Precedentes por empresa
Qué le han dicho ya los tribunales a una empresa. Se encuentra por su nombre de hoy o por uno anterior, y sus sociedades vinculadas (escindidas, absorbidas) se enseñan aparte, porque son otra persona jurídica.
- · Solo están las sentencias descargadas y cotejadas en Próceres, no todas las que existen: que no haya precedente aquí no significa que no lo haya.
- · Un precedente es una sentencia que declara una infracción de la empresa, con la frase que la declara. Las demás sentencias en que es parte van aparte: no declaran nada contra ella o no se han clasificado, y puede que las ganara.
- · Una sociedad vinculada (escindida, absorbida) es otra persona jurídica: sus precedentes se enseñan aparte y no se atribuyen a la empresa buscada.
- · Solo es jurisprudencia la del Tribunal Supremo. Una sentencia de un TSJ es la doctrina de esa Sala; se lee entera antes de invocarla.
AUTOTRANSPORTE TURISTICO ESPAÑOL SA
Registro Mercantil de , sin hoja registral · sin hoja registral: el nombre no está en el índice del BORME
Sentencias que declaran una infracción suya (1)
Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social, Sección 5 · 2026-01-15 · rec. 761/2025 · sentencia 19/2026
STSJ M 404/2026 · ECLI:ES:TSJM:2026:404 · Madrid (Madrid) · texto oficial
Sentencia de suplicación de un Tribunal Superior de Justicia: no es jurisprudencia. Es la doctrina de esa Sala, que se puede invocar ante los juzgados de su territorio.
Firmeza: No consta si es firme: pudo recurrirse.
Despido improcedente. «declaro la IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO, condenando a la mercantil»
Lo declaró la sentencia de instancia, y la Sala lo dejó en pie: «Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la LETRADA Dña. ANA BEATRIZ NUÑEZ MARTINEZ, en nombre y representación de AUTOTRANSPORTE TURISTICO ESPAÑOL SA, contra la sentencia»
Fallo: «Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la LETRADA Dña. ANA BEATRIZ NUÑEZ MARTINEZ, en nombre y representación de AUTOTRANSPORTE TURISTICO ESPAÑOL SA, contra la sentencia de fecha 20 de mayo de 2025 dictada por el Secc. Social Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 43 en sus autos número 155/2024, seguidos a instancia de D. Joaquín frente a AUTOTRANSPORTE TURISTICO ESPAÑOL SA, en reclamación por Despido y confirmamos la sentencia recurrida. Se imponen a la parte recurrente las costas que ascienden a 800 € y que incluye los honorarios correspondientes a la impugnación del recurso. Se»
2509 sentencia(s) cotejada(s) con su texto; 305 declaran una infracción de la empresa. Fuente: CENDOJ (descargado) y BORME. No sustituye al asesoramiento jurídico.
