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Fondo doctrinal · buscador

Los 8.590 documentos, buscables

Se barrió el texto entero del fondo —8.590 documentos, 123 millones de palabras— y se guardó la ventana en la que se valora la prueba: 6.832 pasajes de 4.498 documentos. Aquí se busca dentro de esos pasajes, con su documento, su página y su PDF delante.

Los 4.092 documentos restantes no dan un párrafo que valga por sí solo: o no tratan de la prueba —son de familia, urbanismo, extranjería— o la nombran de pasada sin discutirla. No se les inventa un pasaje: están en el catálogo de fichas, con su PDF, y abajo se puede ver cuántas veces nombran cada medio. Buscar aquí no es citar: para citar hay que abrir el PDF y leer el contexto.

Se exigen todas las palabras. Se ignoran tildes y mayúsculas: «sana critica» encuentra «sana crítica».

652 pasajes en 33 páginas · mostrando del 321 al 340

  1. Prueba documental · pág. 78 · sin fórmula

    «En fin, todas estas cuestiones que caracterizan la ejecución provisional contencioso-administrativa deben ser tratadas en la demanda ejecutiva, aunque se dirija ante un órgano jurisdiccional de lo social. Tal vez, incluso resulte aconsejable acompañar prueba documental o solicitar comparecencia incidental -art. 238 LRJS- al efecto de practicar prueba sobre las alegaciones formuladas y dar audiencia a la contraparte. No se trata de exigir formalismos enervantes sino de facilitar los datos y argumentos necesarios al órgano judicial para que resuelva conforme a los intereses de la parte demandante y acuerde la ejecución provisional exactamente en los términos interesados.»

    Ejecución provisional y medidas cautelares en la jurisdicción social: Conclusiones · Sin autor · Cuadernos Digitales de Formación · 2016 · PDF

  2. Prueba documental · sin fórmula

    «Considero, con carácter previo, que la nulidad de las actuaciones debió afectar no sólo al Auto sino que debieron retrotraerse las actuaciones y declararse la nulidad de lo actuado hasta el momento de admisión a trámite de la prueba documental presentada por la representación de los trabajadores, ya que si se retrotraen hasta el Auto, según los términos de la Sentencia de la Sala, el juez del concurso deberá acordar el traslado de la documental aportada a la empresa y a la administración concursal, y se trata de actuaciones anteriores al Auto recurrido. Debe tenerse en cuenta que el artículo 64 no regula esta materia.»

    Los procedimientos del despido económico · ANA MARIA ORELLANA CANO · Cuadernos Digitales de Formación · 2011 · PDF

  3. Prueba documental · pág. 11 · sin fórmula

    «Así, el art. 227 RRC dispone que, en tales casos de no acreditación de los requisitos necesarios al tiempo de hacerse la declaración, debe completarse la prueba en el plazo prudencial que se señale por el encargado, y que éste se limitará por el momento a levantar acta de la declaración. Y añade en su día, cuando por acreditarse los requisitos se practique la inscripción, que se considerarán hora y fecha de ésta, a partir de la cual surtirá efecto la declaración, las del acta, que se harán constar en el asiento. Bildarraz Alzuri, María del Carmen Vecindad civil y su reflejo en el Registro ...»

    Vecindad civil y su reflejo en el Registro Civil · MARIA DEL CARMEN BILDARRAZ ALZURI · Cuadernos Digitales de Formación · 2009 · PDF

  4. Prueba documental · pág. 20 · sin fórmula

    «En tales casos, a pesar de faltar la prueba documental, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir los órganos de la Comunidad, y especialmente el Administrador profesional externo, el propietario deberá probar por otros medios -generalmente por medio de testigos -que votó en contra y que solicitó su constancia explícita en el acta sin que la solicitud fuera atendida, o que realizó en la Junta una manifestación demostrativa de su interés contrario al acuerdo (35). Un último apunte sobre esta materia debe referirse al tratamiento procesal de los requisitos de legitimación relacionados con el sentido del voto.»

    Artículo 18 · RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN · Manuales de Formación Continuada · 2007 · PDF

  5. Prueba documental · pág. 7 · sin fórmula

    «del presidente (o del secretario si fuese éste quien se negase) la validez y ejecutividad de lo acordado; valórese además que el acta no es un documento constitutivo, no se configura como un requisito de validez de los acuerdos que contiene, sino que opera como una medio probatorio de éstos, por lo que incluso cabría defender que fuesen ejecutivos aunque faltase una de las dos firmas previstas legalmente, más a más cuando tal omisión no invalida el acuerdo, sin perjuicio de su impugnación y de la prueba de su contenido en caso de discrepancia con el acta por otros medios, amén de que pueda acordar la junta el cese de aquél en su cargo.»

    Artículo 19 · RICARDO GONZALO CONDE DIEZ · Manuales de Formación Continuada · 2007 · PDF

  6. Prueba documental · pág. 30 · sin fórmula

    «Esta interpretación justamente rigorista de los requisitos de la notificación de la deuda tiene como correlato lógico el menor nivel de su exigencia en general apreciado en los supuestos en que el propietario afectado ha asistido a la Junta en la que se adoptó el acuerdo. Pero en todo caso, la notificación debe justificarse mediante la prueba documental acreditativa de su recepción (acta notarial, telegrama con acuse de recibo, burofax, notificación firmada por el ocupante...) y, sólo en caso de imposibilidad, a través de la prueba de la inserción de la comunicación en el tablón de anuncios de la Comunidad con los requisitos y firmas correspondientes.»

    Artículo 21 · RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN · Manuales de Formación Continuada · 2007 · PDF

  7. Prueba documental · pág. 6 · sin fórmula

    «De ahí que, ya desde el primer momento, se haya advertido que la exacta determinación de los arrendamientos sometidos al régimen jurídico especial establecido por la LAU no cabe realizarla sobre la sola base del artículo 1 que, a tal efecto, necesariamente se debe conjugar y armonizar con el 2 y con el 3. Ahora bien, lo que sí negamos, sin perjuicio de lo anterior, es la ecuación: finca urbana igual edificación. Basta como prueba terminante de que no resulta exacta la que nos proporciona el solar, que, sin duda, es finca urbana, pero, en cambio, no constituye edificación.»

    Artículo 1. Ámbito de aplicación · ANTONIO GARCIA MARTINEZ · Manuales de Formación Continuada · 2006 · PDF

  8. Prueba documental · pág. 57 · con fórmula de valoración

    «"Es ya reiterada jurisprudencia de esta Sala (Sentencias de 12 de julio EDJ 1996/5764, 14 de septiembre, EDJ 1996/6982, 8, EDJ 1996/8155 y 30 de noviembre, EDJ 1996/9605 y 4 de diciembre de 1996, EDJ 1996/9132, 1 de febrero de 1997, EDJ 1997/260, 13 de octubre de 1999 EDJ 1999/33620 y 14 de abril, EDJ 2000/7016, y 12 de mayo de 2000 EDJ 2000/9283), influenciada por la Directiva de la Comunidad Económica Europea de 5 de abril de 1993 que define y sanciona de ineficacia a las cláusulas abusivas plasmadas en los contratos celebrados con los consumidores, considerando como tales (art. 3.°) las cláusulas contractuales que no se hayan negociado contractualmente si, pese a la exigencia de buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato, considerándose que una cláusula no se ha negociado individ»

    La tutela procesal de consumidores y usuarios · JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG · Manuales de Formación Continuada · 2005 · PDF

  9. Prueba documental · pág. 21 · sin fórmula

    «En cuanto al medio de prueba para acreditar la apariencia de buen derecho, principalmente será documental, aunque se admite cualquier otro medio de prueba, lo que entiendo ha de considerarse extensivo a aquellos supuestos en que ordinariamente deba mediar una justificación documental, si bien en ellos habrán de acreditarse las circunstancias por las que, en el caso concreto, falta el documento correspondiente. Alonso Saura, María del Pilar Clases de medidas cautelares. Criterios ...»

    Clases de medidas cautelares. Criterios para su adopción. Medidas cautelares sin audiencia previa del demandado · MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA · Cuadernos de Derecho Judicial · 2004 · PDF

  10. Prueba documental · pág. 38 · sin fórmula

    «Sin embargo, y como hemos indicado, olvida que uno de los requisitos que ha de concurrir es que el importe de la renta sea superior o igual al 35 % de los ingresos netos, incluidos los gastos y los suministros. Sobre esta cuestión podemos estar ante dos hipótesis, que desde el juzgado se le exija la acreditación de tal requisito por la documentación que estime pertinente o, por el contrario, que ante la omisión de mención específica se considere suficiente la "declaración responsable del deudor". Estamos en presencia de un procedimiento que exige para acreditar la vulnerabilidad prueba exclusivamente documental y, además, indica qué documentos son los necesarios y exigidos para ello.»

    Tutela civil de la vivienda en casos de ocupación. Especial referencia a colectivos vulnerables y víctimas de violencia de género · ANA GARCIA ORRUÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF

  11. Prueba documental · sin fórmula

    «Sin embargo, y como hemos indicado, olvida que uno de los requisitos que ha de concurrir es que el importe de la renta sea superior o igual al 35 % de los ingresos netos, incluidos los gastos y suministros. Sobre esta cuestión podemos estar ante dos hipótesis, que desde el juzgado se le exija la acreditación de tal requisito por la documentación que estime pertinente o, por el contrario, ante la omisión de mención específica considera suficiente la "declaración responsable del deudor". Estamos en presencia de un procedimiento que exige para acreditar la vulnerabilidad prueba exclusivamente documental y, además, indica qué documentos son los necesarios y exigidos para ello.»

    Lanzamientos de vivienda habitual en supuestos de ocupación y arrendamiento · ANA GARCIA ORRUÑO · Cuadernos Digitales de Formación · 2023 · PDF

  12. Prueba documental · pág. 21 · sin fórmula

    «El esquema final parte de una situación de hecho que permite una prueba concluyente, pero también exige una conexión causal que, como hemos visto, aunque sea de orden fáctico, no puede ser objeto de valoración precisa y se mueve dentro de un margen de incertidumbre, en el que solo puede establecerse la certeza en los extremos. ¿Cómo podemos saber que la situación económica X produce exactamente el número Y de extinciones? No podemos saberlo, porque, salvo en algunos los casos, la conexión causal no puede establecerse con exactitud. Es una relación difusa.»

    Dos problemas en el enjuiciamiento en los despidos colectivos: el control judicial de las causas y el alcance de las nulidades · AURELIO DESDENTADO BONETE · Cuadernos Digitales de Formación · 2017 · PDF

  13. Prueba documental · pág. 80 · sin fórmula

    «Hace falta, pues, que no existan causas impeditivas para la convivencia more uxorio y que tal convivencia quede formalmente acreditada, ya sea mediante el citado empadronamiento, ya sea, como interpreta la jurisprudencia, mediante otros medios de prueba admitidos en derecho, particularmente documental (175). Así, en primer lugar, la voluntad de la ley es limitar la atribución a determinadas parejas de hecho regularizadas. Primero se requiere, un requisito subjetivo para los miembros de la pareja, que no se hallen impedidos para contraer matrimonio y no tengan vínculo matrimonial con otra persona (176). Segundo, se exige un requisito formal, de acreditación de la pareja de hecho.»

    El impacto de la crisis económica en la Seguridad Social: panorama general de las últimas reformas · AMPARO ESTEVE SEGARRA · Cuadernos Digitales de Formación · 2015 · PDF

  14. Prueba documental · sin fórmula

    «La inscripción o documento público es, de acuerdo con esta opinión, "una exigencia probatoria reiterativa, que patentiza la desconfianza del legislador" y que, "particularmente en el caso de parejas de hecho con hijos comunes, no está justificada" (96). Se trata de un criterio que no puede compartirse. El empadronamiento certifica una convivencia en común, pero no prueba la "relación de afectividad análoga a la conyugal" que, de acuerdo con la ley, debe caracterizar a la pareja de hecho para que pueda ser beneficiaria de la pensión de viudedad.»

    Las prestaciones por muerte y supervivencia. Novedades legislativas y jurisprudenciales · ELENA DESDENTADO DAROCA · Cuadernos Digitales de Formación · 2010 · PDF

  15. Prueba documental · pág. 14 · sin fórmula

    «El expediente no introduce ningún hecho en el proceso, ni ninguna prueba, puesto que son las partes las que deben de aportar los hechos, sus pretensiones y su oposición, aun cuando para fundar estas pretensiones o fijar hechos, puedan remitirse a documentos o documentos del expediente como medio de prueba documental. El principio de contradicción exige, que en el proceso se formulen todas las pretensiones, todos los motivos que las fundamentan y se practiquen contradictoriamente todas las pruebas necesarias para justificar la conformidad a derecho de la pretensión o de su rechazo.»

    El principio de contradicción · ESTRELLA BLANES RODRIGUEZ · Estudios de Derecho Judicial · 2009 · PDF

  16. Prueba documental · pág. 22 · sin fórmula

    «El Tribunal Constitucional ha venido distinguiendo entre el hecho del pago oconsignación de las rentas en el momento procesal oportuno -cuya omisión es insubsanable al tratarse de un requisito sustancial-, y el hecho de su prueba y acreditación documental -permitiendo la subsanación de este requisito formal-. Entiende dicho Tribunal no jurisdiccional que el requisito procesal de la consignación o pago persigue asegurar los intereses del arrendador que ha obtenido una sentencia favorable, y evitar que el arrendatario instrumentalice el proceso como una maniobra dilatoria y deje de abonar la renta durante su sustanciación (SSTC 217/02, de 25 noviembre, y 197/05, de 17 julio).»

    Artículos 38 a 40. Derogados por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil -Disposición derogatoria única, apartado 2. 6.°- · MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA · Manuales de Formación Continuada · 2006 · PDF

  17. Prueba documental · pág. 32 · sin fórmula

    «y un control interno o de contenido del documento. En la primera dimensión, además del problema de sustitución que hemos estudiado más arriba, se plantea un problema de prueba (92). La inscripción puede practicarse a partir de un documento público extranjero equivalente a los españoles pero ha de presentarse copia legalizada y traducida (art. 5.3 RRM y 36-37 RH). En cuanto a la segunda dimensión, el registrador debe controlar el contenido del documento: sólo va a inscribir como contrato de constitución de una sociedad española aquéllos que cumplan los requisitos exigidos por el Derecho español. En estos casos, la labor de control de la legalidad que practica el Registrador (art. 18 CCio) debe de ser más cuidadosa.»

    Derecho de sociedades y conflictos de leyes: la determinación de la lex societatis y su ámbito de aplicación · FRANCISCO JOSE GARCIMARTIN ALFEREZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2004 · PDF

  18. Prueba documental · pág. 11 · sin fórmula

    «En el ámbito de la legislación comunitaria relativa a los productos alimenticios, encontramos también referencias al principio de precaución en: - la Directiva 1999/50/CE referente a los preparados para lactantes ypreparados de continuación (84), en cuyo cuarto considerando se subraya que, "... teniendo en cuenta las obligaciones internacionales de la Comunidad, en los casos en que las pruebas científicas pertinentes son insuficientes, el principio de cautela (85) permite a la Comunidad adoptar provisionalmente medidas atendiendo a la información disponible, a la González Vaqué, Luis La aplicación del principio de precaución ...»

    La aplicación del principio de precaución en el marco de las políticas comunitarias: la actividad legislativa en caso de incertidumbre científica · LUIS GONZALEZ VAQUE · Manuales de Formación Continuada · 2004 · PDF

  19. Prueba documental · sin fórmula

    «La ley no lo aclara, lo que permitiría aplicar la regla general de libertad de forma: es verdad que esto podría plantear problemas de prueba -lo que lleva a aconsejar que al menos se formalice en documento privado (82)-, pero la importancia que la propia ley concede a la voluntad del varón para que se realice la fecundación post mortem, parece que debe llevar a entender que siempre que conste de cualquier forma su voluntad contraria a dicha fecundación tal voluntad debe ser jurídicamente relevante a tales efectos. ¿Quid si el varón revoca el testamento en el que autorizaba la fecundación post mortem? (83).»

    Problemas jurídicos derivados del consentimiento en las técnicas de reproducción asistida · CARLOS MARTINEZ DE AGUIRRE Y ALDAZ · Cuadernos de Derecho Judicial · 2004 · PDF

  20. Prueba documental · pág. 29 · sin fórmula

    «Argumenta que no cabe una afirmación general de validez o invalidez, sino que es necesario el examen caso por caso, conforme a los parámetros establecidos por el TJUE para determinar su licitud en función de la prueba practicada. En el caso, la sala considera que la cláusula que impuso el pago de la comisión de apertura fue transparente y no abusiva al cumplir con las exigencias y parámetros establecidos por el TJUE. En la escritura pública consta que la entidad financiera había entregado un ejemplar de las tarifas de comisiones y el notario dio fe de que las condiciones financieras de la oferta vinculante eran coincidentes con las del documento público.»

    Condiciones generales de la contratación: cuestiones polémicas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea · ANA DEL SER LOPEZ · Cuadernos Digitales de Formación · 2024 · PDF

Qué hay de cada medio

Pasajes publicados de cada medio y documentos que lo nombran —estos últimos, de los 8.590 del fondo, tengan o no pasaje—. Se pincha para ver el mapa.

MedioPasajesDocumentos que lo nombran
Prueba pericial · por menciones8103.654
Prueba documental · por menciones6526.690
Prueba testifical · por menciones4392.410
Interrogatorio de las partes · por menciones861.337
Prueba indiciaria y presunciones · por menciones5592.813
Prueba electrónica · por menciones2983.427
Prueba ilícita y prohibida · por menciones4645.493
Valoración de la prueba en general3.5243.163

De dónde sale y qué no es

Del fondo doctrinal del CGPJ descargado en la casa: Cuadernos de Derecho Judicial, Estudios, Manuales, Formación a Distancia, Conclusiones y Revista. El índice se genera con npm run formacion:pasajes y se comprueba con npm run formacion:pasajes:test: cada pasaje tiene que estar, palabra por palabra, en su documento. Si un pasaje no aparece, la puerta se pone roja y no se publica.

Un pasaje es una ventana de 900 caracteres, no una cita: el texto del CGPJ trae erratas de extracción y el sentido depende del contexto. Las citas que la aplicación sostiene —las reglas de valoración y los criterios de prueba— van aparte, con su literal comprobado. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 (CGPJ).

Para medir un escrito contra las reglas: la auditoría de fondo →