Precedentes por empresa
Qué le han dicho ya los tribunales a una empresa. Se encuentra por su nombre de hoy o por uno anterior, y sus sociedades vinculadas (escindidas, absorbidas) se enseñan aparte, porque son otra persona jurídica.
- · Solo están las sentencias descargadas y cotejadas en Próceres, no todas las que existen: que no haya precedente aquí no significa que no lo haya.
- · Un precedente es una sentencia que declara una infracción de la empresa, con la frase que la declara. Las demás sentencias en que es parte van aparte: no declaran nada contra ella o no se han clasificado, y puede que las ganara.
- · Una sociedad vinculada (escindida, absorbida) es otra persona jurídica: sus precedentes se enseñan aparte y no se atribuyen a la empresa buscada.
- · Solo es jurisprudencia la del Tribunal Supremo. Una sentencia de un TSJ es la doctrina de esa Sala; se lee entera antes de invocarla.
GRUPO EL ARBOL DISTRIBUCION Y SUPERMERCADOS SA.
Registro Mercantil de , sin hoja registral · sin hoja registral: el nombre no está en el índice del BORME
Sentencias que declaran una infracción suya (1)
Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social, Sección 1 · 2026-01-16 · rec. 579/2025 · sentencia 32/2026
STSJ M 387/2026 · ECLI:ES:TSJM:2026:387 · Madrid (Madrid) · texto oficial
Sentencia de suplicación de un Tribunal Superior de Justicia: no es jurisprudencia. Es la doctrina de esa Sala, que se puede invocar ante los juzgados de su territorio.
Firmeza: No consta si es firme: pudo recurrirse.
Salarios o cantidades adeudadas. «abono al demandante de la suma de 8.965,95 euros (6.935,33 euros dif compl NPE y 2.030,62 dif compl salarial a pagas) del periodo del 01/08/17 al 15/03/23 y a ALCAMPO S.A. la suma de 5.836,16 euros (4.924,70 euros dif»
Lo declaró la sentencia de instancia; la Sala desestimó el recurso de la empresa: «Desestimamos totalmente el recurso de suplicación nº 579/2025, interpuesto por GRUPO EL ARBOL DISTRIBUCION Y SUPERMERCADOS SA.,contra la sentencia»
Fallo: «Desestimamos totalmente el recurso de suplicación nº 579/2025, interpuesto por GRUPO EL ARBOL DISTRIBUCION Y SUPERMERCADOS SA.,contra la sentencia de fecha 27 de febrero de 2025, dictada por el Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, en el procedimiento nº 342/2023, seguido por D Carlos María frente a la recurrente y ALCAMPO S.A. y con confirmación de la sentencia recurrida. Ha lugar a la imposición de costas a la parte recurrente en la cuantía de 800 euros más IVA, así como la pérdida del depósito para»
Otras sentencias en que es parte (4)
No declaran una infracción suya o no se han clasificado todavía: puede que las ganara la empresa. Léelas enteras antes de usarlas.
Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social, Sección 1 · 2026-01-16 · rec. 707/2025 · sentencia 57/2026
STSJ M 318/2026 · ECLI:ES:TSJM:2026:318 · Madrid (Madrid) · texto oficial
Sentencia de suplicación de un Tribunal Superior de Justicia: no es jurisprudencia. Es la doctrina de esa Sala, que se puede invocar ante los juzgados de su territorio.
Firmeza: No consta si es firme: pudo recurrirse.
Fallo: «Estimamos parcialmente el recurso de suplicación nº 707/25, formalizado por GRUPO EL ARBOL DISTIRBUCIÓN Y SUPERMERCADOS SA contra la sentencia de fecha 30 de noviembre de 2023, dictada por el Juzgado de lo Social número 29 de los de Madrid, en sus autos número 239/23, seguidos a instancia de Dª Manuela frente a GRUPO EL ARBOL DISTIRBUCIÓN Y SUPERMERCADOS SA y ALCAMPO SA en materia de CANTIDAD y con revocación parcial de la sentencia recurrida debemos declarar la responsabilidad de las sumas objeto de condena desde el 13 de abril 2.023 a septiembre de 2.023 es exclusiva de ALCAMPO SA»
Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social, Sección 6 · 2026-01-15 · rec. 562/2025 · sentencia 17/2026
STSJ M 486/2026 · ECLI:ES:TSJM:2026:486 · Madrid (Madrid) · texto oficial
Sentencia de suplicación de un Tribunal Superior de Justicia: no es jurisprudencia. Es la doctrina de esa Sala, que se puede invocar ante los juzgados de su territorio.
Firmeza: No consta si es firme: pudo recurrirse.
Fallo: «1º.Desestimar el recurso de suplicación formulado por Grupo el Árbol Distribución y Supermercado S.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 2 de Madrid, en el Procedimiento Ordinario n.º 207/2023, en reclamación de derecho y cantidad, de fecha 31 de octubre de 2024, y confirmar la sentencia impugnada. 2º.Condenar a la pérdida de los depósitos y las consignaciones efectuadas por la parte recurrente a efectos de recurso, a los que se dará el destino que corresponda cuando la sentencia sea firme. 3ª.Condenar la parte recurrente al pago de las costas causadas por la»
Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social, Sección 5 · 2026-01-14 · rec. 383/2025 · sentencia 12/2026
STSJ M 449/2026 · ECLI:ES:TSJM:2026:449 · Madrid (Madrid) · texto oficial
Sentencia de suplicación de un Tribunal Superior de Justicia: no es jurisprudencia. Es la doctrina de esa Sala, que se puede invocar ante los juzgados de su territorio.
Firmeza: No consta si es firme: pudo recurrirse.
Fallo: «Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Francisco contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 45 de los de Madrid, en autos 649/24, a instancia del recurrente contra GRUPO EL ARBOL DISTRIBUCION Y SUPERMERCADOS SA y ATE SISTEMAS Y PROYECTOS SINGULARES SL, sobre contrato de trabajo y confirmamos sentencia»
Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social, Sección 2 · 2026-01-14 · rec. 585/2025 · sentencia 25/2026
STSJ M 408/2026 · ECLI:ES:TSJM:2026:408 · Madrid (Madrid) · texto oficial
Sentencia de suplicación de un Tribunal Superior de Justicia: no es jurisprudencia. Es la doctrina de esa Sala, que se puede invocar ante los juzgados de su territorio.
Firmeza: No consta si es firme: pudo recurrirse.
Fallo: «Que estimando el recurso de suplicación formulado por ALCAMPO y en parte el formulado por la empresa GRUPO EL ARBOL DISTRIBUCIÓN Y SUPERMERCADOS SA frente a la Sentencia dictada el treinta de enero del dos mil veinticinco por el Juzgado de lo social 6 de Madrid en autos 265/2023 seguidos sobre DERECHOS Y CANTIDAD, revocamos en parte la sentencia de instancia y estimando en parte la demanda formulada por Dª Delfina , reconocemos el derecho de la misma a percibir por diferencias del complemento NPE y Sala Ajusta y periodo de agosto del 2017 a agosto del 2024 la suma de 5.914,64 eurosmás el»
134 sentencia(s) cotejada(s) con su texto; 13 declaran una infracción de la empresa. Fuente: CENDOJ (descargado) y BORME. No sustituye al asesoramiento jurídico.
