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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

652 pasajes en 33 páginas · mostrando del 401 al 420

  1. Prueba documental · pág. 32 · sin fórmula

    «En efecto, una vez que se rechaza la idea de concebir los contratos que el consumidor puede revocar como contratos condicionales (o de alguna otra forma que permitiera encajarlos en el molde de la tradicional dogmática del contrato -contrato en calidad de ensayo o prueba, contrato con arras penitenciales...-) salta a la vista la difícil compatibilidad del derecho de revocación con la regla esencial condensada en el aforismo pacta sunt servanda : los pactos han de cumplirse en sus propios términos y ninguna de las partes puede lícitamente, sin mediar el consentimiento de la otra, desligarse por su propia voluntad unilateral del compromiso asumido.»

    La protección del consumidor: una "perspectiva global" · ALBERTO DIAZ MORENO · Estudios de Derecho Judicial · 2006 · PDF

  2. Prueba documental · pág. 9 · sin fórmula

    «En la legislación anterior, en sus arts. 20 a 24 se regulaba el tema referente a la forma y prueba en los arrendamientos rústicos. Extractando estos, puede decirse que el criterio seguido es el de libertad, como expresamente lo puso de manifiesto en esta materia la STS de 17 de junio de 1986, que a su vez se remontaba al Ordenamiento de Alcalá. Esta criterio se matizaba con formalidades de índole administrativo, remitiendo a la confección por las partes de unos contratos-tipo autonómicos que a nuestro entender para nada influían en la validez intrínseca del propio contrato.»

    Diferencias y similitudes con la legislación derogada · RAIMUNDO PRADO BERNABEU · Cuadernos de Derecho Judicial · 2005 · PDF

  3. Prueba documental · pág. 18 · sin fórmula

    «Este texto, relativamente confuso, parece permitir la aplicación de la regla a las cláusulas singulares, lo que puede entenderse confirmado con la determinación de que la Disposición adicional contiene cláusulas que son "en todo caso consideradas abusivas" (art. 10 bis 1), y permite atacar a las cláusulas impuestas (no negociadas) aun cuando no se hayan redactado con "la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos" (Art. 1.° de la L.CC.GG.CC.). Se ha de recordar, además, que la prueba de la negociación corresponderá "al profesional que afirme..." tal hecho. Art. 10 bis 1. ° de la Ley GDCU (11).»

    Las limitaciones a la libertad en el ámbito contractual bancario · VICENTE CUÑAT EDO · Estudios de Derecho Judicial · 2005 · PDF

  4. Prueba documental · sin fórmula

    «La falta de coincidencia entre lo comunicado por los terceros y la información facilitada por la entidad debe ser conciliada y aclarada, de lo contrario puede poner de manifiesto la existencia de errores. El auditor debe estar muy atento a la posibilidad de connivencia entre la entidad auditada y el tercero, especialmente si se trata de un acreedor. - Evidencia física: Consiste en la inspección de los activos tangibles, a fin de asegurarse sobre su existencia. Esta prueba, no obstante, se complementa con una revisión documental a fin de garantizar la propiedad, la existencia o no de cargas sobre los mismos, etc.»

    Técnicas de análisis de la contabilidad en las instituciones públicas con especial referencia a los Ayuntamientos · JOAQUIN ESCOSA VICENTE-CERVERA · Cuadernos de Derecho Judicial · 2005 · PDF

  5. Prueba documental · pág. 31 · sin fórmula

    «Me inclino por la no preceptividad en razón a los argumentos de Hoya Corominas y porque el art. 429. 8 de la LEC en el juicio ordinario prescinde del juicio cuando la única prueba admitida sea la documental. Otra cuestión en la que la LEC recibe unánimes críticas es en la remisión a los trámites del juicio verbal, remisión que Aragoneses califica de desafortunada y Bonet Navarro entiende que no debe entenderse absoluta, puesto que en el art. 443 existen actuaciones que resultan superfluas en la apelación, por lo que estima que la vista no debe alejarse de las normas de los art. 185 y 187 de la LEC, justificándose la remisión, por la práctica de la prueba.»

    Aspectos criticables del recurso de apelación. Algunas resoluciones de audiencias provinciales · ANTONIO CARRIL PAN · Manuales de Formación Continuada · 2004 · PDF

  6. Prueba documental · sin fórmula

    «Con la nueva LEC no parece que exista inconveniente en aceptar esta práctica, en cuanto abre la posibilidad de que los acreedores posteriores, a los que se habrá dado traslado del criterio de distribución proyectado, podrán manifestar su conformidad, guardar silencio o promover el incidente regulado por el art. 672.2, en el que el tribunal oirá a los interesados, valorará la prueba documental que se presente, y resolverá conforme a la preferencia de cobro que resulte de las normas sustantivas, y no con arreglo al criterio de prioridad en el orden registral de asientos.»

    Aspectos registrales de la ejecución directa sobre inmuebles hipotecados · RAFAEL ANTONIO RIVAS TORRALBA · Estudios de Derecho Judicial · 2004 · PDF

  7. Prueba documental · pág. 31 · sin fórmula

    «Los dos artículos citados significan entonces, que no puede sostenerse con fundamento que, en la cognición, el juez que conozca de los recursos contra las resoluciones de la Dirección General, deba atenerse, como únicos datos y únicas pruebas, a los documentos presentados al tiempo de la calificación, sino que debe y puede admitir cualquiera de los medios de prueba -no solo los documentos públicos- admitidos en Derecho.»

    La impugnación judicial de las calificaciones negativas de los registradores · PLACIDO PRADA ALVAREZ-BUYLLA · Estudios de Derecho Judicial · 2004 · PDF

  8. Prueba documental · pág. 12 · sin fórmula

    «Ahora bien, en esa época, la mayor parte de nuestra doctrina ceñía el concepto de documento a los escritos, si bien el autor citado discrepaba de la corriente dominante sosteniendo que nada, en el texto de nuestra ley penal ni civil, obliga a imponer positivamente este criterio, afirmando que, por el contrario, abundan las razones en favor de la exégesis extensiva del vocablo. En Alemania dominó históricamente, salvo las opiniones de MAURACH y WELZEL, la concepción extensiva al no limitar la consideración documental a los escritos, mereciendo este concepto todos los objetos susceptibles de entrañar un valor de prueba y legitimación en el tráfico jurídico.»

    La represión penal de las actividades económicas irregulares (Especial referencia a las falsedades contables y la administración desleal) · JOSE ANTONIO MARTIN PALLIN · Cuadernos de Derecho Judicial · 2003 · PDF

  9. Prueba documental · pág. 7 · sin fórmula

    «Cabría argumentar que una vez practicada la inscripción de los padres esta se retrotrae, según alguna doctrina no pacífica de la DGRN, al momento en que se llevó a cabo el acta del juramento o promesa, pero lo cierto es, en primer lugar, que, conforme al art. 226 RRC, no puede admitirse (bajo causa de nulidad, art. 6.3 CC) una declaración de opción sin que concurran, en el momento de formularla , los requisitos exigidos, aunque la prueba de su existencia en dicho momento pueda efectuarse después, y, en segundo lugar, porque, aun si se admitiese la retroactividad, esta solamente alcanzaría a la fecha y momento de levantar el acta del juramento, último paso del período de posibilidad de optar según la instrucción, lo que dejaría fuera de su alcance toda la zona temporal que se inicia desde la notificación de la concesión de la nacionalidad española a los progenitores hasta el juramento o p»

    El derecho de opción a la nacionalidad · JULIO LOPEZ-BERMEJO MUÑOZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2019 · PDF

  10. Prueba documental · pág. 19 · sin fórmula

    «No basta, pues, para que tenga eficacia frente a terceros que la prenda se constituya en forma documental, sino que la exigencia que se impone es documento público, ya que en el caso de que se formalice privadamente, conforme a lo establecido en el artículo 1227 CC, la certeza de la fecha solo rige entre las partes contratantes, no frente a terceros, sin que pueda considerarse operativa la salvedad que para los contratos, en general, se viene a establecer de que se corrobore por otras pruebas practicadas (42), pues la finalidad concreta de la norma legal es llevar a cabo una protección de terceros de posibles perjuicios injustos que derivarían de la simulación de unas garantías prendarias inexistentes, con la consiguiente alteración de los principios que presiden la materia de la responsabilidad patrimonial universal (43).»

    Derecho real de prenda · JOSE JAVIER DIEZ NUÑEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  11. Prueba documental · pág. 4 · sin fórmula

    «1.2. Acreditación de un principio de buen derecho: Mediante presentación de datos, argumentos y justificaciones documentales que conduzcan al Tribunal a fundar un juicio indiciario favorable a su pretensión, sin prejuzgar el fallo. Podrá excepcionalmente ofrecer otro medio de prueba distinto de la documental.»

    Protección de la propiedad industrial en Internet: adopción de medidas cautelares · JUAN MANUEL FERNANDEZ LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2008 · PDF

  12. Prueba documental · sin fórmula

    «Ellos mismos, no obstante, sienten la necesidad de dejar por escrito lo sucedido, bajo su propia percepción, puesto que consideran que es su propia percepción lo que ha de constar y por ello, o bien elaboran un "informe", o recogen un resumen en una providencia, o informan oralmente a las partes al inicio del acto de juicio o, incluso, en algunas ocasiones levantan un "acta" sin fe pública, al no estar presente el letrado de la Administración de Justicia. Esta postura se apoya, sin duda, en la idea de la audiencia del menor como un "derecho a ser oído", no como una prueba del procedimiento.»

    Documentación del acto de audiencia de los niños, niñas y adolescentes · CRISTINA CARRETERO PEÑA · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

  13. Prueba documental · pág. 9 · sin fórmula

    «A la prueba de la filiación se refiere el art. 113 CC, que señala que se acredita por la inscripción en el Registro Civil, por el documento o sentencia que la determina legalmente, por la presunción de paternidad matrimonial y, a falta de los medios anteriores, por la posesión de estado respecto de la que los elementos que la determinan son nomen (aunque no se exige absolutamente el empleo de los apellidos), tractatus»

    Reglamento del Consejo relativo a la competencia, al derecho aplicable, al reconocimiento de las resoluciones y a la aceptación de los documentos públicos en materia de filiación y a la creación de un certificado de filiación europeo · FRANCISCO DE PAULA PUIG BLANES · Cuadernos Digitales de Formación · 2025 · PDF

  14. Prueba documental · pág. 8 · sin fórmula

    «La laguna legal se venía salvando mediante la introducción de los documentos en el proceso mediante copia digital normalmente a posteriori , con la ausencia de garantías que provocaba la práctica de dicha prueba en dicho modo. Actualmente, y en cuanto que los documentos se han de presentar en formato digital (art. 41 RDL 6/2023), habrán de ser aportados conforme a la normativa del CTEAJE; sin embargo, no dice cómo, ya que, conforme al art. 270.3 LEC, al igual que la aportación de documentos privados (art. 268»

    Herramientas tecnológicas en el proceso civil · MARIA JOSE RIVAS VELASCO · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF

  15. Prueba documental · pág. 12 · sin fórmula

    «1) En el caso del contencioso-electoral contra el acto de proclamación de candidatos (art. 49 LOREG), el escrito de interposición del recurso ha de incluir necesariamente las alegaciones que se estimen procedentes y, en su caso, las pruebas que se presenten. Lo normal es que sea la documental acompañada a la demanda la que sirva para demostrar que el acto de exclusión de la candidatura es contrario a derecho. En todo caso, no se prevé una específica fase probatoria ni, en realidad, da tiempo a ella.»

    Procesos electorales y control judicial · MARIA PILAR MARTINEZ CEYANES · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF

  16. Prueba documental · pág. 13 · sin fórmula

    «No basta por tanto la convivencia sin cumplir estos requisitos, que tan solo dará a una situación de pareja de mero hecho no sujeta a dicha normativa. En el primer caso, la existencia de la pareja estable puede ser acreditada mediante cualquiera de los medios de prueba admitidos en derecho (art. 305.2 CDFA) y, en el segundo, por la presentación de la copia de la escritura pública en la que conste la declaración de voluntad de constituirla. En ambos casos, sea por el hecho de la convivencia, sea por declaración de voluntad, es preciso que los convivientes reúnan los requisitos establecidos en el art. 306 CDFA:»

    Tema 8. Régimen económico matrimonial. Capítulos matrimoniales · JAVIER SEOANE PRADO · Formación a Distancia · 2024 · PDF

  17. Prueba documental · pág. 35 · sin fórmula

    «5) El art. 449 ter LECrim trata sobre la audiencia del menor de 14 años o de la persona con discapacidad necesitada de especial protección como prueba preconstituida siempre .6) El art. 449 bis LECrim específica que hay que garantizar el principio de contradicción, prevé también la incomparecencia injustificada del defensor del investigado, la grabación, y un acta sucinta. 7) La reforma del art. 777 LECrim incluye esta misma disposición sobre la necesidad de la aplicación del art. 449 ter LECrim para las declaraciones de los menores de 14 años o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.»

    El viaje. Estudio de las víctimas y sus necesidades. Medidas cautelares. La protección de los menores de edad · GLORIA VIRGINIA BOMBIN PALOMAR · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  18. Prueba documental · pág. 12 · sin fórmula

    «práctica, casi siempre que se impugna el acta se remite el asunto al procedimiento de oficio, lo que vacía en la práctica de contenido esa facultad discrecional, es importante resaltar que, si a juicio de la autoridad laboral, las alegaciones y pruebas del sujeto responsable pueden desvirtuar la relación laboral, resulta de todo punto innecesario someter la cuestión al juez social. Ya que, insistimos una vez más, en ejercicio de la autotutela, puede la Administración Laboral ratificarse en su criterio o revocar la actuación inspectora.»

    La reciente modificación del proceso de oficio: supresión del apartado d) del artículo 148 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Eficiencia dudosa de la modificación y paso atrás en el ámbito competencial de la propia ley · JORDI AGUSTI JULIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  19. Prueba documental · pág. 17 · sin fórmula

    «Dejando al margen que, en la práctica, casi siempre que se impugna el acta se remite el asunto al procedimiento de oficio, lo que vacía en la práctica de contenido esa facultad discrecional, es importante resaltar que, si a juicio de la autoridad laboral, las alegaciones y pruebas del sujeto responsable pueden desvirtuar la relación laboral, resulta de todo punto innecesario someter la cuestión al juez social. Ya que, insistimos una vez más, en ejercicio de la autotutela, puede la Administración Laboral ratificarse en su criterio o revocar la actuación inspectora.»

    Pasos atrás legislativos y jurisprudenciales (¿?) y un intento frustrado en la competencia del orden jurisdiccional social. El retorno al peregrinaje de jurisdicciones · JORDI AGUSTI JULIA · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  20. Prueba documental · pág. 34 · sin fórmula

    «de que se exprese la causa de pedir y los fundamentos de la deuda y la exigencia de descripción de los medios de prueba. La petición deberá redactarse en la lengua del Estado en el que se presente o en alguna de las lenguas por él admitidas, conforme a la información suministrada a la Comisión. También deberá incluirse en el formulario el criterio o criterios que fundamenten la competencia del órgano judicial, lo que el formulario facilita con mención de los posibles fueros aplicables. La petición puede ir dirigida frente a varios demandados, en cuyo caso se expresará si la responsabilidad es conjunta o no.»

    Tema 4. La cooperación judicial civil en la Unión Europea · JACINTO JOSE PEREZ BENITEZ · Formación a Distancia · 2022 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →