan estos medios, el acta contendrá, además, el reflejo más fiel y exacto posible del resultado de las actuaciones practicadas. c) Expiden certificaciones o testimonios de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas a las partes, con expresión de su destinatario, el fin para el cual se solicitan y el carácter original o no del documento testimoniado o certificado. d) Autorizan y documentan el otorgamiento de poderes para pleitos, debiendo informar al poderdante de»
El Secretario Judicial. Unidad de apoyo directo · MARIA ANGELES ORTIZ BERENGUER · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF
Prueba documental · pág. 24 · sin fórmula
«3. Oído el demandante sobre las cuestiones a que se refiere el apartado anterior, así como las que considerare necesario proponer acerca de la personalidad y representación del demandado, el tribunal resolverá lo que proceda y si manda proseguir el juicio, el demandado podrá pedir que conste en acta su disconformidad, a los efectos de apelar contra la sentencia que en definitiva recaiga. 4. Si no se suscitasen las cuestiones procesales a que se refieren los apartados anteriores o si, suscitadas, se resolviese por el tribunal la continuación del juicio, se dará la palabra a las partes para fijar con claridad los hechos relevantes en que fundamenten sus pretensiones. Si no hubiere conformidad sobre ellos, se propondrán las pruebas y, una vez admitidas las que no sean impertinentes o inútiles, se practicarán seguidamente.»
La regulación procesal de los temas sociales en la legislación concursal · LUIS RAMON MARTINEZ GARRIDO · Cuadernos de Derecho Judicial · 2005 · PDF
Prueba documental · sin fórmula
«La existencia de una obligación documentada en una escritura pública no constituiría título ejecutivo en el proceso laboral, aunque sí serviría como prueba con la que apoyar la pretensión de declaración del correspondiente derecho y la consiguiente obligación del deudor.»
Cuestiones generales de la ejecución definitiva de las sentencias (arts. 235 a 245 LPL) · ALFREDO MONTOYA MELGAR · Manuales de Formación Continuada · 2004 · PDF
Prueba documental · pág. 3 · sin fórmula
«Cuando se habla de la introducción de las nuevas tecnologías como causa de despido, en muchas ocasiones se tiende a pensar que entre los temas a tratar se incluyen, por ejemplo, las dificultades procesales, de prueba fehaciente u otras similares que las nuevas tecnologías están creando (valor del e-mail como prueba documental, veracidad de la autoría del mismo)... No obstante y con ser obvia la importancia de estas cuestiones, lo cierto es que son aspectos que escapan del objeto de este estudio. Así pues y para delimitar desde un primer momento cuál ha sido el ámbito de nuestro análisis, procedemos a presentar la tipología de supuestos de hecho conflictivos. En nuestra opinión, cuando se hace referencia a la introducción de las nuevas tecnologías como causa de despido, normalmente se está pensando en la introducción de una modificación técnica o tecnológica en el proceso productivo de la»
La introducción de las nuevas tecnologías como causa de extinción del contrato de trabajo · MANUEL LUQUE PARRA · Cuadernos de Derecho Judicial · 2004 · PDF
Prueba documental · pág. 21 · sin fórmula
«diverso factor humano sobre el que actúa, que obliga a métodos y atenciones diferentes. 4) Que, en consecuencia, la medicina no es una ciencia exacta, en tanto que en ella intervienen elementos extraños de difícil previsibilidad que pueden propiciar errores de diagnóstico o de cualquier otra naturaleza, los cuales si lo son dentro de lo tolerable, pueden escapar al rigor de la incriminación penal. 5) Que la responsabilidad médica o de los técnicos sanitarios procederá cuando en el tratamiento efectuado al paciente se incida en conductas descuidadas de las que resulta un proceder irreflexivo, la falta de adopción de cautelas de generalizado uso o la ausencia de pruebas, investigaciones o verificaciones precisas como imprescindibles para seguir el curso en el estado del paciente, aunque entonces el reproche de culpabilidad viene dado en estos casos no tanto por el error, si lo hubiere, sin»
Del homicidio y de sus formas · CELSO RODRIGUEZ PADRON · Formación a Distancia · 2016 · PDF
Prueba documental · pág. 8 · sin fórmula
«Al hacer referencia al acceso de la historia clínica, se ha de tomar como punto de partida ,que la historia clínica es un instrumento destinado fundamentalmente a garantizar una asistencia adecuada al paciente , art. 16.1, o como señala el art. 15.2, como el anterior de la Ley 41/2002, tendrá como fin principal facilitar la asistencia sanitaria, siendo que tanto la adecuada asistencia, como la facilicitación de la asistencia sanitaria, implica dar a conocer al paciente la biografía patológica contenida en la historia clínica a él referente, así ya se extraía del art. 15.3 del Código de Ética y Deontología al señalar que las historias se redactan y conservan para facilitar la asistencia del paciente, prohibiendo cualquier otra finalidad a no ser que se cumplan las reglas del secreto médico y se cuente con la autorización del médico y del paciente ; precisamente por esa finalidad de la his»
Historia clínica. Titularidad, acceso, uso y conservación · NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2004 · PDF
Prueba documental · sin fórmula
«En efecto, ¿por qué el deber de restitución del bien (y de su contraprestación) adquirido a título oneroso, v.gr., por el pariente del deudor concursado (consecuencia de la estimación de la acción rescisoria) se hace depender del éxito o el fracaso de una prueba acerca de su nocividad para la masa pasiva; mientras que si ese mismo pariente es titular de un crédito frente al concursado (quizá a consecuencia del mismo negocio) éste queda automáticamente subordinado -¿por qué se presume nocivo?- Es más, resulta perfectamente posible, al menos en teoría, que, respecto de un único contrato de compraventa entre hermanos en el que se hayan pactado dos plazos para el pago del precio, el abono del primero de los plazos no deba ser devuelto por el hermano no concursado porque el negocio se demuestra no perjudicial para la masa activa (el bien se ha vendido a precio de mercado), y sin embargo su cr»
El crédito de las personas especialmente relacionadas con el deudor en la Ley Concursal · FERNANDO PEÑA LOPEZ · Revista del Poder Judicial · 2005 · PDF
Prueba documental · pág. 4 · sin fórmula
«Personalmente habría preferido que el orden procesal fuera el inverso, esto es, convocatoria de audiencia preliminar y en la misma y tras practicar las pruebas, la formulación del acta de acusación.»
La Ley del Jurado: algunas reflexiones sobre la preparación de la acusación · EDUARDO TORRES-DULCE LIFANTE · Estudios de Derecho Judicial · 2003 · PDF
Prueba documental · pág. 20 · sin fórmula
«PRESTACIONES POR DESEMPLEO Cese por despido 370.695 410.800 454.880 500.643 559.790 638.830 983.462 1.184.165 Sin intervención de la jurisdicción de lo social 351.788 401.065 445.627 489.704 549.681 630.194 971.692 1.162.317 Despido por acta de conciliación administrativa 143.918 47.800 35.196 32.311 24.544 16.071 14.695 13.996 Despido por causas objetivas 68.292 57.721 51.588 51.473 48.229 46.938 96.711 167.220 Despido en período de prueba 38.672 45.817 52.942 59.698 68.809 82.964 114.550 111.849 Despido reconocido por Ley 45/2002 100.906 249.727 305.901 346.222 408.099 484.221 745.736 869.252 Con intervención de la jurisdicción de lo social 18.907 9.735 9.253 10.939 10.109 8.636 11.770 21.848 Por conciliación 5.884 3.094 2.862 2.790 2.762 2.186 3.028 3.811 Por sentencia 11.956 6.488 6.357 8.010 7.137 6.450 8.742 18.037 Despido improcedente 9.379 4.352 4.476 5.341 4.270 3.810 4.603 9.55»
El control judicial de los despidos objetivos y las empresas españolas. Una perspectiva económica · JUAN FRANCISCO JIMENO SERRANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF
Qué hay de cada medio
Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.
| Medio | Pasajes | Documentos que lo nombran |
|---|---|---|
| Prueba pericial · por menciones | 810 | 3.654 |
| Prueba documental · por menciones | 652 | 6.690 |
| Prueba testifical · por menciones | 439 | 2.410 |
| Interrogatorio de las partes · por menciones | 86 | 1.337 |
| Prueba indiciaria y presunciones · por menciones | 559 | 2.813 |
| Prueba electrónica · por menciones | 298 | 3.427 |
| Prueba ilícita y prohibida · por menciones | 464 | 5.493 |
| Valoración de la prueba en general | 3.524 | 3.163 |
De dónde sale y qué no es
Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.
Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).
Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →